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Documento BOE-A-2019-11329

Decreto de 22 de julio de 2019, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado Autonómico de la especialidad de Menores, en la Comunidad Autónoma de Galicia, a don José Manuel Ucha López.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2019, páginas 83570 a 83571 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2019-11329

TEXTO ORIGINAL

Primero.

La Instrucción de la Fiscalía General del Estado 5/2008, de 18 de diciembre, sobre adaptación del sistema de nombramiento y estatus de los Delegados de las Secciones especializadas de las Fiscalías, determina la posibilidad de proponer al Fiscal General del Estado el nombramiento de Fiscales Delegados para las Comunidades Autónomas pluriprovinciales en materias actualmente sometidas al principio de especialización, con funciones de coordinación y relación entre los Fiscales especialistas de la Comunidad y de enlace con el Fiscal de Sala Coordinador. El sistema de nombramiento -siguiendo el esquema previsto para los Delegados Provinciales- será a propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de entre los Delegados Provinciales de la especialidad en el territorio.

La Instrucción 1/2015, de 13 de julio, sobre algunas cuestiones en relación con las funciones de los Fiscales de Sala Coordinadores y Fiscales de Sala Delegados, se remite al sistema de nombramiento descrito en la Instrucción 5/2008, como vía para integrar a las Fiscalías de las Comunidades Autónomas pluriprovinciales en la estructura funcional especializada del Ministerio Fiscal.

La Instrucción 3/2008 de la Fiscalía General del Estado, sobre «El Fiscal de Sala Coordinador de Menores y las Secciones de Menores» en su Epígrafe IV.2 señala que En las Comunidades Autónomas pluriprovinciales podrá designarse por el Fiscal General del Estado un Coordinador de Menores para la Comunidad Autónoma, con funciones de relación y coordinación entre los Fiscales especialistas de la Comunidad y de enlace con el Fiscal de Sala Coordinador.

El Coordinador de Menores para la Comunidad Autónoma será propuesto por el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de entre los Coordinadores Provinciales de la Especialidad del territorio autonómico.

Segundo.

El Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Galicia –previa convocatoria de un concurso interno para nombramiento de un Fiscal Delegado Autonómico en materia de Menores– ha propuesto la designación del Ilmo. Sr. don José Manuel Ucha López, Fiscal destinado en la Fiscalía Provincial de Ourense y Delegado provincial de la especialidad, por reunir las condiciones necesarias para su desempeño y ante los específicos méritos profesionales que concurren en él, siendo el único solicitante.

Tercero.

Evacuado el trámite de audiencia, el Fiscal de Sala de Menores en escrito de fecha de 9 de julio de 2019, tras constatar la corrección del procedimiento seguido en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia, manifestó su conformidad con la designación efectuada. El Consejo Fiscal tampoco ha manifestado objeción alguna a la propuesta (art. 3.4 RD 437/1983).

En consecuencia, vista la propuesta efectuada por el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Galicia, oído el Fiscal de Sala de Menores y el Consejo Fiscal, de conformidad con lo previsto en las Instrucciones 5/2008, 1/2015 y 3/2008 de la Fiscalía General del Estado, haciendo propios los argumentos que sirven de fundamento a la propuesta de su designación, acuerdo:

Nombrar Fiscal Delegado Autonómico de la especialidad de Menores, en la Comunidad Autónoma de Galicia al Ilmo. Sr. don José Manuel Ucha López.

Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Cumpliméntese lo acordado en sus estrictos términos.

Madrid, 22 de julio de 2019.–La Fiscal General del Estado, María José Segarra Crespo.

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