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Documento BOE-A-2018-17938

Resolución de 29 de octubre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Synodo.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 28 de diciembre de 2018, páginas 129555 a 129557 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-17938

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Synodo resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil «Abmas-Aqua, S.L.U.» en virtud de escritura otorgada ante el notario de Madrid Don Juan Aznar de la Haza el 22 de mayo de 2018 con el número 1698 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Bahía de Cartagena, n.º 19, 1.º-E, 28042 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada e ingresada según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La defensa del medio ambiente y el fortalecimiento de la salud, con objeto de contrarrestar el uso de compuestos contaminantes en los sectores agroalimentario, medioambiental y de la salud, así como la formación y concienciación de las personas comprendidas en los citados sectores y del resto de la sociedad en general.

De investigación científica y de desarrollo tecnológico, a través del impulso y la promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación en biotecnología y medicina.

Fomentar la economía social, para incluir en la sociedad a colectivos desfavorecidos, minoritarios y/o en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales o culturales.

De carácter cívico y cultural, para crear un nuevo concepto de ecosistema sostenibles a través del cual se pueda mejorar la salud, el bienestar y la calidad de vida de la población.

Quinto. Patronato.

Don Antonio Guillermo Alvarado Ramírez, Doña Laura Hervás Simón, y Don David Alcedo González.

Cargos:

Presidente: Don Antonio Guillermo Alvarado Ramírez.

Vicepresidenta: Doña Laura Hervás Simón.

Secretario: Don David Alcedo González.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 22 de agosto de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Synodo, Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 29 de octubre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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