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Documento BOE-A-2018-6557

Resolución de 8 de mayo de 2018, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso-oposición para ingreso en la Escala de Gestión.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2018, páginas 51083 a 51098 (16 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-6557

TEXTO ORIGINAL

Vista la Resolución de 2 de diciembre de 2016 (DOGC núm. 7274 de 27/12/2016) y la Resolución de 15 de noviembre de 2017 (DOGC 7508 de 30/11/2017), por las que se aprueban las ofertas de empleo públicas para los años 2016 y 2017 respectivamente con 4 plazas de personal funcionario de la escala de gestión, del grupo de clasificación A, subgrupo A2, del turno libre;

Visto el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Pompeu Fabra de 11 de abril de 2018, por el que se determina en 35 el número de plazas vacantes de la escala de gestión, del grupo de clasificación A, subgrupo A2, reservadas para el turno de promoción interna;

Vista la Resolución de 18 de abril de 2018 (DOGC 7613, de 7/05/2018), por la que se determina el orden de actuación de las personas aspirantes que participen en los procesos selectivos para el ingreso en las escalas propias de funcionarios de la Universidad Pompeu Fabra;

Una vez informada la representación del personal de administración y servicios de esta convocatoria;

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 52 de los Estatutos de la Universidad Pompeu Fabra, aprobados por el Decreto 209/2003, de 9 de septiembre y modificados por Acuerdo GOV/203/2010, de 9 de noviembre y por Acuerdo GOV/129/2015, de 4 de agosto, resuelvo:

Primero.

Convocar el concurso oposición para el ingreso en la escala de gestión de funcionarios de la Universidad Pompeu Fabra, en concreto 39 puestos de trabajo de la escala de gestión, subgrupo A2, de los cuales 35 son del turno de promoción interna y 4, del turno libre.

Segundo.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las bases que figuran en el anexo 1 de esta resolución.

Tercero.

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por el primer aspirante cuyo apellido empiece por la letra «G», de acuerdo con la Resolución de 18 de abril de 2018, por la que se determina el orden de actuación de las personas aspirantes que participen en los procesos selectivos para el ingreso en las escalas propias de funcionarios de la Universidad Pompeu Fabra.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» o en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la fecha que inicia el plazo la de la última publicación.

Las personas interesadas también pueden interponer potestativamente recurso de reposición ante el rector en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» o en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la fecha que inicia el plazo la de la última publicación, caso en el que no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Barcelona, 8 de mayo de 2018.–El Rector, Jaume Casals Pons.

ANEXO 1
Bases convocatoria P01/2018

1. Normas generales

1.1 Se convoca el proceso selectivo para acceder a la escala de gestión de la Universidad Pompeu Fabra, del grupo de clasificación profesional A, subgrupo A2.

1.2 El número total de plazas vacantes objeto de esta convocatoria es de 39, de las cuales 35 son del turno de promoción interna y 4, del turno libre, que se distribuyen de la siguiente manera según la relación del anexo 2:

– 24 plazas de coordinador/a de procesos en las unidades de gestión y administración.

– 15 plazas de técnico medio asignadas al pool de personal.

1.3 Se reserva una plaza del turno libre para los aspirantes que acrediten la condición legal de discapacidad.

1.4 Las plazas sin cubrir del turno libre se acumularán a las de promoción interna.

1.5 Asimismo, se incluye un 10% adicional al total de las plazas convocadas para los aspirantes del turno de promoción interna (3 plazas) que, una vez superados todos los requisitos de la fase de selección, no hayan obtenido ninguna de las plazas convocadas. Estos aspirantes quedarán en situación de expectativa de nombramiento y serán nombrados funcionarios si se produce vacante.

1.6 Este proceso selectivo se ajusta a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; el artículo 74 de la Ley 1/2003, de universidades de Cataluña; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (y sus modificaciones posteriores); el Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña; la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística; los Estatutos de la Universidad Pompeu Fabra, y el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna del personal de administración y servicios funcionario al servicio de la Universidad Pompeu Fabra.

1.7 De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero, y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña, las personas aspirantes, a lo largo del proceso selectivo, deben demostrar que están debidamente capacitadas en el conocimiento de las dos lenguas oficiales en Cataluña.

1.8 A los únicos efectos de estas bases, se considera inhábil el mes de agosto para aquellas actuaciones que deba realizar el tribunal y para el cómputo de los plazos en la celebración de las pruebas que establece el artículo 14.2 del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad Pompeu Fabra.

2. Funciones, perfil profesional y temario

2.1 Funciones y perfil profesional.

Las funciones principales que corresponden a los puestos base de la escala de gestión son:

– Elaborar informes y propuestas, hacer la evaluación técnica y asesorar en el ámbito de competencias técnicas de su experiencia.

– Analizar los procesos técnicos asignados, evaluarlos, documentarlos y proponer mejoras, así como resolver las incidencias que se generen en el marco de estos procesos.

– Atender las consultas, informar y resolver las incidencias de los usuarios de los procesos que ejecuta.

– Planificar y ejecutar las acciones de los proyectos de la unidad asignados, así como los procesos técnicos de los servicios que ofrece.

2.2 Temario.

El temario sobre el cual versan las pruebas de este proceso selectivo es el aprobado por la Resolución de 9 de febrero de 2018, por la que se aprueba y se hace público el programa de las pruebas selectivas para el acceso a la escala de gestión de la Universidad Pompeu Fabra (DOGC núm. 7565-23/02/2018).

Para cada turno los temas son:

2.2.1 Para el turno libre:

a. Del tema 1 al 76, ambos incluidos.

2.2.2 Para el turno de promoción interna:

a. El régimen jurídico del sector público: temas 18, 20 y 21

b. Función pública: temas del 33 al 43, ambos incluidos

c. La contratación del sector público: temas del 44 al 50, ambos incluidos

d. Las universidades: temas del 55 al 61, ambos incluidos

e. La Universidad Pompeu Fabra: temas del 65 al 70, ambos incluidos

f. Competencias personales y técnicas: temas del 71 al 76, ambos incluidos

3. Requisitos de los candidatos

3.1 Requisitos generales.

Para ser admitido a la realización de los procesos selectivos, los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los otros estados miembros de la Unión Europea o de los estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán ser admitidos el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea o de los estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y, con respecto a los descendientes, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Haber cumplido 16 años y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de la titulación universitaria de diplomatura universitaria, ingeniería técnica o arquitectura técnica, o equivalente, o cualquier otra titulación de nivel superior, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, hay que disponer de la homologación correspondiente.

Se considera titulación equivalente:

– Haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier titulación oficial de licenciado, arquitecto o ingeniero, o bien,

– Haber superado el primer ciclo correspondiente a los estudios mencionados en el punto anterior, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva de 180 créditos.

d) Poseer la capacidad física y psíquica para el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas.

e) No estar separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) Poseer los conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1).

g) Los aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán poseer conocimientos de lengua castellana de nivel C2 o equivalente.

Los requisitos indicados anteriormente se deben cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes y se deben continuar cumpliendo hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3.2 Requisitos específicos de participación para el turno de promoción interna.

Las personas que concurran por el turno de promoción interna, además de cumplir los requisitos indicados en el punto anterior, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario de carrera de la escala administrativa del subgrupo C1 de la Universidad Pompeu Fabra o de cualquier escala del subgrupo C1 de otras administraciones, que esté prestando servicios en la Universidad Pompeu Fabra.

b) Tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en la Universidad Pompeu Fabra como funcionario en el subgrupo C1 mencionado.

c) Encontrarse respecto de la Universidad Pompeu Fabra, en la escala mencionada, en situación administrativa de servicio activo, servicios especiales, servicios en otras administraciones o cualquier excedencia que comporte o no reserva de plaza.

Los requisitos indicados anteriormente se deben cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes y se deben continuar cumpliendo hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.

4. Solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria deben dirigirse al rector de la Universidad Pompeu Fabra y formalizarlas según el modelo normalizado de instancia que se especifica en el anexo 3 de estas bases. Los impresos de solicitud estarán publicados en la web https://www.upf.edu/organitzacio/treballar/pas/funcionari/acces/ y también se facilitarán en el Registro de la Universidad.

4.2 Las solicitudes pueden presentarse en el Registro General de la Universidad Pompeu Fabra, pl. de la Mercè, 12. 08002 Barcelona, de lunes a jueves, de 9:00 a 14:00 h y de 15:30 a 17:00 h; viernes, de 9:00 a 14:00 h, o bien se pueden enviar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el ««Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña»» o en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la fecha que inicia el plazo la de la última publicación.

4.3 De acuerdo con lo previsto en la Orden GAH/83/2017, de 9 de mayo, del Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda, para poder participar en esta convocatoria los aspirantes deberán pagar la tasa de 54,50 €.

