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Documento BOE-A-2018-12009

Resolución de 23 de agosto de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la organización del encuentro "¿Cómo se impulsa la agenda 2030 en España?".

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 31 de agosto de 2018, páginas 85949 a 85957 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-12009

TEXTO ORIGINAL

La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, han suscrito, con fecha 13 de julio de 2018, un Convenio para la organización del encuentro «¿Cómo se impulsa la agenda 2030 en España?».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 23 de agosto de 2018.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEJO
Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para la organización del encuentro «¿Cómo se impulsa la agenda 2030 en España?»

En Madrid, a 13 de julio de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don Aina Calvo Sastre, en nombre y representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante AECID), con domicilio social a efectos del presente Convenio en Avenida Reyes Católicos, nº 4, 28040 Madrid y CIF Q2812001B, actuando en calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo Rector de la AECID en su reunión de 6 de julio de 2018, (BOE núm. 166, de 10 de julio), y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID mediante Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio).

Y de otra, don Emilio Lora-Tamayo D´Ocón, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en adelante UIMP), [entidad con N.I.F. Q-2818022-B y domicilio social en c/ Isaac Peral, 23, 28040 Madrid], en su condición de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1002/2017, de 24 de noviembre (B.O.E. de 25 de noviembre) y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (B.O.E. de 12 de abril).

Las partes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento; capacidad que mutuamente se reconocen, y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que la AECID, adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC) a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe (SECIPIC), es el principal órgano de gestión de la Cooperación Española y tiene como misión, según su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, el impulso del desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo, potenciando las propias capacidades de los países socios. Junto a ellos, trabaja en más de 30 países a través de su red de Oficinas Técnicas de Cooperación, Centros Culturales y Centros de Formación.

Segundo.

Que la UIMP es un organismo autónomo definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario público de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras.

Tercero.

Que, en el marco de sus respectivas funciones, la AECID y la UIMP coinciden en su interés por organizar un Encuentro sobre el impulso por parte de España a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La Agenda, adoptada en 2015, es la que rige los planes de desarrollo mundiales durante los próximos 15 años y, por lo tanto, la que marca las directrices del V Plan Director de la Cooperación Española. Todo ello nos reconduce a un nuevo paradigma en el diseño e implementación de las políticas públicas, las domésticas, la acción exterior y la cooperación para el desarrollo, y a nuevos marcos de relaciones internacionales orientados a la creación de alianzas que garanticen el crecimiento económico inclusivo, la justicia social, la protección medioambiental y el fomento de los bienes públicos globales.

Por otra parte, España rendirá cuentas internacionalmente el próximo 18 de julio, a través del Examen Nacional Voluntario ante Naciones Unidas, por lo que la celebración del Encuentro pocos días después será la ocasión para hacer un primer balance sobre el Examen y para informar en detalle sobre el cumplimiento por parte de España de la Agenda y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

El Encuentro resultaría útil a un perfil amplio de alumnos, desde aquéllos que tienen interés en conocer las nuevas tendencias en la articulación de políticas públicas más eficaces, a los estudiantes de relaciones internacionales que deseen profundizar en el significado de la Agenda y en la asimilación de la misma en España, o a quien vaya a hacer seguimiento de su aplicación desde la sociedad civil.

Ambas partes, por tanto, consideran este tema de la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica, siendo conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que ambas entidades tienen encomendado.

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio ha sido informado favorablemente por las Asesorías Jurídicas de la AECID y del MECD y su firma ha sido autorizada por el Ministerio de Hacienda y de Función Pública, con fecha 11 de julio de 2018.

En consecuencia, y siendo el convenio el instrumento jurídico que la legislación contempla para formalizar dicha colaboración entre dos organismos públicos, las Partes acuerdan suscribir el presente Convenio de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la AECID y la UIMP para la organización conjunta del siguiente encuentro que se celebrará en Santander, en el marco general de los Cursos Avanzados de la UIMP:

«¿Cómo se impulsa la Agenda 2030 en España? Lecciones del primer examen de España ante Naciones Unidas» (en adelante «el Encuentro»).

Fecha: 23,24 y 25 de julio de 2018.

Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del Encuentro, según las especificaciones de este Convenio y con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y solvencia organizativa.

Segunda. Colaboración en los aspectos académicos.

I. La AECID, por su propia naturaleza y área de especialización y trabajo, será la entidad que asuma el peso del diseño y contenidos técnicos del Encuentro, y por tanto es la responsable de elaborar la propuesta de programa del mismo. Para ello se ha seleccionado como director académico a Juan Francisco Montalbán Carrasco, Embajador en Misión Especial para la Agenda 2030 del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC).

II. La AECID y la UIMP han aprobado la previsión de programa que se adjunta como Anexo I a este Convenio. El programa definitivo será aprobado por los órganos correspondientes de ambas entidades.

III. La UIMP avalará académicamente el encuentro objeto de este convenio, emitiendo los correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia establecidos en su normativa interna (asistencia a las clases regular y comprobada, debiendo acreditarse ésta, al menos, en un 80% de las sesiones), así como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de asistencia de los alumnos.

Tercera. Colaboración en la organización y gestión.

1. Obligaciones de la UIMP.

La UIMP, dada su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, así como su infraestructura general de instalaciones, equipos y recursos humanos, será la entidad que se encargue en mayor medida de la ejecución y celebración del Encuentro de acuerdo con el programa y presupuesto aprobados, haciéndose cargo de la gestión económica y administrativa que de ello se derive, de acuerdo con su propia normativa y la legislación que le sea de aplicación. En concreto la UIMP se encargará de:

– En relación con el director del Encuentro, la persona responsable de la secretaría académica, los conferenciantes y los participantes en mesas redondas y según se indica en el presupuesto:

• Honorarios.

• Viaje y alojamiento cuando sea necesario.

• Manutención en sus propias instalaciones.

• Desplazamientos aeropuerto-lugar de alojamiento-aeropuerto.

– Publicidad de la celebración del Encuentro dentro del plan general de publicidad de la UIMP.

– Diseño, impresión y distribución del programa de mano del Encuentro, tras la revisión del material por parte de la AECID.

– Servicio de Secretaría de Alumnos:

• Información, selección y matriculación de alumnos.

• Convocatoria, selección y concesión de becas completas y medias becas conforme a las normas vigentes en la UIMP.

• Control de asistencia.

• Expedición de diplomas y certificaciones.

– Servicio de Gabinete de Prensa.

– Organización, en su caso, de actos de inauguración y clausura.

– Recopilación y reproducción de la documentación del Encuentro y grabación en vídeo de las sesiones.

– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y realización del Encuentro (locales, megafonía, equipos audiovisuales, de traducción y otros, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal, servicios complementarios de cafetería, restaurante, instalaciones deportivas, actividades culturales, etc.).

2. Obligaciones de la AECID.

La AECID por su parte:

– Podrá apoyar, si lo considera necesario, a la UIMP en la campaña de promoción del Encuentro, a través de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la difusión directa del programa entre el público específico y llevando a cabo cuantas otras acciones estime convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.

– Podrá apoyar a través de su propio Gabinete de Prensa y Comunicación la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.

Cuarta. Colaboración en la financiación.

Ambas partes aprueban el presupuesto máximo para la organización y celebración del Encuentro, que asciende a cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y cuatro euros con veinticuatro céntimos (45.244,24 €), según desglose incluido como Anexo II al Convenio.

La financiación del Encuentro será asumida por la AECID y por la UIMP en las siguientes cuantías:

– La AECID se compromete a una aportación máxima de treinta y nueve mil setecientos nueve euros con veinticuatro céntimos (39.709,24 €), para cubrir las partidas señaladas en el presupuesto. La aportación de la AECID se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 226.06 del programa 143A. en la cual existe crédito adecuado y suficiente.

Esta aportación se hará efectiva mediante transferencia a la cuenta nº ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, una vez celebrado el Encuentro de conformidad con lo previsto en este Convenio, hecho que certificará el órgano correspondiente de la AECID. Con carácter previo al pago, la UIMP remitirá a AECID, en el plazo de tres meses desde la finalización del encuentro, la ejecución final del presupuesto, en la que se reflejarán las partidas realmente ejecutadas según las variaciones sufridas en relación con el presupuesto inicial como consecuencia de cambios en el programa académico (honorarios, viajes, alojamiento y manutención de los ponentes, traducción) o por las necesidades finales en cuanto a días de alojamiento y viaje de los ponentes. Las variaciones respetarán en todo caso los precios unitarios aprobados en el presupuesto inicial para cada una de las citadas partidas, salvo en la partida de viajes, en la que se liquidará por el precio real de cada uno de los viajes gestionados, en previsión de las fluctuaciones en el precio de los billetes en función del momento en que puedan ser adquiridos. El pago de la AECID, por el importe resultante de la ejecución y hasta el importe máximo señalado, deberá hacerse efectivo a la UIMP en todo caso antes del 30 de noviembre de 2018.

– La UIMP asumirá directamente la financiación de cinco mil quinientos treinta y cinco euros (5.535,00 €) para cubrir las partidas señaladas en el presupuesto. Esta financiación no implica un traspaso de dinero a la AECID, sino que se materializa mediante la aportación directa de personal, la gestión directa de su convocatoria oficial de becas con cargo la aplicación presupuestaria 18.101.323M.487, así como de otros servicios con cargo a la aplicación 18.101.322C.226.06 de su presupuesto vigente, en los cuales existe crédito adecuado y suficiente, para cuya gestión y pago la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes generales de gasto, según los procedimientos legalmente establecidos.

Quinta. Publicidad y difusión. Visibilidad de la colaboración.

En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del Encuentro (programa de mano, carteles, publicidad en prensa, notas de prensa, ruedas de prensa, etc.) se destacará la colaboración de la AECID con la UIMP, respetando en todo caso las directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.

En el caso de que alguna de las Partes tuviese interés en realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del Encuentro deberá, previamente, comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc).

En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del Encuentro, fecha y lugar en la que se impartió, así como la colaboración de las Partes firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra Parte, salvo que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La Parte editora enviará a la otra un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.

Sexta. Titularidad de los resultados.

La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias, clases y demás presentaciones que se efectúen en el curso del Encuentro así como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc, que las apoyen, serán en todo caso de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, los autores podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el ámbito territorial.

En todo caso, las Partes se comprometen al cumplimiento de la Legislación que se encuentre en cada anualidad vigente en materia de Propiedad Intelectual.

Séptima. Protección de datos de carácter personal.

Ambas partes se comprometen al cumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos de carácter personal, de acuerdo con la legislación vigente.

Octava. Consecuencias del incumplimiento.

Cada una de las Partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte toda dificultad, de cualquier naturaleza que ésta sea, que encuentre en el desarrollo de la ejecución, y, en general, de toda información susceptible de afectar a su buena ejecución, con el fin de permitir a la otra parte tomar las medidas que considere más apropiadas.

En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por las Partes, la parte que detectara dicho incumplimiento lo notificará a la parte que incumpla mediante carta certificada con acuse de recibo. En el transcurso de los quince días siguientes a la recepción de esta carta, la situación deberá ser regularizada o en su caso la parte que ha incumplido deberá alegar las causas y razones que impiden el correcto cumplimiento. A la vista de las mismas, la parte que haya denunciado el incumplimiento comunicará su decisión de resolver o no el convenio, teniendo efecto dicha resolución a los 10 días de dicha comunicación.

En el caso de resolución, y en cuanto a la liquidación de obligaciones pendientes, cada parte asumirá la parte que le corresponda en virtud de lo recogido en las cláusulas cuarta. Para ello, la UIMP deberá presentar la correspondiente liquidación y la AECID abonará la cantidad resultante en el plazo máximo de un mes desde que se hubiera aprobado la misma a través de los responsables del mecanismo de seguimiento. Transcurrido el plazo máximo de un mes la FOSM deberá abonar, también en el plazo de un mes a partir de ese momento, el interés de demora que será el que resulte de las disposiciones de carácter general reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público.

Novena. Medidas de seguimiento y control.

Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del Vicerrectorado de Innovación y Desarrollo de Proyectos, y serán el personal técnico del mismo, y como responsable último el Vicerrector, los encargados de velar por la consecución de los objetivos del presente Convenio, de proponer cuantas medidas se estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones y servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y de resolver en primer término las posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del Convenio.

Por parte de la AECID el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del Gabinete Técnico dependiente del Director, y como responsable último por el titular de la Dirección del mismo, con los mismos objetivos y funciones señalados en el párrafo anterior.

Décima. Modificación del Convenio.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes y se recogerá expresamente mediante la firma de una Adenda, cuya tramitación deberá realizarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécima. Vigencia del Convenio.

Este Convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes, conforme a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Conforme a lo dispuesto en el citado artículo, tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) y se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La vigencia del Convenio finalizará el 31 de diciembre de 2018, sin perjuicio del total cumplimiento por ambas partes los compromisos adquiridos en el mismo.

Duodécima. Extinción del Convenio.

El Convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causas de resolución las establecidas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre

Decimotercera. Naturaleza del presente Convenio.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por el Capítulo VI Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimocuarta. Régimen de resolución de conflictos.

Las Partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de la aplicación, en lo que proceda, de lo dispuesto en los artículos 5 de la Ley 52/1997, de 26 de noviembre, y 10 del Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.

Y en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Convenio, en dos ejemplares, en el lugar y fecha indicados al inicio.–La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Aina Calvo Sastre.–El Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Emilio Lora-Tamayo D´Ocón.

ANEXO I
Previsión de programa

¿Cómo se impulsa la Agenda 2030 en España? Lecciones del primer Examen de España ante Naciones Unidas

Lunes 23

Mañana:

9.45 Inauguración.

10.00-11.30. Lecciones del Examen de España ante Naciones Unidas. El impulso de España a la sostenibilidad global.

12.00-13.30. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible como nuevo paradigma de políticas públicas.

Tarde:

15.30-17.30. La elaboración del Plan de Acción de España.

Martes 24

Mañana:

9.30-11.15. La Agenda 2030 en España: medio ambiente, clima, ciudades, territorios.

11.45-13.30. La Agenda 2030 en España: pobreza, igualdad, empleo, investigación.

Tarde:

15.30-17.30. La cooperación para el desarrollo y la Agenda 2030.

Miércoles 25

Mañana:

9.30-11.00. La localización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

11.30-13.00. Las alianzas con el sector privado, la sociedad civil y la academia.

13.00. Clausura.

ANEXO II
Presupuesto

Presupuesto

Financiación

Concepto

Unidades

Descripción

Coste Unitario

Total

AECID

UIMP

GASTOS DIRECTOS.

I. Honorarios.

Dirección.

1 - 3 días.

600,00

0,00

Secretaría.

1 - 3 días.

400,00

0,00

Ponencia.

380,00

0,00

19

Mesa redonda/Sesión práctica.

150,00

2.850,00

Comunicación.

150,00

0,00

Total (I):

2.850,00

2.850,00

0,00

II. Viajes.

Avión.

1

– U.S.A.

Tarifa turista.

4.351,00

4.351,00

– Iberoamérica.

Tarifa turista.

4.646,00

0,00

1

– Europa.

Tarifa turista.

1.215,00

1.215,00

19

– España.

Madrid.

717,00

13.623,00

1

Barcelona.

735,00

735,00

1

Alicante.

852,00

852,00

La Coruña.

870,00

0,00

Granada.

949,00

0,00

1396

Carretera (€/Km).

Bilbao, León y Soria.

0,19

265,24

Total (II):

21.041,24

21.041,24

0,00

III. Alojamiento y Manutención.

Participantes.

1 Día TA.

181,00

0,00

22

2 Día TA.

361,00

7.942,00

3

3 Día TA.

542,00

1.626,00

4 Día TA.

722,00

0,00

5 Día TA.

903,00

0,00

Total (III):

9.568,00

9.568,00

0,00

IV. Otros gastos directos.

Traducción simultánea/sesiones.

613,00

0,00

1

Material audiovisual y otros.

650,00

650,00

Total (IV):

650,00

650,00

0,00

Total Gastos directos(I+II+III+IV)

34.109,24

BECAS.

V. Becas.

– 1 Día.

51,00

0,00

Manutención 21 €/ día.

– 2 Días.

102,00

0,00

Alojamiento 30 €/noche.

10

– 3 Días.

153,00

1.530,00

– 4 Días.

204,00

0,00

Total Becas(V)

1.530,00

0,00

1.530,00

GASTOS INDIRECTOS.

VI. Gastos indirectos.

1

Publicidad.

1.800,00

1.800,00

0,00

1.800,00

1

Diplomas y material.

1.200,00

1.200,00

0,00

1.200,00

1

Imprenta.

200,00

200,00

200,00

0,00

3

Gastos de Infraestructura/día.

1.800,00

5.400,00

5.400,00

0,00

8.600,00

VII. Otros gastos.

1

sos complem. y actividades culturales.

1.005,00

1.005,00

1.005,00

0,00

1.005,00

Total Gastos indirectos (VI + VII)

9.605,00

Total presupuesto

45.244,24

39.709,24

5.535,00

45.244,24

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