Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-18343

Resolución de 4 de diciembre de 2019, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que publica la Adenda de modificación y prorroga al Convenio con el Ayuntamiento de Baralla, para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del proyecto de actuaciones medioambientales en el área recreativa del río Neira.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 20 de diciembre de 2019, páginas 139251 a 139253 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2019-18343

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y el Ayuntamiento de Baralla para la financiación, ejecución y entrega para mantenimiento y conservación de las obras del proyecto de actuaciones medioambientales en el área recreativa del río Neira, en Baralla (Lugo), otorgada el 21 de noviembre de 2019, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 4 de diciembre de 2019.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Baralla para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del proyecto de actuaciones medioambientales en el área recreativa del río Neira, en el Concello de Baralla

En Ourense, a 21 de noviembre de 2019.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica, nombrado por Resolución de la Subsecretaría para la Transición Ecológica, de fecha 31 de julio de 2018, por delegación del Secretario de Estado de Medio Ambiente (Orden APM/484/2018, de 8 de mayo, BOE del 11), en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 del texto refundido de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, don Miguel González Piñeiro, Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de Baralla, nombrado en Pleno de 10 de julio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 10 de enero de 2018 (BOE número 21, del 24) se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Baralla con el objeto de determinar las condiciones que regirán la financiación, redacción del proyecto, puesta a disposición de los terrenos, ejecución y posterior entrega para el mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones que se contemplan en el proyecto titulado «Actuaciones medioambientales en el área recreativa del río Neira, en el Concello de Baralla (Lugo)».

II. Que en el citado Convenio se preveía su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 y se estimaba que la ejecución de las actuaciones se desarrollaría durante las anualidades 2018 y 2019.

III. Que conforme a lo establecido en el apartado primero de la cláusula quinta del Convenio, las anualidades inicialmente establecidas podrán modificarse siempre que sea necesario acomodar la financiación a la ejecución de las actuaciones objeto del Convenio.

IV. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del referenciado Convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

V. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las aportaciones económicas, para la buena marcha y ejecución del Convenio.

VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

VII. Que conforme a lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años y, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al Convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar la prórroga del Convenio para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del proyecto de actuaciones medioambientales en el área recreativa del río Neira, en Baralla (BOE número 21, de 24 de enero de 2018).

Asimismo se modifican las anualidades inicialmente establecidas en el Convenio sin modificar el importe total de la actuación ni los compromisos de financiación establecidos.

Segunda. Prórroga del Convenio.

Se acuerda la prórroga del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula quinta, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga dentro de los límites temporales establecidos en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Modificación de la cláusula quinta. Anualidades y aportaciones.

Se modifica el apartado primero de la cláusula quinta que queda establecido del siguiente modo:

«1. Para la ejecución del objeto del presente Convenio, se establece, inicialmente, la siguiente distribución de anualidades:

Año

CHMS, O.A.

Euros

Ayuntamiento

Baralla

Euros

Total

Euros

2018 26.330,07 6.582,52 32.912,59
2019 160.629,92 40.157,48 200.787,40
2020 93.040,01 23.260,00 116.300,01
2021 16.000,00 4.000,00 20.000,00
 Total 296.000,00 74.000,00 370.000,00»
Cuarta. Entrada en vigor.

La presente adenda resultará eficaz tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada Ley.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman por triplicado el presente documento en el lugar y la fecha anteriormente indicados.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Baralla, Miguel González Piñeiro.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid