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Documento BOE-A-2018-7996

Resolución de 10 de mayo de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Instituto de Certificación Digital.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 14 de junio de 2018, páginas 60972 a 60973 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-7996

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Instituto de Certificación Digital resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida la sociedad Internetsia S.L. con domicilio en Madrid en la calle Viriato 20, según consta en la escritura pública, otorgada ante el Notario de Madrid don Luis Rueda Esteban de fecha 26 de mayo de 2017 con el número 1026 de su protocolo subsanada por otra otorgada ante el mismo Notario el 13 de febrero de 2018 con el número 273 de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Viriato 20 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Según el artículo 3 de los Estatutos son fines de la Fundación contribuir al desarrollo de la sociedad de la información mediante la formación y acreditación de competencias de trabajadores y entidades que participen o quieran participar en dicha sociedad de la información.

Quinto. Patronato y cargos.

Presidente: Don Javier Rodríguez Zapatero.

Vocales: Don Ignacio Pinedo Palomero y don Víctor Manuel Molero Ayala. Secretario no patrono: Doña María Almudena del Mazo Barrios.

Además se designa como patrono delegado, con todas las facultades que legal y estatutariamente corresponden al patronato, salvo las indelegables por Ley, a don Ignacio Pineda Palomero.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 4 de diciembre de 2017 Tercero. Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones. Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Instituto de Certificación Digital, su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 10 de mayo de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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