Vista la instancia del Notario de Oviedo, don José Esteban María Fernández-Alu Mortera, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 10.g) del Real Decreto 725/2017, de 21 de julio, ha acordado la jubilación voluntaria del mencionado Notario, por haber cumplido la edad legalmente establecida.
Madrid, 7 de mayo de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
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