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Documento BOE-A-2019-10435

Resolución de 2 de julio de 2019, del Instituto de la Juventud, por la que se conceden los Premios Nacionales de Juventud para el año 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2019, páginas 75972 a 75972 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2019-10435

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 14 de marzo de 2019, del Instituto de la Juventud, se convocaron los Premios Nacionales de Juventud para el año 2019 (BOE del 20). En aplicación de lo indicado en los apartados sexto y séptimo de la citada convocatoria, vista la propuesta formulada por el Jurado, esta Dirección General resuelve:

Primero.

Conceder un único premio de 2.000 euros, en cada una de las siguientes categorías:

1.º Compromiso Social a Sandra Timón Mayo.

2.º Cultura a María Sánchez Rodríguez.

3.º Medio Ambiente a Andrea Fernández Gorgojo.

4.º Deporte a Francisco Javier García Pajares.

5.º Ciencia y Tecnología a Pedro Javier Gómez Gálvez.

Segundo.

Asimismo, declarar desierto el premio en la categoría de Derechos Humanos tal como prevé la Orden SCB/960/2018, de 10 de septiembre (BOE del 19) que establece las bases reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales de Juventud en su artículo 7, apartado 5.

Tercero.

Conceder mención honorífica, sin dotación económica, en las categorías que a continuación se detallan a:

1.º Ana M.ª Valle Sanz en Compromiso Social.

2.º M.ª Elisa González García en Cultura.

3.º Juan Carlos Jiménez Cabrera en Medio Ambiente.

Cuarto.

Desestimar el resto de las solicitudes admitidas en la convocatoria.

Quinto.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Director General del Instituto de la Juventud de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o también, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo, según los artículos 9, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 2 de julio de 2019.–La Directora General del Instituto de la Juventud, Ruth Carrasco Ruiz.

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