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Documento BOE-A-2018-12995

Acuerdo GOV/73/2018, de 31 de julio, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el antiguo hospital de L'Hospitalet de l'Infant, en Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant (Baix Camp), y se delimita su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 25 de septiembre de 2018, páginas 92508 a 92511 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2018-12995

TEXTO ORIGINAL

Por la Resolución de 11 de octubre de 1983 («DOGC» núm. 431, de 4.5.1984) se incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor del antiguo hospital de L’Hospitalet de l’Infant, en Vandellòs.

Por la Resolución CLT/794/2017, de 3 de abril («DOGC» núm. 7352, de 19.4.2017), se incoó expediente de delimitación del entorno de protección del antiguo hospital de L’Hospitalet de l’Infant, en Vandellòs i l’Hospitalet de l’Infant, y se acumuló al anterior expediente de declaración.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d’Estudis Catalans.

Durante la tramitación de este expediente se han presentado alegaciones que han sido analizadas y contestadas por la Dirección General del Patrimonio Cultural.

Por todo ello, a propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno acuerda:

1. Declarar Bien Cultural de Interés Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el antiguo hospital de L’Hospitalet de l’Infant, en Vandellòs i l’Hospitalet de l’Infant, según la ubicación y descripción que constan en el anexo 1 de este Acuerdo.

2. Delimitar el entorno de protección de este monumento. Este entorno se grafía en el plano que se publica con este Acuerdo y según la justificación que consta en el anexo 2.

3. Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento y del entorno de protección.

4. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado» este Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a las personas interesadas y al Ayuntamiento del municipio donde radica el bien.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente notificación.

Barcelona, 31 de julio de 2018.–El Secretario del Gobierno, Víctor Cullell i Comellas.

ANEXO 1
Ubicación y descripción

El antiguo hospital de L’Hospitalet de l’Infant se encuentra ubicado entre las calles de Jaume Castellví, la Via Augusta, la plaza Catalunya y la plaza Berenguer d’Entença, de la población de L’Hospitalet de l’Infant, perteneciente al municipio de Vandellòs i l’Hospitalet de l’Infant.

Fue fundado en 1343 por el infante Pere, conde de Prades, con la autorización del arzobispo de Tarragona, el obispo de Tortosa y el papa Climent VI con el nombre de Hospital del Coll de Balaguer. A partir del siglo xv se llamó ya Hospital de l’Infant y dio este nombre a la población nacida a su abrigo.

El hospital disponía de cuatro torres, una en cada ángulo, y otras dos, una al norte y otra a mediodía. Las salas interiores tenían arcos de diafragma según la tipología estructural de los hospitales góticos. El diseño del edificio permitía combinar la función militar y los servicios sanitarios y asistenciales.

Durante la guerra civil de Juan II (1461-1471) sufrió las primeras destrucciones serias. En el siglo XVII se hicieron varias reformas, como la apertura de la puerta de la plaza del Pou. El edificio quedó en muy mal estado después de la Guerra del Francés (1808-1814). En 1910 un fuerte vendaval destruyó la torre sur y en 1968 se derribó la iglesia y una gran parte de la crujía oriental del edificio.

La realidad actual del conjunto edificado del antiguo hospital es heterogénea, tanto en su estructura como en su propiedad, aunque aparecen elementos que son comunes en muchos casos y que tienen una lectura transversal, como es su cierre perimetral.

La estructura de fortaleza del edificio viene definida por el gran muro de mampostería perimetral que se encuentra en diferentes grados de conservación. La planta es perfectamente cuadrada, de 54,43 m de lado y muros de 11,70 m, y se organiza alrededor de un patio central también cuadrado. De hecho, algunos de los elementos más interesantes de este conjunto están en el interior de este patio donde se conservan tres arcos diafragmáticos apuntados de la estructura original del hospital gótico. Asimismo, se conservan en esta zona ventanas del mismo momento constructivo original.

En la actualidad, después de múltiples cambios de usos y segregaciones de la propiedad, el edificio tiene elementos de titularidad pública como la plaza del Pou, la plaza Berenguer d’Entença y el pequeño patio del ángulo suroeste, mientras que el resto es de titularidad privada diversa.

El edificio del antiguo hospital de L’Hospitalet de l’Infant es un edificio gótico constructivamente comparable a las murallas de Santes Creus y de Montblanc, mientras que como tipología hospitalaria medieval es un ejemplar único tanto en Cataluña como en el resto de Europa.

ANEXO 2
Justificación del entorno de protección

La definición de un entorno de protección alrededor del antiguo hospital de L’Hospitalet de l’Infant se presenta como el mejor instrumento para garantizar la pervivencia de sus múltiples valores culturales en las mejores condiciones posibles.

Se trata de evitar que la alteración de este entorno, entendido como el espacio que da apoyo ambiental al bien, pueda afectar a los valores, la contemplación o el estudio del monumento histórico. Por ello, entre otros aspectos, es necesario que en este ámbito se vele por la correcta visualización del monumento y por la integración armónica de las posibles edificaciones, instalaciones o usos que se puedan establecer en el futuro.

Al mismo tiempo, se pretende alcanzar el equilibrio entre la necesidad de crear esta área de protección alrededor del bien que garantice suficientemente su preservación y la voluntad de no afectar a más espacios de los estrictamente necesarios.

El antiguo hospital de L’Hospitalet de l’Infant conserva la planta cuadrada y gran parte de los muros originales. El conjunto monumental preside el espacio público, tanto por sus dimensiones como por su orientación. Dado que más proximidad equivale a más riesgo de alteración de los valores patrimoniales, se incluyen dentro del entorno aquellos inmuebles que mantienen una proximidad física inmediata con el monumento o que comparten visuales conjuntas, porque hacen fachada a las calles y plazas que lo rodean.

En el lado noreste, se incluyen las fincas situadas entre la plaza de Catalunya y la calle de la Via Augusta. Estas corresponden a los números 10, 12, 16, 18, 20, 22, 24, 26 y 28 de la calle de la Via Augusta, la núm. 7 de la plaza de Cataluña, y la núm. 6 situada en esquina entre la calle de Sant Pere y la calle Major. Estas edificaciones, junto con la fachada este del monumento, conforman la plaza de Catalunya y, por tanto, tienen una relación visual directa con el monumento.

En el lado sur, se incluyen las fincas números 25, 27, 29, 31 y 33 de la calle de la Via Augusta, y las de los números 1 y 3 de la calle Racó de l’Hospital. Este grupo de fincas rodean el monumento en su fachada sur y tienen una relación visual directa con él.

También se incluyen las fincas 38 y parte de la 40 de la calle Racó de l’Hospital que, adosadas a la fachada sur del monumento, mantienen una relación física con este. De hecho, la finca núm. 40 forma parte del monumento parcialmente.

En el lado oeste, el entorno incluye la plaza de Berenguer d’Entença y los jardines y espacios públicos de alrededor, para controlar las interacciones del mobiliario urbano y las posibles construcciones permitidas en el planeamiento urbanístico con el monumento.

Finalmente, en el lado norte, se incluyen los edificios que dan frente a la fachada norte del monumento situada en la calle de Jaume Castellví. En concreto, las fincas núm. 1 de la calle de la Torre, los números 1 y 2 de la calle del 11 de Setembre, los números 1 y 3 de la calle de la Galera y el núm. 1 de la calle Major.

En cuanto al subsuelo del entorno, es necesario controlar las intervenciones que se produzcan tanto desde la vertiente arqueológica, en relación con posibles hallazgos relacionados con el monumento, como desde la vertiente documental, por la información histórica que puedan aportar.

Por otra parte, la afectación sobre las construcciones y la seguridad física que pueden conllevar las actuaciones en el subsuelo justifican por sí mismas la necesidad del control administrativo previo y su supervisión por parte de los órganos de control de las intervenciones.

(Véase la imagen al final del documento)

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