Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 20 de abril de 2018.–El Secretario General de Coordinación Territorial, Juan Ignacio Romero Sánchez.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias en relación con los artículos 32.2, 41, 44, 45, 55, 68, 96, 98, 132.3, 146, 148 y 149 y disposición transitoria decimosegunda de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de las Illes Balears».
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