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Documento BOE-A-2019-15236

Resolución de 16 de octubre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario de don Alicio García Giménez.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 24 de octubre de 2019, páginas 117092 a 117092 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-15236

TEXTO ORIGINAL

Vista la sentencia número 332/19, dictada el día 3 de junio de 2019 por la Audiencia Provincial de Valencia, Sección Cuarta, dimanante de la Causa Tribunal del Jurado n.º 82/2019-E, por la que se condena a don Alicio García Giménez, funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social, destinado en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Valencia, Administración de la Seguridad Social n.º 1 de Xátiva (n.º 9 de Valencia), como autor criminalmente responsable de un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso medial con un delito continuado de falsedad documental en documento público, concurriendo la atenuante muy cualificada de reparación del daño y la atenuante de confesión, a las penas entre otras de 2 años de prisión e inhabilitación absoluta durante 4 años y 6 meses.

Declarada firme y ejecutoria la sentencia, mediante Auto de fecha 22 de julio de 2019, Procedimiento Ejecutoria Penal n.º 87/2019-F, ha sido suspendida por un plazo de cinco años la pena de prisión y requerido al penado al pago de la responsabilidad civil y costas impuesta por los importes que constan en la sentencia, solicitando la ejecución en cuanto a la condena de inhabilitación absoluta durante 4 años y 6 meses de don Alicio García Giménez.

Considerando lo dispuesto en los artículos 63 y 66 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en los que se establece que la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta, que tuviera carácter firme, produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere, así como lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que igualmente establece que la pena de inhabilitación absoluta produce la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos. Produce, además, la incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, y la de ser elegido para cargo público, durante el tiempo de la condena.

Esta Subsecretaría, en uso de las facultades que tiene conferidas, resuelve:

Declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Alicio García Giménez con anotación correspondiente en el Registro Central de Personal.

Madrid, 16 de octubre de 2019.–El Subsecretario de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Raúl Riesco Roche.

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