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Documento BOE-A-2019-15210

Resolución de 10 de octubre de 2019, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Red de Conceptualismos del Sur, para la organización conjunta de una serie de proyectos culturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 23 de octubre de 2019, páginas 116679 a 116685 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2019-15210

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Red de Conceptualismos del Sur han suscrito, con fecha 2 de septiembre de 2019, un Convenio para la organización conjunta de una serie de proyectos culturales, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 10 de octubre de 2019.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

ANEXO
Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Red de Conceptualismos del Sur para la organización conjunta de una serie de proyectos culturales

En Madrid, a 2 de septiembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel J. Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía conforme al contrato de alta dirección en entidades del sector público estatal suscrito el 19 de enero de 2008, actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011), y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 6 de abril de 2013). En adelante, MNCARS.

Y, de otra, doña Annabela Tournon, actuando en nombre y representación de la Asociación Red de Conceptualismos del Sur (con código francés SIREN: 814 503 108 y domicilio social en 106 boulevard du Montparnasse, París, Francia), con capacidad suficiente para intervenir en el presente convenio, en su calidad de Secretaria de la citada asociación. En adelante, RedCSur.

Ambas partes, en el carácter en que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para contratar y suscribir el presente convenio, y

EXPONEN

I. El MNCARS es un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, entre cuyos objetivos se encuentra –conforme al artículo 3. a) de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía–, el de promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño.

II. Para la consecución de este objetivo, el MNCARS desarrolla como actividades principales la exhibición ordenada de sus colecciones en condiciones adecuadas a su contemplación y estudio; el desarrollo de programas de exposiciones temporales de arte moderno y contemporáneo; la realización de actividades de divulgación, de formación, didácticas y de asesoramiento en relación con sus contenidos; y el establecimiento de relaciones de colaboración con instituciones culturales, nacionales o extranjeras, para favorecer el intercambio de experiencias y conocimientos, y para la organización conjunta de proyectos culturales.

III. La RedCSur es una asociación sin ánimo de lucro registrada como tal en Francia, entre cuyos fines se encuentran el de generar investigaciones y desarrollar políticas de archivo y experimentos de reactivación de la memoria de experiencias sobre las prácticas «conceptuales‟ que tuvieron lugar en el territorio latinoamericano desde las décadas de los sesentas y los setentas hasta la actualidad; el de construir espacios para el intercambio, la discusión y la intervención política de aquellas investigaciones desarrolladas por los miembros de la Red y generar, a través de dichos espacios, sinergias con los ámbitos académicos e institucionales ya establecidos; el de promover y desarrollar propuestas éticas de políticas públicas y culturales internacionales relacionadas con el acervo material, económico, artístico y simbólico de América Latina; el de la promoción y el desarrollo de herramientas para la cooperación en redes. Para su consecución, la RedCSur puede realizar actividades tales como el desarrollo de proyectos de investigación crítica; la publicación de materiales; la organización de encuentros y seminarios internacionales; la organización de exposiciones y experimentos de reactivación de la memoria ligados con prácticas artísticas y activistas desde los años 1960-1970 hasta la actualidad; favorecer la institucionalización, materialización, puesta en valor, circulación, adquisición y patrimonialización de los archivos relacionados con las prácticas conceptuales de América Latina.

IV. El MNCARS, en cumplimiento de sus fines estatutarios y con el objetivo de promover la colaboración transversal con otras entidades culturales, firmó con la RedCSur –con fecha de 8 de octubre de 2018–, un Convenio Marco con el fin de articular un marco general de colaboración entre el MNCARS y la RedCSur para planificar y ejecutar conjuntamente proyectos culturales que contribuyan a la construcción de un nuevo paradigma institucional en el campo de la intervención cultural y la producción de pensamiento, arbitrándose iniciativas y actividades en el ámbito de sus respectivas competencias. Según la Cláusula Tercera del referido Convenio, «las partes no asumen en virtud del presente convenio compromisos económicos. La asunción de tales obligaciones económicas habrá de ser objeto de desarrollo y concreción ulterior por medio de Convenios específicos de ejecución, en los que se reflejarán pormenorizadamente las acciones concretas a desarrollar y los compromisos asumidos por las partes».

V. En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio Específico de ejecución para concretar las obligaciones jurídicas y financieras respectivas en el desarrollo de una serie de programas culturales conjuntos, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente Convenio Específico de ejecución es el de concretar las actividades y los respectivos compromisos del MNCARS y de la RedCSur para el desarrollo conjunto de una serie de programas culturales.

Segunda. Compromisos del MNCARS.

2.1 En virtud del presente Convenio Específico, el MNCARS asume las siguientes obligaciones con relación a cada proyecto a desarrollar:

2.1.1 Gestión de Archivos:

– Elaboración de contenidos y de la programación del Encuentro «Archivos del Común III y IV», que se realizará en el MNCARS (octubre de 2019 y 2021).

– Elaboración y producción de materiales durante «Encuentro del nodo Archivos», que se celebrará en Santiago de Chile en 2019, como reunión preparatoria del Encuentro «Archivos del Común III».

– Seguimiento y elaboración de informes de los proyectos de preservación, investigación y catalogación de los Archivos en uso: Archivo de resistencia visual (Chile), Clemente Padín (Uruguay), Mariotti (Peru), Luz Donoso (Chile), Cira Moscarda (Paraguay) y Elena Lucca (Argentina).

– Elaboración de contenidos de intercambios entre la RedCSur y el Departamento de Biblioteca y Documentación del MNCARS para la Biblioteca digital / Archivos en Uso.

– Elaboración de informes sobre la situación del Archivo de Artistas Juan Carlos Romero / Asociación Civil y el destino del material.

2.1.2 Exposiciones y actividades públicas:

– Producción de actividades preparatorias para el proyecto expositivo «El giro gráfico».

– Implicación de la RedCSur, desde la perspectiva latinoamericana, en el Encuentro de L'Internationale sobre Antifascismos y producción de materiales de trabajo y difusión.

– Producción de materiales de trabajo de la tercera etapa de las cartografías sobre arte y política en América Latina desde los años sesenta: Bolivia, Venezuela y Uruguay.

2.1.3 Proyecto de Pedagogías críticas:

– Desarrollo de un programa sobre institucionalidad en diálogo con la conformación de la «Escuelita», proyecto de escuela de formación RedCSur.

– Recopilación y revisión de las investigaciones realizadas por los diversos miembros de la RedCSur desde su creación.

– Elaboración de informes anuales con materiales de trabajo y de reflexión resultantes de las tareas desarrolladas conjuntamente.

2.1.4 Proyectos editoriales:

– Producción de contenidos para los proyectos editoriales «Archivos del Común II» y «Archivos del Común III».

– Producción de contenidos parciales del libro «10 años de la RedCSur».

2.2 El coste estimado de los costes asumidos por el MNCARS en virtud de esta Cláusula se detalla en el Anexo I (Presupuesto económico), que es parte integrante del presente Convenio y en el que se desglosan los conceptos de gasto, su distribución por anualidades y su imputación al presupuesto correspondiente del MNCARS.

Tercera. Compromisos de la RedCSur.

3.1 En virtud del presente Convenio Específico, la RedCSur asume las siguientes obligaciones con relación a cada proyecto a desarrollar:

3.1.1 Gestión de Archivos:

– Elaboración de 5 informes locales sobre archivos en América latina y Europa, informes que servirán de base para la programación del Encuentro «Archivos del Común III».

– Producción y gestión de contenidos para la página web «archivosenuso.net», en la que se comunicarán 5 nuevos archivos.

– Organización, producción, gestión y desarrollo del «Encuentro del nodo Archivos», en Santiago de Chile.

– Trabajos de preservación, investigación y catalogación de los Archivo de resistencia visual (Chile), Clemente Padín (Uruguay), Mariotti (Peru), Luz Donoso (Chile), Cira Moscarda (Paraguay) y Elena Lucca (Argentina).

– Producción de los respectivos Archivos en uso.

– Seguimiento de la situación del Archivo de Artistas Juan Carlos Romero / Asociación Civil.

– Organización de encuentros relativos al destino del material que contiene el archivo «Archivos de Artistas Juan Carlos Romero».

– Elaboración de contenidos y seguimiento de publicación «Manual de archivos» donde se compila la experiencia de la RedCSur en la constitución, investigación y socialización de archivos de arte/política en los últimos 10 años.

– Organización del primer archivo de la RedCSur compartido con el MNCARS.

3.1.2 Exposiciones y actividades públicas:

– Itinerancia de la exposición «Perder la forma humana», co-organizada por el MNCARS y la RedCSur. La RedCSur coordinará la activación de la muestra en Montevideo.

– Seguimiento del proyecto expositivo «El giro gráfico».

– Seguimiento de reuniones y elaboración de contenidos para los grupos del laboratorio RCSur.

– Implicación y articulación de la RedCSur en el encuentro de L’Internationale sobre Antifascismos.

3.1.3 Proyecto de Pedagogías críticas:

– Desarrollo del proyecto de la escuela de formación RedCSur.

– Implicación de la RedCSur en el encuentro de L’Internationale sobre Antifascismos.

– Actualización de la declaración instituyente de la RedCSur y protocolos de trabajo en todo lo relativo a las relaciones institucionales con el MNCARS y otros organismos.

3.1.4 Proyectos editoriales:

– Desarrollo de los proyectos editoriales compartidos con el MNCARS: «Archivos del Común II» y «Archivos del Común III».

– Gestión y seguimiento del proyecto del libro «10 años de la RedCSur».

3.2 El coste estimado de los costes asumidos por la RedCSur en virtud de esta Cláusula se detalla en el Anexo I (Presupuesto económico), que es parte integrante del presente Convenio y en el que se desglosan los conceptos de gasto y su distribución por anualidades.

Cuarta. Imagen y difusión.

4.1 Todos los materiales de difusión y comunicación que se editen con motivo de los proyectos culturales mencionados en la cláusula precedente, incluirán mención y el logotipo del MNCARS y de la RedCSur como entidades co-organizadoras.

4.2 A tal fin, la parte encargada de su edición remitirá a la otra con suficiente antelación las pruebas de tales materiales, previamente a su difusión, para ser revisados y obtener la autorización expresa de la otra parte.

4.3 Las partes podrán incluir en tales materiales de difusión los logotipos de otras instituciones, públicas y/o privadas, terceros patrocinadores o colaboradores, que participen en la celebración de las actividades objeto del presente Convenio, previa revisión y aprobación del referido material por la otra parte. Será motivo para denegar dicha aprobación el posible conflicto con patrocinadores o colaboradores propios, por motivos de exclusividad o de pertenencia a un mismo sector de actividad.

Quinta. Vigencia.

El presente convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el Boletín Oficial del Estado, según se establece en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Permanecerá en vigor durante un plazo de 4 (cuatro) años. Finalizado el plazo de vigencia, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga, que será tramitada conforme a lo previsto en el artículo 50 de la citada Ley 40/2015.

Sexta. Modificaciones.

El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de este convenio deberá ser efectuada por escrito y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública prevista en el artículo 50.2. c) de la misma Ley.

Séptima. Causas de extinción.

7.1 El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

7.2 Son causas de resolución del presente Convenio:

a) El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo mutuo entre las partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte afectada podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa conllevará la indemnización de los daños y perjuicios causados teniendo en cuenta, en su caso, la valoración de los gastos asumidos por la parte perjudicada a consecuencia del incumplimiento y hasta el momento de resolución del Convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

Octava. Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.

8.1 Se constituirá una Comisión mixta de vigilancia y seguimiento para la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que del presente convenio pudieran derivarse. La citada Comisión, de composición paritaria, estará integrada por tres representantes del MNCARS y tres de la RedCsur, designados al efecto por cada parte:

– Miembros por parte del MNCARS: Director, Directora de Actividades Públicas y Coordinadora.

– Miembros por parte de la RedCSur: Secretaria y dos Coordinadores.

8.2 La Comisión de Seguimiento se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen jurídico, respecto a lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena. Fuerza mayor.

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato cuando dicho incumplimiento se deba a causas de fuerza mayor, es decir, cuando el incumplimiento derive de un acto, acontecimiento, omisión, circunstancia o ausencia de circunstancia que esté más allá de su control razonable.

Décima. Protección de datos.

Cualquier tratamiento sobre los datos personales al que las partes puedan proceder en el desarrollo de este Convenio se someterá a la normativa de protección de datos personales, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Undécima. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

11.1 El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

11.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la Cláusula Octava. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente convenio, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el MNCARS,  Manuel J. Borja-Villel.–Por la RedCSur, Annabela Tournon.

El presente Convenio ha sido informado favorablemente por Abogacía del Estado con fecha 29 de julio de 2019 y autorizado por el Ministerio de Hacienda el 30 de agosto de 2019

ANEXO I
Presupuesto económico del Convenio (2019-2022)

(Importe en euros, IVA incluido)

Ejercicio económico 2019 2020 2021 2022
Concepto y aplicación presupuestaria

RedCSur

MNCARS

RedCSur

MNCARS

RedCSur

MNCARS

RedCSur

MNCARS

Gestión, coordinación, elaboración de contenidos y/o producción de archivos.

(21.302.33A.227.06).

6.000 7.500 8000 8.000 8.000 8.000 8.000 8.000

Exposiciones y activaciones públicas.

(21.302.33A.227.06).

3.000 3.500 3000 3.000 3.000 4.000 3.000 4.000

Pedagogías críticas.

(21.302.33A.227.06).

5.000 2.000 3000 2.000 3.000 2.000 3.000 2.000

Proyectos editoriales.

(21.302.33A.227.06).

5.000 4.000 5000 4.000 5.000 3.000 5.000 3.000

Gastos difusión.

(21.302.33A.227.06).

1.000 0 1000 0 1.000 0 1.000 0
Total por año. 20.000 17.000 20000 17.000 20.000 17.000 20.000 17.000

 Totales Generales: RedCSur: 80.000 euros. MNCARS: 68.000 euros.

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