Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-1867

Resolución de 28 de enero de 2019, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2019 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2019, páginas 12877 a 12878 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-1867

TEXTO ORIGINAL

La Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques censados en el Caladero Nacional Cantábrico Noroeste, determina en su anexo V la distribución de cuota de especies para el caladero Cantábrico y Noroeste.

La Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, determina en su anexo III la distribución de cuota de especies para dicho caladero.

La Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, por la que se regula la pesquería de arrastre de fondo en aguas de la subzona IX del CIEM sometidas a jurisdicción de Portugal, determina en su anexo II la distribución de cuota de especies para buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.

Las cantidades que aparecen en el anexo I son las correspondientes a las cuotas repartidas y asignadas inicialmente a España en el Consejo de Ministros de 2018, por lo que se trata de cifras provisionales hasta la publicación oficial del Reglamento(UE) del Consejo de 2019 por el que se establecen, para 2019, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión y se modifica el Reglamento (UE) 2018/120 del Consejo.

Según el citado reglamento, hasta el 50% de la cuota de España de jurel JAX/2A14 puede ser pescada en la zona VIIIc por condición especial. Al contrario que en años anteriores, no se ha hecho uso por ahora de esa condición especial. No obstante, a medida que avance el año se estudiará la posibilidad de hacerlo en función de las necesidades de cuota de la flota, previa solicitud a la Secretaría General de Pesca.

Para el reparto de la cuota de cigala IXa se han tenido en cuenta las limitaciones establecidas en el reglamento de TAC y cuotas para las distintas unidades funcionales.

Por otro lado, la cuota de cigala VIIIc asignada a España está destinada a la evaluación de la situación biológica de este stock por medio de campañas de seguimiento de índices de abundancia de cigala en la unidad funcional 25.

Por otro lado, en el caso de la cuota de jurel 9a del Golfo de Cádiz, se ha hecho una asignación por modalidades de acuerdo a la Orden APM/453/2018, de 25 de abril.

En base a todo lo anterior, la Secretaria General de Pesca, una vez oído el sector afectado, resuelve:

Primero.

Publicar como anexo a esta Resolución las cuotas iniciales provisionales disponibles para cada una de las especies y modalidades que faenan en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz y buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal; según se detallan en el mismo.

Segundo.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero.

Esta Resolución produce efectos para toda la campaña de pesca 2019, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

Madrid, 28 de enero de 2019.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO
Modalidad Gestión HKE MAC (1) JAX8c JAX9a(3) WHB LEZ ANF NEP8c NEP9a (2)
Cuota Cuota Cuota Cuota Cuota Cuota Cuota Cuota Cuota
ARRASTRE DE FONDO CNW. ANUAL. 2.896.836 5.405.336 7.095.900 9.080.149 32.335.742 1.388.966 1.492.960 2.000 6.000
CERCO CNW. ANUAL.   6.449.440 8.954.350 12.716.587     0 0 0
OTROS ARTES DISTINTOS DE ARRASTRE Y CERCO. ANUAL MAC Y JAX. TRIMESTRAL EL RESTO.   6.954.345 844.750 1.408.359 602.792 71.712 888.832 0 0
PALANGRE DE FONDO CNW. ANUAL HKE. 543.823 0         0 0 0
VOLANTA CNW. ANUAL HKE. 1.100.086 0         0 0 0
PINCHO-CAÑA. TRIMESTRAL. 59.240 0         0 0 0
RASCO CNW. TRIMESTRAL.   0         737.452 0 0
ARTES MENORES CNW. TRIMESTRAL. 787.892 0         0 0 0
ARRASTRE PORTUGAL. ANUAL. 166.464 0   55.945 408.911 202.176 263.872 0 31.333
NEAFC.     95.265         0 0 0
GOLFO DE CADIZ. TRIMESTRAL MENOS ANE9 Y NEP 9 QUE ES ANUAL. 369.657 148.613   1.062.956 1.903.554 65.145 88.883 0 62.666
TOTAL. 5.923.998 19.052.999 16.895.000 24.323.996 35.250.999 1.727.999 3.471.999 2.000 99.999

Cantidades expresadas en KG. 

(1) Caballa: ya descontada multa por sobre pesca de 2009 (5.544.000 kg).

(2) Cigala 9A: se han tenido en cuenta las limitaciones establecidas en el reglamento de TAC y cuotas para las distintas unidades funcionales.

(3) Reparto de la cuota de jurel 9a del Golfo de Cádiz por modalidades: Arrastre fondo: 393.825. Cerco: 615.984. Artes menores: 53.147.      

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/01/2019
  • Fecha de publicación: 11/02/2019
Materias
  • Cádiz
  • Cantábrico
  • Cuota de pesca
  • Flota pesquera
  • Material de pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Portugal

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid