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Documento BOE-A-2019-10951

Resolución de 23 de julio de 2019, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad de Vigo.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2019, páginas 81460 a 81463 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2019-10951

TEXTO ORIGINAL

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universidade de Vigo han suscrito, con fecha 23 de julio, el Convenio de colaboración para la organización de las jornadas sobre los «Desafíos pendientes de la descentralización en España: Suficiencia y Autonomía Tributaria», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se incluye como anexo a esta resolución.

Madrid, 23 de julio de 2019.–El Presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, José Luis Escrivá Belmonte.

ANEXO
Convenio de colaboración entre Universidade de Vigo y la Autoridad Independiente de Responsabilidad FiscaL (AIReF)

REUNIDOS

De una parte, don José Luis Escrivá Belmonte, en nombre y representación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (en adelante, AIReF), nombrado Presidente mediante Real Decreto del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 2014 («BOE» de 22 de febrero de 2014) y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la AIReF y también en el artículo 25 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico.

Y de otra, don Manuel Joaquín Reigosa Roger, Rector Magnífico de la Universidade de Vigo, nombrado según el Decreto de la Comunidad Autónoma de Galicia 59/2018, de 31 de mayo, publicado en el «Diario Oficial de Galicia» (DOG) n.º 109, de 8 de junio de 2018, de acuerdo con las competencias que le otorga el articulo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, del 21 de diciembre, de Universidades, y el artículo 29 de los Estatutos de la Universidad de Vigo, aprobados por el Decreto 13/2019, de 24 de enero, y publicados en el «DOG» n.º 38, de 22 de febrero de 2019. Con dirección en edificio Exeria, campus universitario, 36310 Vigo.

MANIFIESTAN

1. Que la AIReF es un ente de Derecho Público dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, siendo su misión garantizar el cumplimiento efectivo por las Administraciones Públicas del principio de estabilidad presupuestaria previsto en el artículo 135 de la Constitución Española, mediante la evaluación continua del ciclo presupuestario y del endeudamiento público.

2. Que la Universidade de Vigo es un ente de Derecho Público dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, y cuenta entre sus objetivos con el de contribuir a la profundización en el conocimiento científico general y, en particular, en el campo fiscal y financiero. Según los Estatutos de la Universidade de Vigo, para el mejor desarrollo de sus funciones, entre las que se encuentra el apoyo científico y técnico al desarrollo social, económico y cultural de la sociedad gallega que la sustenta, la Universidad propiciará el establecimiento de relaciones con otras Universidades, organizaciones y administraciones Públicas, muy en particular con las de carácter académico, científico y cultural.

3. Que es voluntad de las partes suscribir un convenio de colaboración para la organización de las jornadas sobre los «Desafíos pendientes de la descentralización en España: Suficiencia y Autonomía Tributaria», que resulta de interés para ambas instituciones en el marco de las competencias que les son propias.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y régimen jurídico.

El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre los firmantes para la organización de las jornadas sobre la «Desafíos pendientes de la descentralización en España: Suficiencia y Autonomía Tributaria», los días 1 y 2 de octubre de 2019 en Santiago de Compostela.

El convenio se celebra al amparo de lo previsto en el artículo 38.2 del Estatuto Orgánico de la AIReF y está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (artículo 6.1).

El convenio se regirá por lo dispuesto en los artículos 47 a 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segunda. Compromisos de las partes.

Universidade de Vigo y la AIReF se comprometen a organizar de forma conjunta las jornadas sobre los «Desafíos pendientes de la descentralización en España: Suficiencia y Autonomía Tributaria», para lo cual la AIReF, además de aportar, en su caso, alguno/s de los ponentes, contribuirá con una cantidad de 3.630 euros (IVA incluido).

Este importe, que se imputará a la aplicación presupuestaria 15.301.931Q.16200 del presupuesto de gastos de AIReF para el año 2018, prorrogado en el 2019, será abonado a Universidade de Vigo mediante transferencia bancaria a la cuenta que este designe.

Por su parte, Universidade de Vigo permitirá la asistencia a dicho evento, sin coste económico adicional, de un máximo de tres personas propuestas por la AIReF, de entre sus trabajadores, y se hará cargo de todos los gastos de viaje, alojamiento, manutención y cualquiera otros directamente relacionados con su asistencia a las jornadas, incluida la entrega de documentación, en formato papel y/o digital.

Asimismo, Universidade de Vigo se compromete a que la AIREF aparezca como colaborador en la organización de las jornadas sobre los «Desafíos pendientes de la descentralización en España: Suficiencia y Autonomía Tributaria», en toda la documentación y publicidad de la misma, utilizando el logotipo de la AIReF, según convenga a la naturaleza y dimensión de los soportes en cada caso y tras consulta a la AIReF.

Universidade de Vigo pondrá a disposición de la AIReF, para su uso interno, todo el material generado en las jornadas sobre los «Desafíos pendientes de la descentralización en España: Suficiencia y Autonomía Tributaria». La AIReF deberá utilizar el citado material de acuerdo con los términos y condiciones a que se haya sujetado su utilización, distribución o puesta a disposición de terceros por parte del titular o titulares de los mismos.

La AIReF podrá dar publicidad en su web de las jornadas.

El incumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las partes dará lugar a la resolución del convenio con la correspondiente liquidación.

Tercera. Vigencia.

El presente convenio entrará en vigor una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Estará vigente hasta que concluyan todas las actividades relacionadas con las jornadas y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2019.

La firma del presente convenio no implicará obligación alguna de subscribir acuerdos similares en años sucesivos.

Cuarta. Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos), y demás normativa vigente.

Las partes conocen y aceptan que cualquier información o material proporcionado y relacionado con la ejecución del presente Convenio tendrá el carácter de confidencial y será tratado como tal, empleando para tal fin idénticos dispositivos, medidas y procedimientos de seguridad a los utilizados para proteger su propia documentación confidencial durante toda la vigencia del Convenio y de forma indefinida desde su terminación.

Cada una de las partes se compromete a no revelar información confidencial a ningún tercero salvo que sea estrictamente necesario en virtud de los derechos y compromisos derivados del presente Convenio. En este caso, se requerirá autorización por escrito de la otra parte además de obligarse a poner en marcha los procedimientos necesarios para prohibir la revelación, la duplicación sin autorización, el uso fraudulento o la eliminación de dicha información confidencial.

Quinta. Comisión mixta de seguimiento.

Las partes no consideran necesario crear una Comisión de coordinación específica que se encargue del seguimiento del desarrollo del Convenio, si bien los equipos técnicos y responsables de ambas instituciones estarán en estrecho contacto, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena coordinación de las acciones y el óptimo desarrollo de las mismas.

En el caso de que en el proceso de ejecución del Convenio ambas partes viesen la conveniencia de que exista una Comisión de seguimiento, ambas partes podrán acordar su constitución mediante la firma de un adenda.

Sexta. Modificación del convenio.

La modificación de este convenio requerirá al acuerdo unánime de los firmantes.

Séptima. Resolución de controversias.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio a través de los responsables del seguimiento del Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, las cuestiones litigiosas serán resueltas por los Juzgados y Tribunales que resulten competentes de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.

La fecha de este Convenio será la correspondiente a la última de las firmas de los representantes de las partes.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente convenio de colaboración en ejemplar duplicado.–Por la Universidade de Vigo, Manuel Joaquín Reigosa Roger.–Por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal; José Luis Escrivá Belmonte.

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