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Documento BOE-A-2018-15562

Acuerdo de 8 de noviembre de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombran Jueces sustitutos para el año judicial 2018/2019, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 15 de noviembre de 2018, páginas 110927 a 110927 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2018-15562

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado nombrar para el año judicial 2018/2019, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, a los/as Jueces/zas sustitutos/as que a continuación se relacionan, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña:

María Julia García Martínez, Jueza sustituta de los Juzgados de Tarragona, Amposta, Falset, Gandesa, Reus, Tortosa, Valls, Vendrell (El) (Tarragona), previa aceptación de su renuncia al cargo de Magistrada suplente de la Audiencia Provincial de Tarragona.

Enrique Junoy Pujol y Magdalena Bescós Mateu, Juez/a sustituto/a de los Juzgados de Arenys de Mar, Badalona, Berga, Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Gavà, Granollers, Hospitalet de Llobregat (L'), Igualada, Manresa, Martorell, Mataró, Mollet del Vallès, Prat de Llobregat (El), Rubí, Sabadell, Sant Boi de Llobregat, Sant Feliu de Llobregat, Santa Coloma de Gramenet, Terrassa, Vic, Vilafranca del Penedès, Vilanova i la Geltrú (Barcelona), previa aceptación de sus renuncias al cargo de igual clase de los Juzgados de Tarragona, Amposta, Falset, Gandesa, Reus, Tortosa, Valls, Vendrell (El) (Tarragona).

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 8 de noviembre de 2018.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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