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Documento BOE-A-2019-15136

Resolución de 9 de abril de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Othman Ktiri.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 22 de octubre de 2019, páginas 115905 a 115906 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-15136

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Othman Ktiri resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Othman Ktiri en virtud de escritura otorgada por el Notario de Palma de Mallorca don Antonio Roca Araño el 8 de febrero de 2018 con el número 454 de protocolo subsanada por otras otorgadas ante el mismo notario los días 5 de octubre de 2018 protocolo 3780 y 5 de febrero de 2019 protocolo 416.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Gran Vía Asima número 36, Polígono Son Castelló, C.P. 07009 (Illes Balears). y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La protección de la infancia y juventud, así como la asistencia a personas con riesgo de exclusión o dificultad social o víctimas de malos tratos.

Quinto. Patronato.

Don Othman Ktiri, la entidad mercantil «Othman Ktiri Group S.L.U.» y doña Caterina Noguera Vidal,

Cargos:

Presidente: Don Othman Ktiri.

Vicepresidente: la entidad mercantil «Othman Ktiri Group S.L.U.» que designa como persona física representante a doña Estelle-Jackie-Marie Génin.

Vocal: Doña Caterina Noguera Vidal.

Secretario no patrono: Don Joan Buades Feliu.

Vicesecretario no patrono: Don Luis David Huerta Pérez.

Tesorero no patrono: Don José Escandell Escandell.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 4 de marzo de 2019

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Othman Ktiri su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 9 de abril de 2019.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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