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Documento BOE-A-2019-289

Resolución de 20 de diciembre de 2018, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2019, páginas 1982 a 2002 (21 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-289

TEXTO ORIGINAL

A tenor de lo establecido en el artículo 141 del Estatuto de la Universidad de Alicante y en la base 3 de la normativa de la Universidad de Alicante para la regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios; este Rectorado, en cumplimiento de artículo 19.Uno.4 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, obtenida la correspondiente autorización de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, y en ejecución de la Ampliación de la Oferta de Empleo Público para el año 2018, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2018 («DOGV» de 14 de diciembre), ha resuelto convocar a concurso de acceso por el sistema de acceso libre, las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

1.ª Régimen jurídico

Este concurso de acceso se regirá por las bases de esta convocatoria, por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; el Estatuto de la Universidad de Alicante, aprobado por Decreto 25/2012, de 3 de febrero, del Consell («DOGV» de 9 de febrero de 2012); el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2009, por el que se aprueba la normativa de la Universidad de Alicante para la regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios; y demás normativa de general aplicación.

De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, de 17 de diciembre de 2013 por el que se aprueba el II Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que:

– Existe infrarrepresentación de las mujeres en la categoría de Profesor o Profesora Titular de Universidad en las áreas de Química Física, Lenguajes y Sistemas Informáticos, Filología Catalana y Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.

– No existe infrarrepresentación de ninguno de los géneros en la categoría convocada en el área de Anatomía y Embriología Humana.

La Universidad de Alicante, comprometida con el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, anima especialmente al colectivo infrarrepresentado en las distintas áreas a concursar a las plazas de esta convocatoria donde existe dicha infrarrepresentación.

2.ª Requisitos de las candidatas o candidatos

Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión:

2.1 Requisitos generales:

2.1.1 Los recogidos en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) Nacionalidad. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del citado Real Decreto.

b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que se hubiese producido la separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.1.2 Las o los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de sus funciones.

2.1.3 Las o los aspirantes que soliciten plaza en la que se establezca un requisito lingüístico, deberán acreditar el nivel del mismo establecido para cada plaza.

2.1.4 Las o los aspirantes deberán cumplir el requisito de titulación en aquellas plazas en que así se indique.

2.2 Requisito específico:

2.2.1 Estar en posesión de la acreditación para el cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo.

2.2.2 Asimismo, podrán presentarse quienes pertenezcan al cuerpo docente universitario correspondiente o superior y no se encuentren en el caso recogido en el artículo 65.2 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, o estén en posesión de la habilitación conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos.

3.ª Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos presentarán, por cada plaza solicitada, la correspondiente instancia sellada en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Oficina Principal del Registro General de la Universidad o en las Oficinas Auxiliares, situadas en las Secretarías de Centro y en la Sede de Alicante, o bien, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que el personal de Correos pueda estampar en cada una de ellas el sello de fechas antes de su certificación y dirigirse al Campus de San Vicente del Raspeig, Apdo. 99, 03080 Alicante.

En ningún caso se admitirá la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico de la Universidad de Alicante.

Esta solicitud, que se ajustará al modelo que se acompaña en el anexo II de esta convocatoria, debidamente cumplimentada, irá acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o en caso de personas extranjeras, del documento que acredite su identidad, nacionalidad y fecha de nacimiento.

b) Fotocopia del documento justificativo de la acreditación o habilitación, de acuerdo con lo establecido en la base 2.2.

En caso de ser personal funcionario de los cuerpos docentes universitarios, deberá presentar documento que acredite el cuerpo y área de conocimiento.

c) Para la acreditación del requisito recogido en la base 2.1.2, deberá aportar fotocopia del documento que acredite un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de sus funciones. En su defecto, la acreditación de dicho conocimiento se determinará por la comisión en el desarrollo de la prueba contemplada en la base 8.3.

d) Quienes soliciten plaza en la que se establezca un requisito específico de titulación, deberán presentar la documentación acreditativa de cumplir dicho requisito.

e) Quienes soliciten plaza en la que se establezca como requisito específico un perfil lingüístico, deberán aportar fotocopia del documento que acredite el nivel de conocimiento de la lengua correspondiente.

Para las plazas en las que se establezca la enseñanza en lengua valenciana, se aportara fotocopia del certificado de Capacitación Docente en Valenciano de la Conselleria con competencias en materia de Educación; certificado de nivel C1, nivel mitjà o su equivalente homologado de los cursos de valenciano de la Universidad de Alicante, o documento equivalente expedido por cualquier otra de las universidades del ámbito lingüístico catalán, certificado de Grado Medio de la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano, o documento equivalente expedido por la Generalitat de Cataluña o por el Gobierno de las Islas Baleares.

Para las plazas en las que se establezca como requisito lingüístico el conocimiento de una determinada lengua extranjera, deberán aportar fotocopia del documento que acredite el nivel del Marco Común Europeo de Referencia (MCER) establecido para cada plaza, según la tabla de equivalencias de la Universidad de Alicante que se puede consultar en la página web del Servicio de Selección y Formación en la siguiente dirección: https://s.ua.es/B~NR.

En el caso de cursos realizados por el Centro Superior de Idiomas de la Universidad de Alicante se deberá acreditar la equivalencia de los mismos con el nivel del MCER. Para ello se debe adjuntar fotocopia del título con el reverso del mismo donde conste tal circunstancia o el certificado electrónico disponible en UACloud /eAdministración /Trámites laborales/ Certificado de Formación, donde se especifica dicha equivalencia.

Las personas nacionales de países donde la lengua oficial sea la requerida para el acceso a la plaza, podrán certificar el nivel de idioma requerido con los siguientes títulos académicos, cursados en la lengua extranjera correspondiente en centros que no dependan del sistema educativo español:

Secundaria: B2.

Bachiller: C1.

Esta documentación será remitida desde el Servicio de Selección al Servicio de Lenguas para realizar la consulta de su validez a estos efectos.

Se podrá solicitar al interesado la traducción del título en los casos en que debido al idioma sea necesario, así como un informe del organismo competente que acredite la lengua vehicular del mismo, siempre que de la documentación presentada no se desprenda esta circunstancia.

f) Resguardo que justifique el pago de 27,40 euros en concepto de derechos de examen, que se ingresarán, en efectivo o mediante transferencia bancaria, en el Banco SabadellCAM en la Cuenta N.º ES89 0081-3191-42-0001027605, referenciando, además del nombre y los apellidos, el número de la plaza.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las o los aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Deberán presentar certificación de la Consellería correspondiente u órganos competentes de otras administraciones públicas, que acredite discapacitación igual o superior al 33 %.

b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial y los miembros de familias monoparentales de categoría especial. (Ley tasas Generalitat 30.12.17). Los miembros de familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de categoría general disfrutarán de una bonificación del 50 %. En ambos casos deberán presentar fotocopia del título oficial de familia numerosa o título oficial de familia monoparental.

c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

d) Las personas que figuren como demandantes de empleo con una antigüedad de, al menos, 3 meses con anterioridad a la fecha de la convocatoria. Para el disfrute de la exención serán requisitos que no hubieran rechazado, en el plazo de que se trate, oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La acreditación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la ley, se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración escrita del solicitante. Ambos documentos deberán adjuntarse a la solicitud.

4.ª Protección de datos personales

Los datos de carácter personal aportados por las o los aspirantes quedarán incluidos en el fichero automatizado de Personal de esta Universidad, que se compromete a no hacer un uso distinto de aquel para el cual han sido solicitados, según la resolución de la Universidad de Alicante, de 18 de septiembre de 2013, sobre creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal («DOGV» de 16 de octubre de 2013).

La Universidad de Alicante informa, asimismo, sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y, en su caso, de oposición, que prevén los artículos 13,14,15 y 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales; que deben ser ejercidos, por escrito, ante el Gerente de esta Universidad.

5.ª Información y notificaciones del procedimiento

5.1 De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las publicaciones detalladas en las bases siguientes, así como la información de otros actos que de ella se deriven que requieran publicación, incluidos los recursos en vía administrativa; sustituirán la notificación personal a las personas interesadas y producirán los mismos efectos.

5.2 En el caso de tener que realizar alguna notificación personal a la interesada o interesado a su dirección postal, se considerará como válida la indicada en su instancia, con lo que, si en el desarrollo del procedimiento se produjera algún cambio en la misma, será su responsabilidad comunicarlo.

5.3 La información referente a esta convocatoria puede consultarse en la página Web de la Universidad de Alicante, cuya dirección es http://ssyf.ua.es/es/accesopdi/funcionarios/convocatorias-profesorado-funcionario.html.

6.ª Relación de aspirantes admitidos y excluidos

6.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Alicante, dictará resolución que se publicará en la página web del Servicio de Selección y Formación, en la que constará la relación provisional de personas admitidas y excluidas, indicándose en este caso las causas de exclusión.

Contra esta resolución las y los interesados podrán presentar reclamación o subsanación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación.

6.2 Finalizado dicho plazo, se publicará en el mismo lugar resolución en la que, además de declarar aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del acto de presentación referido en la base 8.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la citada resolución, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

6.3 No procederá devolución alguna de los derechos de admisión a pruebas en los supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada.

7.ª Comisiones del concurso de acceso

7.1 La composición de la Comisión Juzgadora correspondiente a cada concurso, nombrada por Resolución de la Universidad de Alicante de 20 de diciembre de 2018, figura en el anexo IV de esta convocatoria.

7.2 Los currículos de los miembros titulares se publicarán en la página web del Servicio de Selección y Formación.

7.3 Las Comisiones juzgadoras deberán constituirse en el plazo máximo de 3 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del concurso de acceso y deberán ajustarse en su funcionamiento a lo establecido en la base 6 y siguientes de la Normativa de desarrollo de esta Universidad.

8.ª Desarrollo del concurso

8.1 Acto de Constitución. En este acto la Comisión fijará los criterios específicos de valoración, que deberán ajustarse a los criterios básicos establecidos en el artículo 142.2 del Estatuto de la Universidad de Alicante y a los criterios generales recogidos en la base 7 de la Normativa de desarrollo de esta Universidad. Se publicarán en los locales donde se celebre la sesión, con antelación al acto de presentación.

8.2 Presentación. En el acto de presentación, que será público, las o los concursantes entregarán a la presidencia de la Comisión su historial académico, docente e investigador por quintuplicado, junto con un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos aducidos y, también por quintuplicado, el proyecto docente e investigador. El currículum habrá de ajustarse al modelo que figura en el anexo III de la presente convocatoria o al Curriculum Vitae Normalizado (CVN).

En este mismo acto, la Comisión establecerá:

a) El orden de actuación de las y los aspirantes en las pruebas mediante sorteo público.

b) El calendario de las pruebas, que tendrá lugar en el plazo máximo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al del acto de presentación.

c) El plazo fijado para que cualquier concursante pueda examinar la documentación entregada por el resto de concursantes.

Tras el acto de presentación, la Comisión hará pública en los locales dónde se celebre la sesión una resolución con los acuerdos adoptados en dicha sesión.

8.3 Prueba. Todas las pruebas se realizarán en sesión pública y tendrán carácter obligatorio.

Cuando la plaza convocada tenga un perfil lingüístico, el desarrollo de la prueba podrá realizarse conforme al mismo.

Los concursos de acceso a plazas de Profesor y Profesora Titular de Universidad constarán de una prueba dividida en dos partes. La primera parte comprenderá la exposición oral de sus méritos e historial académico, docente e investigador, así como de su proyecto docente e investigador. El proyecto docente deberá incluir, en todo caso, el programa de una o varias asignaturas de materias básicas u obligatorias de planes de estudio vigentes en la Universidad de Alicante, y deberá hacer referencia expresa a la planificación y los recursos docentes empleados. Para el desarrollo de esta parte las o los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de sesenta minutos. Seguidamente, la Comisión podrá realizar preguntas, solicitar aclaraciones y debatir con la o el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes durante un tiempo máximo de noventa minutos.

La segunda parte de la prueba, consistirá en la exposición oral de uno de los temas contenidos en el proyecto docente presentado, para lo que la o el concursante proporcionará previamente a la presidencia de la Comisión una relación de tres temas de los que, por sorteo, se elegirá uno para ser expuesto. Dispondrá para la realización de esta prueba de un tiempo máximo de sesenta minutos. Finalizada la exposición, la Comisión podrá realizar preguntas, solicitar aclaraciones y debatir con la o el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes durante un tiempo máximo de noventa minutos.

Finalizada la prueba, la Comisión o cada integrante, emitirá una valoración razonada sobre cada concursante, ajustada a cada uno de los criterios generales y específicos de valoración previamente establecidos, en la que se valorará el historial académico, docente e investigador, el proyecto docente e investigador, así como las capacidades para la exposición y debate ante la Comisión demostradas en la prueba. A la vista de los informes, la Comisión efectuará una propuesta motivada de provisión, que deberá ser aprobada por, al menos, tres votos a favor.

9.ª Propuesta de provisión y reclamaciones

9.1 La Comisión elevará al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, la propuesta de provisión de la plaza, que deberá incluir la evaluación de cada concursante desglosada por cada uno de los aspectos evaluados. Dicha propuesta se publicará en la página web del Servicio de Selección y Formación.

9.2 El proceso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no proveer la plaza convocada.

9.3 El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria de concurso de acceso y la resolución del mismo no podrá exceder de seis meses.

9.4 Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso se podrá presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.

9.5 Las o los candidatos propuestos para cada plaza, en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la propuesta de provisión, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento equivalente.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad. A estos efectos, los reconocimientos se podrán realizar a través de los servicios médicos existentes en el Servicio de Prevención de la Universidad de Alicante.

c) Declaración jurada de no haber sido separada o separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Las y los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas o sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

d) Quienes tuvieren la condición de personal funcionario de carrera, estarán exentos de justificar el documento del apartado b), debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditando tal condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10.ª Nombramiento y toma de posesión

10.1 Una vez realizado el trámite anterior, el Rector efectuará el nombramiento de la persona o personas propuestas, que será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» y comunicado a los registros oportunos y a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria, especificando la denominación de la plaza, cuerpo y área de conocimiento.

10.2 Toma de posesión. En el plazo máximo 20 días, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento en el «BOE», la o el candidato propuesto deberá tomar posesión.

10.3 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.

11.ª Norma final

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el Rector, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.

Alicante, 20 de diciembre de 2018.–El Rector, P.D. (Resolución de 19 de mayo de 2016), el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, José Penadés Martínez.

ANEXO I

Número de plaza: DF02887.

Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesor/a Titular Universidad.

Área de conocimiento: Química Física.

Departamento: Química Física.

Actividad docente: La correspondiente al área de conocimiento.

Perfil investigador: Química Física.

Requisito lingüístico: Conocimiento de valenciano a nivel C1.

Número de plaza: DF02889.

Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesor/a Titular Universidad.

Área de conocimiento: Filología Catalana.

Departamento: Filología Catalana.

Actividad docente: La correspondiente al área de conocimiento.

Perfil investigador: Literatura Catalana Contemporánea. Cine Catalán y Estudios Culturales.

Requisito titulación: Grado en Filología Catalana o titulación equivalente.

Número de plaza: DF02892.

Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesor/a Titular Universidad.

Área de conocimiento: Lenguajes y Sistemas Informáticos.

Departamento: Lenguajes y Sistemas Informáticos.

Actividad docente: La correspondiente al área de conocimiento.

Perfil investigador: Procesamiento de Lenguaje Natural.

Requisito lingüístico: Conocimiento de valenciano e inglés a nivel C1.

Número de plaza: DF02893.

Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesor/a Titular Universidad.

Área de conocimiento: Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.

Departamento: Ciencia de la Computación, Inteligencia Artificial.

Actividad docente: La correspondiente al área de conocimiento.

Perfil investigador: Sistemas Inteligentes para manejo de datos 3d en Robótica.

Requisito lingüístico: Conocimiento de inglés a nivel C1.

Número de plaza: DF02894.

Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesor/a Titular Universidad.

Área de conocimiento: Anatomía y Embriología Humana.

Departamento: Óptica, Farmacología y Anatomía.

Actividad docente: La correspondiente al área de conocimiento.

Perfil investigador: Enfermedades degenerativas de la retina.

Requisito lingüístico: Conocimiento de inglés a nivel B2.

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ANEXO IV

Plaza: DF02887.

Categoría: Profesor Titular de Universidad.

Área de Conocimiento: Química Física.

Departamento: Química Física.

Comisión titular

Presidente: Roberto Gómez Torregrosa, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretaria: Teresa Lana Villarreal, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: José Manuel Orts Mateo, Profesor Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Ana María Amat Paya, Catedrática de Universidad de la Universitat Politécnica de Valencia.

Vocal: Sofía Calero Díaz, Catedrática de Universidad de la Universidad Pablo de Olavide.

Comisión suplente

Presidente: Juan Manuel Pérez Martínez, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretario: Antonio Rodes García, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: José Maria Pérez Jordá, Profesor Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Rosa María Llusar Barelles, Catedrática de Universidad de la Universidad Jaume I.

Vocal: Beatriz Cabañas Galán, Catedrática de Universidad de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Plaza: DF02889.

Categoría: Profesor Titular de Universidad.

Área de Conocimiento: Filología Catalana.

Departamento: Filología Catalana.

Comisión titular

Presidente: Enric Balaguer Pascual, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretario: Joaquim Espinos Felipe, Profesor Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Vicent Manuel Salvador Liern, Catedrático de Universidad de la Universidad Jaume I.

Vocal: Carme Gregori Soldevila, Profesora Titular Universidad de la Universitat de Valencia.

Vocal: Maria Angels Frances Díez, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Comisión suplente

Presidente: Vicent Simbor Roig, Catedrático de Universidad de la Universitat de Valencia.

Secretaria: Caterina Merce Picornell Belenguer, Profesora Titular Universidad de la Universitat de les Illes Balears.

Vocal: Maria Margalida Pons Jaume, Profesora Titular Universidad de la Universitat de les Illes Balears.

Vocal: Anna Isabel Esteve Guillén, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Joan Borja Sanz, Profesor Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Plaza: DF02892.

Categoría: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Lenguajes y Sistemas Informáticos.

Departamento: Lenguajes y Sistemas Informáticos.

Comisión titular

Presidente: Manuel Javier Palomar Sanz, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretaria: María Paloma Moreda Pozo, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: María Teresa Martín Valdivia, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Jaen.

Vocal: Raquel Martínez Unanue, Catedrática de Universidad de la Universidad Nacional Educación a Distancia.

Vocal: Rafael Valencia García, Catedrático de Universidad de la Universidad de Murcia.

Comisión suplente

Presidente: Juan Andrés Montoyo Guijarro, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretaria: Estela Saquete Boro, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Luis Alfonso Ureña López, Catedrático de Universidad de la Universidad de Jaen.

Vocal: Encarnación Segarra Soriano, Catedrática de Universidad de la Universitat Politécnica de Valencia.

Vocal: Rafael Muñoz Guillena, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Plaza: DF02893.

Categoría: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.

Departamento: Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.

Comisión titular

Presidenta: María Violeta Migallón Gomis, Catedrática de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretario: Miguel Ángel Cazorla Quevedo, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: María del Mar Pujol López, Catedrática de Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Eugenio Aguirre Molina, Profesor Titular Universidad de la Universidad de Granada.

Vocal: Miguel García Silvente, Profesor Titular Universidad de la Universidad de Granada.

Comisión suplente

Presidente: Ramón Luis Rizo Aldeguer, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretaria: María del Pilar Arques Corrales, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: María Jesús Castel de Haro, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Vicente Matellán Olivera, Profesor Titular Universidad de la Universidad de León.

Vocal: Rafael Muñoz Salinas, Profesor Titular Universidad de la Universidad de Córdoba.

Plaza: DF02894.

Categoría: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Anatomía y Embriología Humana.

Departamento: Óptica, Farmacología y Anatomía.

Comisión titular

Presidente: Alino Martínez Marcos, Catedrático de Universidad de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Secretaria: Alicia Mohedano Moriano, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Vocal: Pedro de la Villa Polo, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alcalá.

Vocal: Victoria Eugenia Maneu Flores, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Concepción Lillo Delgado, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Salamanca.

Comisión suplente

Presidenta: María del Mar Arroyo Jiménez, Catedrática de Universidad de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Secretaria: María Mercedes Palmero Cabezas, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Nicolás Cuenca Navarro, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: Manuel Sánchez Malmierca, Catedrático de Universidad de la Universidad de Salamanca.

Vocal: Almudena Velasco Arranz, Profesora Titular Universidad de la Universidad de Salamanca.

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