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Documento BOE-A-2019-13141

Resolución de 27 de agosto de 2019, de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cataluña, por la que se nombra Subdelegado del Gobierno en Barcelona a don Carlos Prieto Gómez.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 16 de septiembre de 2019, páginas 99910 a 99910 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2019-13141

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 8 de julio de 2019 («BOE» del 15) se anunció convocatoria para proveer por el procedimiento de libre designación el puesto de trabajo de Subdelegado/Subdelegada del Gobierno en Barcelona.

En uso de las competencias que me confieren los artículos 73 y 74 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 617/1997, de 25 de abril, de Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares de la Administración General del Estado, una vez acreditada la observancia del proceso debido y el cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, esta Delegación del Gobierno ha dispuesto el nombramiento de don Carlos Prieto Gómez, funcionario de la escala Técnica Superior de la Administración Especial de la Administración Local, con N.R.P. ***5076*02 A3056, como Subdelegado del Gobierno en Barcelona.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio, a elección del interesado, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Barcelona, 27 de agosto de 2019.–La Delegada del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cataluña, Teresa Cunillera i Mestres.

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