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Documento BOE-A-2019-11163

Resolución de 26 de julio de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Asociación "24-Août-1944", para la realización de actividades culturales para la Conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2019, páginas 82761 a 82767 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-11163

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 5 de julio de 2019 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Justicia y la asociación «24-Août-1944» para la realización de actividades culturales para la conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 26 de julio de 2019.–La Subsecretaria de Justicia, Cristina Latorre Sancho. 

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Justicia y la asociación «24-AOÛT-1944» para la realización de actividades culturales para la conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español

En Madrid, a 5 de julio de 2019

REUNIDOS

De una parte, doña Cristina Latorre Sancho, Subsecretaria del Ministerio de Justicia, que interviene en nombre y representación del Ministerio de Justicia en su calidad de Presidenta de la Comisión Interministerial para la conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español, en adelante Ministerio de Justicia (Real Decreto 480/2018, de 18 de junio, por el que se nombra Subsecretaria de Justicia a doña Cristina Latorre Sancho, y Acuerdo de Consejo de Ministros para la Creación de la Comisión Interministerial para la conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano español, de 16 de noviembre de 2018). Conforme a lo dispuesto en el apartado decimoséptimo.A.4 de la Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, sobre delegación de competencias en el ámbito del citado Ministerio, corresponderá a la Subsecretaría la celebración de Convenios con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado y entidades públicas, dentro del ámbito de competencias de la Subsecretaría.

De otra parte, doña Veronique Salou Olivares, Presidenta de la asociación, actuando en nombre y representación de la asociación «24-Août-1944» –en adelante la asociación– con sede en París, 22 rue Mélingue, 75019, y de conformidad a lo establecido con la inscripción de la Prefectura de Policía número inscripción W751221545, de fecha de 9 de octubre de 2013.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el correspondiente Convenio en nombre de las instituciones que representen y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

Primero.

Que las partes se encuentran unidas por una comunidad de intereses y objetivos en el marco del programa académico de la conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español.

Segundo.

Que es deseable establecer un Convenio que actúe como mecanismo coordinador para concretar actuaciones para la cooperación.

Tercero.

Que, con la intención de colaborar en el desarrollo de las actividades culturales y más específicamente en el ámbito del exilio republicano español, se celebrará con la asociación «24-Août-1944» la organización de varias actividades culturales.

Cuarto.

Que el Ministerio de Justicia ostenta la Presidencia de la Comisión Interministerial para la Conmemoración del Exilio Republicano Español, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2018, que tiene entre sus objetivos la propuesta y coordinación del programa global de actos programados a iniciativa de instituciones públicas o privadas, así como su difusión y propuesta de celebración, entre otras, de actividades culturales, artísticas, literarias y científicas que promuevan el conocimiento del exilio republicano entre los jóvenes y público en general.

Quinto.

Que precisamente la asociación «24-Août-1944» tiene entre sus objetivos dar a conocer y cultivar la memoria histórica (escrita, grabada, iconográfica, artística, etc.) de la liberación de París en 1944; exponiendo todas las facetas de esta lucha que comenzó el 18 de julio de 1936 en España y continuó en varios frentes en Europa y en África y, más particularmente, en los maquis en Francia. Para muchas mujeres y hombres la lucha continuó contra el franquismo en los años 60. El objetivo de la asociación «24-Août-1944» es llevar a cabo investigaciones, animar debates, presentar exposiciones, difundir y hacer películas, publicar documentos y organizar eventos conmemorativos y festivos.

Sexto.

Todas las partes consideran conveniente acrecentar su vinculación académica y cultural y establecer y desarrollar sus relaciones dentro de un espíritu de cooperación y buen entendimiento, con el propósito de ofrecer los beneficios de un intercambio institucional.

En virtud de lo anterior, ambas partes manifiestan su voluntad de firmar el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto instrumentar la colaboración entre el Ministerio de Justicia y la asociación «24-août-1944», en el desarrollo de las siguientes actividades programadas de manera conjunta por las dos partes para el rescate y difusión de la memoria del exilio español:

– «La utopía en exilio 1939-2019». Cuando el arte se convierte en Historia, se celebrará en el mes de noviembre de 2019, en la sede del Instituto Cervantes en París. La exposición está compuesta de 5 periodos que relatan a través de la pintura, la escultura y otras realizaciones artísticas la epopeya de los republicanos españoles, y las razones de su presencia en Francia 80 años después de la retirada frente al ejército franquista.

– Pintura mural en París, se trata de un mural de grandes dimensiones (15x5 m) que se inaugurará el día 24 de agosto de 2019 y lleva por título «Los de la Nueve de la 2.ª DB (La Nueve Compañía)» en el número 20 de la rue Esquirol (75013, París). La obra tiene como objetivo recordar a los viandantes y a los vecinos el papel fundamental de los republicanos españoles en la Liberación de París del nazismo y honrar la memoria de estos combatientes, desconocido por una amplia mayoría de población. El artista, Juan Chica-Ventura, es miembro fundador de la asociación «24-Août-1944» y en su obra está muy presente la temática del exilio español en Francia.

– Exposición de fotografías inéditas de Philippe Gaussot, se celebrará en Madrid en la segunda mitad de 2019. Jean-Philippe Gaussot, hijo de Philippe Gaussot, confió esta colección de negativos a la muerte de su padre a Felip Solé. Comprende un conjunto de un centenar de fotos que representan el exilio de los republicanos españoles y su viaje por caminos y puertos de montaña, para llegar a un hipotético refugio.

Segunda. Compromisos de la asociación «24-Août-1944».

La asociación, coordinará la organización de las exposiciones y la gestión administrativa derivada del mismo:

– La asociación designará a los artistas y creadores que formarán parte de las exposiciones, con quienes coordinará el programa académico y cultural asociado a ambas exposiciones.

– La asociación supervisará la calidad de los ponentes y de las obras que participen.

– La asociación dará soporte y gestionará las iniciativas necesarias, tanto administrativas como logísticas, para llevar a cabo las exposiciones.

– La asociación preparará y supervisará la publicación de los resultados de las exposiciones. El Presidente/a de la asociación o la persona que éste designe comunicará al Ministerio de Justicia cualquier aspecto derivado de la organización de la exposición y tendrá la función de asegurar la infraestructura necesaria para asegurar la correcta coordinación de las actividades asociadas a la organización de las exposiciones y actividades complementarias asociadas a la misma.

Tercera. Compromisos del Ministerio de Justicia.

El Ministerio de Justicia se compromete a colaborar con la asociación «24-Août-1944» en la realización de las actividades objeto de este Convenio, por ser su ejecución de interés común para ambas partes, mediante la aportación de 45.300 euros, que se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 13.01.91.111N.227.15 del presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia. Dicha cantidad estará dividida en los siguientes conceptos:

– La exposición «La utopía en exilio 1939-2019» Cuando el arte se convierte en Historia. Presupuesto máximo 16.320 euros.

– Pintura mural en París. Presupuesto máximo 16.980 euros.

– Exposición de fotografías inéditas de Philippe Gaussot. Presupuesto máximo 12.000 euros.

Además, participará junto con la asociación «24-Août-194», en las acciones necesarias para la difusión y promoción de las actividades programadas y colaborará en los actos que se realicen como consecuencia de las actividades mencionadas.

Cuarta. Difusión de la colaboración.

El Ministerio de Justicia y la asociación se comprometen a dar máxima publicidad a este Convenio.

Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las actividades citadas, al mismo nivel de créditos y representación.

De este modo, las partes:

– Deberán aprobar conjuntamente todo el material divulgativo y publicitario que se edite, en cualquier soporte, con ocasión del desarrollo del presente Convenio.

– Incluirán los respectivos logotipos de las dos instituciones en todo el material divulgativo y publicitario que se pueda editar, en cualquier soporte, con ocasión de la celebración de las actividades que se realicen. En dicho material, los logotipos de las partes figurarán en igual nivel y tamaño. El logotipo del Ministerio de Justicia español será el del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español.

– En el caso de que participen otras instituciones que contribuyan a la realización de las exhibiciones de las exposiciones o las actividades complementarias que se lleven a cabo, los logotipos de éstas figurarán en los niveles que las partes acuerden en cada caso. Los créditos que aparezcan relacionados en cada proyecto, se decidirán de mutuo acuerdo entre las partes en cada caso.

A los efectos de esta cláusula, las partes se proporcionarán la marca o el logotipo que deba ser difundido y se ajustarán, en todo caso y cualquiera que sea el material publicitario en el que se inserte, al diseño facilitado por las otras partes.

Las partes se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y a difundir, por su cuenta y a través de los medios que tengan por conveniente, la aportación que en su caso efectúen para la realización de las citadas actividades.

Quinta. Seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido en el presente Convenio se crea una Comisión de Seguimiento paritaria, integrada por un representante designado por cada una de las partes firmantes del presente Convenio.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio y tendrá, entre otras, las siguientes funciones: hacer un seguimiento de la ejecución, aclarar y decidir cuantas dudas puedan plantarse en la interpretación y ejecución; y resolver las posibles controversias.

El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo establecido en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP en lo sucesivo).

Sexta. Eficacia y vigencia.

El presente Convenio entrará en vigor, una vez firmado, a partir de la fecha de su publicación en el BOE previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y extenderá su vigencia hasta la finalización de todas las actividades programadas, lo cual habrá de tener lugar no más tarde del 1 de diciembre de 2019, lo cual tiene cabida dentro de los márgenes establecidos en el artículo 48.8 y 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público.

Séptima. Modificaciones del Convenio.

Cualquier modificación a los términos del presente Convenio, solamente tendrá valor si es acordada por las partes mediante un acuerdo de modificación o una adenda de modificación al mismo, en cualquier momento siempre y cuando no altere el objeto del presente Convenio.

Octava. Extinción del Convenio y consecuencias en caso de incumplimiento.

Según se recoge en el artículo 51 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:

– El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

– El acuerdo unánime de todos los firmantes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.

Novena. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Décima. Financiación.

La aportación de la financiación comprometida por el Ministerio de Justicia a que hace referencia la cláusula tercera estará condicionada a la justificación de la efectiva organización por parte de la asociación «24-Août-1944» de las actividades programadas conjuntamente y se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 13.01.91.111N.227.15 del presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia.

Undécima. Transparencia.

El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente portal de transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Duodécima. Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En todo caso, de acuerdo con lo establecido en el citado el capítulo VI del título preliminar de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, las dudas o lagunas que en la interpretación y aplicación de este Convenio puedan suscitarse, se resolverán aplicado los principios contenidos en dicha Ley.

Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, que no hayan sido resueltas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del mismo, deberán solventarse por las partes. Las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse entre las partes serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente Convenio por duplicado en el lugar y fecha señalados al principio.–La Presidenta de la asociación, Véronique Salou Olivares.–La Subsecretaria del Ministerio de Justicia, Cristina Latorre Sancho.

ANEXO I
Plan presupuesto del Convenio entre el Ministerio de Justicia y la asociación «24 de agosto de 1944», para la realización de actividades culturales para la conmemoración del 80 Aniversario del Exilio Republicano Español

Presupuesto 2019

Exposición: «La Utopía en Exilio»

Concepto Importe
Transporte de las obras. 1.440,00 €
Viajes y alojamiento de artistas y otros participantes. 2.640,00 €
Inauguración. 2.160,00 €
Eventos asociados (proyecciones, debates, charlas,…)  
– Viajes y alojamiento. 960,00 €
– Derechos de autor. 3.000,00 €
Carteles y folletos: concepción gráfica. 960,00 €
Carteles y folletos: imprenta. 600,00 €
Carteles y folletos: invitaciones, convocatoria, prensa. 360,00 €
Catálogo: concepción gráfica. 1.800,00 €
Catálogo: imprenta. 1.200,00 €
Seguros. 1.200,00 €
 Total 16.320,00 €

Pintura mural París 

Concepto Importe
Presentación maqueta. 960,00 €
Cubierta protectora para suelo. 300,00 €
Detalle suministros. 2.160,00 €
Realización de la pintura mural. 9.600,00 €
Retiro de la cubierta + limpieza. 600,00 €
Alquiler de andamios por dos meses de obra. 3.000,00 €
Seguro. 360,00 €
 Total 16.980,00 €

Exposición fotos: Philippe Gaussot

Concepto Importe
Preparación de 100 negativos. 100 fotos x 60 € 6.000,00 €

 

Marcos (madera sobre fondo blanco).

 

90 marcos x 36 € 3.240,00 €
10 marcos A1 x 60 € 600,00 €
Paneles biográficos. 3 lonas tendidas A1 x 120 € 360,00 €
Paneles explicativos títulos. 5 lonas tendidas A1 x 120 € 600,00 €
Cartón pluma-soporte para títulos. 100 unidades x 6 € 600,00 €
Fundas para transporte. 4 unidades x 60 € 240,00 €
Envío de la exposición –transportista o vehículo privado– los 500 km. 360,00 €
 Total 12.000,00 €

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