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Documento BOE-A-2019-1699

Resolución de 30 de enero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 26 de noviembre de 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 2019, páginas 11599 a 11601 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-1699

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de noviembre de 2018 de la Subsecretaría de Justicia, se convocó concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento (Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado).

Finalizado el plazo de presentación de instancias, observados los preceptos reglamentarios y valorados los méritos alegados por los concursantes por la Comisión de Valoración,

Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto:

Primero.

Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos y resolver el concurso, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los términos que se recogen en el Anexo 1 a esta Resolución.

Segundo.

El plazo para tomar posesión en el nuevo destino será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde su publicación. El cómputo de los plazos posesorios y de ceses, se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, se estén disfrutando.

Tercero.

El personal que ha obtenido destino en este concurso no podrá participar en concursos de méritos que convoquen tanto la Administración del Estado como otras Administraciones Públicas, hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado en la presente Resolución, salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y de Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Cuarto.

Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación ante el órgano que dictó la Resolución en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 30 de enero de 2019.–La Subsecretaria de Justicia, Cristina Latorre Sancho.

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