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Documento BOE-A-2018-17088

Resolución de 26 de noviembre de 2018, del Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Illes Balears), referente a la convocatoria para proveer puestos de trabajo por el sistema de concurso.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 14 de diciembre de 2018, páginas 122760 a 122760 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2018-17088

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 147, de 24 de noviembre de 2018, se ha publicado íntegramente las bases y la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario de carrera de la Policía Local del Ayuntamiento de Palma por el sistema de concurso de méritos.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».

Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la forma prevista en las propias bases.

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso potestativo de reposición deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso-administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y el que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibir esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

Palma, 26 de noviembre de 2018.–La Regidora del Área Delegada de Seguridad Ciudadana, Angélica Pastor Montero.

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