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Documento BOE-A-2019-18657

Resolución de 11 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se crea un segundo equipo de valoración de incapacidades en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de diciembre de 2019, páginas 141713 a 141713 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-18657
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/12/11/(8)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 2.2 del Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, prevé la posibilidad de constitución, dentro de las dotaciones existentes, de más de un equipo de valoración de incapacidades en aquellas direcciones provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social en las que el número de casos a resolver, o las características de algún sector laboral, así lo aconsejen.

El volumen de expedientes de incapacidad permanente y de incapacidad temporal que se tramitan en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de las Seguridad Social de Sevilla aconsejan, habida cuenta de las dotaciones existentes, la creación de un nuevo equipo de valoración de incapacidades en la citada dirección provincial, en que existe únicamente uno.

En consecuencia, y de conformidad con el artículo 2.2 y con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, esta Secretaría de Estado, a propuesta del Instituto Nacional de la Seguridad Social, resuelve lo siguiente:

Uno.

Con efectos de 1 de enero de 2020, queda constituido, en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Sevilla, un segundo equipo de valoración de incapacidades conforme al artículo 2 del Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.

Dos.

Por la Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Director Provincial de dicha entidad en la indicada provincia, de acuerdo con sus respectivas competencias, se procederá al nombramiento del nuevo equipo de valoración de incapacidades, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del mencionado Real Decreto.

Tres.

El segundo equipo de valoración de incapacidades de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Sevilla, una vez nombrados sus miembros, de acuerdo con el apartado anterior, entrará en funcionamiento el tercer día siguiente a la fecha de nombramiento de todos sus miembros.

Madrid, 11 de diciembre de 2019.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado Martínez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/12/2019
  • Fecha de publicación: 28/12/2019
  • Efectos desde el 1 de enero de 2020.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Equipos de Valoración de Incapacidades
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Sevilla

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