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Documento BOE-A-2018-12817

Resolución de 10 de septiembre de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la realización de actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 21 de septiembre de 2018, páginas 91334 a 91335 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-12817

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la adenda al Convenio de colaboración suscrito el 24 de septiembre de 2015 entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 10 de septiembre de 2018.–El Secretario General Técnico, Gonzalo Giménez Coloma.

ANEXO
Adenda al Convenio de colaboración suscrito el 24 de septiembre de 2015 entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto

Madrid, a 21 de junio de 2018

REUNIDAS

De una parte, doña Paula Roch Heredia, Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, nombrada por Real Decreto 417/2017, de 21 de abril, actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 5 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre.

Y de otra parte, doña María Martín Diez de Baldeón, Consejera de Salud del Gobierno de La Rioja, nombrada por Decreto 9/2015, de 10 de julio («Boletín Oficial de La Rioja» número 90, de 11 de julio), facultada para la firma de este convenio en virtud de los dispuesto en el artículo 42.1 K) de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros, es competente por razón del cargo que ostenta para la firma de los convenios que se establezcan para el fomento de actividades de interés público, en materias propios de su Consejería.

Se suscribe la presente adenda para hacer constar:

1. Que con fecha 24 de septiembre de 2015 la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, formalizaron el convenio de colaboración indicado en el encabezamiento, de naturaleza administrativa.

2. Que en la cláusula octava de dicho convenio se prevé una vigencia de un año, pudiéndose prorrogar de forma expresa en documento protocolizado, antes de su expiración por mutuo acuerdo, por periodos anuales, con la duración máxima de cuatro años desde su entrada en vigor.

3. Que con fecha 23 de septiembre de 2016, la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, formalizaron una adenda al convenio de colaboración indicado en el encabezamiento, con la finalidad de prorrogar el mismo por un periodo anual, con efectos desde el 25 de septiembre de 2016 al 24 de septiembre de 2017.

4. Que con fecha 26 de junio de 2017, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, formalizaron una adenda al convenio de colaboración indicado en el encabezamiento, con la finalidad de prorrogar el mismo por un periodo anual, desde el 25 de septiembre de 2017 al 24 de septiembre de 2018.

5. Que en la adenda mencionada en el apartado anterior, las partes firmantes del convenio de referencia acordaron actualizar el protocolo para la valoración de la incapacidad laboral de los trabajadores expuestos al amianto en el desarrollo de su trabajo conforme al texto que se anexó (Anexo I) a dicha adenda formalizada el 26 de junio de 2017.

6. Que las partes firmantes de dicho convenio acuerdan prorrogar el mismo por un periodo anual, con efectos desde el 25 de septiembre de 2018 al 24 de septiembre de 2019, resultando eficaz la presente adenda de prórroga a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

7. La presente adenda de prórroga se encuentra sometida al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman por duplicado la presente adenda al convenio de colaboración indicado en el encabezamiento.–La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Paula Roch Heredia.–La Consejera de Salud del Gobierno de La Rioja, María Martín Diez de Baldeón.

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