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Documento BOE-A-2019-15164

Resolución de 10 de septiembre de 2019, de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial, en relación con la solicitud de la empresa "Ziv Aplicaciones y Tecnología, SL", de autorización del modelo para su uso e instalación en la red del contador estático combinado de energía activa clase B y reactiva clase 2, para conexión directa tipo 4, modelo 5CTB-3AB-M.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 22 de octubre de 2019, páginas 116111 a 116114 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2019-15164

TEXTO ORIGINAL

Ref.: DEMAI-MET/AUS-19/01.

Antecedentes de hecho

Primero.

Con fecha 11 de julio de 2019, doña Cristina Martínez Ruiz, en nombre y representación de la empresa ZIV Aplicaciones y Tecnología, S.L., con domicilio en el Parque Tecnológico, 210, 48170 Zamudio (Bizkaia), presentó la solicitud de autorización para su uso e instalación en la red del contador estático trifásico (de energía activa clase B y reactiva clase 2), modelo 5CTB-3AB-M, para conexión directa Tipo 4, de las siguientes características:

Modelo: 5CTB-3AB-M.

Clase: B energía activa y 2 energía reactiva.

Sentido de energía: Bidireccional.

Constante: 4.000 imp/kWh y4.000 imp/kvarh.

Corriente mínima: 0,25 A.

Corriente de referencia: 5 A.

Corriente máxima: 100 A.

Tensión nominal: 127/230 V 230/400 V.

Frecuencia: 50 Hz.

Aislamiento: Doble.

Clase de protección: II.

Grado IP (EN 60529): 53.

Temperatura de operación: -25 ºC a +70 ºC.

Ubicación: Interior.

Entorno mecánico: M1.

Entorno electromagnético: E2.

Segundo.

El pasado 29 de julio de 2019, se recibe en esta Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial el expediente, con informe favorable de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, conteniendo la siguiente documentación:

– Memoria técnica descriptiva del contador marca ZIV, modelo 5CTB-3AB-M, firmada por Cristina Martínez Ruiz (Ingeniero Industrial Colegiado n.º: 4789) y visada por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia con el número 889-2019, de fecha 18 de junio de 2019, en la que se incluye: descripción, características técnicas, esquemas y planos de diseño, procedimiento de fabricación, ubicación de precintos y demás.

– Anexo A de la descripción técnica, en la que ZIV declara que el equipo 5CTB-3AB-M es válido para instalaciones de medida tipo 4, firmada por Cristina Martínez Ruiz y visada por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia con el mismo número y fecha que la memoria anterior.

– Certificado UE de Examen de Tipo n.º 19/190019 ON revisión 0, de fecha 22 de julio de 2019, emitido por el «Instituto Tecnológico de la Energía (ITE)» con nº de Organismo Notificado 1964, de conformidad del contador ZIV modelo 5CTB-3AB-M de energía eléctrica polifásico estático para la medida de energía activa destinado a un uso residencial, comercial o de la industria ligera, con la Directiva 2014/32/EU.

– Anexo aprobado al Certificado UE de Examen de Tipo nº 19/190019 ON.

– Informe de ensayos n.º IE-ITE-190019/EN, emitido por el «Instituto Tecnológico de la Energía (ITE)» a fecha 8 de julio de 2019, Laboratorio de Ensayos acreditado por ENAC con el nº 237/LE554.

– Certificado de ensayos n.º 190019/EN, emitido por el «Instituto Tecnológico de la Energía (ITE)» a fecha 17 de julio de 2019, con la conformidad del contador ZIV modelo 5CTB-3AB-M con las siguientes normas de aplicación:

• ICE/EN 62052-11:2003.

• IEC/EN 62053-23:2003.

• IEC/EN 62054-21:2004.

• IEC/EN 62052-21:2004.

– Declaración de conformidad, de ZIV Aplicaciones y Tecnología, S.L., con la funcionalidad y requisitos exigibles en el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, y demás condiciones de seguridad y compatibilidad electromagnética.

Para la resolución del presente expediente es preciso tener en cuenta los siguientes

Fundamentos jurídicos

Uno. La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 13 del Decreto 74/2017, de 11 de abril (BOPV 21-04-17), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

Dos. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, regula las condiciones de funcionamiento del sistema de medidas del sistema eléctrico nacional, de los equipos que lo integran y de sus características.

Tres. Los contadores estáticos combinados de energía activa clase B y reactiva clase 2, modelo 5CTB-3AB-M para conexión directa Tipo 4, para los que se solicita la autorización del modelo para su uso e instalación en la red, no han sido regulados por Reglamento metrológico específico, por lo que requerirán autorización del modelo para su uso e instalación en la red, de conformidad con lo indicado en el Real Decreto 1110/2077.

Vistos los antecedentes y preceptos legales de aplicación, resuelvo:

Primero.

Otorgar la autorización del modelo para su uso e instalación en la red del contador estático combinado de energía activa clase B y reactiva clase 2, modelo 5CTB-3AB-M, para conexión directa Tipo 4, a la empresa ZIV Aplicaciones y Tecnología, S.L.

Segundo.

De acuerdo con lo indicado en el artículo 8 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, esta autorización tiene validez en todo el territorio del Estado.

Tercero.

ZIV Aplicaciones y Tecnología, S.L., deberá mantener las mismas condiciones que se impusieron a las autorizaciones anteriores y que se resumen en:

a) Los equipos que se comercialicen se corresponderán íntegramente con lo expresado en la documentación presentada para la obtención de la autorización.

b) Si se produjese cualquier modificación en el diseño de los contadores, será preciso para su comercialización e instalación la realización de los ensayos que según la normativa vigente sean de aplicación, y la obtención de una nueva autorización específica para el modelo modificado.

c) El marcado corresponderá con lo indicado en el Real Decreto 244/2016, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.

d) Los equipos estarán sometidos a las verificaciones en origen y sistemáticas establecidas en el reglamento de puntos de medida realizadas por un Verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado previamente a su instalación, y precintados para evitar su manipulación, de acuerdo a los esquemas que aparecen en el anexo de la presente resolución.

Cuarto.

Esta autorización tiene un plazo máximo de validez de cinco años, o el menor que resulte de la aplicación de un nuevo reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica. Esta autorización podrá ser prorrogada por periodos sucesivos iguales previa solicitud.

Cinco.

Ordenar la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de la misma, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vitoria-Gasteiz, 10 de septiembre de 2019.–El Director de Energía, Minas y Administración Industrial, Aitor Oregi Baztarrika.

ANEXO
Ubicación y tipo de precinto de garantía y metrológico

El contador 5CTB 3ABM dispone de un sistema de precinto metrológico o de garantía basado en la tecnología de ultrasonido. Esta tecnología se basa en aplicar una fricción provocada por ultrasonidos en unos puntos de la base en los que existe más material plástico que se derrite por la fricción quedando completamente unido a la pieza de la tapa. La apertura del equipo provoca una rotura en la envolvente que es claramente identificable. Este precintado se realiza en fábrica por ZIV.

Los puntos para el precintado de ultrasonidos se sitúan tal y como se muestra en la siguiente figura.

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