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Documento BOE-A-2019-11186

Orden APA/816/2019, de 28 de junio, por la que se reconocen determinados parajes vitícolas identificados (viñedos singulares) dentro de la Denominación de Origen Calificada "Rioja".

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2019, páginas 82917 a 82925 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-11186

TEXTO ORIGINAL

La Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, en el apartado primero de su disposición adicional cuarta, especifica el uso del nombre de un paraje vitícola identificado, en su condición de «unidad geográfica menor», en vinos de la Denominación de Origen Cava, requiriéndose que los mismos procedan de viñedos ubicados en dicho paraje, situado en el interior de la zona geográfica delimitada, y se ajusten a las condiciones específicas desarrolladas en el pliego de condiciones de dicha Denominación de Origen Protegida.

En el apartado segundo de dicha disposición adicional cuarta se hace extensible esta regulación a las Denominaciones de Origen Calificadas (DOCa) de vinos de ámbito territorial supraautonómico, debiendo desarrollarse sus requisitos específicos en el respectivo pliego de condiciones.

El Consejo Regulador de la DOCa Rioja presentó ante este Departamento una propuesta de modificación del pliego de condiciones que incluía las condiciones específicas para el uso del nombre de viñedos singulares para una serie de parajes vitícolas debidamente identificados.

Conforme a lo establecido en el Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo, por el que se modifica el artículo 10 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, mediante Resolución de 17 de octubre de 2017, de la Dirección General de la Industria Alimentaria («Boletín Oficial del Estado» de 20 de octubre), se dio publicidad a dicha solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOCa Rioja, abriéndose un plazo de información pública durante dos meses, dentro del regulado procedimiento nacional de oposición. Este plazo finalizó el 20 de diciembre de 2017 sin que hubiera habido oposición alguna, por ello, mediante Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria, de 22 de diciembre de 2017 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de enero de 2018), de acuerdo con las facultades que contempla el mencionado Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, esa Dirección General resolvió otorgar decisión favorable a la modificación del pliego de condiciones de la DOCa Rioja.

Entre otras cosas, dicha modificación del pliego de condiciones establece como mención para acompañar a estas unidades geográficas menores, el término «viñedo singular».

En cumplimiento del artículo 17 del Reglamento Delegado 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013, al tratarse de una modificación del tipo normal del pliego de condiciones, se considera aprobada y hecha pública mediante la Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria, de 22 de diciembre de 2017, habiendo sido notificada a la Comisión Europea.

Por otra parte, el Real Decreto 267/2017, de 17 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, y por el que se desarrolla la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, establece en su artículo 14 los requisitos a los que deberán ajustarse las solicitudes a presentar por el operador u operadores que aspiren al reconocimiento de un paraje vitícola identificado.

Examinadas las solicitudes presentadas, el cumplimiento por las mismas de los requisitos previstos en las citadas normas, y teniendo en cuenta tanto los informes preceptivos favorables de los órganos competentes de las comunidades autónomas afectadas, así como el informe favorable de la entidad de gestión «Consejo Regulador de la DOCa Rioja», dispongo:

Reconocer como parajes vitícolas identificados, dentro de la Denominación de Origen Calificada «Rioja» los indicados como Viñedo Singular en el anexo adjunto a la presente Orden.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con la advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición si se hubiera interpuesto.

Madrid, 28 de junio de 2019.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

ANEXO
N.º expte.

Paraje vitícola identificado

Viñedo Singular

Delimitación(1)
Com. Autónoma/provincia Municipio Polígono Parcela Recinto
VS 1 Las Cabezadas de Matadula. Álava. Labastida. 6 294 1
VS 2-1 Finca Santa Cruz. Álava. Elciego. 8 443 1
444 1
445 1
VS 2-2 Finca Senda de las Damas. Álava. Elciego. 6 26 1
VS 2-3 Finca Mata Lobos. Álava. Elciego. 4 139 1
VS 2-4 Finca Tronco Negro. Álava. Elciego. 11 214 1
VS 2-5 Finca la Pared de los Curas. Álava. Navaridas. 2 43 1
VS 2-6 Finca Matacabras. Álava. Navaridas. 4 100 1
VS 2-7 Finca Cerro de la Horca. Álava. Laguardia. 10 17,19 1
VS 2-8 Finca la Medika. Álava. Leza. 3 385 1
384-386 1
VS 2-9 Finca Rio del Valle. Álava. Elciego. 2 103 1
VS 2-10 Finca Senda de la Traición. Álava. Laguardia. 9 378 1
VS 3 Tapias de Marqués de Riscal. Álava. Elciego. 7 664 7
VS 4 Anastasio. Álava. Laguardia. 5 678 1
VS 7 Cerrado del Castillo. La Rioja. Cuzcurrita de Río Tirón. 510 7057 1
901 9000

ETRS 89 UTM 30

X: 502.834,87;Y:4.709.933,79

X: 502.672,96;Y:4.709.966,45

X: 502.672,94;Y:4.710.004,18

X: 502.740,94;Y:4.710.036,93

X: 502.748,66;Y:4.710.047,32

X: 502.834,80;Y:4.710.085,47

X: 502.848,33;Y:4.710.080,47

VS 8 El Tilo de Castillo de Cuzcurrita. La Rioja. Cuzcurrita de Río Tirón. 512 1213 1
1213 2
1218 2
1218 3
VS 9 La Taconera. Álava. Laguardia. 22 1067 1
VS 11 Laukote Gaubela. Álava. Elvillar de Alava. 2 619 1
VS 12 Viñedos de Sonsierra N.º 1. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 12 209 1
VS 13 Viñedos de Sonsierra N.º 2. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 20 299 1
VS 14 Viñedos de Sonsierra N.º 3. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 18 36 1
VS 15 Viñedos de Sonsierra N.º 4. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 20 15 1
61 1
VS 16 Viñedos de Sonsierra N.º 5. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 14 106 2 y 3
VS 17 Viñedos de Sonsierra N.º 6. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 9 26 1
VS 18 Viñedos de Sonsierra N.º 7. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 29 320 1
VS 19 Viñedos de Sonsierra N.º 8. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 29 322, 323 1
VS 20 Viñedos de Sonsierra N.º 9. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 6 461 1
VS 24 El Regalo. Álava. Villabuena de Alava. 4 411 1
VS 25 Valle del Ángel. La Rioja. Cuzcurrita de Río Tirón. 512 1189 1
1273 2
1273 5
VS 26 El Arca. La Rioja. Quel. 6 608 1
VS 27 Ansa. Álava. Elvillar de Alava. 4 875, 876 1
VS 28 Tierra Fidel. Álava. Labastida. 9 260, 261 1
VS 29 Vascomendi. Álava. Lanciego. 5 1436 1
VS 30 Sínodo los Tollos. La Rioja. Villamediana de Iregua. 3 378 1
VS 31 Loli Casado. Álava. Laguardia. 15 662 2
657 2
852 2
862 1
658 1
663 2
VS 32 El Belisario. Álava. Labastida. 6 17, 18 1
VS 33 La Carbonera. Álava. Labastida. 2 85 2 y 8
VS 34 Syc de Mitarte. Álava. Labastida. 9 116 1
120-121 1
VS 35 Entrepeñas. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 22 158 1
159 1
161 1
VS 36 Viña Zaco. La Rioja. Haro. 4 162 1
VS 37

Conde de Valdemar,.

Finca Alto Cantabria.

La Rioja. Logroño. 6 59 5
VS 38 Las Laderas De José Luis. Álava. Baños de Ebro. 1 396 2
398 1
399 1
400 1
401 2
403 1
VS 40 Reminde. La Rioja. San Asensio. 27 40, 41 1
VS 41 Vado de la Reina. La Rioja. Badarán. 3 1308,1372 1
7 182 1
10 458 1
VS 43 Recocinas. Álava. Elvillar De Alava. 3 300 1
VS 45 Eralena. La Rioja. Prejano. 7 1104, 1101 1
VS 46 Canterabuey. La Rioja. Aldeanueva De Ebro. 13 152;78 1
VS 47 Cerro la Isa. La Rioja. Baños de Rio Tobia. 6 798 2
6 163 3
5 693 1
6 35 3 y 4
5 668 1 y 2
6 38 1
6 36 2
VS 48 Palacio. Álava. Laguardia. 7 161 2
162 2
166 1
1383 14
1511 1
1864 1
1956 3
4
5
VS 50 Coscojares. La Rioja. Aldeanueva de Ebro. 13 112,114 1
113 1
VS 51 Sinodo Raposeras. La Rioja. Uruñuela. 5 90 2
VS 52 El Sueño de Amado. La Rioja. Alfaro. 96 57 002
010
132 68 1
VS 53 Puelles Zenus. La Rioja. Abalos. 13 14 1
135 1
225 1
VS 54 Viña Garugele. La Rioja. San Vicente de la Sonsierra. 25 79 1
VS 56 Terroir De Zinio Parcela 624. La Rioja. Huercanos. 14 624 2
VS 66 Finca la Nava de Fuente Vieja. La Rioja. Quel. 5 420, 421, 422, 424 1
419 1
425 1
341 1
VS 67 La Viña de Plácido. Álava. Navaridas. 6 421 1
VS 68 Finca La Emperatriz. La Rioja. Baños de Rioja. 5

10

1,13,14 y 16
VS 69 Caudum Bodegas Larraz. La Rioja. Huercanos. 4 1

PARCIAL

ETRS 69 UTM 30

X: 530086.1758;Y:4698215.8254

X: 530036.2692;Y:4698001.4841

X: 530151.7547;Y:4698005.9836

X: 530103.3220;Y:4698218.6080

VS 70 Viña Gena. Álava. Laguardia. 19 149

5 PARCIAL

ETRS 89 UTM 30

X: 539.735,37;Y:4.705.023,67

X: 539.593,66;Y:4.705.056,39

X: 539.715,72;Y:4.704.909,13

X: 539.582,55;Y:4.704.936,12

149

6 PARCIAL

ETRS 89 UTM 30

X: 539.856,52;Y:4.704.592,07

X: 539.800,09;Y:4.704.552,45

X: 540.035,76;Y:4.704.355,37

X: 540.152,01;Y:4.704.381,86

149

24 PARCIAL

ETRS 89 UTM 30

X: 540.941,04;Y:4.704.622,63

X: 540.903,08;Y:4.704.632,81

X: 540.859,25;Y:4.704.456,47

X: 540.918,50;Y:4.704.442,56

149

2 PARCIAL

ETRS 89 UTM 30

X: 540.940,81;Y:4.704.622,80

X: 541.034,12;Y:4.704.604,85

X: 541.016,27;Y:4.704.416,35

X: 540.919,05;Y:4.704.442,75

VS 71 Viña el Moral. La Rioja. Badaran. 10 1115 1
VS 74 Cantogordo. Álava. Samaniego. 3 207, 60020 1
Baños de Ebro. 2 531 1
VS 75 Montepedriza. La Rioja. Tudelilla. 3 8, 9 1
VS 76 Pradolagar. La Rioja. Logroño. 16 8 1
14 17 4
16 36 3
VS 77 Planas Altas. La Rioja. Alfaro. 116 135 41
VS 78 Ysios Finca el Nogal. Álava. Elvillar de Alava. 4 828 2
829 1
830 1
831 1
VS 79 Ysios Finca las Naves. Álava. Elvillar de Alava. 4 883, 884, 885, 1102 1
VS 80 Ysios Finca Lagunazuri. Álava. Laguardia. 5 614, 1
622 1 y 2
624 1
VS 81 Ysios Finca la Pedrera. Álava. Laguardia. 7 508 1
509 1
1449 2
VS 82 Ojuel Cerrosojón. La Rioja. Sojuela. 3 205 2
VS 83 Ojuel Carrasojuela. La Rioja. Entrena. 13 316, 326, 332, 396 1
14 387, 388, 411 1 y 2
VS 84 Alto Valdemorche. La Rioja. Badaran. 2 467 1
VS 85 Barranco del San Gines. Álava. Laguardia. 7 1941 1, 2 y 3
VS 86 1890 Manzanos. La Rioja. Aldeanueva De Ebro. 22 185

3 PARCIAL

ETRS 89 UTM 30

X: 587.822,87;Y:4.674.853,82

X: 587.766,60;Y:4.674.849,63

X: 587.611,04;Y:4.675.021,06

X: 587.620,85;Y:4.675.044,41

X: 587.659,44;Y:4.675.033,66

X: 587.701,03;Y:4.675.000,12

X: 587.728,51;Y:4.675.007,43

X: 587.832,31;Y:4.674.968,87

VS 87 Gloria de Ostatu. Álava. Samaniego. 2 569, 570, 571 1
572, 574, 1
575 1
VS 88 Laderas del Portillo. La Rioja. Abalos. 4 199 2
200 1
VS 89 Finca el Palacio. Álava. Villabuena de Alava. 4 870 1
VS 90 Viña Chelus. Álava. Samaniego. 2 251 1
252 1 y 2
253 1
258 1
VS 91 El Cristo de Samaniego. Álava. Samaniego. 5 132, 1,2 y 3
60005 1
VS 92 El Regollar. Álava. Villabuena de Alava. 1 358 1
VS 93 Carraquintana. Álava. Leza. 2 70 1
3 90 1
3 89 1
VS 94 Ribagaitas. Álava. Villabuena de Alava. 2 358 1 y 2
379 1
356 1
360 1
VS 95 Camino Leza. Álava. Villabuena de Alava. 1 514 3
VS 96 Prodenero. Álava. Samaniego. 1 213 1
216 1
221

1 PARCIAL

ETRS 89 UTM 30

X: 527.870,51;Y:4.711.936,71

X: 527.859,00;Y:4.711.917,04

X: 527.881,43;Y:4.711.909,62

X: 527.887,66;Y:4.711.895,79

X: 527.903,70;Y:4.711.895,38

X: 527.910,62;Y:4.711.902,91

X: 527.925,08;Y:4.711.909,70

X: 527.928,92;Y:4.711.915,88

X: 527.917,06;Y:4.711.934,11

X: 527.907,80;Y:4.711.932,53

VS 99 Vareia, Beronia. La Rioja. Ollauri. 506 382 2

 

(1) Referencia según el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

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