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Documento BOE-A-2018-300

Resolución 420/38311/2017, de 28 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el anexo para el año 2017 del Convenio de colaboración con la Archidiócesis de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2018, páginas 3831 a 3832 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2018-300

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 14 de agosto de 2017 el anexo del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Archidiócesis de Sevilla, suscrito el 14 de marzo de 2013, para el año 2017, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo de esta resolución.

Madrid, 28 de diciembre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Estipendios a percibir por cada modalidad de asistencia religiosa de los sacerdotes colaboradores y cuantía máxima del crédito asignado al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Archidiócesis de Sevilla suscrito el 14 de marzo de 2013, para el año 2017

En Madrid a 14 de agosto de 2017,

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Arturo Romaní Sancho, con Documento Nacional de Identidad 05.283.500 V, Subsecretario de Defensa, que actúa en este acto en representación del Ministerio de Defensa, y por delegación de la Ministra de Defensa, de acuerdo con la Orden 3015/2004, de 17 de septiembre, y

De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Teodoro León Muñoz, con Documento Nacional de Identidad 05.902.082 Y, en su calidad de Vicario General del Arzobispado de Sevilla

Ambas partes se reconocen con competencia y capacidad respectivamente para formalizar y llevar a término la siguiente revisión del anexo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Archidiócesis de Sevilla, suscrito el 14 de marzo de 2013, para el año 2017, conforme a lo estipulado en su cláusula novena, y al efecto

ACUERDAN

La prestación de la asistencia religiosa objeto del presente Convenio será la establecida en cada caso con arreglo a las siguientes modalidades:

1. MODALIDAD A:

Sacerdotes colaboradores con dedicación alta:

● Dos horas diarias.

● Incluye la celebración diaria de la Eucaristía.

● Cuantía básica del estipendio: 351,19 euros/mensuales.

2. MODALIDAD B:

Sacerdotes colaboradores con dedicación media:

● Seis horas semanales a cumplir durante tres días.

● Incluye la celebración de la Eucaristía los fines de semana.

● Cuantía básica del estipendio: 245,90 euros/mensuales.

3. MODALIDAD C:

Sacerdotes colaboradores con dedicación baja:

● Dos horas semanales.

● Incluye la celebración de la Eucaristía los fines de semana.

● Cuantía básica del estipendio: 175,68 euros/mensuales.

4. MODALIDAD EXTRA:

Sacerdotes colaboradores con dedicación sin prefijar:

● Las horas a convenir.

● Incluye la celebración de la Eucaristía y otros actos que le fuesen demandados.

● Cuantía básica del estipendio: 11,70 euros/hora.

MÁXIMO DE CRÉDITO:

El máximo de crédito a que puede ascender en el año 2017 el valor del presente Convenio es de 2.950,80 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS).

Por el Ministerio de Defensa, el Subsecretario de Defensa, Arturo Romaní Sancho.–Por la Archidiócesis de Sevilla, el Vicario General, Teodoro León Muñoz.

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