Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-10283

Resolución de 4 de julio de 2019, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se publica el Convenio con Roche Farma, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2019, páginas 74727 a 74736 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-10283

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Roche Farma, S.A., han suscrito, con fecha 19 de junio de 2019 un Convenio para la financiación del encuentro «Nuevos avances y desafíos en la esclerosis múltiple 4ª edición», a celebrar en Santander en el marco general de los Cursos de la UIMP en 2019, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Santander, 4 de julio de 2019.–La Rectora, P.D.(Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Carlos Gómez García.

ANEXO
Convenio entre la Universidad internacional Menéndez Pelayo y Roche Farma, S.A., para la financiación del Encuentro «Nuevos avances y desafíos en esclerosis múltiple 4ª edición»

En Madrid, a 19 de junio de 2019.

REUNIDOS

De una parte doña María Luz Morán Calvo-Sotelo, en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo –en lo sucesivo UIMP (entidad con NIF. Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23; 28040 Madrid)–, en su calidad de Rectora Magnífica, que actúa facultada por su nombramiento realizado por Real Decreto 1457/2018, de 14 de diciembre (BOE del 15), y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (BOE del 12).

De otra parte don Javier de Urquía Martí y doña María Gemma Palacios Hernández, actuando en nombre y representación de Roche Farma, S.A. (Soc.Unipersonal) –en adelante denominada «Roche» (entidad con N.I.F. A-08023145 y con domicilio en calle Ribera del Loira, 50, 28042 de Madrid)–, en calidad de apoderados.

EXPONEN

I. Que la UIMP es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Ciencia Innovación y Universidades, definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional y el desarrollo de actividades de alta investigación y especialización. A tal fin organiza y desarrolla, por si misma o en colaboración con otras instituciones españolas o extranjeras, cursos y reuniones de trabajo de carácter internacional e interregional dirigidas al estudio de problemas o áreas específicas de investigación.

Dentro de sus fines institucionales está interesada en llevar a cabo el Encuentro «Nuevos avances y desafíos en la esclerosis múltiple 4ª edición» que se celebrará en Santander en las condiciones establecidas en este acuerdo (ver detalles del presupuesto/carta de solicitud con detalle de partidas en el anexo I). Y para ello está en disposición de suscribir convenios con terceros para la mejor financiación del evento.

Se adjunta como anexo II copia de la agenda del evento educativo.

II. Que Roche es un laboratorio farmacéutico interesado en apoyar los avances biomédicos y en particular el evento identificado en el expositivo I.

Y por ello, reconociéndose capacidad suficiente para formalizar el presente documento, las partes

ACUERDAN

Primero.

Roche se compromete a realizar una aportación a UIMP para el buen desarrollo del evento identificado en el Expositivo I, tal y como viene descrito en la carta de solicitud adjunta y en este acuerdo. UIMP destinará esos fondos a financiar el citado evento, cuyo contenido será decidido de forma independiente por la sociedad organizadora, libre de cualquier influencia por parte de Roche, que no recibirá ni aceptará ningún beneficio tangible a cambio de esta colaboración. No tendrá consideración de beneficio el informe que la UIMP pueda proporcionar a Roche con el fin de evidenciar la realización de la reunión, informar y mostrar la relevancia científica, la acogida, el impacto y los resultados del evento, cuando Roche lo solicite.

La aportación de Roche, que tendrá carácter minoritario respecto de la cantidad total estimada necesaria para llevar a cabo el evento, se concreta en la cantidad de cuatro mil euros (4.000 €).

La citada cantidad, a la que se le aplicarán los impuestos que correspondan de acuerdo con la legislación vigente, será facturada de la siguiente forma:

• 100% a la firma del convenio.

Sin perjuicio de lo anterior, UIMP se compromete a devolver a Roche la cantidad aportada si finalmente no se llegara a celebrar el evento, o bien a ajustarla, si se realizase con un alcance inferior al inicialmente previsto.

