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Documento BOE-A-2019-16211

Resolución de 31 de octubre de 2019, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con el Fideicomiso para la Cineteca Nacional, para el acceso a los fondos patrimoniales y prestación mutua de servicios relacionados con el acceso a fondos fílmicos y no fílmicos de la Filmoteca Española y la Cineteca Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 12 de noviembre de 2019, páginas 124368 a 124375 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2019-16211

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y el Fideicomiso para la Cineteca Nacional han suscrito, con fecha 25 de octubre de 2019, un Convenio para el acceso a los fondos patrimoniales y prestación mutua de servicios relacionados con el acceso a fondos fílmicos y no fílmicos de la Filmoteca Española y la Cineteca Nacional; por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 31 de octubre de 2019.–La Directora general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Beatriz Navas Valdés.

ANEXO
Convenio entre el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y el Fideicomiso para la Cineteca Nacional para el acceso a los fondos patrimoniales y prestación mutua de servicios relacionados con el acceso a fondos fílmicos y no fílmicos de la Filmoteca Española y la Cineteca Nacional

En Madrid, a 25 de octubre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, doña Beatriz Navas Valdés, Directora general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (en adelante ICAA), organismo autónomo del Ministerio de Cultura y Deporte, con NIF Q2828017J, y domicilio a efectos del presente Convenio en la plaza del Rey, 1, 28004 Madrid. Nombrada por Real Decreto 891/2018, de 13 de julio. Actúa en nombre y representación del citado organismo en virtud de las facultades que le confiere el Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y resto de las disposiciones vigentes.

Y de otra parte, don Alejandro Rogelio Pelayo Rangel, Director general del Fideicomiso para la Cineteca Nacional (en lo sucesivo La Cineteca Nacional), dependiente de la Secretaría de Cultura, con domicilio en avenida México Coyoacán, número 389, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, código postal 03330; posee facultades suficientes para suscribir el presente Convenio en términos de la escritura pública número 11.559 de fecha 8 de septiembre de 2014, otorgada ante la fe del Notario Público número 47 de Naucalpan de Juárez, Estado de México, Licenciado Eduardo Segovia Abascal, mismas que no le han sido revocadas, ni modificadas al momento de celebración del presente Convenio.

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente documento y a tal efecto

EXPONEN

I. El ICAA es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte cuya estructura y funciones desarrolla el Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, según el cual la Filmoteca Española es la Subdirección General encargada de la conservación y difusión del patrimonio cinematográfico español y entre cuyas funciones específicas se encuentran: la recuperación, preservación, restauración, documentación y catalogación del patrimonio cinematográfico, así como de cualquier otro elemento relacionado con la práctica de la cinematografía; la salvaguardia y custodia de sus fondos cinematográficos; la difusión mediante la organización de ciclos y sesiones o cualquier otra manifestación cinematográfica, sin fines de lucro, del patrimonio cinematográfico, la edición en cualquier soporte y cuantas actividades se consideren oportunas para difundir la cultura cinematográfica; la realización y fomento de investigaciones o estudios, con una especial atención a la filmografía del cine español; y la ayuda a la formación profesional en técnicas de documentación, conservación y restauración del patrimonio cinematográfico.

II. La Cineteca Nacional de México, se constituyó por contrato de Fideicomiso de fecha 29 de marzo de 1974, es una entidad del Gobierno Federal, constituida en términos de los artículos 1.º, 3.º, fracción III y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, 40 y 41 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Con fecha 4 de abril de 2017, se firmó el Quinto Convenio Modificatorio a su contrato constitutivo, en el que se identifica como Fideicomitente Único al Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; como Fiduciario, al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., y se determina su sectorización a la Secretaría de Cultura. De conformidad con el artículo 41, fracción I, inciso e) de la Ley Federal de Cinematografía, corresponde a la Secretaría de Cultura, coordinar las actividades de la Cineteca Nacional, cuyos objetivos primordiales, entre otros, son: el rescate, conservación, protección y restauración de las películas y sus negativos, así como la difusión, promoción y salvaguarda del patrimonio cultural cinematográfico de la Nación y organizar eventos educativos y culturales que propicien el desarrollo de la cultura cinematográfica en todo el territorio nacional.

III. En 2019 se cumplen 80 años del fin de la Guerra Civil española y se conmemora el 80 aniversario del exilio republicano español, a través de varias actividades en las que participa el Ministerio de Cultura y Deporte, a través del ICAA y la Cineteca Nacional.

Con motivo de este acontecimiento se busca desarrollar actos que, a través del patrimonio audiovisual, pongan de manifiesto las circunstancias que rodearon a los exiliados españoles, de todos los estratos sociales, políticos y económicos, ya sea a través de la obra de una personalidad destacada en el mundo del cine, como es el caso de Luis Buñuel, como a través de otras piezas audiovisuales procedentes de entornos familiares.

Luis Buñuel como cineasta del exilio, fundó su casa en México, y rodó en el exilio mexicano, entre 1947 y 1965, veinte películas, entre ellas Los olvidados (1950).

En este contexto, se enmarca, la exposición Buñuel en México que reúne documentos, imágenes, objetos y diferentes materiales de archivo en un recorrido por la vida y obra del famoso director de cine durante su vida en México, lo que se completa con un ciclo de cine, que organiza Cineteca Nacional en colaboración con Filmoteca Española (ICAA) y Centro Cultural de España en México (CCEMx)/ Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

IV. A su vez, en el marco de este acontecimiento que conmemora el exilio español, desde el ICAA (Filmoteca Española) se está impulsando, con la colaboración de otras Filmotecas de comunidades autónomas, el proyecto Diarios del Exilio. Este proyecto requiere incorporar material audiovisual que se encuentra diseminado por distintos archivos fílmicos, no sólo en la Filmoteca Española y en las Filmotecas de comunidades autónomas participantes, sino que también requiere incorporar material audiovisual que se encuentra en la Cineteca Nacional y que, igualmente, sirve para documentar el proyecto.

V. La Filmoteca Española y el Festival de San Sebastián, organizan en la 67 edición del Festival Internacional de San Sebastián, en colaboración con la Filmoteca Vasca y el Museo San Telmo, una retrospectiva dedicada al cineasta Roberto Gavaldón, que va acompañada de un Libro monográfico editado por la Filmoteca Española y el Festival de San Sebastián. Algunas de las fotografías del referido Libro y algunas de las películas para la retrospectiva de Roberto Gavaldón se encuentran en los archivos de la Cineteca Nacional.

VI. La Cineteca Nacional en colaboración con la Filmoteca de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en marco de su labor de investigación, requiere de la consulta de los archivos documentales de la Filmoteca Española y de modo específico el fondo documental de Luis Alcoriza director de cine, guionista y actor español nacionalizado en México.

Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir el presente documento, que se ajusta a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y que se regirá de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto, fecha y lugar de realización.

El objeto del presente Convenio es la mutua prestación de servicios relacionados con el acceso a los fondos patrimoniales de la Filmoteca Española y de la Cineteca Nacional en torno a varios servicios fílmicos, préstamos de copias de películas y cesión de derechos y la reproducción de fondos no fílmicos, procedentes de los archivos de las Partes.

En torno a la organización de los actos enmarcados en la conmemoración del 80.º aniversario del exilio republicano español entre el ICAA (Filmoteca Española) y la Cineteca Nacional se incluye:

– La exposición Buñuel en México organizada por la Cineteca Nacional.

– La investigación y obtención de copias de piezas audiovisuales seleccionadas para el proyecto Diarios del Exilio, a través de archivos familiares, que impulsa la Filmoteca Española.

La exposición Buñuel en México que se celebrará desde el 30 de octubre de 2019 al 19 de abril de 2020, en la planta baja en La Galería de la Cineteca Nacional, sita en la avenida México Coyoacán‌ número 389, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, código postal 03330 Ciudad de México, México.

El proyecto Diarios del Exilio, se presentará el 27 de octubre, Día Mundial del Patrimonio Audiovisual, y será programado en la sala de proyecciones de la Filmoteca Española, así como en otras Filmotecas de comunidades autónomas que participan en el proyecto, además de otros espacios culturales que se adhieran a programarlo.

En torno a los trabajos de investigación desarrollados por la Cineteca Nacional y por la Filmoteca Española se incluye:

– Por la Cineteca Nacional: el acceso y digitalización del guión de la película Tiburoneros, de Luis Alcoriza y cartas y documentos asociados, custodiados en el archivo de la Filmoteca Española.

– Por la Filmoteca Española: el acceso a las fotografías y copias de las películas del cineasta Roberto Gavaldón para el Libro monográfico, en el que participa la Filmoteca Española y retrospectiva.

Segunda. Obligaciones del ICAA.

El ICAA, a través de la Filmoteca Española, asume las siguientes obligaciones:

1. Facilitar gratuitamente a la Cineteca Nacional, conforme a la Resolución de 23 de abril de 2018 del ICAA por la que se regulan los precios públicos de aplicación a los servicios prestados por dicho organismo, la reproducción de las fotografías y documentos para la exposición Buñuel en México procedentes del archivo Buñuel, cuya gestión corresponde a la Filmoteca Española del ICAA, que se realizará conforme a los criterios de selección de la Cineteca Nacional, a través del comisariado de la exposición.

2. Ceder gratuitamente a la Cineteca Nacional los derechos de uso de las imágenes, seleccionadas por el comisario de la exposición, cuando éstas sean propiedad del ICAA, conforme a la Resolución de 23 de abril de 2018 del ICAA.

3. Promover a través de los canales de comunicación de la Filmoteca Española (ICAA), la difusión de todos los eventos relativos a la exposición.

4. Enviar un representante a la inauguración de la exposición.

5. Aparecer mediante logo oficial dentro de La Galería de la Cineteca Nacional de México, en el cartel de la exposición y en el cuadernillo dedicado a la exposición y retrospectiva Buñuel en México

6. Publicitar la colaboración de la Cineteca Nacional en el proyecto Diarios del Exilio, en todos los actos y en la programación que se realice por la Filmoteca Española (ICAA)

7. Gestionar los derechos de reproducción de las fotografías del Libro monográfico de Roberto Gavaldón que se detallan en el anexo II de este Convenio.

8. Facilitar gratuitamente a la Cineteca Nacional, conforme a la Resolución de 23 de abril de 2018 del ICAA, la reproducción del guión de la película Tiburoneros, de Luis Alcoriza y cartas y documentos asociados a la película, custodiados en el archivo de la Filmoteca Española, que se detallan en el Anexo I de este Convenio.

9. Vigilar el uso correcto y otorgar un lugar destacado al logotipo de la Cineteca Nacional en la publicidad realizada por el ICAA.

Tercera. Obligaciones de la Cineteca Nacional.

La Cineteca Nacional asume las siguientes obligaciones:

1. Sumar la exposición Buñuel en México a los eventos de conmemoración del Exilio.

2. Seleccionar los fondos fotográficos y documentales correspondientes a los archivos y colección de la Filmoteca Española (ICAA) para la exposición Buñuel en México.

3. Vigilar el uso correcto y otorgar un lugar destacado al logotipo del ICAA y de la Filmoteca Española en el muro de colaboradores dentro de La Galería, el cartel oficial, el micrositio y el cuadernillo de la exposición.

4. Editar y distribuir el cuadernillo de la exposición y retrospectiva, así como entregar al ICAA 3 ejemplares del mismo

5. Promover, a través de los canales de Cineteca Nacional y de la Secretaría de Cultura, la difusión de todos los eventos relativos a la exposición.

6. Facilitar el visionado de los materiales a los comisarios del proyecto Diarios del Exilio, a través de archivos familiares y proporcionar gratuitamente las copias de los materiales en la resolución disponible a la Filmoteca Española, del ICAA, previa selección en los archivos digitales de la Cineteca Nacional.

7. Facilitar gratuitamente a la Filmoteca Española reproducción de las fotografías y carteles así como copia de las películas del cineasta Roberto Gavaldón que se detallan en el anexo II de este Convenio, que se custodian en los archivos de la Cineteca Nacional.

Cuarta. Créditos y acciones publicitarias y de divulgación relacionadas con la exposición Buñuel en México.

En todas las acciones publicitarias y de divulgación y edición de las actividades objeto del presente Convenio, incluido el cuadernillo de la exposición, se incluirá la siguiente línea de créditos, además de los créditos de la sede correspondiente y demás instituciones colaboradoras.

– Produce: La Cineteca Nacional, Secretaría de Cultura.

– Colabora: El Ministerio de Cultura y Deporte. Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales (ICAA). Filmoteca Española.

En todas las acciones publicitarias, de divulgación y edición de las actividades objeto del presente Convenio, incluido el cuadernillo de la exposición, se incluirá la mención expresa a los firmantes del mismo, además de la correspondiente a la sede y demás instituciones colaboradoras.

Cineteca Nacional insertará en el micrositio de la exposición un enlace a la página web de la Filmoteca Española (ICAA) e igual inserción aparecerá a la inversa.

Del mismo modo, las partes se comprometen a que, en todos los actos de publicidad, invitaciones, anuncios, carteles exteriores e interiores, materiales relacionados con el objeto del presente Convenio, así como en cualquier otro lugar en que se mencione, se incluirán siempre los logotipos de las instituciones firmantes, además de la del resto de colaboradores.

En lo relativo a las notas de prensa y material informativo que se entregue a los medios de comunicación, se incluirán igualmente los logotipos de las instituciones firmantes.

Quinta. Compromiso económico.

La realización del presente Convenio no conlleva compromiso económico alguno para las Partes firmantes.

Los servicios prestados por el ICAA, a través de la Filmoteca Española, se encuentran previstos en la exención de precios públicos de la Resolución, de 23 de abril de 2018, por la que se regulan los precios públicos de aplicación a los servicios prestados por dicho organismo.

Sexta. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar el seguimiento, la vigilancia y el control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos, así como de llevar a cabo las actuaciones comunes que correspondan, se constituirá una comisión compuesta por un representante de cada una de las partes. El representante de Cineteca Nacional será designado por el Director General de Cineteca Nacional y el representante del ICAA por su Directora general.

La comisión resolverá los eventuales problemas de interpretación y ejecución que pudieran derivarse. Los miembros de la comisión se reunirán siempre que se considere necesario y a instancia de cualquiera de sus componentes.

Séptima. Confidencialidad y protección de datos.

Las informaciones que las partes puedan haberse revelado para la consecución del presente Convenio y referida a sus actividades, así como las que se revelen como consecuencia de su ejecución tendrá la consideración de confidenciales, debiendo las partes guardar secreto sobre toda la información a la que puedan tener acceso, todo ello con la salvedad de que la misma sea de dominio público o se conociera legal o legítimamente por la otra. El deber de confidencialidad permanecerá durante el plazo de vigencia del Convenio y subsistirá tras su extinción, comprometiéndose las partes a devolverse o destruir la información confidencial a la que pudieran haber accedido sin que sea necesario previo requerimiento para ello.

Las partes se comprometen a cumplir lo establecido en las disposiciones en materia de protección de datos y especialmente lo estipulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Octava. Eficacia, vigencia y publicidad.

1. El Convenio, que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La comunicación de la suscripción del Convenio al Registro se efectuará en el plazo de quince días desde su firma, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la LRJSP, siendo el ICAA responsable del registro.

2. Tendrá una vigencia de dos años y podrá prorrogarse por voluntad unánime y expresa de las partes por un periodo máximo de un año, siguiendo los mismos trámites de autorización y publicidad que los establecidos para el Convenio original.

3. El Convenio se hará público, asimismo, a través del Portal de la Transparencia, en aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. Modificación y extinción del Convenio.

1. El Convenio podrá ser modificado por voluntad expresa de las partes durante su vigencia, previo acuerdo por escrito, que seguirá los mismos trámites de autorización y publicidad que los establecidos para el Convenio original.

2. El Convenio se extinguirá por el cumplimiento del objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado su prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes. En este caso, será necesario obtener la autorización prevista en el artículo 50.2 c) de la LRJSP.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que se cumpla en el plazo que en el mismo se indique con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento. Si transcurrido el plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió comunicará la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.

La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios que se hayan causado, teniendo en cuenta la valoración de los trabajos realizados hasta el momento del incumplimiento.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

3. El cumplimiento y la resolución del Convenio dará lugar a su liquidación, que se efectuará mediante acta de la comisión de seguimiento en la que se determinará el cumplimiento de conformidad de los compromisos de cada una de las partes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la LRJSP. Asimismo, en caso de que al concurrir cualquier causa de resolución existan actuaciones en curso, las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación correspondiente.

Décima. Naturaleza, régimen jurídico y jurisdicción.

1. El Convenio, de naturaleza administrativa, se rige por lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y demás normativa que resulte de aplicación.

