Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación CICA Internacional, resultan los siguientes:
Antecedentes de Hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por Don Jesús Martin Ramírez según consta en la escritura pública, otorgada ante el notario de Madrid Don Miguel Yuste Rojas el 20 de julio de 2017 con el número 2182 de protocolo subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 7 de febrero de 2018 con el número 410 de protocolo.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Enrique Larreta, n.º 10, 2.º G, 28036 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: trescientos ochenta y seis mil setecientos sesenta y un euros con setenta céntimos (386.761,70 €). Dicho importe se corresponde con la aportación por parte del fundador de un inmueble tasado por experto independiente en un valor de 373.761,70 € y 13.000 € en metálico totalmente desembolsado e ingresado en entidad bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Promover la gestión de riesgos y resolución de conflictos, así como el tratamiento de la agresión y la violencia a todos los niveles, profundizando principalmente en el estudio de la conciencia, la paz justa y el desarrollo sostenible, entre otros temas relacionados, como medios para conseguir dichos objetivos, mediante el impulso de la investigación, enseñanza, difusión y aplicación práctica en las temáticas antes enunciadas.
Patronos Vitalicios: Don Jesús Martín Ramírez, don Juan Cayón Peña y doña Christine Ramírez.
Cargos:
Presidente: Don Jesús Martín Ramírez.
Vicepresidente: Don Juan Cayón Peña.
Secretaria: Doña Christine Ramírez.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 26 de febrero de 2018.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación CICA Internacional su Patronato y cargos dentro del mismo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 7 de mayo de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
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