Roche abonará la factura o documento equivalente para pago en los 60 días siguientes a su fecha de emisión a la siguiente cuenta bancaria IBAN ES95 9000 0001 20 0200008606 titularidad de la UIMP.

Segundo.

Tanto Roche como la UIMP cumplirán en todo momento con la legislación aplicable, sin que conozcan conflicto de interés alguno que pudiera evitar la aceptación y entrega de esta colaboración. Asimismo, serán transparentes en todo momento en relación con la misma.

Tercero.

La UIMP declara que la colaboración prestada por Roche en el marco del presente convenio no será destinada a la financiación de cuotas de inscripción ni al pago de los gastos de desplazamiento o alojamiento de los profesionales sanitarios asistentes a estas sesiones científico-profesionales, siendo destinada por la UIMP a la financiación de los restantes gastos generales del evento.

La UIMP declara, asimismo, que el importe de esta colaboración, sumada a cualesquiera otras que pueda recibir de Roche a lo largo de este año, no superarán en ningún caso el 30% de sus ingresos o presupuesto para dicho período.

Cuarto.

En ningún caso se entrega ni se recibe esta cantidad para un uso o beneficio personal o para influir en la prescripción, dispensación, venta o recomendación de ningún medicamento ni otro producto de Roche. Por tanto, esta colaboración no se acuerda con el propósito de realizar promoción de un medicamento de Roche no autorizado o de una indicación de este no autorizada.

Quinto.

Ambas partes mantendrán la confidencialidad sobre las informaciones y documentos a los que accedan como consecuencia de la colaboración aquí reflejada, salvo que se trate de información de dominio público o cuente con la autorización expresa de la otra parte. Esta obligación de confidencialidad se mantendrá por un período de cinco (5) años desde su divulgación. Este compromiso de confidencialidad no será aplicable respecto de aquellas informaciones que las partes ya conocieran y no estuvieran obligados a mantenerlas confidenciales, ni respecto de aquellas informaciones que pasen a ser de conocimiento público por causas no imputables a aquellas.

No obstante, lo anterior, esta aportación será publicada en la web de Roche conforme a lo establecido en el Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica.

Asimismo, este convenio será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2) y, debido a la naturaleza pública de la UIMP, las partes reconocen que el cumplimiento de la legislación o normativa que le es aplicable en materia de Transparencia y Control presupuestario puede requerir la divulgación de los acuerdos celebrados e ingresos recibidos. Las partes acuerdan que la UIMP podrá reportar y revelar la información relativa a este acuerdo con este fin.

Sexto.

UIMP se compromete a hacer constar y a difundir de forma razonable y adecuada la colaboración de Roche, mediante la mención de Roche, o la exhibición de su logotipo, en el programa de mano del evento y en el catálogo general de Cursos Avanzados de Santander u otros soportes escritos que genere el evento. Roche proporcionará, en su caso, los materiales necesarios al efecto.

Séptimo.

El presente acuerdo en ningún caso significará o justificará la existencia de una relación laboral o de dependencia entre las partes.

Octavo.

Ninguna de las partes estará facultada para ceder este acuerdo o parte de él a un tercero sin la autorización previa por escrito de la contraparte.

Noveno.

Excepto en relación con posibles cambios en el lugar de celebración o fecha del evento, ninguna otra modificación, cambio o alteración en los términos o condiciones de este acuerdo será posible, salvo que esta se documente por escrito y sea firmada por las partes.

Décimo.

UIMP proporcionará a Roche, en el plazo de 30 días desde la celebración del evento, documentación suficiente que permita verificar que se ha llevado a cabo en las condiciones acordadas en el presente convenio, o bien se admitirá el mail justificativo anteriormente referido sobre la celebración del evento.

Undécimo.

Las partes no consideran necesario crear una comisión de coordinación específica que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena coordinación de las acciones y el óptimo desarrollo de las mismas.

Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través de su Gerencia, y serán el personal técnico de la misma, y como responsable último su Titular, los encargados de velar por la consecución de los objetivos del presente convenio, de proponer cuantas medidas se estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones y servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y de resolver en primer término las posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.

Duodécimo.

Este convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El convenio finalizará una vez cumplidos por ambas partes los compromisos adquiridos, en todo caso el 31 de diciembre de 2019.

El presente convenio se extinguirá por su cumplimiento, o por incurrir en causa de resolución.

Serán causa de resolución del presente convenio:

1. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

2. El incumplimiento grave de las obligaciones asumidas por alguna de las partes.

3. La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo por la extinción de la personalidad jurídica de alguna de las partes.

4. El mutuo acuerdo entre las partes.

5. Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.

6. Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.

En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, la parte que detectara dicho incumplimiento grave lo notificará a la parte que incumpla mediante carta certificada con acuse de recibo. En el transcurso de los quince días siguientes a la recepción de esta carta, la situación deberá ser regularizada o en su caso la parte que ha incumplido deberá alegar las causas y razones que impiden el correcto cumplimiento. A la vista de las mismas, la parte que haya denunciado el incumplimiento comunicará su decisión de resolver o no el convenio, teniendo efecto dicha resolución a los 10 días de dicha comunicación.

Cada una de las partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte toda dificultad, de cualquier naturaleza que esta sea, que encuentre en el desarrollo de la ejecución, y, en general, de toda información susceptible de afectar a su buena ejecución, con el fin de permitir a la otra parte tomar las medidas que considere más apropiadas.

Decimotercero.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2).

Asimismo, el presente convenio tiene la consideración de convenio para el apoyo empresarial a actividades de interés general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE del 24), siéndole de aplicación lo dispuesto en dicha Ley para estos convenios.

Decimocuarto.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998 de 13 de julio.

Decimoquinto.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y del Reglamento UE 2016/679, ambas Partes quedan informadas de forma inequívoca y precisa de que los datos de carácter personal que se facilitan en el presente Convenio, así como cualesquiera otros que sean facilitados a lo largo de la relación que en el mismo se establece, se integrarán en un fichero de datos informatizado de la responsabilidad, respectivamente, de cada una de las Partes y podrán ser utilizados para la gestión y cumplimiento adecuado de las relaciones que en el presente convenio se establecen y la gestión de los cobros y pagos consecuencia de los mismos, en caso de haberlos. Únicamente tratarán los datos personales para el cumplimiento de las finalidades descritas anteriormente, respetando en todo caso la legislación vigente.

Los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, limitación, portabilidad y oposición, cuando corresponda, mediante carta o escrito dirigido a la dirección de correo: spain.datospersonales@roche.com, identificándose mediante nombre, apellidos y fotocopia del DNI. Asimismo, se podrá contactar con la Agencia Española de Protección de Datos.

Decimosexto.

La modificación del presente convenio requerirá acuerdo unánime expreso de los firmantes, que se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad lo firman las partes por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y la fecha arriba indicados.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, María Luz Morán Calvo-Sotelo.–Por Roche Farma, S.A, Javier de Urquía Martí, María Gemma Palacios.

ANEXO I

1

2

ANEXO II
Nuevos avances y desafíos en la esclerosis múltiple

(4ª edición)

Director: Dr. Diego Clemente López.

Investigador Principal del Grupo de Neuroinmuno-Reparación del Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo.

Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM.

Secretaria: D.ª Begoña Aguilar Zambalamberri.

Presidenta de la Asociación de Esclerosis Múltiple de Toledo (ADEM-TO).

9:30 a 10:00. Inauguración.

D.ª Begoña Aguilar Zambalamberri. Secretaria académica.

Dr. Diego Clemente López. Director del Encuentro.

Primera jornada. La globalidad de la esclerosis múltiple (19 de junio de 2019).

10:00 a 11:00 Ponencia. «Asignaturas pendientes en la esclerosis múltiple». Dra. Virginia Meca Lallana. Responsable de la Unidad de Enfermedades Desmielinizantes. Hospital Universitario de La Princesa. Madrid, España. Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM.

