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Documento BOE-A-2019-18536

Resolución de 17 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes, convocado por Resolución de 11 de noviembre de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 27 de diciembre de 2019, páginas 140699 a 140700 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2019-18536

TEXTO ORIGINAL

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/2944/2019, de 11 de noviembre, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, y dado lo que disponen los artículos 88 a 96 y 313 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, modificado por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real Decreto 140/2015, de 6 de marzo, sobre demarcación notarial;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, del 16), resuelvo:

De acuerdo con las normas legales mencionadas, adscribir a los notarios a las plazas de notarías vacantes ubicadas en el territorio de Cataluña, según se detalla a continuación:

Barberà del Vallès: Desierta en concurso precedente, traslado del señor Luis Pichó Romaní, la señora Regina Elena Izquierdo Muñoz, notaria de Calaf, 2.ª categoría.

Barcelona: Desierta en concurso precedente, jubilación del señor Ruz Núñez, el señor Luis Alberto Álvarez Moreno, notario de Cadaqués, 3.ª categoría.

Barcelona: Desierta en concurso precedente, traslado del señor Juan José Veciana García Boente, el señor Leopoldo Martínez de Salinas, notario de Viladecans, 2.ª categoría.

Barcelona: Señor Corel Sancho, el señor Ausencio José Santos Martín, notario de Santa Cruz de la Palma, 3.ª categoría.

Barcelona: Desierta en concurso precedente, del señor Monjo Carrió, el señor Damián Moreno Maya, notario de La Bisbal d’Empordà, 3.ª categoría.

Barcelona: Desierta en concurso precedente, traslado del señor Nunilo Pérez Fernández, el señor Juan Madridejos Velasco, notario de San Vicente de Alcántara, 3.ª categoría.

Castelló d’Empúries: Desierta en concurso precedente, traslado del señor Emilio Mezquita Granero, el señor Carlos Valverde González, notario de Segura, 3.ª categoría.

Sant Pere de Ribes: Desierta en concurso precedente, traslado del señor Félix Mestre Portabella, la señora Isabel Zubiri Gallego, notaria de Calanda, 3.ª categoría.

Sant Sadurní d’Anoia: Traslado del señor Eusebio Ruiz LIundain, la señora Pilar Saltó Saura, notaria de Sant Vicenç de Castellet, 3.ª categoría.

Sénia, La: Traslado del señor Urbano Martínez, el señor Gonzalo Roig Fernández, notario de Maella, 3.ª categoría.

Tossa de Mar: Desierta en concurso precedente, traslado del señor Jordi Josep Fugardo Pelliser, el señor Jesús Molina Beltrán, notario de Prats de Lluçanès, 3.ª categoría.

Viladecans: Traslado del señor Joaquín Jesús Sánchez Cobaleda, el señor Juan Francisco Herrera García-Canturri, notario de Valencia, 1.ª categoría.

Viladecans: Traslado de la señora Elisa Calzada Castaño, la señora Silvia Toquero Cariello, notaria de Sant Joan Despí, 2.ª categoría.

Información sobre los recursos a interponer.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, la persona o las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la secretaria general de Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que sea conveniente para la defensa de sus intereses.

El recurso de alzada podrá entenderse desestimado si transcurridos tres meses desde su interposición no se ha notificado la resolución. Solo en este caso, la persona o las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente en el que se haya producido el acto presunto desestimatorio del recurso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de Cataluña.

Barcelona, 17 de diciembre de 2019.–El Director General de Derecho y Entidades Jurídicas, Xavier Bernadí i Gil.

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