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Documento BOE-A-2018-2965

Resolución de 22 de febrero de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Ayuntamiento de León, para la organización conjunta del XV Ciclo de Músicas Históricas de León y el VII Curso Internacional de Interpretación Vocal Barroca.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 2 de marzo de 2018, páginas 25880 a 25885 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-2965

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Excmo. Ayuntamiento de León, han suscrito, con fecha 10 de enero de 2018, un Convenio para la organización conjunta del XV Ciclo de Músicas Históricas de León y el VII Curso Internacional de Interpretación Vocal Barroca, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 22 de febrero de 2018.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Excmo. Ayuntamiento de León para la organización conjunta del XV Ciclo de Músicas Históricas de León y el VII Curso Internacional de Interpretación Vocal Barroca

Madrid, a 10 de enero de 2018.

De una parte, doña Montserrat Iglesias Santos, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, en nombre y representación del citado organismo, con sede en la plaza del Rey, número 1 (28004) de Madrid, y CIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto Real Decreto 856/2014, de 3 de octubre, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE número 306, del 20).

Y de otra, el Excmo. Ayuntamiento de León representado por doña Margarita Torres Sevilla, Concejal Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo del Excmo. Ayuntamiento de León, con NIF 10.196.658 E, en virtud de la delegación efectuada mediante Decretos de Alcaldía de 16 de junio y 14 de julio de 2015, para resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en todas las materias que sean competencia de la Concejalía de Cultura, Patrimonio y Turismo relativas a la autorización para utilización de los espacios en el ámbito de su Concejalía, de conformidad con lo establecido en los artículos 21.1.b) y 23.4 de la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de las Bases de régimen Local, en representación del Excmo. Ayuntamiento de León, con CIF P2409100A y domicilio en León, calle Ordoño II, número 10.

EXPONEN

Que las partes están interesadas en coproducir los eventos culturales comprendidos en el «XV ciclo de Músicas Históricas de León» y «VII Curso de Interpretación vocal Barroca», y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y actuaciones a realizar por las partes.

El objeto de este convenio es establecer las bases de colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante INAEM) y el Excmo. Ayuntamiento de León (en adelante el Ayuntamiento) con objeto de organizar conjuntamente la celebración de las actividades musicales comprendidas en el XV ciclo de Músicas Históricas de León y del VI Curso de Interpretación vocal Barroca programados por el Centro Nacional de Difusión Musical (en adelante CNDM) para su temporada 2017-2018.

Las actuaciones consistirán en:

a) Conciertos:

– Concierto a cargo del grupo Forma Antiqva bajo la dirección de Aarón Zapico: Día 11 de enero de 2018.

– Concierto a cargo de Xavier Sabata, contratenor, Lina tur Bonet, violín y Kenneth Weiss, clave: Día 16 de febrero de 2018.

– Concierto a cargo del grupo Accademia del Piacere con Núria Rial, soprano y Fahmi Alqhai, director: Día 15 de marzo de 2018.

– Concierto a cargo de Robert Invernizzi, soprano, Craig Marchitelli, laúd, Franco Pavan, tiorba y Rodney Prada, viola da gamba: Día 12 de abril de 2018.

– Concierto a cargo de la Orquesta Barroca de Helsinki con Aapo Häkkinen, y Pierre Hantaï, clave: Día 24 de abril de 2018.

– Concierto a cargo del grupo El León de Oro bajo la dirección de Marco Antonio García de Paz: Día 11 de mayo de 2018.

Todos los conciertos tendrán lugar en el Auditorio Ciudad de León a las 20,30 horas.

b) VII Curso Internacional de Interpretación Vocal Barroca, impartido por el Maestro Eduardo López Banzo que tendrá lugar del 4 al 8 de marzo de 2018, ambos días incluidos, en la Sala Polivalente del Auditorio Ciudad de León.

Segunda. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman.

El INAEM se compromete a:

a) Contratar y abonar el caché más IVA en su caso, de todos los músicos que intervienen en los seis conciertos por la cantidad máxima de cincuenta y cinco mil quinientos euros (55.500,00 €), cuantía que se articulará a través de contratos artísticos específicos con cargo a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.11.

b) Contratar y efectuar un Nombramiento al profesor y a su asistente del VII Curso Internacional de Interpretación Vocal Barroca. El gasto por este concepto de seis mil cuatrocientos cuarenta euros (6.440,00 €), IVA incluido, se imputará a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.11.

c) Hacerse cargo del alquiler, transporte y afinación de clave y de órgano en su caso, para el VII Curso de Interpretación Vocal Barroca y para los diferentes conciertos que lo precisen, por la cantidad máxima de trece mil trescientos cincuenta y seis euros, IVA incluido (13.356,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.14.

d) Diseñar e imprimir el folleto general y el banner extensible y diseñar los programas de mano, hojas volanderas, faldones de publicidad y el vinilo para la cristalera del Auditorio, además de encargar las notas para los programas de mano, por la cantidad máxima de cuatro mil quinientos euros (4.500,00 €), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.16.

e) Diseñar el cartel general y los carteles individuales por importe máximo de mil euros (1.000,00 €), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.18.

f) Abonar inserciones publicitarias por la cantidad máxima de ocho mil euros (8.000,00 €), IVA incluido. Dicho importe será abonado a la empresa adjudicataria del contrato correspondiente y se imputará a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.18.

g) Difundir el concierto y el curso por sus canales habituales.

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de ochenta y ocho mil setecientos noventa y seis euros (88.796,00 €), IVA incluido, con cargo al ejercicio 2018 siempre que exista crédito adecuado y suficiente.

El Ayuntamiento se compromete a:

a) Poner a disposición el Auditorio Ciudad de León para la celebración de los conciertos y los correspondientes ensayos, así como la Sala Polivalente de dicho Auditorio en la que se celebrará el VII Curso Internacional de Interpretación Vocal Barroca.

b) Hacerse cargo de la producción de los conciertos y personal necesario tanto de sala como de la producción propiamente dicha.

c) Hacerse cargo de la impresión de los programas de mano para el aforo total vendido para cada concierto, carteles, vinilo y hojas volanderas, así como de la distribución de estas.

d) Gestionar el sistema de venta de entradas.

e) Difundir los conciertos.

f) Abonar los derechos de autor en su caso.

g) Tener cubierta la responsabilidad civil para los días de celebración de los conciertos y sus correspondientes ensayos, así como para los días en los que se realiza el Curso de Interpretación Vocal Barroca.

La estimación económica de la participación del Ayuntamiento se cuantifica en un máximo de treinta y ocho mil cien euros y cincuenta y ocho céntimos (38.100,58 €), IVA incluido.

Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se establece.

Tercera. Localidades, precios y distribución de ingresos.

a) Localidades:

El Ayuntamiento se compromete a poner a disposición del INAEM veinte localidades por concierto o representación celebrada.

b) Precios:

– Abono general: 48,00 €.

– Precio localidades: 10,00 € para público general y 6,00 € para menores de 26 años, previa acreditación.

c) Distribución de ingresos:

Los ingresos netos obtenidos de la recaudación de los eventos (descontado el IVA, derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro gasto que sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación) revertirán en un 25 % en el Ayuntamiento de León y en el 75% restante en el CNDM y serán abonados, tras presentar la liquidación correspondiente, en la cuenta del INAEM número IBAN: ES59 0182 2370 40 0200201218.

Los derechos de inscripción para la asistencia al VII Curso Internacional de Interpretación Vocal Barroca son:

Activos: 60 euros.

Oyentes: 30 euros.

Los ingresos obtenidos por los derechos de inscripción de este curso revertirán en su totalidad en la cuenta del INAEM: IBAN ES59 0182 2370 40 0200201218.

Cuarta. Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de los eventos.

En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente convenio habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

El material de difusión que generen los eventos descritos en la cláusula primera, deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del CNDM. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación del CNDM las pruebas de los referidos materiales.

Quinta. Contratos derivados del presente convenio.

Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del presente convenio sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

Para la gestión del objeto de este acuerdo los interlocutores serán: por el INAEM, don Juan Antonio Moral Rubio, director del CNDM y por el Ayuntamiento, doña Margarita Torres Sevilla, Concejal Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo.

Séptima. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.

El Ayuntamiento certifica que cumple con los requisitos que impone la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asume el compromiso de comunicar al INAEM, los riesgos que su trabajo en las dependencias del espacio escénico Auditorio Ciudad de León pueda generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

Octava. Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente Convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 11 de mayo de 2018, incluido.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente addenda.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h)2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del Convenio podrá acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Novena. Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En cualquier caso, ninguno de estos supuestos de resolución anticipada del convenio podrá afectar a las actividades que se encuentren en curso, que deberán ser finalizadas en los términos establecidos.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente convenio, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Décima. Régimen jurídico.

El presente Convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 47.1, y está excluido del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, conforme al artículo 4.1.c).

Undécima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

Duodécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Decimotercera. Información al ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Decimocuarta. Competencias.

Este acuerdo no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por duplicado y a un solo efecto.–En representación del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la Directora General, Montserrat Iglesias Santos.–En representación del Excmo. Ayuntamiento de León, la Concejal Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, Margarita Torres Sevilla.

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