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Documento BOE-A-2018-16948

Resolución de 30 de octubre de 2018, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria La Caixa y la Fundación Bancaria CajaCanarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 11 de diciembre de 2018, páginas 121538 a 121546 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-16948

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 18 de octubre de 2018, el Instituto de Astrofísica de Canarias, la Fundación Bancaria «la Caixa» y la Fundación Bancaria CajaCanarias han suscrito un convenio para el desarrollo del «Programa de Técnicos de apoyo en las Instalaciones y Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias».

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

San Cristóbal de La Laguna, 30 de octubre de 2018.–El Director del Instituto Astrofísico de Canarias, Rafael Rebolo López.

ANEXO
Convenio entre el Instituto de Astrofísica de Canarias, la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «la Caixa», y la Fundación Bancaria CajaCanarias

Santa Cruz de Tenerife, 18 de octubre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, D. Rafael Rebolo López, director del Organismo Público de Investigación, Instituto de Astrofísica de Canarias (en adelante, IAC o el Centro), nombrado por el Consejo Rector del Organismo con fecha 2 de agosto de 2013, en nombre y representación del citado Instituto, con domicilio en calle Vía Láctea, s/n, San Cristóbal de La Laguna (CP 38200), con CIF n.º Q3811001A.

De otra parte, el Sr. D. Rafael Fernando Chueca Blasco, Director Corporativo de Territorio y Centros, de la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, «la Caixa», (en adelante, Fundación Bancaria «la Caixa»), entidad domiciliada en Palma (Illes Balears), plaza Weyler, 3, código postal 07001 y con C.I.F. G-58899998.

Y, de otra parte, el Sr. D. Alberto Delgado Prieto, Presidente de la Fundación Bancaria CajaCanarias (en adelante, Fundación CajaCanarias), actuando en nombre y representación de la misma, entidad domiciliada en Santa Cruz de Tenerife, plaza del Patriotismo, n.º 1, y C.I.F. CIF G-38001749.

Las partes se reconocen la capacidad legal y necesaria para formalizar el presente convenio y, en especial, de la representación de las instituciones que se mencionan, y

MANIFIESTAN

I. Que el consorcio público Instituto de Astrofísica de Canarias es un centro creado por el Real Decreto-ley 7/1982, de 30 de abril, en el que se establece su régimen jurídico, e integrado por la Administración General del Estado, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Universidad de La Laguna y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, y se rige por lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y en sus estatutos («BOE» de 17 de marzo de 2014). El Instituto de Astrofísica de Canarias tiene la consideración de Organismo Público de Investigación de la Administración General del Estado (AGE), siendo la AGE quien tiene competencia exclusiva para el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica, en base a la Constitución española, de 29 de diciembre de 1978, en su artículo 149.1.15.ª.

El Instituto de Astrofísica de Canarias tiene personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines siguientes:

a) Realizar y promover cualquier tipo de investigación astrofísica o relacionada con ella, así como desarrollar y transferir su tecnología.

b) Difundir los conocimientos astronómicos, colaborar en la enseñanza universitaria especializada de astronomía y astrofísica y formar y capacitar personal científico y técnico en todos los campos relacionados con la astrofísica.

c) Administrar los centros, observatorios e instalaciones astronómicas ya existentes y los que en el futuro se creen o incorporen a su administración, así como las dependencias a su servicio.

d) Fomentar las relaciones con la comunidad científica nacional e internacional.

II. Que la Fundación Bancaria «la Caixa» contempla entre sus objetivos la realización de obras benéficas y sociales, propias o en colaboración con instituciones del país, atendiendo las diferentes necesidades de la sociedad.

La misión de la Fundación Bancaria «la Caixa» es construir una sociedad mejor y más justa, dando más oportunidades a las personas que más lo necesitan.

La Fundación Bancaria «la Caixa» desarrolla programas sociales, de fomento de la investigación y el conocimiento, culturales y educativos con una vocación transformadora.

III. Que la Fundación CajaCanarias es una entidad que tiene entre sus fines el mantenimiento y continuación de la obra benéfico social desarrollada a lo largo de su historia, contribuyendo a la promoción del desarrollo y del equilibro económico y social de Canarias. En particular, la Fundación CajaCanarias persigue el fomento de la educación y de la formación, el desarrollo y la innovación empresarial y científica, la promoción y difusión de la cultura, la divulgación y protección del entorno natural, el fomento de la actividad deportiva y la mejora del bienestar social, asistencial y sanitario, y, en general, el progreso de la sociedad canaria.

IV. Que el IAC desea promover un programa estable de contratos en prácticas de dos años para estudiantes recién titulados de formación profesional, FPII, en las especialidades de técnicos de mantenimiento general, instrumental y de taller, en los observatorios del Teide, Roque de los Muchachos y en las propias sedes del IAC en Tenerife y La Palma.

A partir de estas manifestaciones, y conforme la representación que ostentan, las partes acuerdan la formalización del presente convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto.

El presente convenio regula el establecimiento de las condiciones que deben regir la colaboración de la Fundación Bancaria «la Caixa» y Fundación CajaCanarias con el IAC, en relación con el «Programa de Técnicos de apoyo en las Instalaciones y Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias», cuya descripción, objetivos y plan de actuación, entre otros aspectos, se detallan en el anexo I a este convenio.

Segunda. Compromisos de la Fundación Bancaria «la Caixa» y Fundación CajaCanarias.

La Fundación Bancaria «la Caixa» y Fundación CajaCanarias han acordado colaborar conjuntamente con el IAC para la realización del plan de acción indicado en la cláusula anterior. A dicho fin, la Fundación Bancaria «la Caixa» y la Fundación CajaCanarias realizarán la aportación económica, a favor del IAC, de la cantidad máxima de 141 mil euros (ciento cuarenta y uno mil euros) (impuestos, en su caso, incluidos). La gestión administrativa del pago la realizará la Fundación Bancaria «la Caixa» y se hará efectiva mediante transferencia a una cuenta corriente titularidad de Instituto de Astrofísica de Canarias en CaixaBank, IBAN ES23 2100 8987 3202 0000 6244, y señalando claramente el objeto del ingreso: «convenio entre Fundación Bancaria «la Caixa» y Fundación CajaCanarias para Programa de Técnicos FPII en el IAC» previa presentación por parte del IAC de la correspondiente carta de pago (factura) (el modelo a presentar se detalla en el anexo II).

Tercera. Compromisos del IAC.

El IAC destinará íntegramente el importe de la aportación económica al proyecto objeto de este convenio y mencionado en la cláusula Primera.

Asimismo, el IAC cubrirá con financiación propia el coste de contratación de uno de los cuatro técnicos que se recogen en el Programa (anexo I). En concreto, el «Técnico de Taller de Mecánica de la Sede del IAC». Esta contratación está estimada en 40.978 EUR para los dos años.

Del mismo modo, aportará todos los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto objeto de este convenio y será el único responsable de la acción.

A la finalización del mismo presentará a la Fundación Bancaria «la Caixa» y/o a la Fundación CajaCanarias, un informe explicativo de la aplicación de los fondos percibidos, así como de los resultados conseguidos.

Cuarta. Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento del desarrollo de este convenio y a instancias de la Fundación Bancaria «la Caixa» o Fundación CajaCanarias, se constituirá una comisión paritaria mixta, dentro de los 30 primeros días tras la entrada en vigor del convenio, integrada por representantes de cada una de las partes firmantes, que establecerá de común acuerdo las normas relativas a su funcionamiento. A esta comisión le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes:

Velar por el correcto desarrollo del proyecto.

Evaluar el cumplimiento de los objetivos.

Realizar el control y seguimiento y velar por la correcta aplicación de la ayuda económica.

Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a la difusión.

Evaluar el resultado de la colaboración.

Y en general, todas aquellas que se desprenden del presente convenio y/o que las partes estimen convenientes.

La comisión de Seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las Partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo. De las reuniones se extenderán las correspondientes actas que deberán ser firmadas por los asistentes.

Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.

Quinta. Justificación de la aportación y auditoría.

El IAC deberá aportar la documentación precisa para verificar la ejecución del proyecto y la correcta aplicación de la aportación económica.

La Entidad pondrá a disposición de Fundación Bancaria «la Caixa» y/o Fundación CajaCanarias la documentación económica relativa al proyecto en el que colaboran las Fundaciones. Esta documentación se podrá consultar por Fundación Bancaria «la Caixa» y/o por Fundación CajaCanarias en el momento que éstas la soliciten para verificar y controlar la ejecución del proyecto.

La Entidad autoriza a Fundación Bancaria «la Caixa» y/o Fundación CajaCanarias, así como a las empresas o firmas especializadas por ella contratadas a realizar auditorías en los locales de la Entidad para verificar la correcta aplicación de los fondos percibidos, y el cumplimiento de las actividades previstas en el proyecto.

Sexta. Difusión.

El IAC previo consenso con la Fundación Bancaria «la Caixa» y con Fundación CajaCanarias, se compromete a difundir la colaboración de las mismas en los documentos, soportes gráficos, audiovisuales, publicitarios y actos de difusión de las actividades realizadas con cargo a la dotación efectuada por éstas, y en su Memoria Anual y página web. Fundación Bancaria «la Caixa» y con Fundación CajaCanarias deberán aprobar previamente, en su caso, la utilización de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos, así como el alcance de su posible participación en actos o actividades de carácter público (ruedas de prensa, acto público de firma, etc.)

Por su parte, la Fundación Bancaria «la Caixa» y Fundación CajaCanarias podrán realizar la difusión que estimen por conveniente de la colaboración regulada mediante este convenio, previa aprobación del IAC en lo que se refiere al correcto uso de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos.

Séptima. Tratamiento de datos de carácter personal.

7.1 Los datos personales incluidos en este convenio (datos de los intervinientes) serán tratados por la otra Parte con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados. Los intervinientes se dan por informados de lo siguiente:

a) Los respectivos Responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son las partes firmantes y los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) o del responsable de seguridad de cada una de ellas son los siguientes:

Datos del delegado de protección de datos de Fundación Bancaria «la Caixa»: e-mail: dpd@fundacionlacaixa.org; Dirección postal: Avenida Diagonal, 621-629, 08028 Barcelona.

Datos del delegado de protección de datos o en su caso, del responsable de Seguridad de la Fundación CajaCanarias: Dirección postal: Plaza del Patriotismo, 1, 38002 Santa Cruz de Tenerife.

Datos del delegado de protección de datos o, en su caso, del responsable de seguridad del IAC: Dirección postal indicada en el encabezamiento.

b) Los datos personales de los intervinientes no serán cedidos a terceras entidades, ni serán objeto de decisiones automatizadas.

c) En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información pueden contactar con los delegados de protección de datos o, en su caso el responsable de seguridad, a través de las direcciones indicadas.

d) Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad, enviando un mensaje al delegado de protección de datos, o en su caso, al responsable de seguridad, según corresponda, en las direcciones indicadas.

e) Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de seguridad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.

7.2 Queda expresamente convenido que todos los datos o información que el IAC comunique a Fundación Bancaria «la Caixa» y/o Fundación CajaCanarias en relación con el proyecto o programa objeto de este convenio serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, mantendrá informada a Fundación Bancaria «la Caixa» y/o Fundación CajaCanarias de la evolución del proyecto mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual.

El IAC no tendrá acceso ni tratará datos de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria «la Caixa» y/o Fundación CajaCanarias, durante el desarrollo del presente convenio. En el supuesto de que, durante la vigencia del presente convenio, tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria «la Caixa» y/o Fundación CajaCanarias, deberá comunicarlo inmediatamente a la misma, aplicando las medidas de seguridad oportunas y procediendo ambas partes a adoptar cuantas medidas y/o acciones pudieran ser necesarias de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.

7.3 El IAC declara que cumplirá, bajo su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, se compromete a aplicar las medidas de seguridad necesarias, manteniendo indemne a Fundación Bancaria «la Caixa» y/o Fundación CajaCanarias de cualesquiera indemnizaciones y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos competentes.

Octava. Vigencia del convenio.

El presente convenio entrará en vigor una vez esté inscrito en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y esté publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y extenderá su vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2020.

Novena. Extinción del convenio.

Se producirá la extinción del convenio por cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución del presente convenio las siguientes:

El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas por alguna de las partes.

– En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

– Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

El acuerdo unánime de las partes.

El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que impidan su cumplimiento.

En caso de que se produjera la resolución anticipada del presente convenio con anterioridad a la fecha de la puesta a disposición de la aportación convenida, no se procederá a la entrega de la misma a partir de la fecha de la resolución. En el supuesto de resolución del convenio por causas imputables al IAC, esta deberá proceder a la devolución de las cantidades que, en su caso, ya hubieren sido entregadas y no destinadas a las finalidades del convenio, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios que en su caso proceda.

Décima. Cesión.

Este convenio es personal entre las partes y no podrá ser cedido, total o parcialmente, por ninguna de ellas sin el consentimiento por escrito de las demás partes.

Undécima. Modificación del convenio.

Este convenio, de conformidad con lo previsto por el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, podrá ser modificado por escrito y por acuerdo unánime de las partes dentro de su periodo de validez inicial o de su extensión.

Duodécima. Tipo de convenio.

Este convenio no constituye un Tratado internacional, ni Acuerdo internacional administrativo, ni Acuerdo internacional no normativo y se somete al derecho interno español establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Decimotercera. Prevención de blanqueo de capitales.

De conformidad con lo establecido en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, así como en el Reglamento que la desarrolla, con carácter previo a la concesión de la aportación, el IAC deberá aportar a la Fundación CajaCanarias y/o a la Fundación Bancaria «la Caixa» los documentos públicos que acrediten su existencia y contengan su denominación social, forma jurídica, domicilio, la identidad de sus administradores, estatutos y número de identificación fiscal.

Decimocuarta. Ley aplicable y sumisión.

El presente convenio se interpretará de conformidad con la legislación española. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes. En defecto de acuerdo, el convenio deberá ser solventado en sus controversias respecto a su interpretación y ejecución por la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.

Y para dejar constancia de lo convenido, las partes firman el presente documento por cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto, en San Cristóbal de La Laguna, 7 de agosto de 2018.–El Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, Rafael Rebolo López.–El Presidente de la Fundación CajaCanarias, Alberto Delgado Prieto.–El Director Corporativo de Territorio y Centros en Canarias de la Fundación Bancaria «la Caixa», Rafael Fernando Chueca Blasco.

ANEXO I
Descripción de la actividad

Introducción

Los proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico que realiza el Instituto de Astrofísica en sus instalaciones, tanto en sus sedes de Tenerife y La Palma, como en los Observatorios del Teide y del Roque de los Muchachos, representan un importante banco formativo y de experiencia profesional no sólo para investigadores y técnicos de muy alta especialización, sino también para personal técnico en niveles de formación profesional; principalmente FPII. En sus talleres y laboratorios se lleva a cabo el desarrollo de instrumentación científica avanzada, que precisa de labores de mantenimiento, así como la correspondiente instalación y seguimiento en las instalaciones telescópicas de los Observatorios. Tanto los instrumentos como los propios telescopios son un marco adecuado para propiciar la formación avanzada de técnicos FPII en especializaciones como mantenimiento instrumental, técnicos de taller en mecánica, electrónica, software y/o óptica, e incluso técnicos de mantenimiento general en infraestructuras avanzadas de alta montaña como son los telescopios en las cumbres de Canarias.

Consciente de este valor formativo y de inserción laboral, el Instituto de Astrofísica de Canarias abre la posibilidad a nuevo personal que, bajo la modalidad de contratos en prácticas, puedan beneficiarse de los desarrollos que se llevan a cabo, al objeto de completar su formación y capacitarles para una mejor entrada en el mercado laboral.

Programa 2018-2019:

Para el periodo 2018-2019, el IAC ofrece esta posibilidad a los siguientes perfiles, mediante contratación en prácticas por dos años de duración cada uno (nivel de titulación FPII):

1. Técnico de Mantenimiento del Observatorio del Teide.

2. Técnico de Mantenimiento del Observatorio del Roque de los Muchachos.

3. Técnico de Mantenimiento Instrumental en la Sede Central del IAC en La Laguna.

4. Técnico de Taller de Mecánica en la Sede Central del IAC en La Laguna.

Los contratos en prácticas que se suscriban habrán de reunir los requisitos establecidos en el artículo 11.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como en el Real Decreto 488/1988, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.

Acciones

Las prácticas a realizar por este nuevo personal en prácticas, cuya contratación se iniciaría en septiembre/octubre de 2018 (dos años), y conforme a las categorías profesionales del IAC para este tipo de contratos, serían las siguientes. En todo momento contarán con la supervisión de personal del IAC, que velará por el correcto funcionamiento del programa, tanto en relación con lo previsto por este convenio, como en beneficio del personal contratado.

Técnico de Mantenimiento en el OT (Tenerife) o en el ORM (La Palma):

Apoyo a mantenimiento instrumental del IAC en los equipamientos y telescopios ubicados en el Observatorio.

Apoyo básico a mantenimiento instrumental de instalaciones robóticas cuando sea solicitado y esté acordado con Instituciones Usuarias del Observatorio.

Apoyo al personal de las instalaciones telescópicas cuando sea necesario

Mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones eléctricas en baja tensión de los edificios e instalaciones telescópicas bajo la supervisión del personal cualificado.

Mantenimiento preventivo y correctivo en las instalaciones de calefacción, ACS, climatización y frigoríficas bajo la supervisión del personal cualificado.

Mantenimiento correctivo en las instalaciones de datos y telefonía, el cual consisten en reseteo de equipos y apoyo al personal cualificado para estas instalaciones.

Supervisión y chequeo diario de las instalaciones del IAC y edificaciones del Observatorio.

Realización de las reparaciones varias referentes fontanería, albañilería y carpintería, en caso de necesidad por avería.

Mantenimiento e inventario del stock mínimo de material que permita solucionar las averías en un corto plazo.

Vigilancia de las instalaciones del Observatorio.

Intervención en las emergencias del Observatorio.

Limpieza de las instalaciones robóticas e infraestructura general del Observatorio.

Técnico de Mantenimiento Instrumental en la Sede del IAC (La Laguna-Tenerife):

Mantenimiento preventivo y correctivo de los telescopios y equipos periféricos.

Mantenimiento preventivo y correctivo la instrumentación astronómica.

Cambios de equipo y configuración en los telescopios.

Manipulación de nitrógeno líquido.

Mantenimiento y utilización de equipos de alto vacío.

Mantenimiento y utilización de equipos criogénicos.

Mantenimientos correctivos de máquinas y equipos de los talleres y laboratorios del IAC.

Apoyo a los operadores y astrónomos en las instalaciones telescópicas…

Apoyo a los trabajos de fabricación y desarrollo de instrumentos realizados en el IAC.

Conocer y aplicar la normativa de prevención de riesgos laborales en el ámbito de sus prácticas.

Técnico de Taller-Mecánica en la Sede del IAC (La Laguna-Tenerife):

Fabricación de piezas mecánicas, tanto en fresadoras y tornos convencionales como en tornos y centros de mecanizado de control numérico, dentro de los proyectos de desarrollo tecnológico en los que está involucrada el Área de Instrumentación del IAC.

Soldadura, plegado y curvado para los proyectos en desarrollo, tanto en la fabricación de prototipos que permitan mitigar riegos tecnológicos, como de instrumentos científicos finales.

Tratamientos superficiales de piezas como pintura, anodizado, etc.

Participar en labores de armado, integración y verificación de prototipos e instrumentos. En ocasiones, este tipo de trabajos podrán ser desarrollados en los Observatorios de Canarias o en centros que colaboran junto con el IAC en desarrollos instrumentales.

Participar en el mantenimiento preventivo y correctivo, así como en las mejoras, de las máquinas del taller y sus instalaciones.

Colaborar en la organización y el buen uso del almacén.

Colaborar directamente con el Jefe de Taller en la Gestión de Residuos generados.

Conocer y aplicar la normativa de prevención de riesgos laborales en el ámbito de sus prácticas.

ANEXO II
Modelo de carta de pago

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