Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-15944

Resolución de 5 de noviembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Asociación los pueblos más bonitos de España, para la edición de la Guía de los pueblos más bonitos de España y para la celebración de la III Jornada sobre Turismo, Innovación y Medio Ambiente en la España Rural.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 7 de noviembre de 2019, páginas 122873 a 122880 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2019-15944

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Asociación los pueblos más bonitos de España para la edición de la guía de los pueblos más bonitos de España y para la celebración de la III Jornada sobre Turismo, Innovación y Medio Ambiente en la España Rural.

Madrid, 5 de noviembre de 2019.–La Secretaria de Estado de Turismo, Isabel María Oliver Sagreras.

CONVENIO ENTRE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Y LA ASOCIACIÓN LOS PUEBLOS MÁS BONITOS DE ESPAÑA PARA LA EDICIÓN DE LA GUÍA LOS PUEBLOS MÁS BONITOS DE ESPAÑA 2020 Y PARA LA CELEBRACIÓN DE LA III JORNADA SOBRE TURISMO, INNOVACIÓN Y MEDIO AMBIENTE EN LA ESPAÑA RURAL

Madrid, a 28 de octubre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, doña Isabel M.ª Oliver Sagreras, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 535/2018, de 18 de junio («Boletín Oficial del Estado» núm. 148, del 19), actuando al amparo del artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 5 del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y conforme a la estructura ministerial establecida en el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio.

De otra, don Francisco Manuel Mestre ,Acosta con documento de identificación **.**4.403P, en calidad de Presidente, en nombre y representación de la Asociación los pueblos más bonitos de España (en adelante ALPMBDE) (NIF G-****8558), con poder concedido para representar legalmente a la asociación ante toda clase de organismos públicos o privados, según el artículo 15, apartado a), de sus Estatutos y el nombramiento de Presidente de la asociación según el certificado de acta de elección o modificación de los titulares de la Junta Directiva de fecha 2 de junio de 2015.

Ambas partes intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que tienen conferidas para convenir, en nombre de las entidades que representan.

En su virtud, y dentro de las normas que resultan de aplicación a cada una de dichas entidades,

MANIFIESTAN

I. Que la Secretaría de Estado de Turismo realiza cuantas acciones sean precisas para la definición, desarrollo, coordinación y ejecución de las políticas turísticas del Estado, sin perjuicio de las competencias de la Comisión Interministerial de Turismo, así como las relaciones turísticas institucionales de la Administración General del Estado con organizaciones internacionales, públicas o privadas, y la cooperación turística internacional, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Además, y a través del Instituto de Turismo de España (Turespaña), O.A., cuya Presidencia le corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Turismo, ejerce la función de promoción exterior del turismo.

II. Que la ALPMBDE, es una asociación sin ánimo de lucro radicada en Cataluña y cuya actividad se centra en la protección del patrimonio, el desarrollo económico y la promoción turística de la España de interior mediante el impulso de un turismo no estacional y sostenible.

Que la ALPMBDE, para el desarrollo de su actividad de promoción, necesita editar e imprimir su Guía 2020 en español además de traducirla al inglés y editarla e imprimirla en dicho idioma, así como, de cara al análisis y resolución de los problemas de sus asociados, organizar la III Jornada sobre Turismo, Innovación y Medio Ambiente en la España rural.

III. Que la guía de los pueblos más bonitos de España es junto a su página web la principal herramienta de comunicación de la asociación en ferias sectoriales nacionales e internacionales, oficinas de turismo, embajadas y consulados de España en el mundo.

IV. Que la III Jornada de los pueblos más bonitos de España sobre «Turismo, Innovación y Medio Ambiente en la España rural» persigue debatir y dar respuesta a los problemas de la España de interior tales como la despoblación, el desempleo y el olvido, y abordar posibles respuestas que desde el marco político a la actividad privada generen iniciativas que promuevan su desarrollo, su capacidad de crear empleo y fijar población.

Por ello, a la vista de lo expuesto, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente Convenio, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Es objeto del presente Convenio la colaboración entre las partes para la edición y su traducción al inglés de la guía de los pueblos más bonitos de España 2020, así como lograr que III Jornada sobre Turismo, Innovación y Medio Ambiente en la España Rural, a celebrar el día 7 de noviembre de 2019, en el Palacio del Senado (Madrid), sea un gran éxito tanto a nivel de debate turístico y conclusiones efectivas, como a nivel mediático y de visibilidad nacional e internacional, de forma que reporte importantes beneficios, tanto a la marca turística España, como a la relevancia del turismo y los flujos turísticos hacia España.

Segunda. Bases de colaboración.

Para la consecución del objeto del Convenio, las partes se comprometen a realizar las siguientes actuaciones:

2.1 Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo.

2.1.1 En el ámbito de celebración de la III Jornada:

– Facilitar la intervención de un representante que el Gobierno considere, en la ceremonia de apertura de la III Jornada en el Senado.

– Difundir la colaboración con la ALPMBDE mediante este convenio, a través de los canales propios que la Secretaría de Estado de Turismo estime convenientes, dada la naturaleza del evento y el grado de inserción en sus políticas.

– Realizar una aportación económica a la ALPMBDE por importe de 3.000 €, (IVA no incluido), como aportación dineraria, para aplicarla a gastos generados en la organización del evento como son los derivados de las pernoctaciones de invitados, gastos de traducción y gastos de displays, identificaciones y papelería.

2.1.2 En el ámbito de la Guía 2020 los pueblos más bonitos de España:

– Facilitar la intervención de una autoridad que el Gobierno considere para que aparezca en el prólogo de la obra a publicar.

– Difundir la colaboración con la ALPMBDE mediante este convenio, a través de los canales propios que la Secretaría de Estado de Turismo estime convenientes, atendiendo al tipo de publicación, los sectores turísticos interesados en su difusión y el grado de inserción en sus políticas.

– Realizar una aportación económica a la ALPMBDE por importe de 17.000 €, (IVA no incluido), como aportación dineraria, para aplicarla a gastos generados en la traducción, edición e impresión en inglés de la guía.

2.2 Actuaciones de la Asociación Los pueblos más bonitos de España.

2.2.1 Actuaciones en el ámbito de la celebración de la III Jornada:

– Toda actuación relativa a la dirección y secretaría técnica de la III Jornada incluyendo la asistencia a los participantes procedentes tanto de instituciones públicas como privadas así como la preparación de materiales y de los medios de comunicación, incluyendo su evaluación y justificación hasta darse por cumplido el presente convenio.

– Toda actuación relativa a la gestión y logística para el desarrollo integral de la III Jornada.

– Facilitar la intervención de una representación que el Gobierno considere, en la ceremonia de apertura de la III Jornada incluyéndolo así en su programa oficial.

– Aportación del auditorio en el que se celebrará el evento, durante los días que tenga lugar.

– Aportación del personal auxiliar que faciliten el trabajo necesario para el desarrollo del evento durante sus días de celebración.

– Aportación de los audiovisuales, traducción simultánea, decoración y cualquier tipo de material necesario para el desarrollo del evento.

– Aportación económica para aplicarla a gastos de alojamiento, manutención y catering generados en la celebración de la III Jornada.

2.2.2 En el ámbito de la Guía 2020 los pueblos más bonitos de España:

– Dirección y secretaría técnica de la guía incluyendo la preparación de la documentación relativa a cada uno de los contenidos y su actualización así como el contacto con la instituciones públicas y privadas relacionadas y presentes en la guía.

– Gestión y asistencia logística para la preparación de los textos de la guía a efectos de la traducción, edición e impresión de la guía.

– Gestionar la intervención de una representación que el Gobierno considere, en el prólogo de la guía.

– Difundir la colaboración con la Secretaría de Estado de Turismo mediante este convenio a través de los canales propios de la ALPMBDE e incluir el logotipo de la Secretaría de Estado de Turismo, como socio oficial en las acciones de comunicación de la Guía 2020 dirigidas a los medios de comunicación y otros públicos objetivos. Se incluirá en todo tipo de comunicación impresa, online y redes sociales sin que esto exima la presencia de otras instituciones y/o empresas. Con ello se difunde la colaboración.

– Realizar una aportación económica como aportación dineraria, para aplicarla a gastos generados en la traducción, edición e impresión en inglés de la guía.

Todos los diseños de los materiales de comunicación, publicidad y promoción desarrollados y utilizados que incluyan o utilicen de alguna forma el nombre, el logotipo o cualquier otro símbolo de la Secretaría de Estado de Turismo deberán ser aprobados expresamente y por escrito por la Secretaría de Estado, con carácter previo a su reproducción, exhibición y distribución, a los efectos de comprobar el cumplimiento de lo previsto en el presente Convenio y de asegurar que no existe en los materiales sometidos a aprobación nada que pueda dañar su imagen. En su caso, la denegación de la aprobación deberá ser motivada y fundamentada en las causas expuestas.

Para dicha aprobación, se entregarán a la Secretaría de Estado de Turismo las correspondientes pruebas junto a la solicitud de aprobación, debiéndose aprobar o rechazar dichos materiales en el plazo de cinco días a contar desde la recepción de la solicitud. La falta de respuesta una vez transcurrido dicho plazo será entendido como una aprobación tácita de dichos materiales.

Tercera. Cesión de derechos de imágenes y material audiovisual.

La ALPMBDE cederá gratuitamente a la Secretaría de Estado de Turismo y a Turespaña los derechos de uso de todas aquellas imágenes y material audiovisual que se genere durante la celebración de la III Jornada, para los fines indicados en este documento, por un período de veinticuatro meses desde su entrega a la Secretaría de Estado de Turismo.

Los derechos de reproducción total o parcial de las imágenes y el material audiovisual obtenidos como consecuencia de lo estipulado en el presente Convenio, a favor de Secretaria de Estado de Turismo, serán otorgados por la ALPMBDE, sin coste alguno para Secretaría de Estado de Turismo.

Se establece la titularidad compartida entre la Secretaría de Estado de Turismo y la asociación los pueblos más bonitos de España en la producción de la Guía 2020 Los pueblos más bonitos de España.

Cuarta. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a guardar confidencialidad sobre cualquier tipo de dato proporcionado por cualquiera de ellas, especialmente de los datos de carácter personal, de conformidad con lo estipulado en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y se obligan a no hacer uso de los datos para una finalidad distinta de la que motiva el desarrollo del presente Convenio y, en consecuencia, a no utilizarlos ni publicarlos de ninguna forma que exceda dicha finalidad. Igualmente, las partes se obligan a cumplir las medidas de seguridad y demás obligaciones derivadas de la legislación de protección de datos de carácter personal.

Quinta. Compromisos económicos.

La Secretaría de Estado de Turismo se compromete a aportar un máximo de 20.000 euros (IVA no incluido) a la ALPMBDE en calidad de gastos de participación en la III Jornada y edición, impresión y traducción de la Guía 2020, según consta en el apartado 2.1 de la cláusula segunda de este Convenio.

La financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.640.08 proyecto de inversión N.º 2018 20 04 0001, del Presupuesto de Gastos de la mencionada Secretaría de Estado para el año 2019 Presupuesto para el 2018 prorrogado durante 2019–.

Por otra parte, la ALPMBDE, como organizador principal de la III Jornada, se compromete a aportar un máximo de 20.000 euros (IVA no incluido) para llevar a cabo las actividades previstas en el apartado 2.2 de este Convenio, efectuando, en su caso, y conforme a la normativa en vigor, las contrataciones necesarias para la ejecución de las mismas.

El total de las aportaciones económicas se realizarán por los importes y con el desglose presupuestario que figura detallado en el anexo I de este Convenio.

Sexta. Justificación y régimen de pagos.

A la finalización de las actuaciones objeto de este Convenio, la ALPMBDE remitirá a la Secretaría de Estado de Turismo la documentación justificativa del gasto realizado, y una memoria detallada de todas las actividades realizadas.

La Comisión de Seguimiento, elaborará un Informe final en el que se detallará la realización de la totalidad de las actuaciones del Convenio, y examinará la documentación justificativa para proceder, en su caso, al pago correspondiente.

El abono a la ALPMBDE se efectuará mediante un único pago.

Séptima. Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, se constituirá una Comisión, formada por una representación paritaria de las partes firmantes.

La Comisión de Seguimiento estará formada por un miembro en representación de cada una de las partes firmantes, que se reunirá al menos una vez con el fin de realizar un seguimiento de la colaboración establecida. Por parte de la Secretaría de Estado de Turismo, la Secretaria de Estado de Turismo designará un representante, actuando como presidente de la comisión.

La Presidencia de la Comisión ejercerá las funciones que establece el artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, salvo la de dirimir con su voto los empates.

Los acuerdos de esta Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros.

La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en la ejecución del Convenio.

Octava. Régimen aplicable.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo de lo establecido en el capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que se susciten entre las partes sobre la ejecución y cumplimiento del Convenio que no puedan solventarse en la Comisión de Seguimiento se resolverán por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con su ley reguladora.

Novena. Vigencia.

El presente convenio surtirá efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y su plazo de vigencia finalizará el 30 de noviembre de 2019, en el cual deberán quedar finalizadas todas las aportaciones de las partes, recogidas en la cláusula segunda de este documento.

Debido al carácter singular que motiva la realización del presente Convenio, que es la celebración en España de la III Jornada sobre Turismo, Innovación y Medio Ambiente en la España Rural y la edición, impresión y traducción al inglés de la Guía 2020 de los pueblos más bonitos de España, no procede la prórroga del mismo, más allá del plazo de vigencia indicado en el párrafo anterior.

Décima. Modificación.

Este Convenio podrá modificarse por acuerdo unánime de las partes, conforme a lo previsto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Undécima. Extinción y resolución.

El Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.2 de la citada Ley 40/2015:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

El cumplimiento y la resolución del Convenio dará lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, en los términos establecidos en el artículo 52 de la citada Ley 40/2015.

Duodécima. Consecuencias en caso de incumplimiento del Convenio.

En caso de incumplimiento del Convenio por una de las partes, la otra podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado también a la Comisión de Seguimiento.

Si transcurrido el plazo de un mes persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra y a la Comisión de Seguimiento la concurrencia de la causa de resolución y entenderá resuelto el Convenio, resultando, por tanto, de aplicación lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Si como consecuencia del incumplimiento, en la liquidación resultara que el importe de las actuaciones ejecutadas por la ALPMBDE, fuera inferior a los fondos indicados en la cláusula quinta, «Compromisos económicos», la aportación económica se verá reducida a la cantidad incluida en la liquidación.

Y en signo de conformidad con todo lo anterior, las partes firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la Secretaría de Estado de Turismo, la Secretaria de Estado, Isabel María Oliver Sagreras.–Por la Asociación los pueblos más bonitos de España, el Presidente, Francisco Manuel Mestre Acosta.

ANEXO
Actuaciones con contenido económico

Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo

2.1.1 Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo en el ámbito de la III Jornada sobre Turismo, Innovación y Medio Ambiente en la España Rural Aportaciones no dinerarias* Aportaciones dinerarias
A) Facilitar la intervención de un representante que el Gobierno considere, en la ceremonia de apertura de la III Jornada en el Senado. 100 €  
B) Difundir la colaboración con la ALPMBDE mediante este Convenio, a través de los canales propios que la Secretaría de Estado de Turismo estime convenientes, dada la naturaleza del evento y el grado de inserción en sus políticas. 150 €  
C) Realizar una aportación económica a la ALPMBDE por importe de 3.000 € (IVA no incluido), como aportación dineraria, para aplicarla a gastos generados en la organización del evento como son los derivados de las pernoctaciones de invitados, gastos de traducción y gastos de displays, identificaciones y papelería.   3.000 €
  Totales. 250 € 3.000 €
Total aportación no dineraria que forman parte de las competencias de la SETUR y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria*. 250 €
Total aportación dineraria. 3.000 €
Valoración de la Secretaría Estado de Turismo en el ámbito de la III Jornada. 3.250 €

* Total aportaciones que forman parte de las competencias de la SETUR y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria.

2.1.2 Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo en el ámbito de la guía los pueblos más bonitos de España 2020 Aportaciones no dinerarias* Aportaciones dinerarias
A) Facilitar la intervención de una autoridad que el Gobierno considere para que aparezca en el prólogo de la obra a publicar. 100 €  
B) Difundir la colaboración con la ALPMBDE mediante este convenio, a través de los canales propios que la Secretaría de Estado de Turismo estime convenientes, atendiendo al tipo de publicación, los sectores turísticos interesados en su difusión y el grado de inserción en sus políticas. 150 €  
C) Realizar una aportación económica a la ALPMBDE por importe de 17.000 € (IVA no incluido), como aportación dineraria, para aplicarla a gastos generados en la traducción, edición e impresión en inglés de la guía.   17.000 €
  Total. 250 € 17.000 €
Total aportación no dineraria que forman parte de las competencias de la SETUR, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria*. 250 €
Total aportación monetaria. 17.000 €
Valoración de la Secretaría Estado de Turismo en el ámbito de la guía. 17.250 €

Valoración Total de la Secretaría de Estado de Turismo.

(Actuaciones 2.1.1 y 2.1.2).

20.500

* Total aportaciones que forman parte de las competencias de la SETUR y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria.

Actuaciones de la Asociación los pueblos más bonitos de España

2.2.1 Actuaciones de la APMBDE en el ámbito de la III Jornada sobre Turismo, Innovación y Medio Ambiente en la España Rural Aportación no dineraria* Aportación dineraria
A) Toda actuación relativa a la dirección y secretaría técnica de la III Jornada incluyendo la asistencia a los participantes procedentes tanto de instituciones públicas como privadas así como la preparación de materiales y de los medios de comunicación, incluyendo su evaluación y justificación hasta darse por cumplido el presente convenio.  2.000 €  
B) Toda actuación relativa a la gestión y logística para el desarrollo integral de la III Jornada.  500 €  
C) Facilitar la intervención de una representación que el Gobierno considere, en la ceremonia de apertura de la III Jornada incluyéndolo así en su programa oficial.  250 €  
D) Aportación del auditorio en el que se celebrará el evento, durante los días que tenga lugar.    400 €
E) Aportación del personal auxiliar que faciliten el trabajo necesario para el desarrollo del evento durante sus días de celebración.    600 €
F) Aportación de los audiovisuales, traducción simultánea, decoración y cualquier tipo de material necesario para el desarrollo del evento.    500 €
G) Aportación económica para aplicarla a gastos de alojamiento, manutención y catering generados en la celebración de la III Jornada.    1. 500 €
  Totales.  2.750 €  3.000 €
* Total aportación no dineraria que forman parte de las competencias de la APMBDE, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 2.750 €
Total aportación dineraria. 3.000 €
Valoración de la APMBDE en el ámbito de la III Jornada. 5.750 €

* Total aportaciones que forman parte de las competencias de la APMBDE y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria.

2.2.2 Actuaciones de la APMBDE en el ámbito de la edición y traducción de la guía Actuaciones no financiables* Actuaciones financiables
A) Dirección y secretaría técnica de la guía incluyendo la preparación de la documentación relativa a cada uno de los contenidos y su actualización así como el contacto con la instituciones públicas y privadas relacionadas y presentes en la guía. 2.000 €  
B) Gestión y asistencia logística para la preparación de los textos de la Guía a efectos de la traducción, edición e impresión de la guía. 500 €  
C) Gestionar la intervención de una representación que el Gobierno considere, en el prólogo de la guía. 250 €  
D) Difundir la colaboración con la Secretaría de Estado de Turismo mediante este Convenio a través de los canales propios de la ALPMBDE e incluir el logotipo de la Secretaría de Estado de Turismo, como socio oficial en las acciones de comunicación de la Guía 2020 dirigidas a los medios de comunicación y otros públicos objetivos. Se incluirá en todo tipo de comunicación impresa, online y redes sociales sin que esto exima la presencia de otras instituciones y/o empresas. Con ello se difunde la colaboración. 500 €  
E) Realizar una aportación económica como aportación dineraria, para aplicarla a gastos generados en la traducción, edición e impresión en inglés de la guía.   17.000 €
  Totales. 3.250 € 17.000 €
* Total aportación no dineraria que forman parte de las competencias de la APMBDE, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria. 3.250 €
Total aportación dineraria. 17.000 €
Valoración de la APMBDE en el ámbito de la guía. 20.250 €

* Total aportaciones que forman parte de las competencias de la APMBDE y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria.

Valoración total de la APMBDE.

(Actuaciones 2.2.1 y 2.2.2).

26.000 €

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid