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Documento BOE-A-2019-15826

Resolución de 10 de octubre de 2019, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer plaza de la Escala Técnica Media de Gestión de Servicios, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, por el sistema de concurso-oposición.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 5 de noviembre de 2019, páginas 121935 a 121949 (15 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-15826

TEXTO ORIGINAL

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por el Decreto 72/2013, de 12 de julio, por el que se aprueba el Texto Integrado de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena, este Rectorado, con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, de acuerdo con la oferta de empleo público de esta Universidad, correspondiente al año 2017, resuelve:

Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Media de Gestión de Servicios, Especialidad Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad Politécnica de Cartagena, con sujeción a las siguientes:

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la Escala Técnica Media de Gestión de Servicios, Especialidad Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad Politécnica de Cartagena (subgrupo A2), por el sistema de concurso-oposición.

1.2 Las pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; el Decreto 72/2013, de 12 de julio, por el que se aprueba el Texto Integrado de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso, con las valoraciones, pruebas, y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria. La fase de concurso sólo se aplicará a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de las plazas convocadas.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, una vez pagada las tasas del título, la titulación de Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o equivalente y estar en posesión de la certificación que le acredite para desempeñar las funciones de nivel superior establecidas en el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia.

d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Poseer un conocimiento adecuado del castellano. En su caso, se podrá exigir la superación de una prueba que lo acredite.

g) Haber abonado las tasas por derecho de participación establecidos en la presente convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación.

3. Solicitudes

3.1 Forma: Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se acompaña a las presentes bases como anexo III, que será facilitado en el Registro General de la Universidad Politécnica de Cartagena y en la dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias

3.2 Órgano a quien se dirige: Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Cartagena.

3.3 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La presente convocatoria también se publicará en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

3.4. Lugar de presentación: Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena, en la siguiente dirección: https://sede.upct.es/inforegistro.php, en el Registro General de la Universidad Politécnica de Cartagena, plaza Cronista Isidoro Valverde, 30202 Cartagena, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación, tal y como señala el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.

3.5 Los aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la casilla correspondiente del impreso de solicitud. En tal caso, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios que estimen oportunas para la realización de los ejercicios, expresando el motivo de las mismas en la casilla del citado impreso.

3.6 Documentación: A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

a) Documentación acreditativa de la identidad.

– Personas de nacionalidad española: Copia del documento nacional de identidad.

– Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar: Copia del documento que acredite su nacionalidad o pasaporte, así como, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o de estar a cargo de la persona nacional de otro Estado con la que se tenga dicho vínculo. Asimismo, se ha de presentar declaración jurada o promesa de tal persona de que no existe separación de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el o la aspirante vive a sus expensas o están a su cargo. Los documentos indicados se presentarán traducidos al castellano, que será la lengua oficial en la que se realizará el desarrollo de las pruebas selectivas.

b) Documentación acreditativa del nivel de idioma español.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán adjuntar la correspondiente justificación documental de poseer alguno de los títulos o certificados que se indican a continuación:

– Diploma de español nivel B2 o superior, de conformidad con el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera, o certificación académica que acredite haber superado todas las pruebas para la obtención del mismo.

– Certificado de nivel avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

– Título de Licenciado en Filología Hispánica, Románica o grado equivalente o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención de alguno de dichos títulos.

– Certificado de haber superado la prueba de conocimiento de castellano en convocatorias de procesos selectivos de esta Universidad.

– Título alegado para participar en la presente convocatoria emitido por el Estado español.

Aquellos aspirantes que tengan que acreditar el conocimiento del castellano y no adjunten alguno de los documentos justificativos señalados con anterioridad, deberán realizar la prueba de acreditación de conocimiento del castellano.

c) Documentación acreditativa de requisitos académicos.

Copia del título académico. En caso de encontrarse el título en trámite de expedición deberá presentarse, como documento sustitutorio, certificación del organismo correspondiente. En las titulaciones extranjeras, deberá acreditarse la homologación o declaración de equivalencia correspondiente del Ministerio de Educación, conforme a lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

Copia de la acreditación que faculta para el desempeño de las funciones de nivel superior establecidas en el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención.

d) Justificante del abono de la tasa por derechos de participación.

e) Documentación acreditativa de beneficios sobre las tasas aplicables.

Los aspirantes que acrediten bonificaciones por «desempleo» de la tasa por derecho de participación, deberán presentar copia de la certificación de los servicios públicos de empleo de encontrarse en situación de desempleo, expedida durante el plazo de presentación de solicitudes.

Quien abone la tasa por «Carné joven», deberá acompañar a la solicitud fotocopia del «Carné joven» expedido por el órgano competente de la Administración Regional.

Los aspirantes con discapacidad, deberán acreditar el grado de discapacidad mediante documento expedido por órgano competente, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad.

f) Documentación acreditativa de estar en condiciones para el desempeño de la plaza para aspirantes con discapacidad.

Los aspirantes con discapacidad deberán presentar certificación acreditativa de hallarse en condiciones de desempeñar la plaza objeto de esta convocatoria, expedida por el IMAS u órgano equivalente.

g) Justificación de méritos.

La documentación acreditativa de los méritos alegados se presentará numerada y ordenada.

El Tribunal de selección no tendrá en cuenta la documentación acreditativa de los méritos presentada fuera del plazo de presentación de solicitudes.

Los méritos alegados y no acreditados suficientemente, a juicio del Tribunal de Selección, no serán tenidos en cuenta.

Serán motivos de exclusión, entre otros, no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para la plaza convocada y presentar la solicitud fuera del plazo establecido.

3.7 El abono de la tasa: La concurrencia a la convocatoria conlleva un abono de tasa por derechos de participación, que se ingresarán en la cuenta número ES30 2038 3098 4664 0000 0817 de Bankia.

El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de la citada entidad financiera o mediante transferencia a la citada cuenta desde otra entidad financiera. En la solicitud deberá figurar la validación mecánica o sello de la entidad financiera a través de la cual se realiza el ingreso a la cuenta indicada. En su defecto, deberá acompañarse justificante de ingreso de la entidad financiera. En el impreso de solicitud se hará constar el código de ingreso 799/19 seguido del nombre del solicitante y el importe en el espacio destinado al efecto, conforme al siguiente cuadro:

Tipo de tasa

Importe

Euros

Ordinaria

38,78

Carné joven

31,02

Desempleados

19,39

En ningún caso el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en estas bases.

Estarán exentas del pago de esta tasa las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Tendrán la bonificación del 50 por 100 de la cuota, los que se hallen en situación del desempleo en el momento del devengo de la tasa, siempre que las prestaciones le beneficien directamente, debiendo acompañar a la solicitud copia del certificado de los servicios públicos de empleo de encontrarse en situación de desempleo.

Tendrán la bonificación del 20 por 100 de la cuota los que se hallen en posesión del «Carné Joven», debiendo acompañar copia del mismo expedido por el órgano competente de la Administración Regional. Esta bonificación no se acumulará con la establecida en el párrafo anterior.

La falta de abono de la tasa, dentro del plazo de presentación de solicitudes, no es subsanable y determinará la exclusión definitiva del aspirante.

Procederá la devolución de la tasa, en particular, cuando el aspirante renuncie a tomar parte en la convocatoria correspondiente expresándolo así con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, o cuando resulte excluido de su participación en las pruebas por no haber acreditado estar en posesión de los requisitos exigidos en la misma.

3.8 Las personas aspirantes que pertenezcan a una confesión religiosa, en donde el descanso laboral semanal les impida realizar inexcusable y expresamente pruebas selectivas en un día determinado de la semana, deberán aportar durante el plazo de presentación de instancias en el Registro General de la Universidad, una certificación expedida por la autoridad religiosa que corresponda, de su pertenencia a la confesión religiosa que profesen, así como indicar el día de la semana en el que no pueden realizar la citada prueba.

Asimismo, deberán acreditar el precepto legal que les ampara. En el caso de no realizar esta petición en el plazo anteriormente indicado, se entenderán como aceptadas las fechas que el Tribunal establezca para las pruebas selectivas.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena dictará Resolución en el plazo máximo de quince días hábiles que se publicará en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de la exclusión y los aspirantes que deben realizar la prueba de conocimiento de la lengua castellana, cuya admisión queda condicionado a la superación de la prueba, así como el lugar y fecha de celebración de la misma.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará resolución aprobando la relación definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad. Contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto en la forma establecida en el artículo 130 del Decreto 72/2013, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena. El Tribunal se nombrará en la Resolución prevista en la base 4.1 de esta convocatoria.

5.2 En el caso que algún miembro del Tribunal de Selección considere que está incurso en una de las causas de abstención a que se refiere el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Jurídico, deberá dar traslado, mediante escrito, al Rector.

Cuando se produzca la recusación a que se refiere el artículo 24 de la citada ley, el recusado manifestará al Rector, al día hábil siguiente de la fecha de conocimiento de su recusación, si se da o no en su caso la causa alegada. En cualquier caso, el Rector resolverá en el plazo de cinco días hábiles, con las comprobaciones y los informes previos que considere oportunos. Contra esta resolución no cabe recurso, sin perjuicio de que se alegue la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que termine el procedimiento.

En los casos de abstención, de recusación o de causa justificada que impida la actuación de los miembros titulares del Tribunal de Selección, éstos serán sustituidos por los miembros suplentes respectivos.

En el caso de que también en el miembro suplente concurra algunos de los supuestos de impedimento anteriormente mencionados, se procederá a su sustitución correlativamente de entre los suplentes del mismo cuerpo y, si es necesario, se procederá a efectuar un nuevo nombramiento.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Su designación corresponderá al Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, a propuesta del Tribunal.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización, de acuerdo con la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad (BOE del 13).

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad, Unidad de Recursos Humanos, plaza de Cronista Isidoro Valverde, edif. «La Milagrosa», 30202 Cartagena. El Tribunal dispondrá en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, que atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.9 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Prueba de conocimiento de castellano para aspirantes extranjeros

Con carácter previo a la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos al concurso, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, que no hayan aportado alguno de los títulos o certificados a los que se refiere la base 3.6.b), deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

El Tribunal calificará esta prueba de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para continuar formando parte de los procedimientos selectivos.

7. Desarrollo de los ejercicios

7.1 El orden de actuación de los opositores en aquellos ejercicios que sea necesario, se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «Q», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 15 de marzo de 2019 (BOE del 18). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Q», el orden de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «R» y así sucesivamente.

7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

7.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

7.4 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

7.5 La publicación de la celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad y en la dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

7.6 Las relaciones de aprobados de las sucesivas pruebas se en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad y en la dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias.

7.7 En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7.8 Una vez publicada la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, el Tribunal recabará de la Universidad Politécnica de Cartagena la información sobre los méritos de la fase de concurso de los aspirantes que han superado esta fase. Con dicha información, el Tribunal elaborará la relación provisional de los aspirantes con la puntuación de la fase de concurso. El Tribunal publicará, en el Tablón Oficial Electrónico y en la dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias/act/convocatorias.php la relación antes citada. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación para presentar reclamaciones.

8. Lista de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el Tablón Oficial Electrónico, y en la dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias/act/convocatorias.php, la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, por orden de puntuación alcanzada, teniendo en cuenta lo establecido en la base 5.9.

8.2 El Tribunal elevará propuesta al Rector de los aspirantes que han superado el proceso selectivo.

8.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará atendiendo a la petición de destino realizada por éstos de acuerdo con la puntuación total obtenida, a la vista de los puestos de trabajo vacantes que se oferten.

9. Presentación de documentos

9.1 En el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, éstos deberán presentar, en la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad Politécnica de Cartagena, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título o certificación académica que acredite estar en posesión, del título de Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o certificación académica que acredite haber realizado y superado todos los estudios necesarios para la obtención del mismo. Así como fotocopia de la acreditación que faculta para el desempeño de las funciones de nivel superior establecidas en el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención.

b) Certificado médico oficial, acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a la Escala y Especialidad.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Los nacionales de otros Estados deberán presentar documento acreditativo de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Una fotografía tamaño carnet.

f) Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad Social, en su caso.

g) Código cuenta cliente.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10. Nombramiento de funcionarios de carrera

10.1 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

10.2 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», de la resolución de nombramiento.

11. Lista de espera para interinidades

11.1 Con el fin de atender las necesidades urgentes que se produzcan hasta la celebración de nuevas pruebas selectivas, se procederá a constituir una lista de espera con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición o hayan obtenido un 30% de la puntuación máxima establecida para dicha fase. La lista de espera se ordenará de mayor a menor puntuación, sumando la puntuación obtenida en la fase de concurso más la puntuación de la fase de oposición.

11.2 Los posibles empates se resolverán por la aplicación sucesiva de los siguientes criterios: mayor puntuación en la fase de concurso, mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición, mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición y, en caso de persistir, se resolverá por orden alfabético de apellidos comenzando por la letra señalada en la base 7.1.

12. Norma final

12.1 La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de aquélla, que agoten la vía administrativa, podrán ser recurridas en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación. No obstante, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

12.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cartagena, 10 de octubre de 2019.–El Rector, Alejandro Díaz Morcillo.

ANEXO I
Ejercicios y valoración

1. El procedimiento de selección de los aspirantes, constará de las fases de concurso y de oposición.

1.1 Fase de oposición. Se valorará con un máximo de 60 puntos y constituirá el 60% del total de la puntuación de la prueba. Esta primera fase estará formada por los ejercicios que a continuación se indican:

Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en contestar a un cuestionario de 80 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido total del programa. Cada respuesta errónea deducirá un tercio del valor asignado a cada respuesta correcta. Los aspirantes dispondrán de un máximo de 100 minutos para la realización del ejercicio.

La puntuación del primer ejercicio será de 0 a 30 puntos, donde la puntuación de 15 es el 50% del ejercicio. Los concursantes necesitarán un mínimo de 15 puntos para aprobar.

Segundo ejercicio: Se valorará de 0 a 30 puntos, donde la puntuación de 15 es el 50% del ejercicio. Tendrá carácter eliminatorio. Para realizarlo será necesario haber superado el primer ejercicio. Consistirá en la realización de un supuesto o prueba práctica a elegir de dos, basado en el programa, desglosado o no en preguntas, cuya respuesta se formulará por escrito y será leído ante el Tribunal, siendo necesario obtener la calificación de 15 puntos para superarlo.

Los aspirantes dispondrán de un máximo de 120 minutos para la realización del mismo.

1.2 Fase de concurso. No tendrá carácter eliminatorio y sólo se aplicará a los aspirantes que superen la fase de oposición. La puntuación máxima de esta fase será de 40 puntos y constituirá el 40% del total de la puntuación de la prueba.

Los méritos a valorar serán los siguientes:

– Servicios prestados en la Universidad Politécnica de Cartagena como personal funcionario en el grupo A2 o como personal laboral en el grupo profesional II en puestos de trabajo que tengan asignadas funciones en materia de prevención de riesgos laborales, a razón de 0,303 puntos por cada mes de servicios prestados, hasta un máximo de 40 puntos.

– Servicios prestados en otras administraciones públicas como personal funcionario en el grupo A2 o como personal laboral en el grupo profesional II en cuerpos y escalas o categorías profesionales con funciones de prevención de riesgos laborales, a razón de 0,015 puntos por cada mes de servicios prestados, hasta un máximo de 2 puntos.

– Servicios prestados en la Universidad Politécnica de Cartagena como personal funcionario en el grupo inmediatamente inferior o superior o como personal laboral en el grupo profesional inmediatamente inferior o superior en puestos de trabajo que tengan asignadas funciones en materia de prevención de riesgos laborales, a razón de 0,061 puntos por cada mes de servicios prestados, hasta un máximo de 8 puntos.

La acreditación de la realización de las funciones, cuando se trate de servicios prestados en la Universidad Politécnica de Cartagena, la realizará el responsable del área administrativa donde el aspirante haya prestado sus servicios.

2. La calificación final del proceso vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso del proceso selectivo. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para la superación de la fase de oposición.

3. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios: la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición y, por último, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de persistir, se resolverá por orden alfabético de apellidos comenzando por la letra señalada en la base 7.1.

ANEXO II
Programa de materias

Escala Técnica Media de Gestión de Servicios, Especialidad Prevención de Riesgos Laborales

Parte general

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia. Las competencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Órganos institucionales.

Tema 2. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo

Tema 3. Aspectos fundamentales del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ámbito de aplicación. Derechos de los ciudadanos. Actos administrativos. El procedimiento administrativo. Revisión de los actos en vía administrativa. Notificaciones. Silencio administrativo

Tema 4. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. El principio de igualdad en el empleo público.

Tema 5. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Transparencia de la actividad pública.

Tema 6. Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los empleados públicos. Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio. Pérdida de la relación de servicio. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.

Tema 7. La Ley Orgánica 6/2001, de Universidades: Funciones y autonomía de las Universidades. Las Universidades públicas. Estructura. Gobierno y representación de las Universidades públicas.

Tema 8. La Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas: acceso, rectificación y cancelación. Los ficheros de titularidad pública: creación, modificación o supresión. Comunicación de datos entre Administraciones Públicas. La Agencia de protección de datos: funciones. El Registro General de Protección de Datos.

Tema 9. Los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena: Naturaleza, funciones y autonomía de la universidad. Organización académica. Los Departamentos y centros. Institutos universitarios de investigación. Los servicios universitarios.

Tema 10. Los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena: Actividad universitaria. Régimen económico y financiero.

Tema 11. Los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena: El personal de administración y servicios. El personal docente e investigador. Los alumnos.

Tema 12. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación. Negocios y contratos excluidos. Contratos del sector público. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público.

Parte específica

Tema 13. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo. Concepto de salud y condiciones de trabajo. Factores de riesgo y técnicas preventivas.

Tema 14. Gestión de la prevención de riesgos laborales. La evaluación de los riesgos laborales. Planificación de la actividad preventiva.

Tema 15. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre): Objeto, ámbito y definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.

Tema 16. Vigilancia de la salud. Objetivos y funciones de la Medicina del Trabajo. Primeros auxilios: sistema PAS. Técnicas de reanimación cardiopulmonar. Hemorragias, quemaduras, heridas, traumatismos, intoxicaciones de origen laboral. Pautas de actuación básicas

Tema 17. Normativa en prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas.

Tema 18. Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia: objetivos y funciones

Tema 19. Equipos de protección individual. Funciones y limitaciones. Selección, utilización y conservación. Clasificación y tipos. Normativa aplicable.

Tema 20. Plan de autoprotección. Definición. Objetivos de un plan de autoprotección. Estructura y contenido de un plan de autoprotección.

Tema 21. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos, principios de la acción preventiva. Derechos y deberes de los trabajadores. Órganos de prevención.

Tema 22. Daños para la salud derivados del trabajo: concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Otras patologías derivadas del trabajo. Costes de los daños para la salud. Notificación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Normativa aplicable. Estadísticas de siniestralidad laboral. Índices estadísticos y su significado.

Tema 23. El Plan de prevención de riesgos laborales de la Universidad Politécnica de Cartagena.

Tema 24. La formación en prevención de riesgos laborales: derechos y obligaciones. Normativa aplicable.

Tema 25. Coordinación de actividades empresariales.

Tema 26. Riesgos específicos en laboratorios. Normativa aplicable.

Tema 27. Riesgos específicos en el sector servicios. Normativa aplicable.

Tema 28. Seguridad en el trabajo. Riesgos laborales y daños derivados del trabajo. Técnicas de seguridad.

Tema 29. Métodos de evaluación de riesgos de accidentes. Su importancia en relación con la planificación de la prevención. Cálculo de la magnitud del riesgo en función de la probabilidad de que se produzca y de la severidad del mismo.

Tema 30. Investigación de accidentes. Concepto, objetivos y metodología. Teoría de la causalidad. La investigación de accidentes como técnica de análisis de riesgos. Análisis de causas mediante la metodología del «árbol de causas». Medidas preventivas.

Tema 31. Señalización de seguridad. Concepto y clases de señalización. Normativa aplicable.

Tema 32. Lugares de trabajo. Características que deben reunir. Normativa aplicable.

Tema 33. Manutención mecánica de materiales. Elevación, transporte y almacenamiento. Riesgos y medidas de prevención. Normativa aplicable.

Tema 34. Equipos de trabajo. Herramientas manuales. Protección de máquinas: resguardos y dispositivos de seguridad. Selección de medios de protección. Mantenimiento y conservación. Normativa aplicable.

Tema 35. Clases de fuego. Cadena del incendio. Detección de incendios e instalaciones de alarma. Plan de emergencia y evacuación. Extinción de incendios. Equipos manuales y sistemas fijos. Normativa aplicable.

Tema 36. Prevención y protección contra el riesgo de explosión. Definición y clasificación de las explosiones. Utilización de explosímetros. Normativa aplicable.

Tema 37. El riesgo eléctrico. Parámetros que intervienen en el efecto sobre el cuerpo humano. Contactos eléctricos directos e indirectos. Sistemas generales de protección en alta y baja tensión. Normativa aplicable.

Tema 38. Trabajos de especial peligrosidad: trabajos en altura y en espacios confinados. Riesgos generales y específicos. Permiso de entrada y de trabajo. Medidas de prevención. Normativa aplicable.

Tema 39. Recipientes, equipos y aparatos a presión. Instalaciones de aire comprimido. Riesgos y medidas de prevención. Normativa aplicable.

Tema 40. Higiene Industrial. Conceptos generales y definición. Criterios de clasificación de los contaminantes.

Tema 41. Sustancias y mezclas químicas. Clases y categorías de peligro. Etiquetas y fichas de datos de seguridad. Normativa aplicable.

Tema 42. Almacenamiento y manipulación de productos químicos. Normativa aplicable.

Tema 43. Agentes químicos. Vías de entrada, distribución metabolización y eliminación de los contaminantes

Tema 44. Agentes biológicos. Clasificación. Medidas de protección y control de la exposición. Normativa aplicable.

Tema 45. Procedimientos generales de control de la exposición laboral a contaminantes químicos. Técnicas de ventilación para el control de la exposición laboral a contaminantes químicos. Ventilación por dilución y ventilación por extracción localizada. Conceptos, ventajas, aplicaciones. Normativa aplicable.

Tema 46. Contaminantes físicos. Ambiente térmico: concepto, efectos sobre el organismo. Balance térmico. Control de las exposiciones. Normativa aplicable.

Tema 47. Contaminantes físicos. Ruido y vibraciones: concepto, efectos sobre el organismo. Evaluación de la exposición. Sistemas de medición. Sistemas de control. Normativa aplicable.

Tema 48. Ergonomía. Conceptos y objetivos. Metodología ergonómica. Principios ergonómicos en la legislación española y en normas técnicas.

Tema 49. Pantallas de visualización de datos. Riesgos derivados del uso de P.V.D. Acondicionamiento de los puestos de trabajo con P.V.D. Normativa aplicable.

Tema 50. Carga física de trabajo. Conceptos trabajo dinámico y estático. Consecuencias derivadas de la carga física. Fatiga física. Lesiones y patologías. Factores de riesgo asociados: manipulación manual de cargas, posturas y movimientos repetitivos. Normativa aplicable.

Tema 51. Carga mental de trabajo. Conceptos. Factores determinantes de la carga mental. Consecuencias. Evaluación de la carga mental. Medidas de prevención.

Tema 52. Psicosociología. Concepto y objetivos. Motivación y satisfacción laboral. Factores de naturaleza psicosocial: individuales, de la tarea y de la organización. Consecuencias de los factores psicosociales nocivos: estrés, insatisfacción, síndrome del «quemado» (burnout) y hostigamiento psicológico (mobbing).

Tema 53. Iluminación y color en los puestos de trabajo. Magnitudes y unidades. Funciones visuales. Principales requisitos de la iluminación. Sistemas de iluminación. Normativa aplicable.

Tema 54. Concepción y diseño de puestos de trabajo. Criterios ergonómicos generales aplicables al diseño. Dimensiones y configuración del puesto. Espacios de trabajo. Requisitos ergonómicos para el diseño del mobiliario, los equipos de trabajo y las herramientas.

Tema 55. Métodos de evaluación de los factores psicosociales nocivos. Método ISTAS, método FPSICO del INSSBT. Intervención psicosocial.

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INSTRUCCIONES GENERALES

El impreso puede cumplimentarse mediante el procesador de textos Word, a máquina o con bolígrafo. En este último caso escriba sobre superficie dura utilizando mayúsculas de tipo imprenta.

Asegúrese que los datos resultan claramente legibles en todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones enmiendas o tachaduras.

No olvide firmar el impreso.

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD:

1. Cuerpo, Escala o Categoría. Consignar el texto que sobre la Escala, Cuerpo o Categoría figura en la base 1.1 de la convocatoria.

2. Especialidad. Consignar el texto que, en su caso, figure en la base 1.1 de la convocatoria

3. Forma de acceso. Indique L para el acceso libre y, en el caso de que la convocatoria prevea reserva de plazas para personas con discapacidad, reúna los requisitos fijados en la convocatoria y desee presentarse por este cupo, indique D.

4. Fecha «BOE». Señale la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

5. Discapacidad. Consigne, en su caso, el porcentaje de discapacidad que padece.

6. Reserva para discapacitados. Marcar con una «X» el recuadro en el caso de haber señalado D en el punto 3.

7. Adaptación que se solicita y motivo de la misma. En el caso de haber señalado en el punto 5 de la solicitud el porcentaje de discapacidad que padece, indicar las adaptaciones de tiempos y medios para la realización de el/los ejercicio/s que, en su caso, precise.

22. Nación. Indicar sólo en el caso de residentes en el extranjero.

24. Servicios prestados en la Universidad Politécnica de Cartagena. Marcar con una «X»: SI o NO.

Consigne en el recuadro destinado a Código de ingreso el que aparece en la base 3.7.

Consigne en el recuadro destinado a Importe el correspondiente a los derechos de examen de acuerdo con la base 3.7.

INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA SOLICITUD:

Para el abono de los derechos de examen presente la solicitud, una vez cumplimentada, en cualquier oficina o sucursal de Bankia, o en cualquier otra entidad financiera en el caso de que vaya a realizar el pago mediante transferencia.

Una vez abonados los derechos de examen presente la solicitud conforme a lo establecido en la base 3.4.

Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta que figura en la convocatoria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/10/2019
  • Fecha de publicación: 05/11/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 27 de enero de 2020 (Ref. BOE-A-2020-1971).

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