Por Orden de 11 de abril de 2016 («Boletín Oficial de la Región de Murcia» del 14), la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia convocó procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades para funcionarios de carrera del mencionado Cuerpo.
Concluidas todas las fases del procedimiento selectivo, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por Orden de 4 de junio de 2018 («BORM» del 15), modificada por corrección de errores de 22 de junio («BORM» del 26), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a determinados aspirantes que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por corrección de errores del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio).
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocados por Orden de 11 de abril de 2016, que aparecen relacionados en el anexo a esta orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros con efectos de 1 de septiembre de 2018.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 5 de septiembre de 2018.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.
N.R.P. |
Apellidos y nombre |
D.N.I. |
Turno |
Puntuación |
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Especialidad: 031 Educación Infantil |
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****556268 A0597 |
Martínez Gil, María Elena |
*****5562 |
01 |
8,3730 |
****732902 A0597 |
Robles Martínez, Verónica |
*****7329 |
01 |
7,8500 |
Especialidad: 032 Lengua Extranjera: Inglés |
||||
****482402 A0597 |
Casas Gallego, Claudio José |
*****4824 |
01 |
7,0911 |
Especialidad: 036 Pedagogía Terapéutica |
||||
****099668 A0597 |
Fernández Guerrero, Jesús |
*****0996 |
01 |
7,8517 |
Especialidad: 037 Audicion y Lenguaje |
||||
****532524 A0597 |
Carmona Plaza, María |
*****5325 |
01 |
7,4662 |
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