Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-864

Resolución de 15 de enero de 2018, de la Subsecretaría, por la que se modifica el Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado, convocado por Resolución de 7 de noviembre de 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2018, páginas 8900 a 8900 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2018-864

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 14 de noviembre de 2017, se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 7 de noviembre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales.

Advertido error en el anexo III de la convocatoria, publicado en la página 109424, apartado del Tribunal Suplente, donde dice: «Presidente: Urbano Murillo García. Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado», debe decir: «Presidente: Urbano Murillo García. Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado».

Producida la renuncia por parte de dos miembros del Tribunal Calificador, esta Subsecretaría resuelve nombrar a dos nuevos miembros del Tribunal Calificador en sustitución de los anteriormente designados, en el sentido siguiente:

Doña Ana Tendero García de Viedma, perteneciente al Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado, sustituirá a doña Eva María Valera Fernández, perteneciente al Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado y

Don Miguel Arribas Martín, perteneciente al Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado, sustituirá a doña Ana Sánchez-Cano Pérez, perteneciente al Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 15 de enero de 2018.–El Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, Alfredo González-Panizo Tamargo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid