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Documento BOE-A-2019-10561

Resolución de 9 de julio de 2019, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal estatutario fijo en la Red Hospitalaria de la Defensa en las categorías de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud, Titulado Sanitario, Enfermero, Técnico Superior Especialista, Técnico Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería y Celador.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2019, páginas 77482 a 77482 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2019-10561

TEXTO ORIGINAL

Por Resoluciones de 28 de febrero y 1 de marzo de 2019 se convocan los procesos selectivos para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de las categorías de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud, Titulado Sanitario, Enfermero, Técnico Superior Especialista, Técnico Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería y Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa.

El desarrollo de estos procesos selectivos convocados correspondientes a la oferta de empleo público 2016, conlleva el cumplimiento de determinados plazos, en concordancia con lo establecido en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público 2016, y en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

En consecuencia con lo anterior, esta Subsecretaría resuelve declarar inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos de las categorías de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud, Titulado Sanitario, Enfermero, Técnico Superior Especialista, Técnico Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería y Celador en la Red Hospitalaria de la Defensa, a la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante este mes.

Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en el plazo de un mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 9 de julio de 2019.–El Subsecretario de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Carlos Hernández Claverie.

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