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Documento BOE-A-2019-14238

Resolución de 23 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se aprueban especificaciones particulares y proyectos tipo de Endesa Distribución Eléctrica, SLU.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 4 de octubre de 2019, páginas 109920 a 109922 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2019-14238

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud de 15 de enero de 2019, firmada por don José María Mayo Lainez, presentada ante esta Dirección General el 18 de enero, por don Antonio Gil Vacas, en nombre y representación de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. (en adelante, Endesa), con domicilio en Madrid, calle Ribera del Loira, 60 (código postal 28042), en la que se solicita la aprobación de las siguientes especificaciones particulares y proyectos tipo:

AYZ10000: Proyecto Tipo Línea Aérea de Media Tensión. Edición: diciembre 2018.

DYZ10000: Proyecto Tipo Línea Subterránea Media Tensión. Edición: diciembre 2018.

FYZ10000: Proyecto Tipo Centro de Transformación Interior Local Edificio Planta Calle. Edición: diciembre 2018.

FYZ30000: Proyecto Tipo Centro de Transformación CT Interior Prefabricado. Edición: diciembre 2018.

FYZ31000: Proyecto Tipo Centro de Transformación Prefabricado Rural Bajo Poste. Edición: diciembre 2018.

SRZ001: Especificaciones Técnicas Particulares de Subestaciones AT/MT. Edición 1.ª: Fecha: septiembre 2018.

Considerando los artículos 12 y 14 del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión (RAT) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITCRAT 01 a 23;

Considerando los artículos 13 y 15 del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión (LAT) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09;

Vistas las especificaciones particulares y proyectos tipo presentados,

Visto el certificado de 10 de enero de 2019, firmado por don Alfonso Salvador Andrés, con DNI ***1736**, en calidad de técnico competente, en el que se justifica el cumplimiento de las especificaciones particulares y proyectos tipo presentados,

Visto los correspondientes informes técnicos del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial número 2016093J0431-8, 2016093J0431-9, 2016093J0431-10, 2016093J0431-11, 2016093J0431-12 y 2016093J0431-13 de 20 de diciembre de 2018,

Realizada la consulta pública, habiéndose recibido alegaciones de:

Comunidad Autónoma de Extremadura.

Comunidad Autónoma de Cataluña.

Comunidad Autónoma de Canarias.

Asociación de Fabricantes de Material Eléctrico (AFME),

Considerando las alegaciones recibidas, dando traslado de las mismas a Endesa, así como a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (en adelante, CNMC),

Evaluadas las alegaciones presentadas y las respuestas de Endesa a las mismas por esta Dirección General y por la CNMC, se ha procedido a un proceso de revisión de las especificaciones particulares y proyectos tipo de Endesa, tras el cual presenta una nueva versión de las mismas:

AYZ10000: Proyecto Tipo Línea Aérea de Media Tensión. Edición: mayo 2019.

DYZ10000: Proyecto Tipo Línea Subterránea Media Tensión. Edición: mayo 2019.

FYZ10000: Proyecto Tipo Centro de Transformación Interior Local Edificio Planta Calle. Edición: mayo 2019.

FYZ30000: Proyecto Tipo Centro de Transformación CT Interior Prefabricado. Edición: mayo 2019.

FYZ31000: Proyecto Tipo Centro de Transformación Prefabricado Rural Bajo Poste. Edición: mayo 2019.

SRZ001: Especificaciones Técnicas Particulares de Subestaciones AT/MT. Edición 1.ª: Fecha: mayo 2019.

Vistas la nueva versión presentada de las especificaciones particulares y proyectos tipo, los cuales incluyen los comentarios acordados con esta Dirección General y con la CNMC,

Visto el certificado de 28 de junio de 2019, firmado por don Alfonso Salvador Andrés, con DNI ***1736**, en calidad de técnico competente, en el que se justifica el cumplimiento de las Especificaciones Particulares y Proyectos tipo presentados en su nueva versión con las exigencias técnicas y de seguridad reglamentarias establecidas,

Visto los correspondientes informes técnicos del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial número 2016093J0431M-8, 2016093J0431M-9, 2016093J0431M-10, 2016093J0431M-11, 2016093J0431M-12 y 2016093J0431M-13 de 21 de junio de 2019,

Realizada la petición de informe a la CNMC, preceptivo para las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo con códigos SRZ001, FYZ10000, FYZ30000 y FYZ31000, según establece el punto 3 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-RAT 19, y facultativo para el resto de Proyectos Tipo, sin que se haya emitido informe por la CNMC en lo relativo a estos últimos cuyo informe no era preceptivo,

Considerando el informe emitido por la CNMC en fecha de 5 de septiembre de 2019 relativo a las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo con códigos SRZ001, FYZ10000, FYZ30000 y FYZ31000;

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Aprobar las siguientes especificaciones particulares y proyectos tipo en la edición y fechas indicadas.

Código Título Edición Fecha
AYZ10000 Proyecto Tipo Línea Aérea de Media Tensión. Ed. 1.ª Mayo 2019
DYZ10000 Proyecto Tipo Línea Subterránea Media Tensión. Ed. 1.ª Mayo 2019
FYZ10000 Proyecto Tipo Centro de Transformación Interior Local Edificio Planta Calle. Ed. 1.ª Mayo 2019
FYZ30000 Proyecto Tipo Centro de Transformación CT Interior Prefabricado. Ed. 1.ª Mayo 2019
FYZ31000 Proyecto Tipo Centro de Transformación Prefabricado Rural Bajo Poste. Ed. 1.ª Mayo 2019
SRZ001 Especificaciones Técnicas Particulares de Subestaciones AT/MT. Ed. 1.ª Mayo 2019
Segundo.

Las especificaciones particulares y proyectos tipo aprobadas serán de aplicación para las instalaciones de distribución de energía eléctrica de Endesa Distribución, que se construyan a partir de la entrada en vigor de la presente resolución, con independencia de que sean construidas directamente por la empresa o por terceros que cedan su explotación y titularidad, todo ello sin perjuicio de la prevalencia de la legislación en materia eléctrica y de seguridad industrial vigente en cada momento.

Tercero.

Con independencia de la difusión que de las especificaciones particulares y proyectos tipo aprobados mediante la presente Resolución pudiera llevar a cabo Endesa, se podrá acceder libremente al contenido de los mismos en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Cuarto.

Esta aprobación tendrá los siguientes considerandos:

No se puede entender contenida en esta aprobación cualesquier norma o documento referenciado en el documento aprobado.

La aplicación de estos documentos no podrá incluir condicionantes de tipo económico o administrativo, así como protecciones adicionales a las exigidas reglamentariamente, que supongan una carga para el titular de la instalación privada. Así mismo, no se podrá exigir sobredimensionamientos de la instalación técnicamente no justificados, salvo aquellos derivados de la utilización de las series normalizadas de materiales.

Esta aprobación no supondrá un inconveniente a futuros desarrollos tecnológicos que impliquen la utilización de otras soluciones técnicas, siempre y cuando quede justificada la necesidad y conveniencia del mencionado cambio, en el correspondiente proyecto específico a presentar. Igualmente, esta aprobación se realiza sin perjuicio de que la compañía deba adaptar estas normas a los posibles requerimientos de la autoridad competente con objeto de armonizar las especificaciones particulares de las compañías eléctricas.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», estableciéndose un periodo transitorio de seis meses desde la entrada en vigor, en el que se podrán seguir aplicando especificaciones particulares y proyectos tipo anteriormente vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaria General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 23 de septiembre de 2019.–El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Galo Gutiérrez Monzonís.

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