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Documento BOE-A-2018-14411

Orden EFP/1108/2018, de 15 de octubre, por la que, en aceptación de renuncia, se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de don Elías Hernandis Oltra.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 22 de octubre de 2018, páginas 102245 a 102245 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2018-14411

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución del Director General de Centros y Personal Docente de 17 de septiembre de 2018, la Consejería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Comunitat Valenciana, acepta la renuncia a la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas presentada por don Elías Hernandis Oltra, Número de Registro de Personal ****035702 A0593, con efectos de 1 de septiembre de 2017.

Considerando que el artículo 63 a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que la renuncia a la condición de funcionario, es una de las causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.

Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, de la Comunitat Valenciana,

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.

Declarar la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de don Elías Hernandis Oltra, Número de Registro de Personal ****035702 A0593 y DNI ****0357, causando baja en el citado cuerpo desde el día 1 de septiembre de 2017.

Segundo.

La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 15 de octubre de 2018.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.

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