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Documento BOE-A-2019-10532

Orden DEF/774/2019, de 8 de julio, por la que se modifica la Orden DEF/611/2018, de 24 de mayo, por la que se señala la zona de seguridad de las instalaciones militares en la Zona Militar de Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 2019, páginas 77147 a 77147 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2019-10532

TEXTO ORIGINAL

En el artículo 2. Determinación de las Zonas de Seguridad, 2. Base «Alfonso XIII» b), advertido error tipográfico en la altitud del radioenlace situado en la Base «Alfonso XIII» se debe modificar las referencias a dicha altitud.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden DEF/611/2018, de 24 de mayo, por la que se señala la Zona de Seguridad de las instalaciones militares de la Zona Militar de Melilla.

La letra b) del apartado 2 del artículo 2 de la Orden DEF/611/2018, de 24 de mayo, por la que se señala la Zona de Seguridad de las instalaciones militares de la Zona Militar de Melilla, queda redactada como sigue:

«b) De conformidad con lo preceptuado en los artículos 15, 16 y 19 del citado Reglamento, y por existir dentro de este acuartelamiento una instalación radioeléctrica, se establece una Zona de Seguridad Radioeléctrica de la Base «Alfonso XIII», del grupo segundo, y con las características técnicas que se especifican:

Radioenlace.

Zona de instalación: La del recinto militar.

Punto de referencia de la instalación:

Longitud: 02º 57’ 18,7’’ W.

Latitud: 35º 17’ 03,5’’ N.

Altitud: 56 metros.

Plano de referencia de la instalación: Es el horizontal correspondiente a la cota de 56 metros.

Anchura de la Zona de Seguridad Radioeléctrica: La delimitada por los dos planos verticales equidistantes 13 metros de la recta que une las antenas, cuyas coordenadas son:

A. 02º 57’ 18,7’’ W - 35º 17’ 03,5’’ N y cota 56 metros.

B. 02º 57’ 23,4’’ W - 35º 18’ 24,4’’ N y cota 130 metros.

Superficie de limitación de altura: será el plano perpendicular a los dos verticales citados antes, por debajo de la recta que une los puntos que definen el enlace y separado de ella 13 metros.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de julio de 2019.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

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