2. Las partes resolverán de mutuo acuerdo cualquier problema de interpretación así como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución. En ausencia de acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo competentes.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, en dos ejemplares, en todas sus hojas, en el lugar y fecha indicados al principio.–Por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la Directora general, Beatriz Navas Valdés.–Por Cineteca Nacional, el Director general, Alejandro Rogelio Pelayo Rangel.

– Informado por la Abogacía del Estado en el Departamento el 04/09/2019.

– Autorización previa del Ministerio de Hacienda de fecha 09/09/2019.

ANEXO I
Reproducciones de fondos no fílmicos de la Filmoteca Española del cineasta Luis Alcoriza

Guión original ALC/10/06 Tiburoneros [Guión literario] / Luis Alcoriza.–[Méjico], 1962. 95h.: Papel mecanografiado; 33 cms. En portada se muestra la Productora del proyecto, Producciones Matouk, S.A.

Material complementario.

ALC/08/11/01-02 Dos cartas a Emilia Vega Chinchilla de Alcoriza / Luis Alcoriza, Amalio Alcoriza.–Frontera, Tabasco (Méjico), 1962. 2 hojas: Papel impreso, mecanografiado, manuscrito; 22 x 28 cms.

ALC/04/03 Fotografía que corresponde al rodaje de la película «Tiburoneros» / Luis Alcoriza.–[Méjico], [1963] 1 fotografía: Papel fotográfico en blanco y negro; 26 x 21 cms. + Anotación mecanografiada de pie de fotografía (10 x 3 cms).

ALC/01/12/01-03 Instituto Mexicano de Cinematografía Carta a Luis Alcoriza / Instituto Mexicano de Cinematografía.–Méjico, 1987; 1988. 3h: Papel impreso, mecanografiado, fotocopiado; 22 x 28 cms.; 22 x 32 cms.

– Una carta del Instituto Mexicano de Cinematografía dirigida a Luis Alcoriza donde le infoman de la documentación anexa remitida, relacionada con su película «Tiburoneros»".

– Una fotocopia de la carta donde la Secretaría de Relaciones Exteriores de México adjunta e invita a leer el artículo periodístico donde se presenta una reseña positiva de la película «Tiburoneros».

– Una fotocopia del artículo periodístico titulado «Les Dents de L'Amour», escrito por René Solís en el diario francés «Liberation».

Fechados el 2 y 18 de noviembre de 1987; el 8 de enero de 1988.

Archivo Buñuel/63.5 Saura, Carlos (1932). Carta a Luis [Buñuel]/Carlos [Saura].

ANEXO II
Reproducciones de fotografías y carteles de la Cineteca Nacional para el Libro conmemorativo sobre el cineasta Roberto Gavaldón y copias de películas para la retrospectiva del mismo

Fotografías de películas:

La barraca: 2 en B/N.

La vida íntima de Marco Antonio y Cleopatra: 1 en B/N.

Han matado a Tongolele: 2 en B/N.

Rosauro Castro: 1 en B/N.

En la palma de tu mano: 2 en B/N.

Acuérdate de vivir: 2 en B/N.

Las tres perfectas casadas: 2 en B/N.

El niño y la niebla: 2 en B/N.

Sombra verde: 1 en B/N.

Aquí está Heraclio Bernal: 2 en color.

Rosa blanca: 3 en B/N.

Días de otoño: 2 en B/N).

Figuras de arena 2 en B/N).

Doña Macabra 3 en B/N.

Las cenizas del diputado: 2 en B/N.

La playa vacía: 1 en color.

Cielito lindo: 1 en B/N.

Noches de ronda: 1 en B/N.

Carteles de películas:

Cartel de Los hijos que yo soñé.

Cartel de El hombre de los hongos.

Cartel de Cuando tejen las arañas.

Copias de películas:

En la palma de tu mano. DCP con subtítulos en inglés.

La Diosa arrodillada - DCP con subtítulos en inglés.

Rayando el sol - 35 mm.

El rebozo de Soledad - DCP con subtítulos en inglés.

Aquí está Heraclio Bernal - 35 mm.

Macario - DCP con subtítulos en inglés.

Rosa blanca - 35 mm.

El gallo de oro - 35 mm.

Acuérdate de vivir - 35 mm con subtítulos en portugués.

Miércoles de ceniza - DVD.

Flor de mayo (Topolobampo) - DVD.

La noche avanza - DCP con subtítulos en inglés.

La escondida - DVD.

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