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Documento BOE-A-2019-13171

Resolución de 11 de septiembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 16 de septiembre de 2019, páginas 100302 a 100304 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2019-13171

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1. b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en uso de las atribuciones conferidas a esta Secretaría de Estado por el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se efectúa convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo ofertado podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

Segunda.

Las instancias para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo que se publica como anexo II a esta Resolución, debiendo presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General de este Ministerio (paseo de la Castellana, 67, Nuevos Ministerios, 28071. Madrid), o en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

A cada instancia se acompañará el curriculum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Cuarta.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Quinta.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, 11 de septiembre de 2019.–El Secretario de Estado, Pedro Saura García.

ANEXO I

N.º

orden

Denominación del puesto

N.º plaza

Localidad

Niv.

CD

Complemento específico

Euros

Adscripción

Experiencia y conocimientos

Gr/Sb

Adm.

Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda

Secretaria General de Transporte

Dirección General de Transporte Terrestre

Subdirección General de Ordenación y Normativa de Transporte Terrestre

1

Subdirector/Subdirectora General (3082996).

1

Madrid.

30

25.856,32

A1

AE

-Experiencia en la elaboración de proyectos normativos relativos a la ordenación del mercado de transporte ferroviario y de transporte por carretera, tanto del establecimiento de las reglas básicas del acceso, como del resto de normas que resulten necesarias para el correcto desenvolvimiento de los mismos.

– Experiencia en la participación en la elaboración de normas de la Unión Europea y otras organizaciones internacionales.

– Experiencia en la preparación y organización de reuniones de órganos administrativos colegiados.

– Conocimientos sobre la normativa mercantil aplicable al contrato de transporte terrestre de mercancías, con el fin de la adecuada coordinación de las Juntas Arbitrales del Transporte.

– Experiencia en la elaboración de reglas de coordinación relativas al ejercicio de las competencias delegadas por el Estado en las Comunidades Autónomas en materia de servicios de transporte ferroviario y por carretera.

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