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Documento BOE-A-2019-1766

Resolución de 22 de enero de 2019, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con The Mad Pixel Factory, SL, para el uso de la Plataforma Second Canvas para gestionar imágenes de la BNE en súper-alta resolución.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 2019, páginas 12296 a 12307 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2019-1766

TEXTO ORIGINAL

La Biblioteca Nacional de España y el Centro de Estudios Europa Hispánica han suscrito, con fecha 18 de diciembre de 2018, un Convenio entre la Biblioteca Nacional de España O.A. y The Mad Pixel Factory, S.L., para el uso de la Plataforma Second Canvas para gestionar imágenes de la BNE en súper-alta resolución, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 22 de enero de 2019.–La Directora de la Biblioteca Nacional de España, Ana María Santos Aramburo.

ANEXO
Convenio entre la Biblioteca Nacional de España, O.A. y The Mad Pixel Factory, SL, para el uso de la Plataforma Second Canvas para gestionar imágenes de la BNE en súper-alta resolución

En Madrid, a 18 de diciembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, doña Ana María Santos Aramburo, Directora General de la Biblioteca Nacional de España, O.A. (en adelante BNE), con NIF Q2828005-E y domicilio fiscal en el paseo de Recoletos, 20 de Madrid, en virtud de nombramiento mediante Real Decreto 1061/2015, de 20 de noviembre («BOE» del 21) y con las atribuciones que tiene conferidas en la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, publicada en «BOE» del 25, así como por el artículo 10.2 del Estatuto de la Biblioteca Nacional de España, aprobado por Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, publicado en «BOE» del 19. La Directora de la BNE tiene capacidad jurídica para suscribir convenios en nombre de la BNE de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra parte don Koldobika García Bailo, con número de identificación fiscal español número 34.081.325V como Director de Operaciones y en representación de The Mad Pixel Factory, S.L. (en adelante MADPIXEL), con domicilio en calle Fuencarral, 125, 2.º Izq., Madrid, España, con número de identificación fiscal B-82521519.

Las partes sostienen y reconocen mutuamente la autorización legal mutua para obligarse por los términos de este Convenio y

EXPONEN

1. MADPIXEL es una empresa especializada en soluciones digitales para Bibliotecas Nacionales y líder en digitalización en super-alta resolución de obras de arte.

2. MADPIXEL ha desarrollado una plataforma (en adelante, Second Canvas), que permite a las Bibliotecas Nacionales convertir sus imágenes de alta resolución a un formato navegable y enriquecerlas con contenido interactivo adicional (textos, audios, vídeos, capas, etc.).

3. MADPIXEL, lidera el proyecto, apoyado y co-financiado por la Comisión Europea dentro de H2020 y con ID de proyecto 7786609 scMODULES (en adelante el Proyecto) tal y como se describe en el anexo.

4. La BNE tiene como fines, de Convenio con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España:

1) Reunir, describir y garantizar la protección, enriquecimiento, conservación y transmisión, en el ejercicio de sus funciones, del patrimonio bibliográfico y documental, tanto el producido en el Estado español como el generado sobre sus diferentes culturas.

2) Garantizar el acceso y la difusión de sus colecciones con el fin de fomentar su utilización, como medio de enriquecimiento cultural, social y económico.

3) Promover y desarrollar políticas bibliotecarias en relación con el patrimonio bibliográfico y documental del Estado español.

5. MADPIXEL ha propuesto a la BNE colaborar en la ejecución del Proyecto, y que la BNE acepta la propuesta, sin que suponga para la BNE reconocer compromiso alguno más allá de lo que se explicita en el presente Convenio.

Y para regular las condiciones generales de dicha colaboración, acuerdan celebrar el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del Convenio es la regulación de las condiciones que regirán la colaboración de la BNE en el desarrollo del Proyecto de uso de la Plataforma Second Canvas para gestionar imágenes de la BNE en súper-alta resolución y determinar los derechos y obligaciones de la BNE y de MADPIXEL derivados de dicha colaboración.

Segunda. Compromisos y obligaciones de MADPIXEL.

La colaboración abarcará las siguientes actividades, en los términos que posteriormente se especifican en cada caso:

1. Para la participación en el Proyecto, es condición necesaria el uso de la plataforma Second Canvas, propiedad de MADPIXEL. Second Canvas es una plataforma para gestionar imágenes de súper-alta resolución, haciéndolas navegables, y permitiendo enriquecerlas con capas de contenidos adicionales y publicarlas en formato app (aplicación para teléfonos móviles y similares) y web. Por ello, para hacer posible la participación de la BNE en el Proyecto, MADPIXEL facilitará a la BNE gratuitamente:

a) Una licencia Second Canvas hasta la finalización del Proyecto, esto es el 31 de enero de 2019 con un periodo de cortesía (extensión de la licencia) hasta 31 de julio de 2019.

b) Una jornada gratuita de digitalización de obras de su colección en formato de súper-alta-resolución.

c) Soporte tecnológico durante todo el proceso de creación y de publicación de contenidos con Second Canvas, incluyendo, en su caso, entre estos últimos la publicación de una aplicación Second Canvas de la BNE (en adelante, LA APP).

2. Los Reportes mediante formularios online, sencillos de cumplimentar, son la herramienta habitual que MADPIXEL usará para avanzar en el proceso de investigación y desarrollo del Proyecto. Por ello MADPIXEL confeccionará los siguientes formularios de Reporte que la BNE se compromete a responder:

1) Inicio del Proyecto.

2) Datos para la digitalización en la BNE.

3) Evaluación de la digitalización.

4) Evaluación de Second Canvas CMS.

5) Evaluación de Second Canvas APP.

6) Evaluación de scNETWORK.

7) Evaluación de scEXHIBITIONS.

8) En caso de participar en otros Pilotos, respectivas evaluaciones, una por Piloto.

9) Evaluación final de Proyecto.

3. Continuidad. En febrero-marzo de 2019, MADPIXEL ofrecerá un modelo de continuidad de forma que la BNE podrá optar por contratar uno de los modelos o cesar su colaboración con MADPIXEL. El contenido y su disponibilidad pública están garantizados hasta el 31 de julio de 2019.

MADPIXEL mantendrá activos los datos en sus servidores y en las publicaciones de Second Canvas, aunque a partir del 1 de febrero de 2019 la BNE verá suspendido el acceso al CMS para mantener, modificar o agregar contenido. En caso de que BNE no resuelva favorablemente la continuidad en Second Canvas, MADPIXEL eliminará los contenidos de la BNE de la plataforma a partir del 1 de Agosto de 2019. En este caso, MADPIXEL dará una notificación de cortesía con dos semanas de anticipación.

Tercera. Compromisos y obligaciones de la BNE.

La BNE aportará el contenido para el Proyecto, y se le invita a participar en los pilotos scEXHIBITIONS y scNETWORK que se describe en el anexo. La BNE también podrá participar en otros pilotos como scEDUCATION y scMADGAZINE y/o en los que MADPIXEL genere durante el Proyecto.

La BNE acepta responder a todos los formularios de evaluación que se le envíen por parte de MADPIXEL.

La BNE se compromete a responder a la propuesta de continuidad durante el mes de abril de 2019, justo al finalizar el periodo de validez de este convenio y al amparo del periodo de cortesía de la licencia de Second Canvas proporcionada por MADPIXEL.

La suscripción del presente Convenio no genera compromisos económicos entre las partes ni tampoco genera gasto económico alguno para la BNE durante el tiempo de duración del mismo.

Cuarta. Comunicación y promoción.

MADPIXEL y la BNE colaborarán en la promoción del Proyecto y de los Pilotos. Todas las comunicaciones públicas relativas al desarrollo del Proyecto se harán al menos en inglés.

Sin perjuicio de otras acciones promocionales que se organicen conjuntamente con la BNE, MADPIXEL se compromete como mínimo a:

1) Coordinar la publicación de la APP con la compañía Apple para obtener la máxima visibilidad.

2) Tener un plan de comunicación del Proyecto tanto en redes sociales como en web, que muestre el desarrollo y los procesos de trabajo del Proyecto.

La BNE colaborará con estas acciones mediante la comunicación del Proyecto en sus redes sociales, web y otros canales de comunicación que utilice para sus comunicaciones habitualmente.

Quinta. Derechos sobre las imágenes utilizadas en el proyecto.

Durante el Proyecto se van a generar dos tipos de imágenes: las de súper-alta resolución resultado de la digitalización de las obras y las imágenes (y otros materiales) resultado de la documentación del proceso de trabajo del Proyecto.

1. Imágenes en súper-alta resolución:

Una vez finalizado el Proyecto, las nuevas imágenes súper-alta resolución digitalizadas por MADPIXEL en su ejecución pasarán a ser de plena propiedad de la BNE, que podrá disponer de ellas libremente y en exclusiva por el plazo máximo legal en todo el mundo para cualquier uso.

Durante el período de cortesía (1 de febrero-31 de julio 2019), y una vez que la BNE haya cumplido su compromiso de publicar sus contenidos y responder a todas las encuestas de seguimiento, MADPIXEL dará acceso a la descarga de todas las imágenes digitalizadas. Los archivos entregados serán PSB y un TIFF de alta resolución. La BNE podrá descargar y hacer una copia de seguridad de su contenido (textos e imágenes) directamente desde el CMS.

Durante el desarrollo del Proyecto, y también una vez finalizado, MADPIXEL podrá usar las imágenes incorporadas por la BNE a Second Canvas para la comunicación y promoción del Proyecto, de Second Canvas y de su contenido en el contexto en el que han sido utilizadas.

2. Otros materiales generados durante el Proyecto: Durante el transcurso del Proyecto, MADPIXEL documentará el proceso de trabajo principalmente mediante fotografías, vídeos y otros materiales como textos o audios. MADPIXEL podrá usar estos materiales libremente en sus acciones de comunicación tanto en soporte impreso como en canales digitales, siempre que no entren en conflicto con lo dispuesto en este Convenio.

3. Créditos: En los créditos de la APP Biblioteca Nacional de España, figurará:

© Imágenes y textos, Biblioteca Nacional de España, y dónde aplique Imágenes de dominio público.

© Plataforma y apps Second Canvas, MADPIXEL

Las mismas expresiones figurarán en la pantalla «Acerca de» de LA APP.

Sexta. Comisión de Seguimiento.

Se crea una comisión mixta de vigilancia y seguimiento del Convenio que se reunirá para resolver los problemas de interpretación y ejecución que pudieran plantearse y controlará la ejecución del presente Convenio.

Dicha comisión estará compuesta por:

Por parte de la BNE: El Director Técnico o persona que designe.

Por parte de MADPIXEL: El Director de Operaciones o persona que designe.

La Comisión de Seguimiento se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen jurídico, respecto a lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo dispuesto en la Sección tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Transparencia .

El presente Convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Octava. Vigencia del Convenio.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se perfecciona desde la fecha de su firma por las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) y publicado en el BOE y extenderá su vigencia hasta el 30 de abril de 2019 (incluido).

En cualquier momento antes de la finalización del plazo anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena. Extinción del Convenio y efectos.

De acuerdo al artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio, se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

De acuerdo al citado, podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:

– Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

– Por acuerdo unánime de las partes,

– Por incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente Convenio. Cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en quince (15) días con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula sexta del presente documento. Si transcurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá por resuelto el convenio.

– Por decisión de cualquiera de las partes, si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa la ejecución del Convenio, y siempre que sea comunicado por escrito a las otras partes con una antelación mínima de un mes,

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio y

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.

Si, en caso de resolución del convenio, existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

De acuerdo al artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, que se reflejará formalmente en un acta firmada por los integrantes de la Comisión de seguimiento del Convenio.

Décima. Consecuencias en caso de incumplimiento del Convenio.

En las actas de la comisión de seguimiento se acreditará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas y el acuerdo de cada parte.

De acuerdo con el artículo 49, punto e, de la Ley la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes y, en su caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento se determinarán teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.

Undécima. Modificación del Convenio.

La modificación del presente Convenio, se realizará mediante la elaboración de la correspondiente Adenda al mismo para lo que se requerirá el acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo al artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Duodécima. Protección de datos.

Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener acceso con la finalidad indicada en el presente Convenio y a no utilizarlos para fines distintos de los previstos en este Convenio y a no difundirlos ni cederlos a terceros, en cumplimiento con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). El responsable del tratamiento de datos es la Biblioteca Nacional de España, O.A., con domicilio en paseo de Recoletos, números 20-22, 28071 Madrid, teléfono +34 91 580 78 00.

Las funciones que dicho Reglamento otorga al Delegado de Protección de Datos serán ejercidas por la persona titular de la Subdirección General-Gerencia de la BNE, con quien podrán contactar también a través del correo electrónico dpd@bne.es y también poradmon@madpixel.es

La BNE informa de la posibilidad de ejercitar los siguientes derechos:

– Acceso a sus datos personales, así como toda la información relacionada con el tratamiento que se está haciendo de los mismos.

– Rectificación de sus datos personales, así como limitación de su tratamiento.

– Solicitud de su supresión.

– Oposición al tratamiento.

– Solicitud de portabilidad de sus datos personales.

La base legal para el tratamiento de los datos personales en la BNE es cumplir con sus objetivos y funciones, recogidos en el Artículo 3 de la Ley 1/ 2015, de 24 de marzo, reguladora de la BNE, así como en el Artículo 2 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 640/ 2016, de 9 de diciembre.

Decimotercera. Notificaciones.

Cualquier notificación que realicen o reciban las partes en virtud de las disposiciones del Convenio, incluido el envío de o contestación a la hoja de encargo, se considerará válidamente enviada o recibida siempre que se haya enviado por escrito a las siguientes direcciones de email:

De la BNE: Don José Luis Bueren Gómez-Acebo <direccion.tecnica@bne.es>

De MADPIXEL: Doña Sonia López <sonia@madpixel.es>

Decimocuarta. Naturaleza del Convenio y jurisdicción competente.

El convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.

En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo, en Madrid capital.

Y en prueba de conformidad de todo lo anterior, las partes firman el presente Convenio, a un solo efecto.–Por la BNE, la Directora, Ana María Santos Aramburo.–Por MADPIXEL, el Director de Operaciones, Koldobika García Bailo.

ANEXO
scModules. Un proyecto de Madpixel

Co-financiado por el programa H2020 de la Unión Europea, con el id 778609

1. Descripción.

2. Objetivos.

3. Estructura.

4. Calendario.

5. Estructura de trabajo y seguimiento.

6. Piloto plataforma Second Canvas.

6.1 Jornada de digitalización.

6.2 Entrega imágenes en Súper alta-resolución.

6.3 Licencia Second Canvas.

6.4 El CMS de Second Canvas.

6.5 Publicación de la App Second Canvas.

7. Piloto scExhibition.

8. Piloto scNetwork.

9. Piloto scEducation.

10. Piloto scMadgazine.

11. Otros pilotos.

1. Descripción.

El proyecto scModules se propone, mediante la colaboración de Madpixel y la BNE, explorar nuevas narrativas, usos y modelos de negocio de las imágenes en súper alta resolución de obras de arte y objetos patrimoniales y, al mismo tiempo, en función de la demanda de la BNE y la reacción de los usuarios, investigar y desarrollar mejoras en Second Canvas.

2. Objetivos.

1. Investigar en nuevos modelos de divulgación para las imágenes en súper alta resolución.

2. Identificar, desarrollar y probar mejoras e innovaciones sobre la plataforma actual, que satisfagan las necesidades de la BNE respecto a este tipo de imágenes y formatos.

3. Crear un entorno compartido de trabajo (network) alrededor de estos contenidos, que abra oportunidades con la BNE y con terceros.

3. Estructura.

scModules se estructura en 4 ámbitos:

1) La evaluación, testeo y mejora de Second Canvas como herramienta para la BNE.

2) El desarrollo del piloto scExhibition para la producción de una o más exposiciones con las imágenes y el contenido generado por la BNE.

3) El desarrollo del piloto scNetwork que consiste en la creación de una estructura tecnológica, con una definición de procedimientos que hace posible un repositorio de uso compartido de obras digitalizadas en super-alta resolución.

4) El desarrollo de otros pilotos opcionales como scEducation y scMadgazine así como otras acciones colaborativas que se definan a lo largo del desarrollo del proyecto.

4. Calendario.

scModules comenzó el 1 de agosto de 2017 y dura hasta el 31 de julio de 2019. Está estructurado en 2 períodos:

– La fase 1, desde el inicio del proyecto hasta mayo de 2018, cubrió la participación de los primeros 10 museos.

– La fase 2 es desde mayo de 2018 hasta el 31 de julio de 2019, el final del proyecto.

Durante la Fase 2, los museos participantes pertenecen a 2 grupos temporales diferentes, dependiendo de cuándo se unieron al proyecto.

– Museos que se unieron antes de septiembre de 2018, su fecha límite para proyectos y tareas del proyecto es el 31 de enero de 2019.

– Museos que se unieron después de septiembre de 2018, su fecha límite para proyectos y tareas del proyecto es el 15 de mayo de 2019.

En ambos casos, los museos e instituciones participantes como BNE, deben evaluar y responder a la propuesta de continuidad en un período de 2 meses después de la entrega de la propuesta.

Los detalles sobre la gestión del final del proyecto se describen a continuación, en el punto 6.2.

5. Estructura de trabajo y seguimiento.

Al inicio de la colaboración entre la BNE y Madpixel se establecerán los interlocutores que se designan para el proyecto.

El seguimiento del desarrollo proyecto se hará mediante encuestas a los usuarios y a la BNE.

6. Piloto plataforma Second Canvas.

Este piloto comprende la sesión de digitalización, la licencia y el uso de Second Canvas para la publicación de los contenidos en app y web.

Esta parte del proyecto tiene los siguientes objetivos:

1. Detectar puntos de mejora en la plataforma actual, así como nuevas necesidades y funcionalidades de interés para la BNE, que puedan ser incorporadas a la solución.

2. Testar los resultados de todo este proceso y mejorar aquellos aspectos que se detecten mejorables.

3. Revisar el modelo de negocio de la plataforma y su encaje con la realidad actual de las instituciones.

6.1 Jornada de digitalización: Madpixel realizará para la BNE una sesión de digitalización de imágenes en formato súper-alta resolución, de la máxima calidad, pagada por el proyecto para su uso en las actividades del propio proyecto. Esta sesión contempla:

1. El desplazamiento, el alojamiento y el trabajo del equipo de digitalización durante un día a las instalaciones previstas para la jornada. Las fechas se acordarán según las disponibilidades de Madpixel y en función del calendario de digitalización por regiones que Madpixel defina.

2. Se estima que se pueden realizar entre 4 y 6 digitalizaciones en una jornada laboral de 8 horas, si se trata de digitalizaciones en condiciones estándar: obras de dos dimensiones (no objetos volumétricos) de hasta 2x2 metros y digitalizadas en photo-studio en horario laboral.

3. La BNE se compromete a gestionar el acceso a sus instalaciones del equipo de digitalización, a poner a su disposición el photo-studio o local donde haya de realizarse el trabajo y el personal, que en su caso, haya de permanecer al cuidado del local, y a designar una persona de contacto/responsable para las digitalizaciones.

4. Para que puedan obtenerse el mayor número de digitalizaciones en la sesión, La BNE proporcionará los medios óptimos para el desempeño de la tareas de digitalización. Madpixel, a través de su Digitization Officer dará las indicaciones necesarias para esta fase del proceso.

5. En caso de que hubiera digitalizaciones fuera de las condiciones/tamaños estándar, deben acordarse específicamente entre Madpixel y la BNE.

6. Madpixel asumirá el tratamiento y post-producción de las imágenes digitalizadas para que se adecuen a las necesidades del proyecto y se encargará de su carga en la plataforma Second Canvas.

7. Al finalizar el proyecto la BNE dispondrá libremente de las imágenes digitalizadas conforme a lo estipulado en el acuerdo firmado entre Madpixel y la BNE, y a tal fin Madpixel entregará a la BNE los archivos de imagen (la imagen en súper-alta resolución en PSB y un TIFF en alta resolución) al concluir el proyecto.

8. En caso de que la BNE necesite mayor número de digitalizaciones, Madpixel puede ofrecer precios bonificados para digitalizaciones extra.

6.2 Entrega de las imágenes en súper alta-resolución: Durante el período de cortesía (1 de febrero- 31 de julio 2019), y una vez que la BNE haya cumplido su compromiso de publicar sus contenidos y responder a todas las encuestas de seguimiento, Madpixel dará acceso a la descarga de todas las imágenes digitalizadas. Los archivos entregados serán PSB y un TIFF de alta resolución. La BNE podrá descargar y hacer una copia de seguridad de su contenido (textos e imágenes) directamente desde el CMS.

6.3 Licencia Second Canvas: Para la ejecución del proyecto, Madpixel otorga sin coste para la BNE una licencia Second Canvas estándar. La licencia será válida hasta la finalización del proyecto y mientras se mantenga la colaboración de la BNE.

Finalizado el proyecto, la BNE podrá optar por contratar alguno de los nuevos modelos de continuidad que Madpixel podrá ofrecer como resultado del proyecto o cesar su colaboración con Madpixel.

En este último caso, Madpixel ofrece un tiempo de cortesía hasta junio 2019, en los que mantendrá los datos en sus servidores y las publicaciones de Second Canvas activas, aunque la BNE perderá acceso al CMS para mantener, modificar o añadir contenidos. Después de este periodo Madpixel dará de baja los contenidos de la BNE de la plataforma Second Canvas. En tal caso, Madpixel dará un aviso de cortesía con 2 semanas de antelación.

6.4 El CMS de Second Canvas: Second Canvas permite varias formas de publicación de los contenidos que gestiona. Lo habitual es general una app Second Canvas (la APP) pero también pueden ser incrustados en una página web (por ejemplo la de la BNE) o en otra app de la BNE. Para poder testar en su totalidad la herramienta, funcionalidades y comportamiento de los usuarios, la BNE deberá publicar sus contenidos en alguno de estos formatos, siendo preferible para Madpixel la publicación de una App Second Canvas BNE si ello no entra en conflicto con la línea estratégica de la BNE.

Para la creación de la App Second Canvas BNE, Madpixel usará sus propios medios técnicos y personales:

1. Madpixel creará una cuenta en el CMS de Second Canvas para la BNE y una app de prueba (Test Fligth).

2. Madpixel cargará las imágenes digitalizadas en super-alta resolución en la cuenta SC de la BNE.

3. Madpixel proporcionará a la BNE las credenciales necesarias para acceder a la plataforma Second Canvas, de manera que este podrá ver las imágenes, enriquecerlas con los contenidos y testear su app con Testflight, según se van cargando los contenidos.

4. En el plazo recomendado de un mes desde la fecha de la carga de las imágenes resultado de la jornada de digitalización, la BNE tiene que aportar los siguientes contenidos, que serán producidos y cargados en la plataforma por la BNE:

– Textos: en la lengua de la BNE e idealmente también en inglés y los idiomas adicionales que la BNE escoja, de entre los disponibles en Second Canvas. Los textos consistirán en: la ficha de cada obra cuya imagen se incorpore a la App; el «storytelling» de cada obra, con un mínimo de 5 detalles, no recomendándose exceder de 15 detalles por obra.

– Audiotours: se recomienda cargar como mínimo un audiotour e idealmente, uno por cada imagen de súper-alta resolución incluída en la App. Los audiotours son pistas de sonido de una duración aproximada de 1,5 minutos asociadas a una imagen de súper-alta resolución de las incorporadas a la App, que describen la obra y los detalles de la misma, detalles que se visualizan con zoom. Deberán ser locutados en idioma de la BNE e idealmente en inglés y en los idiomas adicionales que la BNE escoja.

– Imágenes adicionales: la BNE puede cargar también imágenes propias en la plataforma y enriquecerlas con las opciones que permite Second Canvas, siempre que estas imágenes adicionales tengan la calidad adecuada y cumplan el requisito de tener, al menos, 24 megapixels de resolución.

6.5 Publicación de la App Second Canvas: Una vez la BNE haya finalizado de introducir todos los contenidos en la App, se procederá a su publicación en las tiendas virtuales App Store de Apple y GooglePlay, de forma que los usuarios puedan descargarla.

Por razones de operatividad, la publicación se hará con las credenciales de Madpixel, excepto en el caso de que para la BNE sea imprescindible hacerlo con sus propias credenciales, siempre que reúna los siguientes requisitos y asuma los siguientes compromisos:

1. Tener los Certificados disponibles, activos y al día durante la duración del proyecto.

2. Crear un Perfil de acceso para Madpixel, para que pueda realizar el proceso de publicación de la App.

3. Revisar e informar puntualmente a Madpixel de las notificaciones que reciban, ya sean por parte de los usuarios de la App, por parte de las tiendas de aplicaciones, o por terceros.

Métricas: la BNE proporcionará su identificador de UA de Google Analytics de tipo «app» para que sea introducido en la App. Es recomendable que sea el mismo UA que hace el seguimiento de su página web para que así las métricas de la app se integren en el mismo flujo de datos. De la misma manera, la BNE deberá crear una Vista de los datos de la App en Google Analytics a la que Madpixel tendrá permisos de «Colaborador» (Collaborate).

7. Piloto scExhibition.

scExhibition es una acción piloto consistente en la organización de exposiciones temporales de imágenes digitales producidas en el proyecto. Madpixel organizará al menos una exposición conjuntamente con la BNE o con terceras instituciones.

Los objetivos y acciones específicas a llevar a cabo en este piloto son:

1. Desarrollar el concepto, explorar sus posibilidades y definir su futuro y evolución.

2. Mejorar la infraestructura tecnológica que las soporta.

3. Realizar distintas exposiciones digitales en espacios físicos, con diferentes modalidades, y testar sus resultados e impacto.

4. Identificar modelos de negocio derivados de las mismas.

Se estima que, en el contexto del proyecto scExhibitions se celebrará en el segundo semestre 2018, sin perjuicio de que Madpixel organice otras más adelante en el mismo contexto del proyecto.

scExhibition se celebrará en un espacio físico que pueden ser de acceso gratuito para el público o con precio de entrada, o en otras modalidades que se determinen.

A modo de ejemplo sobre como puede ser una scExhibition, Madpixel organizó en 2017 en San Sebastián (fuera del contexto del proyecto), una exposición piloto de estas características, que puede consultarse en esta web: http://exhibitions.secondcanvas.net/una-experiencia-digital-7-obras-7-museos/.

La participación en este piloto es opcional, pero Madpixel alienta a la BNE a participar, al menos, en una única scExhibition, prestando algunas de sus obras digitalizadas para participar en la exposición.

8. Piloto scNetwork.

El piloto scNetwork consiste en la creación un repositorio compartido en el que las instituciones participantes publicarán imágenes digitales de obras de sus colecciones con la finalidad de realizar otras acciones piloto dentro del proyecto. La red scNetwork contendrá imágenes digitales de las obras de los diferentes instituciones colaboradoras usadas ya en Second Canvas y en las APPs, con la finalidad de realizar otras de las acciones piloto dentro del proyecto y otras acciones colaborativas entre dichas instituciones organizadas y coordinadas por Madpixel.

La BNE puede participar en scNetwork incluyendo un mínimo de una imagen y puede incluir todas las imágenes que desee.

La BNE podrá elegir una modalidad de participación en scNetwork para cada una de sus imágenes:

1. Disponible para cualquier actividad gratuita.

2. Disponible para cualquier actividad de pago (por ejemplo, una scExhibition con pago de entrada), participando entonces en los ingresos obtenidos, (revenue sharing) según se defina para cada actividad.

3. Otras posibilidades que Madpixel pueda incorporar a lo largo del desarrollo del proyecto.

Durante la ejecución del proyecto y en función de la opinión y requerimientos de las instituciones participantes y los condicionamientos técnicos que exijan las acciones previstas o los nuevos pilotos que se organicen, Madpixel podrá detallar o modificar las anteriores disposiciones.

La participación en este piloto es opcional, pero se le solicita a la BNE que revise el proyecto y proporcione comentarios sobre el piloto y su modelo, a través del formulario de informe que Madpixel proporcionará como se menciona en la cláusula 3.10.

9. Piloto scEducation.

El objetivo general de este piloto es explorar en profundidad nuevas oportunidades relacionadas con los usos educativos de los materiales recopilados en scNetwork. Junto con las actividades que las propias instituciones pueden desarrollar en paralelo con sus equipos de educación y los que pueden llevarse a cabo con docentes o escuelas, el objetivo de este piloto es investigar modelos de colaboración con instituciones, plataformas educativas y otros actores, y las oportunidades que pueden surgir al incorporar estos contenidos y formatos en su oferta educativa.

Se estima desarrollar este piloto durante el segundo semestre de 2018.

La participación en este piloto es opcional.

10. Piloto scMadgazine.

Madgazine es una herramienta de Madpixel para la creación de publicaciones digitales interactivas. El piloto scMadgazine ofrece a la BNE confeccionar con esta herramienta una publicación digital interactiva, de entre 20 y 40 páginas, sobre la temática que la BNE elija (exposición, educación, restauración...). Esta publicación deberá incluir al menos un visor Second Canvas para una de las imágenes en super-alta resolución incorporada a scNetwork.

El resultado será una revista interactiva publicada en la web www.madgazine.com, que la BNE podrá embeber o enlazar en su propia página web.

Madpixel concederá a la BNE que participe en este piloto una licencia equivalente a la licencia scMadgazine Standard, (http://www.madgazine.com/precio/) limitada a 40 páginas, así como el soporte necesario para la ejecución del piloto.

La participación de la BNE en esta acción es voluntaria.

11. Otros pilotos.

Madpixel, durante el desarrollo del proyecto, podrá diseñar otras acciones piloto en cuya realización podrá ofrecer colaboración a la BNE, que en todo caso será voluntaria para éste.

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