El pago de la tasa se podrá efectuar en cualquier oficina del Banco Sabadell, mediante ingreso en caja, o bien por giro postal o telegráfico, o bien mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente ES63 0081 0603 0900 0137 0841 indicando el concepto: «Universitat Pompeu Fabra. Conv. P01/2018» y haciendo constar el nombre del aspirante en el remitente. En la solicitud debe constar el resguardo de la imposición.

En ningún caso el pago de la tasa sustituye el trámite de presentación de la solicitud para participar en este proceso dentro del plazo y en la forma previstos en la base 4.2.

4.4 Están exentos de pagar la tasa las personas candidatas que acrediten documentalmente, dentro del plazo de presentación de solicitudes, que se encuentran en situación de desempleo y no perciben ninguna prestación económica; las personas jubiladas, y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.

Se aplican las siguientes tasas bonificadas, con acreditación documental:

a) Personas miembros de familia monoparental o de familia numerosa de categoría general: tasa de 38,15 €.

b) Personas miembros de familia numerosa de categoría especial: tasa de 27,25 €.

La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación de la exención o bonificación de pago, si procede, determina la exclusión del candidato.

4.5 Los aspirantes deben hacer constar en la solicitud el turno mediante el cual desean participar. Si no consta ninguna opción en la solicitud, o si hay dudas al respecto, se entenderá que participan por el turno libre, sin perjuicio de lo establecido en la base 5.2.

4.6 Los aspirantes deben hacer constar en la solicitud si quieren participar en la prueba específica para acreditar los conocimientos de como máximo dos lenguas extranjeras (alemán, francés, inglés y/o italiano), de acuerdo con la base 7.2.1.c).

4.7 Junto con la solicitud, y dentro del plazo establecido en el punto 4.2, las personas aspirantes deben adjuntar:

a) Fotocopia compulsada de uno de los certificados que especifica la base 3.1.f) y 3.1.g).

b) Los aspirantes que se acojan a lo establecido en el artículo 2.1-3 del Decreto Legislativo 3/2008 de 25 de junio, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña, a los efectos de quedar exento del abono de la tasa de inscripción previsto en la base 4.3, deben aportar un certificado expedido por la correspondiente Oficina del Servicio de Ocupación de Cataluña (SOC) del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, conforme se encuentran en situación de desempleo y no perciben ninguna prestación económica, y en el caso de los jubilados que no hayan cumplido la edad de jubilación forzosa de los funcionarios, un certificado del organismo competente.

c) Los aspirantes que se acojan a la bonificación de la tasa prevista en la base 4.4 deben aportar la documentación que acredite esta circunstancia, emitida por el órgano competente.

d) Los aspirantes que tengan reconocida la condición legal de discapacitados deben hacer constar en la solicitud esta condición y si se acogen a la plaza reservada. En caso de que necesiten una adaptación de los medios de realización de las pruebas, deben indicarlo. El órgano de selección decide sobre las peticiones de adaptaciones de las pruebas teniendo en cuenta el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional.

Deben presentar dictamen favorable expedido por el equipo multiprofesional competente del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, u órgano equivalente, que acredite su condición legal de persona con minusvalía con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, y que declare que la persona aspirante cumple las condiciones para ejercer las funciones de las plazas convocadas.

La falta de dictamen impide participar por la vía de reserva y obtener la adaptación de las pruebas.

5. Admisión de los candidatos

5.1 El primer día hábil siguiente al transcurso de 7 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universidad Pompeu Fabra dictará resolución indicando el día en que se harán públicas tanto la lista provisional como la lista definitiva de admitidos y excluidos. Esta resolución se publicará en la web de la Universidad (https://www.upf.edu/organitzacio/treballar/pas/funcionari/acces/), indicando el lugar donde estarán expuestas las listas. La lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria con los motivos de exclusión especificará el turno mediante el cual participan los aspirantes que, en cumplimiento de la base 3.1.f) y 3.1.g), deben realizar la prueba de lengua catalana y/o castellana y también los aspirantes que se hayan acogido al turno de reserva de la plaza por discapacidad, haciendo constar, en su caso, las adaptaciones reconocidas para la realización de las pruebas.

5.2 Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente de la exposición de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para presentar en los mismos lugares que se indica en la base 4.2 posibles reclamaciones para subsanar los defectos de la solicitud, o para adjuntar la documentación requerida por la convocatoria.

Se declararán definitivamente excluidos los aspirantes que provisionalmente excluidos no corrijan dentro de este plazo los defectos imputables a ellos, o no adjunten la documentación preceptiva que haya motivado su exclusión.

No se procederá a la devolución de las tasas cuando la exclusión se produzca por causas imputables al interesado.

5.3 En la resolución de aprobación de las listas definitivas se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio.

5.4 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la exposición de la lista definitiva en la web de la UPF (https://www.upf.edu/organitzacio/treballar/pas/funcionari/acces/) constituye la notificación a los interesados, y se inician los plazos a efectos de posibles reclamaciones o recursos.

5.5 A los efectos de admisión de los candidatos, se tienen en cuenta los datos que estos han hecho constar en la solicitud, y la veracidad de estos datos es responsabilidad suya. Sin embargo, la autoridad convocante o el Tribunal podrá requerir la acreditación de los aspectos necesarios cuando consideren que puede haber inexactitudes o falsedades. Los candidatos pueden ser excluidos de la convocatoria en cualquier momento si no cumplen los requisitos.

5.6 Los errores materiales y de hecho pueden subsanarse en cualquier momento.

5.7 Las resoluciones de aprobación de las listas definitivas agotan la vía administrativa.

6. Tribunal

6.1 Composición.

El tribunal calificador de este proceso selectivo lo componen las siguientes personas:

Tribunal titular:

Presidenta: Anna M. Torné Ubeda, jefa del Servicio de Personal de Administración y Servicios de la UPF.

Vocal 1: Josefina Lorente Valderrama, funcionaria de la escala técnica de la UPF.

Vocal 2: Núria Palau Sáez, funcionaria de la escala de gestión de la UPF.

Vocal 3: Gemma Martínez Ayuso, funcionaria de la escala de ayudantes de archivo y bibliotecas de la UPF.

Secretaria: Dolores Ruiz Falero, funcionaria de la escala de gestión de la UPF.

Tribunal suplente:

Presidenta: Cristina Oliva Berini, funcionaria de la escala técnica de la UPF.

Vocal 1: Anna Belchi Divison, funcionaria de la escala de gestión de la UPF.

Vocal 2: Beatriz Guerras Jiménez, funcionaria de la escala de gestión de la UPF.

Vocal 3: Pilar Aventin Sin, funcionaria de la escala técnica de la UPF.

Secretaria: Iolanda Sabater Anell, funcionaria de la escala de gestión de la UPF.

6.2 El tribunal calificador podrá acordar, si lo cree conveniente, la incorporación de asesores especialistas, con voz pero sin voto, para que colaboren en aquellas pruebas o ejercicios, que se limitarán a prestar colaboración en sus especialidades técnicas.

6.3 Los miembros del tribunal deberán abstenerse, y notificarlo al rector, cuando se encuentren en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, o cuando hayan impartido cursos o trabajos para la preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria. Igualmente, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas y en los términos que establece el artículo 24 de la Ley 40/2015 citada.

6.4 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo caso a lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de procedimiento administrativo de Cataluña, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y demás normativa aplicable.

6.5 El tribunal calificador tiene la sede, a efectos de comunicaciones y demás incidencias, en la Sección de Selección del Servicio de PAS de la UPF, plaza de la Mercè, 12. 08002 Barcelona. Toda la documentación del proceso selectivo permanecerá custodiada en la Sección de Selección del Servicio de PAS de la UPF y no se podrá disponer de ella fuera de este ámbito. La documentación que debe dirigirse al tribunal calificador se presentará en el Registro de la UPF o bien se puede enviar mediante cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6.6 Los miembros del tribunal y el personal colaborador de apoyo a las pruebas tienen derecho a percibir las indemnizaciones por asistencias previstas en el Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón del servicio.

7. Procedimiento selectivo

El sistema de selección es el concurso oposición.

7.1 Fase de oposición.

La fase de oposición se valora hasta un máximo de 380 puntos y está constituida por las pruebas con los ejercicios que se indiquen a continuación. Esta fase constará de cuatro pruebas.

7.1.1 Primera prueba. Consta de dos ejercicios, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio.

a) Primer ejercicio: test de conocimientos basado en el temario de la convocatoria.

Los aspirantes que participen por el turno libre realizarán un ejercicio de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, de acuerdo con el temario especificado en la base 2.2.1.

Los aspirantes que participen por el turno de promoción interna realizarán un ejercicio de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta, de acuerdo con el temario especificado en la base 2.2.2.

El tribunal fijará el tiempo para realizar este ejercicio, que no puede superar los 90 minutos.

La calificación del ejercicio es de 0 a 40 puntos. La puntuación mínima para superarlo es de 20 puntos.

Las respuestas erróneas se valorarán negativamente. Por cada respuesta errónea se descuenta una quinta parte del valor de una respuesta acertada. Las respuestas en blanco o con más de una respuesta no se tienen en cuenta.

b) Segundo ejercicio: consiste en desarrollar por escrito dos temas que, para el turno libre, estarán relacionados con el temario especificado en la base 2.2.1 y, en el del turno de promoción interna, estarán relacionados con el temario especificado en la base 2.2.2.

Para hacer este ejercicio, los candidatos dispondrán de equipamiento informático sin conexión a Internet.

El tribunal fijará el tiempo para realizar este ejercicio, que no puede superar los 120 minutos.

La calificación del ejercicio es de 0 a 90 puntos, 45 puntos por cada tema. La puntuación mínima para superar todo el ejercicio es de 45 puntos.

Para la valoración de este ejercicio el tribunal tendrá en cuenta los conocimientos de los temas indicados, así como la capacidad de síntesis y la calidad de la expresión y la presentación.

El tribunal no evaluará el segundo ejercicio de las personas aspirantes que no hayan superado el primero.

Solo se convocan a la segunda prueba los aspirantes que hayan superado los dos ejercicios.

7.1.2 Segunda prueba. La segunda prueba es obligatoria y de carácter eliminatorio.

Consiste en desarrollar por escrito dos supuestos prácticos relativos a las funciones y competencias propias de la escala objeto de la convocatoria y relacionados con los temas del 55 al 61 (ambos incluidos), del 65 al 73 (ambos incluidos).

Para valorar esta prueba se tienen en cuenta los conocimientos de los temas indicados y, específicamente, las habilidades y competencias profesionales relacionadas con el análisis, definición y detección de problemas; la planificación y organización del trabajo y del tiempo; la orientación al usuario interno y externo, así como la calidad de la expresión y la presentación.

Para hacer esta prueba, los candidatos dispondrán de equipamiento informático sin conexión a Internet.

La calificación de la prueba es de 0 a 150 puntos, 75 puntos por cada supuesto práctico. La puntuación mínima para superar toda la prueba es de 75 puntos.

La duración máxima de esta prueba será determinada por el tribunal, que no puede superar las 3 horas.

7.1.3 Tercera prueba. Conocimientos de lengua catalana y castellana.

Esta prueba es de carácter obligatorio y eliminatorio.

Consta de dos ejercicios que evalúan los conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña.

a) Primer ejercicio: conocimientos de lengua catalana. Consiste en realizar una prueba de competencia lingüística.

El candidato debe acreditar el nivel de suficiencia de catalán C1 del Marco Común Europeo de Referencia.

El examen evalúa las destrezas fundamentales de la lengua catalana, que son la expresión y comprensión oral y escrita.

El tribunal fijará el tiempo para realizar esta prueba, que no puede superar las 3 horas y 30 minutos.

La calificación de esta prueba es de «supera» o «no supera».

Están exentos de realizar esta prueba los candidatos que acrediten documentalmente, junto con la solicitud, dentro del plazo de presentación de instancias, estar en posesión del nivel de suficiencia de catalán C1 del Marco Común Europeo de Referencia o de otras titulaciones equivalentes o superiores.

La exención a la realización de esta prueba se indicará en la lista de admitidos y excluidos, de acuerdo con lo establecido en la base 5.1 de esta convocatoria.

b) Segundo ejercicio: conocimientos de lengua castellana. Consiste en realizar una prueba de competencia lingüística.

El candidato debe acreditar el nivel de lengua castellana C2 del Marco Común Europeo de Referencia.

El examen evalúa las destrezas fundamentales de la lengua castellana, que son la expresión y comprensión oral y escrita.

El tribunal fija el tiempo para realizar esta prueba, que no puede superar las 3 horas y 30 minutos.

La calificación de esta prueba es «supera» o «no supera».

Este ejercicio es de carácter obligatorio y eliminatorio para los candidatos que no tengan la nacionalidad española y no hayan acreditado documentalmente, junto con la solicitud, que están en posesión de un certificado en el que consta que han cursado las enseñanzas de primaria, secundaria, o bachillerato en España; que disponen del diploma de español (C2) que establece el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o equivalente, o que tienen el certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.

La exención a la realización de esta prueba se indicará en la lista de admitidos y excluidos, de acuerdo con lo establecido en la base 5.1 de esta convocatoria.

7.1.4 Cuarta prueba. La cuarta prueba es de carácter obligatorio y eliminatorio.

Consiste en exponer oralmente ante el tribunal uno de los dos casos prácticos desarrollados por escrito en la segunda prueba, escogido por el aspirante.

El tribunal determinará el tiempo necesario para preparar este ejercicio, que no puede superar los 30 minutos. El aspirante dispondrá de equipamiento informático para elaborar el guion de la exposición. No se podrá consultar material o apuntes que no haya aportado el tribunal, ni se dispondrá de conexión a Internet.

Durante la exposición se puede utilizar el guion que se haya elaborado durante la preparación, que se puede proyectar si el aspirante así lo considera oportuno.

El tribunal fijará el tiempo para hacer la exposición, que no puede superar los 30 minutos.

Una vez finalizado el tiempo de exposición, el tribunal podrá hacer preguntas para valorar la adecuación competencial del aspirante a las funciones propias de la escala objeto de la convocatoria, en relación al ejercicio expuesto.

Para valorar esta prueba se tendrá en cuenta la comprensión de los conocimientos del aspirante y las competencias propias para el acceso a la escala objeto de la convocatoria: comunicación interpersonal efectiva; trabajo en equipo; liderazgo e influencia (temas 74-76, ambos incluidos).

La calificación global del ejercicio es de 0 a 100 puntos. La puntuación mínima para superarlo es de 60 puntos.

7.2 Fase de concurso.

En la fase de concurso se valorarán los méritos alegados en relación con la formación, la experiencia y los conocimientos adquiridos.

Con la publicación de las calificaciones de la segunda prueba se abrirá un plazo de 20 días naturales para presentar la documentación acreditativa de los méritos.

Esta fase se valorará hasta un máximo de 120 puntos con el siguiente baremo:

7.2.1 Formación: hasta 60 puntos.

a) Titulaciones: hasta 20 puntos. Se valoran las titulaciones universitarias oficiales de acuerdo con el siguiente baremo:

– Tener una licenciatura/grado se valora con 14 puntos cada una.

– Tener una diplomatura o equivalente se valora con 10 puntos cada una.

– Tener un doctorado se valora con 8 puntos cada uno.

– Tener un máster universitario se valora con 6 puntos cada uno.

La titulación que se tenga en consideración como requisito para poder participar en el proceso selectivo no se podrá valorar como mérito en la fase de concurso de la convocatoria.

b) Conocimientos de catalán: hasta 10 puntos. Se valoran los conocimientos de la lengua catalana de acuerdo con el siguiente baremo:

– Certificado de nivel superior de catalán (C2): 8 puntos.

– Certificados de conocimientos específicos: lenguaje jurídico, de lenguaje administrativo o de corrección de textos: 2 puntos por cada uno.

c) Conocimientos de lenguas extranjeras: hasta 30 puntos. Se valoran los conocimientos de lenguas extranjeras acreditados únicamente mediante los certificados incluidos en las tablas oficiales para el reconocimiento de certificados y títulos acreditativos de la competencia en lenguas extranjeras aprobadas por la Junta del Consejo Interuniversitario de Cataluña de acuerdo con los niveles del documento del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), aprobado por el Consejo de Europa de acuerdo con el siguiente baremo:

En cuanto a los conocimientos de lengua inglesa, el baremo es el siguiente:

– B1 de inglés: 10 puntos.

– B2 de inglés: 20 puntos.

– C1 de inglés o superior: 30 puntos.

En cuanto a los conocimientos de otras lenguas, el baremo es el siguiente:

– B1 de otras lenguas (alemán, francés e italiano): 4 puntos.

– B2 de otras lenguas (alemán, francés e italiano): 8 puntos.

– C1 de otras lenguas o superior (alemán, francés e italiano): 10 puntos.

En caso de que se disponga de la acreditación de más de un nivel de la misma lengua, se valorará únicamente el nivel más alto.

En caso de que no se disponga de certificado oficial, se podrá hacer una prueba de competencia lingüística, con carácter optativo y no eliminatorio, para acreditar el nivel de un máximo de dos lenguas, y habrá que indicarlo en la instancia de participación en la convocatoria.

El tribunal fijará el tiempo para realizar esta prueba, que no puede superar las 3 horas y 30 minutos.

7.2.2 Experiencia en la administración pública: hasta 60 puntos, contabilizados proporcionalmente al tiempo trabajado para cada uno de los siguientes apartados.

– Servicios prestados en puestos de trabajo de la administración pública desarrollando las funciones propias de la escala de gestión objeto de la convocatoria: hasta 35 puntos, a razón de 7 puntos por año de servicio.

– Servicios prestados en puestos de trabajo de la administración pública desarrollando las funciones propias de la escala administrativa: hasta 25 puntos, a razón de 5 puntos por año de servicio.

Para acreditar la experiencia fuera de la UPF se debe aportar una certificación donde conste la administración pública, la escala, el régimen jurídico (funcionario, interino, contratado laboral), el vínculo y el periodo concreto de prestación de los servicios hasta la fecha de publicación de la convocatoria.

8. Desarrollo de las pruebas

8.1 La resolución por la que se hace pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos establecerá el lugar, día y hora que se convoca a la realización de la primera prueba.

8.2 Los ejercicios de la primera prueba se realizarán el mismo día. Las personas aspirantes serán convocadas para cada prueba o ejercicio en convocatoria única y quedarán excluidas de la oposición las que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal.

Sin embargo, las aspirantes embarazadas, a las que coincida la fecha de realización de la prueba con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal manera que les impida asistir el día de celebración de la prueba acordado, podrán solicitar al tribunal calificador el aplazamiento de la prueba en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo cual deben adjuntar el justificante médico correspondiente. El tribunal calificador fijará la fecha de realización de la prueba aplazada, de manera que este aplazamiento no menoscabe los derechos de los demás aspirantes. En todo caso, la prueba debe celebrarse antes de la publicación de las calificaciones de la fase de oposición.

8.3 Las calificaciones de las pruebas se harán públicas en la web https://www.upf.edu/organitzacio/treballar/pas/funcionari/.

8.4 Una vez finalizado cada uno de los ejercicios obligatorios y eliminatorios, el tribunal hará públicas las listas con el nombre y apellido de las personas aspirantes que hayan superado las pruebas y las puntuaciones obtenidas, de forma acumulada y que, por tanto, pasen a las pruebas siguientes. En la relación resultante de la última prueba de la fase de oposición se añadirá la puntuación de la fase de concurso. Los resultados se publicarán por orden de puntuación. También se incluirán los recursos que se pueden interponer.

9. Aspirantes propuestos

9.1 La puntuación global obtenida por los aspirantes determinará los aspirantes que, de acuerdo con el número de plazas convocadas, y sin perjuicio de lo previsto en la base 1.5, han superado el proceso selectivo, a falta del periodo de prácticas, que serán propuestos por el tribunal al rector para su nombramiento como funcionarios de carrera o funcionarios en prácticas, según el caso. El tribunal hará pública esta propuesta, por orden de puntuación, en el edificio Mercè (Rectorado) y en la página web de la Universidad Pompeu Fabra:

https://www.upf.edu/organitzacio/treballar/pas/funcionari/.

En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá a favor del aspirante que haya obtenido la puntuación más alta en la fase de oposición y, si persiste el empate, a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la cuarta prueba.

En ningún caso el tribunal podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes que exceda el número de plazas convocadas, sin perjuicio de lo previsto en la base 1.5. Y será nula de pleno derecho cualquier propuesta que contradiga la anterior.

9.2 Los aspirantes propuestos deberán presentar en el Servicio de PAS, Sección de Selección, plaza de la Mercè, 10. 08002 Barcelona, dentro del plazo de 20 días naturales a contar desde la fecha de publicación de la propuesta, la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o, en caso de no ser español, del documento oficial equivalente que acredite la nacionalidad en vigor.

b) Fotocopia cotejada del título a que se refiere la base 3.1.c).

c) Declaración de no estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas ni haber sido separado por resolución firme de expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública.

d) Declaración de no estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidades previsto en la legislación vigente, o de ejercer, dentro del plazo para la toma de posesión, la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades de Cataluña.

e) Certificado médico oficial que acredite la posesión de la capacidad física y psíquica necesaria para el desarrollo de las tareas propias de la plaza a cubrir. Este certificado debe haber sido expedido dentro de los tres meses anteriores a su presentación. Queda exento de aportar el certificado mencionado el aspirante propuesto que tenga la condición legal de discapacidad y haya aportado previamente el certificado previsto en la base 4.7.d).

9.3 Los aspirantes propuestos del turno de promoción interna deberán presentar únicamente la documentación referida a las letras b) y d) de la base anterior.

9.4 Los aspirantes propuestos que no presenten la documentación requerida, salvo los casos de fuerza mayor, que serán debidamente comprobados por la autoridad convocante, y los que no cumplan las condiciones y los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir en caso de falsedad.

10. Asignación de destinos

10.1 Una vez verificado que los aspirantes han presentado la documentación indicada y reúnen los requisitos y condiciones requeridos, se procederá a la adjudicación definitiva —o provisional en los casos de los funcionarios en prácticas— de los puestos de trabajo vacantes, en un acto público, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso de selección.

A estos efectos, optarán en primer lugar a las plazas los aspirantes que acceden por el turno de promoción interna y posteriormente los del turno libre. Igualmente, dentro del turno libre, tendrá preferencia el aspirante que, gozando de la condición legal de discapacidad, se haya acogido a la plaza reservada.

10.2 A los aspirantes incluidos en el porcentaje adicional, en su caso, se les adjudicará destino en el caso de haber vacantes y, mientras esto no se produzca, quedarán a la espera de nombramiento.

11. Nombramiento de funcionarios

11.1 El rector de la Universidad Pompeu Fabra nombrará funcionarios de carrera o en prácticas, mediante resolución publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» y en el «Boletín Oficial del Estado», a los aspirantes propuestos por el tribunal que hayan aportado dentro del plazo previsto la documentación establecida en la base 9.2 y acrediten reunir las condiciones exigidas.

11.2 El periodo de prácticas para los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas es de seis meses.

11.3 Están exentos de realizar el periodo de prácticas los aspirantes que hayan prestado servicios como funcionarios de carrera en la Universidad Pompeu Fabra durante un periodo mínimo de 2 años en la escala administrativa del grupo C, subgrupo C1.

12. Evaluación del periodo de prácticas

Un mes antes de la finalización del período de prácticas, el responsable de la unidad a la que está adscrito el funcionario en prácticas hará su informe. El gerente dará a conocer el informe al interesado, que podrá hacer las alegaciones que considere oportunas en un plazo de diez días. El informe y las alegaciones se elevarán al órgano de selección, el cual calificará con un «apto» o «no apto» el periodo de prácticas.

Los aspirantes que no superen este periodo de prácticas no pueden ser nombrados funcionarios de carrera.

13. Toma de posesión

13.1 Los aspirantes nombrados funcionarios dispondrán de un mes desde la publicación de su nombramiento en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» para hacer el juramento o la promesa y tomar posesión del puesto que se les haya adjudicado, ante el gerente de la Universidad Pompeu Fabra.

13.2 La falta de juramento o promesa o de la toma de posesión en las condiciones y en el plazo establecidos, salvo los casos de fuerza mayor, que serán debidamente comprobados y estimados por la Administración, comportará la pérdida de todos los derechos.

13.3 Los funcionarios en prácticas que superen el periodo de prácticas serán nombrados funcionarios de carrera.

ANEXO 2
Relación de las 39 plazas del subgrupo A2, nivel 18, objeto de la convocatoria

Unidad de Gestión y Administración de Ciencias de la Salud y de la Vida

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Docencia.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Gestión Económica y de la Investigación.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Profesorado.

Unidad de Gestión y Administración de CC Políticas y Sociales

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Docencia.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Gestión Económica y de la Investigación.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Profesorado.

Unidad de Gestión y Administración de Comunicación

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Docencia.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Gestión Económica y de la Investigación.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Profesorado.

Unidad de Gestión y Administración de Derecho

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Docencia.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Gestión Económica y de la Investigación.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Profesorado.

Unidad de Gestión y Administración de Economía y Empresa

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Docencia.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Gestión Económica y de la Investigación.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Profesorado.

Unidad de Gestión y Administración de Ingenierías y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (ETIC)

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Docencia.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Gestión Económica y de la Investigación.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Profesorado.

Unidad de Gestión y Administración de Humanidades

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Docencia.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Gestión Económica y de la Investigación.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Profesorado.

Unidad de Gestión y Administración de Traducción y CC del Lenguaje

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Docencia.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Gestión Económica y de la Investigación.

• 1 plaza de Coordinador / a de procesos-Ámbito Profesorado.

Pool de Personal

• 15 plazas de Técnico/a de gestión.

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