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Documento BOE-A-2018-14560

Resolución de 9 de octubre de 2018, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Whitney Museum of American Art (Nueva York), para la itinerancia de la exposición "David Wojnarowicz".

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 23 de octubre de 2018, páginas 103001 a 103036 (36 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-14560

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Whitney Museum of American Art de Nueva York han suscrito, con fecha de 10 de julio de 2018, un Convenio para la itinerancia de la exposición «David Wojnarowicz», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 9 de octubre de 2018.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Borja-Villel.

ANEXO
Convenio de Itinerancia de Exposición entre el Whitney Museum of American Art y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía

Este Convenio (el «Convenio») se celebra y suscribe a fecha 10 de julio de 2018 con los siguientes términos y condiciones por y entre, de una parte,don Manuel J. Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (C/ Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, España), quien actúa de conformidad con las facultades derivadas de la Ley española 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y del Real Decreto español 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en lo sucesivo denominado «MNCARS» o el «Expositor»). Y, de otra parte, el Whitney Museum of American Art, 99 Gansevoort Street, Nueva York, Nueva York 10014 («Whitney» y junto al Expositor, los «Exhibidores»).

Considerando que, el Whitney va a organizar la exposición de obras de David Wojnarowicz descrita a continuación (la «Exposición»), y que el Expositor desea albergar la exposición en Madrid, España.

Considerando que las partes desean establecer los términos conforme a los cuales el Whitney organizará la Exposición y el Expositor presentará la misma;

Ahora, por tanto, por la buena y valiosa contraprestación recibida, los Exhibidores acuerdan lo siguiente:

1. Título de la Exposición

El título de la exposición es David Wojnarowicz: History Keeps Me Awake at Night (La historia me mantiene despierto por la noche). El Expositor no podrá variar el título sin el consentimiento previo por escrito del Whitney.

2. Fechas de la Exposición

La Exposición se encontrará abierta al público general en el Expositor entre las siguientes fechas: del 28 de mayo al 30 de septiembre de 2019. Las fechas de la Exposición podrán ajustarse con el acuerdo del Whitney.

3. Costes

a. El Expositor pagará al Whitney (i) una cuota de participación de 75.000 $ (la «Cuota de Participación») por organizar este la Exposición y ponerla a disposición del Expositor y (ii) una parte de los gastos compartidos de la misma («Gastos»). Los Gastos cubrirán el empaquetado, el embalaje, los correos del Whitney, las cuotas de préstamo, el almacenaje entre sedes, el seguro «clavo a clavo». Los Gastos no superarán el importe total de 215.000 $ y se detallan en el Anexo C. Los trámites y el calendario de pagos se establecen en el artículo 16.

b. El Expositor será responsable de todos los costes locales contraídos en la presentación de la Exposición, incluyendo, a título no limitativo, los costes asociados a la carga y descarga de las Obras, su desembalaje y posterior embalaje, el almacenaje de los embalajes durante la Exposición, la instalación y desinstalación, los materiales impresos, programas, eventos publicitarios y de inauguración, y toda la seguridad y el mantenimiento a nivel local requeridos para la presentación de la Exposición. Todos los costes derivados de retrasos causados por el Expositor para la inauguración de la Exposición o de la necesidad de la clausura anticipada o de la prórroga de la misma por parte del Expositor habrán de ser asumidos por este último.

4. Comisario de la Exposición y Contenidos/Administración

a. David Breslin y David Kiehl, comisarios de la exposición (los «Comisarios»), seleccionarán las obras a incluir en la Exposición (las «Obras») y elaborarán la lista de comprobación («Lista de Comprobación») de la misma. La lista de comprobación provisional se adjuntará a este Convenio como Anexo A y no podrá modificarse sin el acuerdo de los Comisarios. El Whitney y el Expositor podrán añadir obras adicionales seleccionadas con la aprobación de los Comisarios, a incluir en la presentación de la Exposición en sus respectivas sedes. Los costes de obras adicionales mostradas únicamente en la sede del Expositor (incluyendo cuotas de préstamo, gastos de correos, transporte y seguro) y la realización de todos los preparativos asociados a todas las incorporaciones son responsabilidad del Expositor.

b. El Expositor reconoce que el Whitney podrá modificar la selección de Obras en consulta con el propio Expositor si estimara dicha modificación necesaria o conveniente. Ocasionalmente, es necesario que Whitney retire obras de una exposición durante su itinerancia. Si el Whitney retira una Obra, el Expositor cooperará y seguirá con presteza las instrucciones de embalaje y envío. El Whitney suministrará obras de arte sustitutivas de calidad equivalente cuando ello sea factible y a su razonable discreción.

c. La revisión y aprobación de los asuntos contractuales, presupuestarios y contables correrá a cargo de Christy Putnam, Directora Adjunta de Gestión de Exposiciones y Colecciones del Whitney y de Teresa Velázquez, Directora de Exposiciones del Expositor, en consulta mutua.

5. Trámites de la Exposición/el Préstamo

a. El Whitney acepta organizar la reunión, la itinerancia y la dispersión de la Exposición. Ello incluye preparativos relativos a embalaje y cumplimentación de todas las listas de embalaje y documentación asociada. El Whitney proporcionará copias de las listas de embalajes y de la documentación al Expositor y a las sedes participantes, si las hay.

b. El Whitney será responsable de la elaboración, el envío y la ejecución de los acuerdos de préstamo con los prestadores, si proceden.

c. El Departamento de Registro del Whitney dispondrá la recogida, el embalaje, despacho en aduanas, correos y el envío de las Obras durante la itinerancia de la exposición.

d. Las Obras serán entregadas al Expositor conforme a un calendario establecido de mutuo acuerdo. El Whitney acepta consultar con el Expositor en relación con los preparativos del transporte. El Whitney proporcionará al Expositor un calendario e instrucciones para el reenvío de la Exposición a otras instituciones prestatarias, la dispersión de la Exposición, o la devolución de la misma al Whitney, lo que corresponda. El Expositor acuerda cumplir todos los calendarios de transporte establecidos por el Whitney. El Expositor acepta que, en caso de no poder recibir y enviar la Exposición en cumplimiento del calendario de transporte exigido por el Whitney, absorberá el coste de unas instalaciones de almacenaje temporal aceptables y todos los demás gastos derivados de su incapacidad de cumplir dicho calendario. El Whitney se reserva el derecho de aprobar todas las oportunas gestiones de almacenaje temporal y envío.

e. El Whitney se reserva el derecho de que cada envío vaya acompañado de un correo u otro representante designado por el Whitney (el «Representante de Whitney»). Un Representante de Whitney supervisará el embalaje, desembalaje, la instalación y la desinstalación de las Obras en cada sede. Además, el Whitney enviará a uno de sus propios manipuladores de arte al lugar para ayudar con la instalación y la desinstalación y supervisarlas. Si han de almacenarse las obras antes, durante o después de la presentación de la Exposición en la sede del Expositor, las instalaciones y las gestiones de almacenaje han de ser aprobadas por el Representante del Whitney y abonadas por el Expositor. El almacenaje de embalajes vacíos debe ser organizado y asumido por el Expositor. La zona de almacenaje debe ser un entorno eco y libre de plagas. Debe permitirse la aclimatación de los embalajes durante las 24 horas previas a su posterior reembalaje en la sede del Expositor.

f. El Expositor acepta ejercer idéntico grado de cuidado que el empleado respecto a objetos similares de sus propias colecciones en la manipulación de todas las obras prestadas a la Exposición y observar aquellas condiciones o estándares especiales de cuidado que exijan los prestadores y las coberturas de seguro de las Obras.

6. Instalación

a. El Expositor acepta proporcionar a los Comisarios, para su revisión y formulación de comentarios, una propuesta de diseño de la Exposición en la sede del Expositor con una antelación mínima de 3 meses respecto a la inauguración de la Exposición.

b. Debe concederse a los embalajes que contengan las Obras un mínimo de 24 horas para aclimatarse a las condiciones de la sala, antes de abrirlos a su llegada a la sede del Expositor. Los embalajes que contengan las Obras no podrán ser abiertos salvo en presencia de un Representante del Whitney. Las Obras deben desembalarse, embalarse o retirarse de la instalación únicamente en presencia de un Representante del Whitney, salvo en casos de emergencia en los que las Obras se hallen en peligro inminente.

c. El Expositor consultará con el Whitney en relación con las instrucciones de instalación con anterioridad a la finalización del calendario de instalación y proporcionará una plantilla adecuada de manipuladores de arte entrenados para instalar la Exposición. Todas las instrucciones de desembalaje, manipulación e instalación dadas por el Whitney o los Representantes del Whitney deben seguirse de forma explícita por parte del Expositor, sus empleados, contratistas o agentes.

d. El Expositor será responsable de la fabricación del mobiliario de la Exposición requerido por los prestadores o considerado necesario por el Whitney para la protección de las Obras. El Whitney enviará al Expositor especificaciones del mobiliario requerido por los prestadores o considerado necesario por el propio Whitney para la protección de las Obras.

7. Informes de Estado y Conservación

a. El Whitney elaborará un dossier de informes de estado de la itinerancia, incluidas imágenes. Al desembalaje y al posterior embalaje de las Obras en Madrid, el Registrador del Whitney inspeccionará las mismas y realizará anotaciones en el dossier de informes de estado.

b. En caso de producirse daños o pérdidas en las Obras en la sede del Expositor, este se lo comunicará al Whitney de inmediato. El Whitney comunicará al prestador la pérdida o el daño.

c. Debe inspeccionarse a diario la Exposición para detectar cambios de estado. No se desenmarcarán, repararán, retocarán o limpiarán las Obras sin el consentimiento previo por escrito del Whitney. No podrán moverse las Obras salvo en casos de emergencia en que las mismas se encuentren en peligro inminente. Si se produjeran cambios en el estado de cualquier Obra, el Expositor los comunicará de inmediato al Registrador del Whitney.

8. Requisitos de las Instalaciones / Ambientales / de Seguridad

a. Con anterioridad a la finalización del presente convenio, el Expositor proporcionará al Whitney un Informe Estándar de Instalaciones cumplimentado (conforme al Comité de Registros de la Asociación Estadounidense de Museos) salvo que ya exista un informe actual en los archivos del Whitney.

b. El Expositor acepta que las pinturas no podrán estar expuestas a niveles lumínicos superiores a 25 candelas (250 lúmenes); se requiere un máximo de 8-10 candelas (80-100 lúmenes) para la totalidad de acuarelas, dibujos, grabados y fotografías. Las Obras especialmente frágiles (fotografías en color, fotos de Polaroid, témperas y guaché) requerirán 5-8 candelas (50-80 lúmenes). No podrán exponerse las Obras a luz natural no filtrada, luz solar directa o reflejada, luz fluorescente o a luz artificial intensa, debiendo protegerse de la excesiva proximidad a fuentes de calor. El Expositor acepta proporcionar una temperatura uniforme de 70 grados Fahrenheit (21 grados Celsius), así como una humedad relativa del 45-55 % en las zonas de exposición y almacenaje 24 horas al día. Cualesquiera cambios climáticos importantes (más de 5 grados ± respecto a la norma de 70 grados Fahrenheit, y/o más de un 10 ± respecto a la norma de humedad relativa del 50 %) deben comunicarse de inmediato por teléfono al Registrador de Whitney.

c. La Exposición podrá instalarse únicamente en un edificio en el que se proporcione adecuada protección contra incendios. Las alarmas de seguridad (incluyendo detectores de movimiento, alarmas contra intrusión y alarmas contra incendios) deben vigilarse de forma constante a través de un puesto centralizado así como mediante vigilantes nocturnos presentes en el lugar. Además de la existencia de los sistemas de alarma, deberían realizarse inspecciones de seguridad cada día durante la celebración de la Exposición, quedando esta protegida durante la noche y el horario sin apertura al público por parte de un vigilante o guarda de seguridad.

d. En todo momento en que la Exposición permanezca abierta al público, y en las recepciones de inauguración y demás eventos de carácter no público, el personal de seguridad deberá ser el adecuado para garantizar que las Obras de la Exposición queden en su campo visual.

e. No se permitirá fumar, comer o beber en las galerías en las que se muestren las Obras.

9. Seguro

a. El Whitney dispondrá el seguro clavo a clavo de las Obras y será responsable del tratamiento y la tramitación de cualesquiera reclamaciones al seguro, así como de las correspondientes comunicaciones con los prestadores.

b. En el caso de obras mostradas únicamente en la sede del Expositor, este último será responsable del seguro de las mismas.

10. Líneas de Créditos y Patrocinio/Captación de Fondos

a. La siguiente línea de créditos (el «Crédito organizativo») se empleará en todos los materiales publicitarios e impresos elaborados por el Expositor para la celebración de la Exposición o en relación con la misma, y en la misma pared del título: «Esta exposición está organizada por el Whitney Museum of American Art, Nueva York con el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Madrid, and the Mudam Luxembourg - Musée d’Art Moderne Grand-Duc Jean.»

b. El Crédito organizativo aparecerá en la misma pared del título de entrada a la Exposición, así como en todos los materiales impresos, electrónicos o digitales relacionados con ella, incluyendo, a título no limitativo, anuncios publicitarios, invitaciones, anuncios, catálogos, cartelas, guías de la galería, folletos, calendarios de miembros, señalización, redes sociales, materiales publicitarios, promocionales y educativos.

c. Cada Presentador será responsable de su propia captación de fondos, no estando obligado a aportar ninguno de sus ingresos por dicho concepto al otro Presentador. No obstante lo anterior, en caso de que los Exhibidores obtengan un patrocinio conjunto («Patrocinio conjunto»), los ingresos derivados del mismo se dividirán por mutuo acuerdo de los Exhibidores y el crédito relativo a dicho Patrocinio conjunto figurará a continuación del Crédito organizativo. El Expositor acepta que la línea de créditos del Patrocinio conjunto aparezca en todas las aplicaciones descritas en la Cláusula 10b.

d. En caso de que el Expositor obtenga un patrocinio independiente para su presentación local de la Exposición («Patrocinio local»), dicho apoyo local figurará siempre en una línea independiente en la parte inferior y en una fuente tipográfica no mayor que el Crédito organizativo y el Patrocinio conjunto. El Expositor acuerda mantener al Whitney razonablemente informado sobre sus actividades de captación de fondos en relación al Patrocinio local.

11. Materiales publicitarios y de prensa, imágenes y fotografía de la Exposición

a. El Expositor acepta que cualquier material impreso o electrónico relativo a la Exposición, incluyendo folletos, invitaciones, guías educativas, anuncios publicitarios, página web, audioguías, así como materiales de prensa o promocionales, incluirán el Crédito organizativo en su totalidad; además el Expositor acepta remitir al Whitney dicho material para su examen y aprobación. El Whitney requiere un mínimo de 5 días hábiles para revisar todo material impreso con antelación a su impresión. Todos los formatos de diseño y texto deberían enviarse a la atención de Lynn Schatz a lynn_schatz@whitney.org.

b. El Whitney aprobará con carácter previo una selección de imágenes para fines de prensa, educativos, de archivo y para el sitio web. El Whitney obtendrá todos los permisos necesarios de los titulares de copyright (o agencias otorgantes de licencias) para usos no comerciales del Expositor, incluyendo los habituales, como folletos, invitaciones, guías educativas o materiales publicitarios, de prensa o promocionales (incluyendo carteles). El Expositor acepta cumplir cualquier restricción impuesta por los prestadores y/o los titulares de copyright de las Imágenes. El Expositor será responsable de obtener de forma independiente los derechos de reproducción de las Imágenes para fines publicitarios y comerciales (posters, postales, calendarios, tarjetas para notas, etc.).

c. La línea de créditos para cada imagen, tal y como la suministre el Whitney, y el Crédito organizativo deben aparecer en las publicaciones impresas del Expositor o de terceros, que contengan dicha imagen. Las líneas de crédito de las imágenes deben aparecer inmediatamente bajo la reproducción, en la página opuesta a la misma, o (a excepción de posters o anuncios) en el dorso. La reproducción no podrá desbordar la página ni recortarse. No podrá superponerse nada en ella (por ejemplo, tonos, letras u otra imagen). El Expositor acepta presentar al Whitney, para su examen y aprobación, la disposición del diseño y la reproducción de todas las Obras, salvo en relación a las obras propiedad del Expositor. Cualquier reproducción distinta a la que aparezca en un periódico, debe imprimirse sobre blanco. Podrán solicitarse al Whitney imágenes y permisos sobre derechos adicionales para utilizarse de forma conjunta con la exposición, corriendo el Expositor con los costes adicionales que se deriven.

d. La prensa y demás medios de comunicación podrán fotografiar o grabar obras únicamente para noticias y reportajes, salvo cuando lo restrinja el prestador. El Whitney proporcionará al Expositor una lista de restricciones de los prestadores.

e. En el ejercicio de los derechos de reproducción concedidos en el presente convenio, el Expositor únicamente hará uso de fotografías de las Obras suministradas y/o propiedad del Whitney. El Expositor no fotografiará ninguna Obra (salvo para tomar las fotografías que requiera la instalación) sin haber obtenido previamente el consentimiento expreso por escrito del Whitney en cada caso.

12. Catálogos y otras publicaciones

a. El Whitney elaborará un catálogo ilustrado de la Exposición en inglés. El Whitney proporcionará al Expositor cinco (5) copias del catálogo de la Exposición como parte de la Cuota de Participación, sin coste adicional. El Expositor podrá adquirir copias del catálogo de la exposición con descuento en función del número de copias encargado. El Expositor acepta adquirir el catálogo de la Exposición únicamente al Whitney.

b. La producción de la versión española del catálogo será objeto de acuerdo independiente entre las partes.

13. Programas y materiales educativos

Las sedes receptoras serán cada una responsable del desarrollo de sus propios programas públicos y materiales educativos. Como primera sede de la Exposición, el Whitney podrá compartir con el Expositor los materiales educativos que desarrolle en relación con la misma y el Expositor podrá utilizar o adaptar dichos materiales en función de sus propias necesidades, toda vez que, no obstante, cualquier cambio en dichos materiales debe ser aprobado por el Departamento de Educación, en consulta con el Comisario.

14. Venta de artículos de merchandising relacionados

Cualquier artículo de merchandising asociado a la Exposición será objeto de acuerdo(s) independiente(s).

15. Eventos de inauguración

El Expositor suministrará las siguientes invitaciones a las personas designadas por el Director del Whitney:

– 20 personas (10 invitaciones) al evento de inauguración de la Exposición para personas VIP organizado por el Expositor.

– 50 personas (25 invitaciones) para la recepción de inauguración de miembros principales del Expositor.

El Expositor acepta mantener al Whitney razonablemente informado acerca de las fechas y otros detalles de los eventos de inauguración.

16. Pagos

Los pagos se efectuarán en dólares estadounidenses, sin deducciones, y abonados por cheque o ingresados en la siguiente cuenta:

Whitney Museum of American Art

N.º de cuenta: 483043514866

ABA 026-009-593

SWIFT: BOFAUS3N (solo extranjero)

Bank of America Merrill Lynch

One Bryant Park

Nueva York, NY 10036

El Whitney emitirá una factura al Expositor por cada pago. Además de la Cuota de Participación, el Expositor pagará su parte proporcional de los Gastos, que incluirá transporte, embalaje, empaquetado, Correos del Whitney, cuotas de préstamo, almacenaje entre sedes y seguro «clavo a clavo». El MNCARS realizará un pago inicial de 25.000 $ a la firma de este Convenio. El resto de la Cuota y su parte proporcional de gastos serán exigibles conforme al siguiente calendario descrito a continuación. A la finalización de la itinerancia, el Whitney elaborará una contabilidad de los costes reales y devolverá al Expositor cualquier importe pagado en exceso o remitirá una factura por los importes adeudados.

El Whitney enviará una factura por cada uno de los pagos que se indican a continuación:

Calendario de pagos

$

Anticipo de Cuota.

(Exigible a la firma del convenio).

25.000

Saldo restante de la Cuota.

(Exigible a la inauguración de la Exposición en Madrid el 21 de mayo de 2019).

50.000

Depósito de Gastos prorrateados.

(Exigible a la firma del convenio).

75.000

Segundo pago de Gastos prorrateados.

(Exigible el 31 de enero de 2019).

75.000

Saldo restante de Gastos prorrateados.

(Exigible el 1 de noviembre de 2019).

65.000

Las correspondientes facturas emitidas por el Whitney Museum incluirán la siguiente información y códigos:

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Departamento de Exposiciones.

C/ Santa Isabel, 52.

28012 Madrid.

IVA ES Q 2828032 I

Códigos contables:

O.C.: Ea0003218

O.G.S.G.: E03009104

U.T.G.E.: Ea0003217

El Expositor comunicará a Christy Putnam, Directora Adjunta de Gestión de Exposiciones y Colecciones, de forma inmediata, la realización de las respectivas transferencias bancarias.

17. Informe final

A la clausura de la Exposición, el Expositor presentará al Whitney un «Informe Final» que incluirá 10 copias de todas las notas de prensa y material publicitario, incluyendo un informe publicitario completo con copias de todas las reseñas, artículos y anuncios patrocinados en medios impresos, así como una lista de la cobertura en otros soportes, cifras de asistencia y fotografías que documenten la instalación. El Expositor completará el Informe Final en los 90 días siguientes a su recepción.

18. Indemnización

El Whitney y el Expositor acuerdan mutuamente indemnizarse, defenderse y exonerarse entre sí, así como a sus directivos, agentes y empleados, frente y ante todas las reclamaciones, responsabilidades, pérdidas, daños, intereses, sentencias, prendas, costes y gastos, incluyendo, a título no limitativo, honorarios razonables de letrados y costes de litigios, daños o responsabilidades de cualquier naturaleza, por fallecimiento o lesión producidos a cualquier persona, así como por daños a bienes y destrucción de los mismos que se deriven de cualquier forma de actos negligentes, errores u omisiones de la parte indemnizadora en el ejercicio de sus actividades desarrolladas en virtud del presente Convenio.

19. Cancelación

a. Las partes entienden que resultaría difícil sino imposible, calcular o estimar el grave y considerable daño que se ocasionaría al Whitney por el incumplimiento de este Convenio por parte del Expositor y, por tanto, las partes acuerdan que en caso de que el Expositor cancele la exposición o sea por cualquier otro motivo incapaz de celebrarla tal como se ha acordado (salvo por la incapacidad de Whitney de cumplir lo aquí estipulado o por causa de fuerza mayor), el Expositor pagará al Whitney lo siguiente, en concepto de daños y perjuicios y no a modo de penalización:

Si se produce la cancelación 180 o más días antes de la inauguración programada de la Exposición en la sede del Expositor, el 50 % de la Cuota de Participación, además de cualesquiera costes contraídos por el Whitney en relación con la presentación de la Exposición en la sede del Expositor hasta la fecha de cancelación.

Si se produce la cancelación 180 o menos días antes de la inauguración programada de la Exposición en la sede del Expositor, la totalidad de la Cuota de Participación, además de cualesquiera costes contraídos por el Whitney en relación con la presentación de la Exposición en la sede del Expositor hasta la fecha de cancelación.

b. En caso de que el Whitney cancele la Exposición, este reintegrará de inmediato al Expositor todos los importes ya abonados por este, como plena y completa satisfacción de las obligaciones del Whitney. El aviso de cancelación debe comunicarse por escrito con acuse de recibo, ya sea por fax o por correo postal de Estados Unidos, con solicitud de confirmación de entrega. Se considerará que el aviso se ha producido en la fecha en que el Expositor lo reciba.

20. Fuerza Mayor

Ninguna de las Partes del Convenio será responsable u obligada por daños causados por retrasos u omisiones en el cumplimiento del presente Convenio o de cualquier disposición del mismo, ni por retrasos u omisiones que causen la cancelación del Convenio, o si dichos retrasos u omisiones se deben a causas que escapen a su control tales como, a título no limitativo, incendios, huelgas, escasez de materiales o combustible, guerra o actos bélicos, actos de terrorismo, actos de rebelión o revueltas, actos de autoridades públicas, retrasos o incumplimientos causados por transportes públicos, o tormentas, inundaciones u otros actos divinos.

21. Independencia

En la máxima medida de lo posible, cada disposición de este Convenio se interpretará de forma que sea válida y eficaz de conformidad con la legislación vigente. Si cualquier disposición se estima, en virtud de cualquier ley vigente, inválida, dicha disposición se considerará modificada en la mínima medida de lo necesario para hacerla compatible con la ley y conforme a la intención original de las partes. Ni este Convenio ni ninguna disposición del mismo se interpretarán en contra de cualquiera de las partes con el argumento de que hubiera sido redactada por la parte en cuestión.

22. Legislación aplicable

Este convenio se celebra en el Estado de Nueva York y se regirá por las leyes de Estados Unidos y del Estado de Nueva York, sin referencia a disposiciones en materia de conflictos jurisdiccionales. Cualesquiera disputas que se deriven del presente convenio se resolverán o arbitrarán en el Estado y el Condado de Nueva York.

23. Totalidad del Convenio

Este convenio contiene la totalidad de los pactos entre las partes relativos a la materia que regula, y las partes no han realizado acuerdos, manifestaciones o garantías relativas a la materia del mismo que no se recojan en el presente instrumento. Ninguna enmienda o modificación del presente Convenio será válida a menos que se realice por escrito y sea firmada por ambas partes.

24. Redacción conjunta

Este Convenio se considerará haber sido redactado de forma conjunta entre las partes y, en caso de disputa no se interpretará en contra de ninguna de ellas en calidad de redactora.

25. Idioma del Convenio

El presente Convenio ha sido redactado en inglés y español. En caso de disputas sobre el significado preciso de los términos de este Convenio, las Partes aceptan que será la versión en inglés la que prevalezca. Cualquier traducción al español será responsabilidad del Expositor y únicamente a su propio cargo.

26. Representantes del personal

Los representantes del personal en los diversos departamentos se indican en el Anexo B.

27. Comisión de seguimiento

Se constituye una Comisión mixta de vigilancia y seguimiento del Convenio a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo así como la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste pudieran derivarse. La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como sus miembros estimen conveniente y estará integrada por dos representantes de cada parte, designados a tal efecto por la parte respectiva. Una vez constituida, la Comisión aprobará sus normas internas de funcionamiento.

28. Plazo de Vigencia

El presente Convenio se perfeccionará con la firma de las partes y tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Expositor será responsable de registrar el Convenio conforme a la presente Cláusula. Permanecerá en vigor hasta la conclusión de la liquidación de cuentas entre las mismas descrita en la Cláusula 16 relativa a los pagos, y en todo caso el 31 de diciembre de 2019.

En testimonio de lo cual, las partes ejecutan el presente Convenio en la fecha indicada en el encabezamiento.–Por el Whitney Museum of American Art, Adam D. Weinberg y Alice Pratt Brown, Directora.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel, Director.

Anexo A: Lista de Obras.

Anexo B: Representantes del personal del Whitney.

Anexo C: Presupuesto de itinerancia.

El presente convenio ha sido informado por la Abogacía del Estado del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con fecha de 5 de junio de 2018.

ANEXO A
Lista de Obras

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

ANEXO B
Representantes del Personal del Whitney

Administración:

Christy Putnam

(212) 570-3680

Christy_Putnam@whitney.org

Lynn Schatz

(212) 570-36290390

Lynn_Schatz@whitney.org

Nick Holmes

(212) 606-0391

Nick_Holmes@whitney.org

Communicaciones y Marketing:

Stephen Soba

(212) 570-3634

Stephen_Soba@whitney.org

Comisariado:

David Breslin

(212) 570-7773

David_Breslin@whitney.org

David Kiehl

(212) 606-0217

David_Kiehl@whitney.org

Conservación:

Carol Mancusi-Ungaro

(212) 570-7704

Carol_Mancusi-Ungaro@whitney.org

Merchandising

Jennifer Heslin

(212) 606-0219

Jennifer_Heslin @whitney.org

Registradora:

Maura Heffner

(212) 671-5301

Maura_Heffner@whitney.org

Derechos y Reproducciones:

Anita Duquette

(212) 570-3660

Anita_Duquette@whitney.org

Patrocinio:

Eunice Lee (Corporativo)

(212) 671-8366

Eunice_Lee@whitney.org

Morgan Arenson (Fundaciones y Gobierno)

(212) 570-3608

Morgan_Arenson@whitney.org

ANEXO C
Presupuesto Exposición

1

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