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Documento BOE-A-2018-12339

Resolución de 27 de agosto de 2018, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por acceso libre, como personal laboral fijo.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 10 de septiembre de 2018, páginas 87911 a 87920 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-12339

TEXTO ORIGINAL

La presente convocatoria, cuyas Bases se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado», en el punto de acceso general www.administracio.gob.es, en la página web de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, https://sede.csic.gob.es/servicios/formacion-y-empleo/convocatorias/personal, tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el «II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos», así como lo previsto en el artículo 61.1 Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el «Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del CSIC» de diciembre de 2015.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017, y con el fin de atender a las necesidades de personal de la Administración Pública,

Esta Agencia Estatal, en uso de las competencias que le están atribuidas y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo de la Administración del Estado, en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas Generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir las plazas que se indican a continuación, por el sistema general de acceso libre, en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas:

1.1.1 Un Contramaestre. GP IV.

1.1.2 Un Cocinero. GP IV.

1.1.3 Un Camarero. GP V.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», debiendo finalizar el proceso de selección en el plazo máximo de un año desde su publicación en el «BOE».

1.3 La descripción de las plazas se detallan en el anexo II de esta convocatoria.

1.4 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2.1.2 Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se reseña en el anexo II. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.

2.1.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790.

3.2 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.3 La presentación se hará de forma presencial o telemática. La cumplimentación de los datos se podrá realizar únicamente desde el servicio de inscripción en pruebas selectivas (IPS), al que se podrá acceder en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/ips.

3.3.1 Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados (más información para su obtención en http:/www.cert.fnmt.es/ y en http:/www.dnielectronico.es, respectivamente.

La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en la pantalla, lo siguiente:

– La inscripción en línea del modelo 790.

– Anexar documentos a su solicitud.

– El pago electrónico de tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón de «inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso dónde se da confirmación de cada uno de estos pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos («BOE» de 2 de abril). La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el siguiente punto.

3.3.2 Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips. Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, C/ Serrano 117, 28006 Madrid o en el Centro Mediterráneo de Investigaciones Marinas y Ambientales, Passeig Maritim 37-49, 08003 Barcelona, o en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se dirigirán al Secretario General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

3.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.5 Las solicitudes se cumplimentaran de acuerdo con las siguientes instrucciones generales:

3.5.1 En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar: Economía, Industria y Competitividad.

3.5.2 En el recuadro dedicado a Centro Gestor se hará constar «Consejo Superior de Investigaciones Científicas».

3.5.3 En el recuadro 15, se señalará la plaza por la que se opta.

3.5.4 En el recuadro 17 relativo a la forma de acceso se consignará L.

3.5.5 En el recuadro 19 de especificará la fecha del «BOE» en el que haya sido publicada la presente convocatoria.

3.5.6 En el recuadro 24 se hará constar la Titulación que se posee para participar en estas pruebas en virtud de lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria.

3.6 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de examen serán los siguientes:

3.6.1 Para el puesto de Contramaestre, GP IV, 11,32 euros.

3.6.2 Para el puesto de Cocinero, GP IV, 11,32 euros.

3.6.3 Para el puesto de Camarero, GP V, 9,05 euros.

3.6.4 Para los miembros de familias numerosas de categoría general el importe de las tasas será del 50 % (GP IV 5,66 euros, GP V, 4,53 euros).

3.6.5 Estarán exentas del pago de la tasa, además de las personas afectadas por el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, las personas que hayan sufrido daños físicos y psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecido.

3.7 A la solicitud se acompañará:

3.7.1 Los aspirantes con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.7.2 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1.a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan. La no presentación de la citada documentación supondrá la exclusión del candidato.

3.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Secretario General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por delegación de la Presidencia del CSIC (Resolución del 20 de abril de 2017, «BOE» de 23 de mayo de 2017) dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y en punto de acceso general www.administracion.gob.es, se indicarán los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de la realización del ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. El Órgano de Selección es el que tiene la capacidad para la resolución definitiva de la convocatoria.

5.3 El procedimiento del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico de sector Público.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Órgano de Selección tendrá su sede en el Centro Mediterráneo de Investigaciones Marinas y Ambientales, Passeig Maritim 37-49, 08003 Barcelona, teléfono: 932309500, fax: 932309570, dirección de correo: cgarcia@cmima.csic.es.

5.5 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse éste en representación o por cuenta de nadie.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente, por el primero de la letra «Ñ», según lo establecido en la Resolución de 11 de abril de 2018 de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 14 de abril de 2018).

6.2 Los aspirantes serán convocados al ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.3 Concluido el ejercicio de la oposición, el Órgano de Selección hará pública, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

6.4 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.

6.5 El Tribunal publicará en la sede del mismo, en el punto de acceso general www.administracion.gob.es y en la página https://sede.csic.gob.es/servicios/formacion-y-empleo/convocatorias/personal, así como en cuantos lugares considere oportuno, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la valoración obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase del concurso.

6.6 El tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en la sede del tribunal, en el punto de acceso general www.administracion.gob.es y en la página https://sede.csic.gob.es/servicios/formacion-y-empleo/convocatorias/personal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo el primer aspirante de dicha relación, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.2 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará, según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

7.3 Los contratos se formalizarán en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la finalización del plazo de entrega de documentación señalado en la base 7.1.

7.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas.

7.5 Los aspirantes contratados tendrán que superar el período de prueba de tres meses (plaza n.º 1), un mes (plaza n.º 2) y quince días laborables (plazas n.º 3 y n.º 4), durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

7.6 En el caso de que alguno de los candidatos propuestos no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a que se refiere la base 7.1.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la a Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el vigente Convenio Colectivo del Buque Oceanográfico «García del Cid», y las demás normas generales de aplicación y lo dispuesto en el referido proceso selectivo.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Presidente del CSIC, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Órgano de Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 27 de agosto de 2018.–La Presidenta del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, P. D. (Resolución de 20 de abril de 2017, «BOE» de 23 de mayo), el Secretario General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Alberto Sereno Álvarez.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso con los ejercicios y valoraciones que se detallan a continuación:

Fase de oposición:

Se realizará una prueba que consistirá en responder un cuestionario de 30 preguntas para el puesto de Cocinero y de Contramaestre y de 20 preguntas para el de Camarero, con tres respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta, que están relacionados con la práctica de las funciones y tareas indicadas en el anexo II.

Se valorará la prueba sobre un total de 100 puntos. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente con 1/3 de la puntuación otorgada a cada respuesta acertada. Para superar la prueba será necesario obtener al menos 50 puntos.

Fase de concurso:

La valoración de la fase de concurso se realizará únicamente a los candidatos que hayan superado la fase de oposición.

Se valorarán hasta un máximo de 25 puntos los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

Méritos profesionales: 20 puntos.

1. Experiencia profesional en puestos de trabajo de la misma categoría en buques oceanográficos, con funciones y tareas iguales a las asignadas a la plaza a la que se opta:

Puntuación máxima: 20 puntos.

Forma de puntuación: 1,66 puntos por cada mes completo de experiencia.

Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social en los demás casos. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá por copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.

2. Experiencia profesional en puestos de trabajo de categoría igual o superior en buques oceanográficos, con funciones y tareas similares a las asignadas a la plaza a la que se opta:

Puntuación máxima: Seis puntos.

Forma de puntuación 0,55 puntos por cada mes completo de experiencia.

Forma de acreditación: Igual que la anterior.

3. Experiencia profesional en puestos de trabajo de categoría inferior en buques oceanográficos, con funciones y tareas similares a las asignadas a la plaza a la que se opta:

Puntuación máxima: Cuatro puntos.

Forma de puntuación: 0,27 puntos por cada mes completo de experiencia.

Forma de acreditación: Igual que la anterior.

En todo caso, la experiencia se valorará con independencia del ámbito de adquisición.

Méritos formativos: Cinco puntos.

1. Poseer algún tipo de titulación o, en su caso, especialidad académica, distinta a la exigida para participar en las pruebas, relacionada con las funciones propias del puesto a ocupar, o haber superado el proceso selectivo de acceso como personal laboral fijo, a algún puesto de similar categoría profesional y contenido funcional que los correspondientes a la plaza a que se opta, siempre y cuando dicho proceso se hubiera celebrado en los dos años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria:

Puntuación máxima: 2,50 puntos.

Forma de puntuación: 1,25 puntos por cada titulación o especialidad, o proceso selectivo superado.

Forma de acreditación: fotocopia de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención, o de haber superado el correspondiente proceso selectivo.

2. Cursos, seminarios o congresos.(siempre que tengan una duración mínima de 15 horas) relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta:

Puntuación máxima: 2,50 puntos.

Forma de puntuación: 0,50 puntos por cada curso, seminario o congreso.

Forma de acreditación: fotocopia compulsada de los títulos o certificados.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

Para superar el proceso será necesario obtener la puntuación mínima que determine el Tribunal.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Número de días de experiencia profesional en puestos de trabajo de la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad o actividad principal, con funciones y tareas iguales a las de la plaza a la que se opta.

2. Número de días de experiencia profesional en puestos de trabajo de categoría igual o superior, con funciones y tareas similares a las de la plaza a la que se opta.

3. Número de días de experiencia profesional en puestos de trabajo de categoría inferior, con funciones y tareas similares a las de la plaza a la que se opta.

4. Titulaciones o, en su caso especialidades, distintas a la exigida, relacionadas con las funciones de la plaza.

5. Cursos, seminarios o congresos.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para los aspirantes con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II
Relación de las plazas convocadas

Categoría:

Plaza n.º 1: Contramaestre.

Plaza n.º 2: Cocinero.

Plaza n.º 3: Camarero.

Convenio aplicable: Convenio colectivo para el personal del Buque Oceanográfico García del Cid.

N.º de plaza

Destino

Titulación

Funciones y tareas principales

1

Buque Oceanográfico García del Cid.

Estar en posesión de la Libreta de Inscripción Marítima y de los certificados exigidos por la Autoridad Marítima y por la normativa que tengan carácter obligatorio para poder embarcar, todo ello de conformidad con el R.D. 973/2009 de 12 de junio y normativa de desarrollo.

Estar en posesión del Título de Marinero de Puente.

Formación básica en Seguridad.

Reconocimiento médico otorgado por el ISM.

– Será el Responsable del departamento de cubierta del buque. Bajo supervisión del Primer Oficial de Puente y del Capitán, deberá proponer la cantidad y tipo de pertrechos a embarcar, así como de la recepción, correcta conservación y estiba de los mismos para el correcto funcionamiento del departamento. Responsable de diseño y ejecución de las maniobras habituales en la cubierta del Buque. Responsable del mantenimiento, llevando a cabo las tareas básicas para el mismo.

– Deberá asumir las tareas de sus subordinados en caso de incapacidad o ausencia.

– Aquellas funciones que le atribuye la normativa vigente.

2

Buque Oceanográfico García del Cid.

Estar en posesión de la Libreta de Inscripción Marítima y de los certificados exigidos por la Autoridad Marítima y por la normativa que tengan carácter obligatorio para poder embarcar, todo ello de conformidad con el R.D. 973/2009 de 12 de junio y normativa de desarrollo.

Estar en posesión del título de Cocinero de la Marina Mercante.

Estar en posesión del carnet de Manipulador de alimentos.

Formación básica en Seguridad.

Reconocimiento médico otorgado por el ISM.

– Responsable del departamento de fonda del buque.

– Responsable de la recepción, conservación, propuesta de cantidad y tipos de alimentos a embarcar, así como de la conservación y seguridad e higiene en el manejo de los alimentos por todo el personal de fonda.

– Deberá asumir las tareas de sus subordinados en caso de incapacidad o ausencia.

– Informar al Capitán sobre la cantidad de alimentos almacenados en cámaras y gamuzas así como los informes que solicite en relación al cumplimiento de las tareas asignadas a sus subordinados.

– Responsable de la limpieza y arranchado de camarotes, baños y resto de espacios comunes.

– Aquellas funciones que le atribuye la normativa vigente.

3

Buque Oceanográfico García del Cid.

Estar en posesión de la Libreta de Inscripción Marítima y de los certificados exigidos por la Autoridad Marítima y por la normativa que tengan carácter obligatorio para poder embarcar, todo ello de conformidad con el R.D. 973/2009 de 12 de junio y normativa de desarrollo.

Estar en posesión del carnet de Manipulador de alimentos.

Formación básica en Seguridad.

Certificado de Estudios Primarios o equivalente.

Reconocimiento médico otorgado por el ISM.

– Estará a las órdenes del Cocinero quien le ordenará y supervisara las tareas encomendadas.

– Limpieza y arranchado de camarotes, baños y demás espacios comunes.

– Colabora en la estiba y conservación de alimentos así como del material de limpieza y ropa de cama.

– Preparar las mesas y servir la comida.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don Alejandro Muro Ortega. Capitán. Buque Oceanográfico García del Cid. Unidad de Tecnología Marina. Barcelona.

Secretario: Don César García Hernández. C. Técnico de Auditoría y Contabilidad. Grupo A2. Centro Mediterráneo de Investigaciones Marinas y Ambientales. Barcelona.

Vocales:

Doña Susana Díez Tagarro. E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación. Grupo A1. Unidad de Tecnología Marina. Barcelona.

Don Antoni Bermúdez Vázquez. E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación. Grupo A1. Unidad de Tecnología Marina. Barcelona.

Doña María Isabel Lloret Fernández. E. Técnicos Especializados de Organismos Públicos de Investigación. Grupo A2. Instituto de Ciencias del Mar. Barcelona.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Javier Prades Vilarroya. E. Técnicos Especializados de Organismos Públicos de Investigación. Grupo A2. Unidad de Tecnología Marina. Barcelona.

Secretaria: Doña Cecilia Payno Mirones. E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación. Grupo A1. Secretaria General Adjunta de Recursos Humanos. Madrid.

Vocales:

Don Marcos Ambros Ferrer. E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación. Grupo A1. Unidad de Tecnología Marina. Barcelona.

Don Daniel Alcoverro Franquet. E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación. Grupo A1. Unidad de Tecnología Marina. Barcelona.

Doña Paloma Martín Martín. Escala de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación. Grupo A1. Instituto de Ciencias del Mar. Barcelona.

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