11:00 a 12:00. Ponencia. «Emociones y conducta en la esclerosis múltiple» Dra. Fabiola García Vaz. Neuropsicóloga. Departamento de Psicología Experimental, Procesos Psicológicos y Logopedia. Universidad Complutense de Madrid. Unidad de Enfermedades Desmielinizantes. Hospital de la Princesa. Madrid, España.

12:00 a 12:30. Descanso.

12:30 a 13:30. Ponencia. «Impacto social y económico de la esclerosis múltiple». Dr. Álvaro Hidalgo Vega. Profesor de Análisis Económico y finanzas. Universidad de Castilla-La Mancha. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Toledo, España.

13:30 a 15:30. Comida.

15:30 a 16:30. Ponencia. «La esclerosis múltiple como enfermedad global: la visión desde Latinoamérica». Dr. Fernando Hamuy Díaz de Bedoya. Neurólogo. Presidente del Comité Latinoamericano para la Investigación y Tratamiento de la Esclerosis Múltiple (LACTRIMS). Asunción, Paraguay.

16:30 a 18:00. Mesa redonda. «Dialogando sobre esclerosis múltiple. Aspectos extra-médicos en el abordaje de la patología como realidad social»

Moderadora: D.ª Begoña Aguilar Zambalamberri.

Dr. Fernando Hamuy Díaz de Bedoya. Neurólogo. Presidente del Comité Latinoamericano para la Investigación y Tratamiento en Esclerosis Múltiple (LACTRIMS). Asunción, Paraguay.

Dra. Virginia Meca Lallana. Responsable de la Unidad de Enfermedades Desmielinizantes. Hospital Universitario de La Princesa Madrid, España. Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM.

Dra. Fabiola García Vaz. Neuropsicóloga del Hospital Universitario de La Princesa. Profesora del departamento de Psicología Experimental, Procesos Psicológicos y Logopedia de la Facultad de Psicología. Universidad Complutense de Madrid.

Dr. Álvaro Hidalgo Vega. Profesor de Análisis Económico y finanzas. Universidad de Castilla-La Mancha. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

Lorena López Fernández. Presidenta de la Federación de Asociaciones de Castilla y León de Esclerosis Múltiple (FACALEM). León, España.

Dra. Ana Polanco Álvarez. Directora de Market Access y Corporate Affairs de Merck España.

Segunda jornada. Investigación en neuroinmunología (20 de junio de 2019).

9:30 a 10:30. Ponencia. «Poder remielinizador de la respuesta inmune adaptativa en esclerosis múltiple». Dra. Denise Fitzgerald. Regenerative NeuroImmunology Group. School of Medicine, Dentistry and Biomedical Sciences. Queen ‘s UIniversity Belfast. Belfast, Reino Unido.

10:30 a 11:30. Ponencia. «Las células mieloides supresoras como bioindicadores de severidad en la esclerosis múltiple: de la modelización a la realidad clínica». Dr. Diego Clemente López. Investigador Principal del Grupo de Neuroinmuno-Reparación del Hospital Nacional de Parapléjicos-Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. Toledo, España. Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM.

11:30 a 12:00. Descanso.

12:00 a 13:00. Ponencia. «Mecanismo de acción de los cannabinoides en el modelo animal de esclerosis múltiple, encefalomielis autoinmune experimental». Dr. Antonio J. Sánchez-López. Unidad de Neuroinmunología. Instituto de Investigación Sanitaria Puerta de Hierro - Segovia de Arana. Hospital Universitario Puerta de Hierro Majadahonda. Majadahonda, España. Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM.

13:00 a 14:00. Ponencia. «Futuro de los probióticos como herramienta terapéutica en esclerosis múltiple». Dra. Carmen Espejo López. Grupo de Neuroinmunología Clínica. Unidad de Investigación del Hospital Valle de Hebrón (VHIR). Centro de Esclerosis Múltiple de Cataluña (Cemcat). Barcelona, España. Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM.

14:00 a 15:30. Comida.

16:00 a 18:00. Mesa redonda. «La remielinización en la esclerosis múltiple: ¿cuándo y para cuándo?»

Moderador: Dr. Diego Clemente López.

Dra. Denise Fitzgerald. Regenerative NeuroImmunology Group. School of Medicine, Dentistry and Biomedical Sciences. Queen‘s UIniversity Belfast. Belfast, Reino Unido.

Dr. Daniel Ontaneda. Mellen Center for Multiple Sclerosis. Case Western Reserve University. Cleveland Clinic. Cleveland, EE.UU.

Dra. Carmen Espejo López. Grupo de Neuroinmunología Clínica. Unidad de Investigación del Hospital Vall d’Hebron. Centro de Esclerosis Múltiple de Cataluña. Barcelona, España. Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM.

Dr. Álex Rovira. Sección de Neurorradiologia. Hospital Universitari Vall d’Hebron. Barcelona, España. Red Española de Esclerosis Múltiple.

Dr. Rainel Sánchez de la Rosa, Region Europe Medical Executive Director Neuroscience de Novartis Pharma.

Tercera jornada. La neurodegeneración en esclerosis múltiple (21 de junio de 2018).

9:30 a 10:30. Ponencia. «La esclerosis múltiple mielocortical: una nueva forma de esclerosis múltiple». Dr. Daniel Ontaneda. Mellen Center for Multiple Sclerosis. Case Western Reserve University. Cleveland Clinic. Cleveland, EE.UU.

10:30 a 11:30. Ponencia. «La neuroimagen como metodología para la medida de neurodegeneración y deterioro cognitivo en esclerosis múltiple». Dr. Álex Rovira. Sección de Neurorradiologia. Hospital Universitari Vall d’Hebron. Barcelona, España. Red Española de Esclerosis Múltiple.

11:30 a 12:00. Descanso.

12:00 a 13:00. Ponencia. «Fisioterapia en la esclerosis múltiple: mitos y realidades sobre la neurodegeneración y la funcionalidad» Dr. Roberto Cano de la Cuerda. Facultad de Ciencias de la Salud. Universidad Rey Juan Carlos. Alcorcón, España.

13:00-13:30. Debate.

13:30. Clausura.

Presupuesto del curso 64BT

Curso: 64BT. Nuevos avances y desafíos en la esclerosis múltiple-IVª edición

Dirección: Diego Clemente López

Concepto

UD

Descripción

Coste

Total

1. Honorarios:

11

Comunicación.

150

1.650,00

11

Mesa redonda o moderación.

150

1.650,00

1

Dirección 1-3 días.

600

600

1

Secretaría 1-3 días.

400

400

Subtotal

4.300,00

2. Viajes:

3370

Carretera (euros/km).

0,19

640,3

6

Avión Madrid.

717

4.302,00

2

Avión Barcelona.

735

1.470,00

1

Avión-EE.UU. Turista.

4.351,00

4.351,00

1

Avión-Europa.Turista.

1.215,00

1.215,00

1

Avión-Iberoamérica Turista.

4.646,00

4.646,00

Subtotal

16.624,30

3. Alojam. Manut.

12

Conferenciantes, 2 días T.B.

284

3.408,00

3

Conferenciantes, 4 días T.B.

568

1.704,00

Subtotal

5.112,00

4. Otros gastos directos

2

Sesión.

613

1.226,00

1

Material audiovisual y otros.

650

650

Subtotal

1.876,00

5. Gastos indirectos

3

Infraestructura 1 día (locales y equipamiento).

2.300,00

6.900,00

1

Diplomas, reprografía, carpetas.

1.200,00

1.200,00

1

Diseño e impresión programa.

200

200

1

Publicidad.

1.800,00

1.800,00

Subtotal

10.100,00

6. Becas

10

3 días.

153

1.530,00

Subtotal

1.530,00

Total

39.542,30

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid