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Documento BOE-A-2019-10266

Resolución de 1 de julio de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del Convenio colectivo de Federación Farmacéutica, SCCL.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2019, páginas 74572 a 74573 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-10266
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/07/01/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del Convenio Colectivo de la empresa Federación Farmacéutica, S.C.C.L. (Código de convenio: 90005672011984), que fue suscrito con fecha 16 de mayo de 2019, de una parte, por los designados por la dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por las secciones sindicales de UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de julio de 2019.–El Director general de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA FEDERACIÓN FARMACÉUTICA, S.C.C.L.

En Gavà, a 16 de mayo de 2019.

REUNIDOS

De una parte, doña Adriana García de Gomar, mayor de edad, en calidad de Directora de Recursos Humanos y apoderada de la empresa Federación Farmacéutica, S.C.C.L.

De otra parte, don José Luis Moreno Alegre (UGT), mayor de edad; don Jesús Somada Díaz (UGT), mayor de edad; doña Marta Humet García (UGT), mayor de edad; don Jordi García Benedicto (UGT), mayor de edad; don Alfons Siles Molina (UGT), mayor de edad; don Jordi Vidal Roca (UGT), mayor de edad, y don Javier Sánchez Gómez (UGT), mayor de edad, y don Jordi Perea Lozano (UGT), mayor de edad, en su condición de miembros del comité de empresa del centro de trabajo de la empresa Federació Farmacèutica, S.Coop.C.L., sita en el municipio de Gavà; doña Trinidad Lechuga Ayala (CC.OO.), mayor de edad, en su condición de delegada de personal del centro de trabajo de la empresa Federació Farmacèutica, S.Coop.C.L., sita en el municipio de Girona y don José Coy Madrona (UGT), mayor de edad, en su condición de delegado de personal del centro de trabajo de la empresa Federació Farmacèutica, S.Coop.C.L., sita en el municipio de Castellón, en su condición de representantes legales de los trabajadores y miembros de la comisión negociadora.

MANIFIESTAN

I

Que en fecha 30/10/2014 la Comisión Negociadora nombrada al efecto, suscribió un Convenio Colectivo de empresa (BOE 12 de enero de 2015), cuya vigencia era por tiempo de cinco años, desde el 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2018.

II

Que mediante Acta del día de hoy, 16 de mayo de 2019, a las 12:00 horas, se ha constituido una nueva Comisión Negociadora, a los efectos de revisar determinadas disposiciones contenidas en el convenio colectivo actualmente vigente, todo ello conforme prevé el párrafo segundo del artículo 86.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

III

Que a los efectos del anterior Manifiestan II, la Comisión Negociadora ha mantenido, también el día de hoy 16 de mayo de 2019, a las 12:00 horas, una reunión para tratar la ampliación del ámbito temporal del Convenio Colectivo, habiéndose finalmente alcanzado un Acuerdo modificativo de la disposición del convenio colectivo actualmente vigente que a continuación se dirá, sobre la base del siguiente

PACTO

Primero.

El redactado del actual artículo 3 sobre el Ámbito temporal y denuncia del convenio colectivo establece que:

El presente Convenio Colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2014 y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. No obstante, las partes acuerdan demorar los efectos económicos del presente convenio colectivo hasta el 1 de enero de 2015, manteniendo las condiciones económicas del anterior Convenio Colectivo hasta la mencionada fecha.

La denuncia del presente Convenio Colectivo deberá comunicarse a la otra parte mediante comunicación escrita con una antelación mínima de tres meses antes de finalizar su vigencia.

Con efectos desde el día 1 de enero de 2019, el redactado del artículo 3 sobre el período de vigencia del convenio colectivo quedará redactado del modo siguiente:

El presente Convenio Colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2014 y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.

En prueba de conformidad y para constancia de cuanto antecede, firman las partes el presente documento, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por parte de la empresa, Adriana García de Gomar, Dirección de Recursos Humanos.–Por parte de la Comisión Negociadora, José Luis Moreno Alegra, Jesús Somada Díaz, Jordi Perea Lozano, Jordi García Benedicto, Alfons Siles Molina, Jordi Vidal Roca, Marta Humet García, Javier Sánchez Gómez, Jordi Perea Lozano, Comité empresa Gavà Sindicato UGT; Trinidad Lechuga Ayala, Delegada Girona Sindicato CC.OO., y José Coy Madrona, Delegado Castellón Sindicato UGT.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/07/2019
  • Fecha de publicación: 11/07/2019
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3 del Convenio publicado por Resolución de 23 de diciembre de 2014 (Ref. BOE-A-2015-254).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Cooperativas
  • Farmacia

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