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Documento BOE-A-2019-1740

Resolución de 4 de diciembre de 2018, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de cesión, arrendamiento o enajenación de bienes inmuebles y derechos de la propiedad incorporal más significativos formalizados por las empresas estatales durante los ejercicios 2013, 2014 y 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 2019, páginas 11687 a 11780 (94 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2019-1740

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 4 de diciembre de 2018, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los contratos de cesión, arrendamiento o enajenación de bienes inmuebles y derechos de la propiedad incorporal más significativos formalizados por las empresas estatales durante los ejercicios 2013, 2014 y 2015, acuerda:

1. Instar al Gobierno a:

– Asumir las conclusiones y seguir todas las recomendaciones del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.

– Analizar la posibilidad de impulsar la publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público de los contratos de cesión, arrendamiento o enajenación de bienes, así como sus licitaciones de las Entidades analizadas en este informe, facilitando así, a las posibles empresas licitadoras de mediano y pequeño tamaño, localizar las distintas oportunidades de negocio en el Sector Público.

Para conseguir un control más eficaz de la tramitación y con menor riesgo de arbitrariedades se recomienda que los manuales de procedimientos para tramitar los expedientes de arrendamiento de espacios relacionados con las estaciones de ADIF Y Adif-AV detallen lo más posible las fases de la licitación de esos arrendamientos, incluyendo aspectos como: plazo mínimo para la presentación de la documentación administrativa y de solvencia, de las ofertas y, en su caso, de las solicitudes de participar; tipos de procedimiento (abierto y restringido); criterios de adjudicación; composición y funciones de la mesa de contratación u órgano similar; apertura y revisión de la información remitida por los licitadores relativa a los aspectos administrativos y de solvencia y a las ofertas; informes de valoración de las ofertas; y comunicación de la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios.

2. Instar a las entidades públicas fiscalizadas a:

– Publicar en la Plataforma de Contratación del Sector Público los contratos de cesión, arrendamiento o enajenación de bienes, así como sus licitaciones para fomentar la concurrencia en la contratación pública y, con ello, también conseguir ofertas más ventajosas.

– Detallar en los pliegos de los expedientes de contratos de arrendamiento los aspectos a valorar, los criterios para puntuar y la puntuación por subconceptos en relación con los conceptos y, en su caso, subconceptos a valorar de las ofertas técnicas.

– Dejar en cada expediente un rastro de la publicidad, indicando el contenido, con facilidad de acceso, fecha y duración de la publicación, con el fin de dejar constancia de la debida transparencia en la contratación.

– Redactar sus pliegos de contratación siguiendo los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

– Tener un reglamento general de contratación publicado en su web que contenga los principales aspectos que deben contener sus licitaciones y contratos.

3. Instar a AENA, ADIF y ADIF AV a:

– Que en relación a los conceptos y, en su caso, subconceptos a valorar de las ofertas técnicas, los pliegos de los expedientes de contratos de arrendamiento detallen los aspectos a valorar, criterios para puntuar y la puntuación por subconceptos.

– Justificar tanto los motivos por los que se da la puntuación como los cálculos para llegar a la puntuación dada en concreto a cada aspecto de la oferta.

4. Instar a ADIF y ADIF AV a:

– Que los manuales de procedimientos detallen lo más posible las fases de la licitación de esos arrendamientos, incluyendo aspectos como plazo mínimo para la presentación de la documentación administrativa y de solvencia, de las ofertas, y en su caso de las solicitudes a participar, tipos de procedimiento (abierto o restringido), criterios de adjudicación, composición y funciones de la mesa de contratación, posibilidad de asistencia de técnicos para la valoración de ofertas técnicas, apertura y revisión de la información remitida por los licitadores relativa a los aspectos administrativos, y de solvencia, y a las ofertas, informes de valoración de las ofertas, y comunicación de la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios.

5. Instar a ADIF a:

– Realizar todas las actuaciones necesarias para proceder a la adecuada inscripción en el Registro de la Propiedad de todos sus inmuebles.

– Procurar que la mesa de contratación de los expedientes de arrendamiento esté integrada por personal de distintos departamentos de la Entidad, sin perjuicio de que la valoración de los aspectos técnicos recaiga en personal técnico especializado.

Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de diciembre de 2018.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.

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