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Documento BOE-A-2019-302

Resolución de 17 de diciembre de 2018, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria La Caixa.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2019, páginas 2108 a 2127 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2019-302

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado y la Fundación Bancaria La Caixa han suscrito, con fecha 15 de noviembre de 2018, un convenio que tiene por objeto la organización de la exposición temporal: «Velázquez y el Siglo de Oro» dentro del programa Prado Itinerante, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 17 de diciembre de 2018.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO
Convenio entre el Museo Nacional del Prado y la Fundación Bancaria «La Caixa» para la organización de la exposición temporal «Velázquez y el Siglo de Oro» dentro del programa Prado Itinerante

En Madrid, a 15 de noviembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado (en adelante MNP) con domicilio en Madrid, paseo del Prado, s/n y CIF Q-2828018-H, representado por don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004 de 12 de marzo, en su artículo 7.2.l.

De otra, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, «La Caixa», (en adelante Fundación Bancaria «la Caixa» o FBLC) entidad con domicilio social en Palma (Illes Balears), Plaça Weyler, 3, código postal 07001, y C.I.F. G-58899998, representada por su Directora General Adjunta, doña Elisa María Durán Montolío, actuando en calidad de apoderada de la Fundación Bancaria «la Caixa».

Las partes reconociéndose capacidad legal suficiente para contratar y obligarse mediante este documento

MANIFIESTAN

I. Que el Museo del Prado, en virtud de lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo del Prado, es un organismo público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, pública y privada, para el cumplimiento de sus fines, entre los que destaca su compromiso por impulsar el conocimiento, difusión y comunicación de las obras y de la identidad cultural del patrimonio histórico adscrito al museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y demás actividades de divulgación cultural.

II. Que la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona «la Caixa», es una entidad sin ánimo de lucro que tiene como finalidad la realización de actividades y el desarrollo de programas en los ámbitos social, cultural, científico y medioambiental, con el fin de mejorar las condiciones de vida de las personas. Algunas de estas actividades las realiza en colaboración con instituciones públicas y privadas. Concretamente, en el ámbito cultural tiene establecidas alianzas con entidades de reconocido prestigio para la realización de exposiciones.

III. Que con el fin de profundizar en el cumplimiento de sus objetivos las partes suscribieron un Convenio Marco, de fecha 21 de septiembre de 2015, para continuar la alianza estratégica iniciada con el Convenio Marco de julio de 2011, en cuya Cláusula Segunda se establece, como forma de articular dicha colaboración, la suscripción de convenios específicos para cada exposición en los que se que recojan de manera exhaustiva todas las condiciones de desarrollo y seguimiento de la actividad.

IV. Que conforme a la cláusula 2.ª del Convenio Marco, el Museo del Prado y la Fundación Bancaria «la Caixa» tienen previsto organizar la exposición temporal Velázquez y el Siglo de Oro (título provisional), comisariada por Javier Portús, Jefe de Conservación de Pintura española hasta 1700 del Museo del Prado. Dicha exposición estará formada por 60 obras pertenecientes a las colecciones del Museo del Prado, cuyo listado figura en el anexo A al presente Convenio.

V. Que las obras se prestan a la Fundación Bancaria «la Caixa» conforme a las Condiciones Técnicas que figuran en el anexo B, así como las Condiciones de Préstamo que figuran como anexo C al presente Convenio.

VI. Que, consecuentemente con lo anterior, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, junto con sus anexos, con el fin de coorganizar la exposición Velázquez y el Siglo de Oro (título provisional) y realizar las actividades complementarias previstas relacionadas con la misma.

En su virtud, y de conformidad con la exposición que antecede, el presente Convenio específico se articula de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Es objeto del presente Convenio establecer las condiciones para la coorganización entre las partes de la exposición Velázquez y el Siglo de Oro (título provisional), para su exhibición en las fechas y sede de la Fundación Bancaria «la Caixa» que se detallan a continuación, así como para la realización de las correspondientes actividades complementarias que se describen en el presente Convenio.

La muestra estará formada por 60 obras pertenecientes a las colecciones del MNP. La selección de obras que prestará el MNP aparece relacionada en el anexo A al presente Convenio.

Segunda. Sedes y fechas de la exposición.

La exposición tendrá lugar en las fechas y sede que se detalla a continuación:

– CaixaForum Barcelona, con sede en la avenida Francesc Ferrer i Guàrdia, 6-8, 08038 Barcelona. Del 16 de noviembre de 2018 al 3 de marzo de 2019. Inaugurándose el día 15 de noviembre de 2018.

Con el fin de considerar los períodos de montaje y desmontaje de la exposición, se establecen los siguientes períodos de préstamo de las obras del MNP:

– CaixaForum Barcelona: desde el 2 de noviembre de 2018 hasta el 12 de marzo de 2019.

Las fechas de la exposición, y consecuentemente el período de préstamo, podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes.

Tercera. Condiciones técnicas y condiciones de préstamo de la exposición.

En el anexo B (Condiciones Técnicas) al presente Convenio figuran los términos en los que queda establecida la colaboración entre las partes para la coorganización de la exposición.

En el anexo C (Condiciones de Préstamo) figuran las condiciones del MNP para el préstamo de las obras de sus propias colecciones relacionadas en el anexo A.

Cuarta. Régimen económico.

El régimen económico de la colaboración entre las partes es el siguiente:

1. La FBLC asumirá, directamente o por contribución de terceros, todos los gastos de embalaje-desembalaje, transporte, almacenaje de embalajes durante la exposición, alojamiento de los correos, aseguramiento, montaje y desmontaje, diseño expositivo, editorial y gráfico, edición, traducción y producción del catálogo, incluyendo el encargo de textos a autores ajenos al MNP, así como el material promocional y publicidad de la exposición.

La FBLC también asumirá la contratación y los gastos derivados de la adecuación de las salas según el proyecto técnico, siguiendo los estándares de calidad exigidos por el Museo del Prado.

Asimismo asumirá la seguridad presente en el edificio (24 h) y además completará dicha seguridad con un número de vigilantes a decidir entre las partes durante las horas de apertura al público, la cesión del espacio para la realización de la exposición, la rueda de prensa y todo el material de comunicación y difusión, conferencia inaugural e inauguración, mantenimiento y limpieza de la exposición, servicio de monitorización de las visitas guiadas a la exposición para grupos escolares y/o de público general (incluyendo las visitas VIP que se soliciten), y la gestión de los permisos pertinentes de la Administración local para la cesión de los espacios de la vía pública, de acuerdo con las ordenanzas municipales, para acceso de vehículos y publicidad de la exposición.

A los efectos del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la ejecución del conjunto de actividades necesarias derivadas de los compromisos asumidos por la FBLC en el convenio ascenderá a un máximo estimado de 300.000,00 euros.

2. El MNP, por su parte, asume los costes relativos a la preparación de sus obras para el transporte y, en caso de que fuera necesario, su restauración. Asimismo, se hará cargo de los costes derivados de la participación de su personal en el proyecto (directivos, encargados de tareas de comisariado, coordinación, conservación y restauración), así como de sus desplazamientos y manutención cuando viajen por motivos del proyecto (excepto los gastos relativos al alojamiento de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarios para trabajar en montajes y desmontajes, que correrán a cargo de la FBLC). En estas partidas queda incluida la cesión de los textos del personal del MNP para su explotación comercial en el catálogo de la exposición.

De igual modo, a los efectos del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la ejecución del conjunto de actividades necesarias derivadas de los compromisos asumidos por el MNP en el presente Convenio se realizará una vez verificada la existencia de crédito adecuado y suficiente, y comportará un gasto máximo estimado de 2.500 euros, que se ejecutarán en los ejercicios 2018 (1.500 €) y 2019 (1.000 €) con cargo a las partidas presupuestarias 230 y 231.

Cada una de las partes asumirá los impuestos que se devenguen de su respectiva aportación o colaboración.

Quinta. Precio.

La Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional del Prado de fecha 21 de marzo de 2018 ha acordado exonerar a la Fundación Bancaria «la Caixa» del pago del precio por el préstamo de las obras integrantes de la exposición, estipulado en la Resolución de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional del Prado de 14 de diciembre de 2017, por la que se establecen los precios públicos por prestación de servicios y actividades del museo que serán de aplicación, según refleja el artículo 5.º relativo a las Normas específicas aplicables a los préstamos de obras de arte y lo reflejado en el correspondiente anexo III de las mismas para atender estos gastos.

Sexta. Vigencia.

De acuerdo con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el período de vigencia del presente Convenio se inicia el día en que sea inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sea igualmente publicado en el «Boletín Oficial del Estado, y concluye con el fin de las actuaciones contempladas en el mismo, previsto en marzo de 2019 y, en todo caso, con la devolución de las obras al Museo del Prado o lugares que el Museo del Prado indique tras finalizar la exposición. En todo caso, el período de vigencia no superará los cuatro años y no será objeto de prórroga.

Séptima. Comisión de Seguimiento.

Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución se constituye una comisión conjunta de seguimiento, compuesta por cuatro (4) personas, dos (2) de ellas designadas por el MNP y dos (2) designadas por la FBLC, que se asegurará de que se da cumplimiento a las cláusulas del presente Convenio, y que resolverá cualquier cuestión que surja en relación con el desarrollo de la exposición.

Octava. Extinción.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución anticipada:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes. Para la finalización de las actividades en curso objeto del Convenio se establecerá un plazo improrrogable que será fijado por las partes cuando se resuelva el Convenio (en cumplimiento de lo establecido en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre). Transcurrido dicho plazo improrrogable, la liquidación del Convenio se realizará conforme a las reglas establecidas en el artículo 52.2 de la citada Ley.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si estos fueran evaluables económicamente.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

El cumplimiento y la resolución del presente Convenio darán lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, de acuerdo con el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Régimen de modificación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 49.g de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la modificación del contenido del convenio requerirá el acuerdo unánime de las partes.

Décima. Validez del Convenio.

Si cualquiera de las disposiciones de este Convenio fuera considerada ilegal, inválida o inaplicable por cualquier motivo, las demás disposiciones continuarán teniendo plena vigencia y validez.

Undécima. Naturaleza y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de los previstos en el artículo 47.2 c) de la citada Ley 40/2015.

En el supuesto de que surgieran dudas o discrepancias sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio, se resolverán en primera instancia en el seno de la Comisión de seguimiento y si no se alcanzase un acuerdo extrajudicial, las partes solventarán éstas sometiéndose, con renuncia a cualquier fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, a la jurisdicción contencioso-administrativa.

El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el portal de Transparencia, en aplicación de los dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno (art. 8.1 b).

Y en prueba de conformidad las partes firman el presente Convenio por duplicado ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus, Director.–Por la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona «la Caixa», Elisa María Durán Montolío, Directora General Adjunta.

Anexo A: Listado de obras.

Anexo B: Condiciones técnicas.

Anexo C: Condiciones de préstamo.

Anexo D: Reparto de tareas y costes.

ANEXO A
Listado de obras de la exposición temporal «Velázquez y el Siglo de Oro»
N.º Expo N. Cat. Título Autor Medidas
1 P01194 Juan Martínez Montañés. Velázquez, Diego Rodríguez de Silva y. 109 x 88
2 P00877 Autorretrato (¿?). Borgianni, Orazio (Atribuido a). 95 x 71
3 P02594 Cristo crucificado, con un pintor. Zurbarán, Francisco de. 105 x 84
4 P02874 La Santa Faz. El Greco (y taller). 71 x 54
5 P08155 Dios Padre retratando a la Inmaculada. García Hidalgo, José. 185 x 146
6 P03134 San Bernardo y la Virgen. Cano, Alonso. 267 x 185
7 P03214 San Benito destruyendo los ídolos. Rizi, Fray Juan Andrés. 194 x 220
8 P01206 Esopo. Velázquez, Diego Rodríguez de Silva y. 179 x 94
9 P01682 Demócrito, el filósofo que ríe. Rubens, Pedro Pablo (Taller de). 180,5 x 66
10 P01121 Demócrito. Ribera, José de. 125 x 81
11 P01046 San Jerónimo. Pereda y Salgado, Antonio de. 104,3 x 84
12 P01404 El Gusto, el Oído y el Tacto. Brueghel el Viejo, Jan. 176 x 264
13 P01208 Marte. Velázquez, Diego Rodríguez de Silva y. 179 x 95
14 P00421 Venus recreándose con el Amor y la Música. Tiziano, Vecellio di Gregorio. 150,2 x 218,2
15 P01663 Perseo liberando a Andrómeda. Rubens, Pedro Pablo; Jordaens, Jacob. 223 x 163
16 P00062 La muerte de Lucrecia. Cambiaso, Luca (Atribuido a). 123 x 120
17 P00194 Perseo vencedor de Medusa. Giordano, Luca. 223 x 91
18 P08062 Ticio encadenado. Martínez, Gregorio. 173 x 233
19 P01182 Felipe IV. Velázquez, Diego Rodríguez de Silva y. 198 x 101,5
20 P02112 Doña Juana de Austria. Moro, Antonio. 195 x 105
21 P07101 Carlos II, con armadura. Carreño de Miranda, Juan. 232 x 125,5
22 P00861 La infanta Isabel Clara Eugenia y Magdalena Ruiz. Sánchez Coello, Alonso. 207 x 129
23 P01201 Bufón con libros. Velázquez, Diego Rodríguez de Silva y. 107 x 82
24 P07065 Retrato de enano. Hamen y León, Juan van der. 122,5 x 87
25 P00887 Don Tiburcio de Redín. Rizi, Fray Juan Andrés. 203 x 124
26 P07126 El socorro de Génova por el II marqués de Santa Cruz. Pereda y Salgado, Antonio de. 290 x 370
27 P01245 Hércules y el toro de Creta. Zurbarán, Francisco de. 133 x 152
28 P01249 Hércules lucha con la hidra de Lerna. Zurbarán, Francisco de. 133 x 167
29 P01124 Combate de mujeres. Ribera, José de. 235 x 212
30 P00236 Auspicios de un emperador romano. Lanfranco, Giovanni di Stefano. 181 x 362.
31 P03379 Teodorico, rey godo. Castello, Félix. 205 x 118
32 P02571 Cacería del tabladillo en Aranjuez. Martínez del Mazo, Juan Bautista. 187 x 249
33 P01180 El príncipe Baltasar Carlos, a caballo. Velázquez, Diego Rodríguez de Silva y. 211,5 x 177
34 P02255 El Arcángel Rafael y Tobías. Lorena, Claudio de. 211 x 145
35 P02316 Eremita orando. Lemaire, Jean. 163 x 241,5
36 P01212 El Arco de Tito en Roma. Martínez del Mazo, Juan Bautista. 146 x 111
37 P04003 Puerto con castillo. Bril, Paul. 24 x 35.
38 P07640 San Juan Crisóstomo. Orrente, Pedro de. 110 x 128
39 P08015 Paisaje de invierno con la Adoración de los pastores. Collantes, Francisco. 72,2 x 105,7
40 P01347 Fiestas del Ommegang o del Papagayo, en Bruselas: procesión de gremios. Alsloot, Denis van. 130 x 380
41 P02802 Bodegón con cardo, francolín, uvas y lirios. Ramírez, Felipe. 71 x 92
42 P08063 La gallinera. Loarte, Alejandro de. 166 x 128
43 P07743 Cesta y caja con dulces. Hamen y León, Juan van der. 84 x 105
44 P07924 Bodegón ochavado con racimos de uvas. Espinosa, Juan de. 67 x 68
45 P07909 Frutero de Delft y dos floreros. Hiepes, Tomás. 67 x 96
46 P07927 Milano atacando un gallinero. March, Miguel. 113,5 x 136,5
47 P01422 Florero. Brueghel el Viejo, Jan. 44 x 66
48 P01990 Bodegón de cocina. Maestro S. B. 78 x 151
49 P01166 Adoración de los Reyes Magos. Velázquez, Diego Rodríguez de Silva y. 203 x 125
50 P03286 Pentecostés. Maíno, Fray Juan Bautista. 324 x 246
51 P01073 San Pedro libertado por un ángel. Ribera, José de. 177 x 232
52 P00258 Degollación de San Juan Bautista. Stanzione, Massimo. 184 x 258
53 P00212 El Apóstol Santiago el Mayor. Reni, Guido. 135 x 89
54 P06074 El Salvador bendiciendo. Zurbarán, Francisco de. 100 x 72
55 P03122 San Francisco sostenido por un ángel. Gentileschi, Orazio Lomi de. 126 x 98
56 P01478 San Francisco de Asís en éxtasis. Dyck, Antonio van. 123 x 105,5
57 P00629 Cristo muerto sostenido por un ángel. Cano, Alonso. Alto: 178,3 x 119,8
58 P00960 Sagrada Familia del pajarito. Murillo, Bartolomé Esteban. 144 x 188
59 P01639 La Sagrada Familia con Santa Ana. Rubens, Pedro Pablo. 116 x 91
ANEXO B
Condiciones técnicas de la exposición temporal «Velázquez y el Siglo de Oro»

Estas condiciones estarán vigentes durante el desarrollo del proyecto y FBLC se compromete a hacer frente su cumplimiento, según el siguiente calendario expresado en el Convenio Singular:

– CaixaForum Barcelona, del 16 de noviembre de 2018 al 3 de marzo de 2019 (fechas de apertura pública).

Primera. Nómina de obras participantes.

La Exposición en CaixaForum Barcelona estará compuesta por una selección de 60 obras de arte pertenecientes a las colecciones del MNP y cuya nómina figura en el Anexo A al presente convenio. La selección final de dichas obras será acordada conjuntamente entre las partes y podrá reducirse excepcionalmente de mutuo acuerdo atendiendo a las posibilidades museográficas de la sede.

En este sentido, el MNP se reserva el derecho de modificar parcialmente esta selección por razones de conservación de las obras o por inadecuadas condiciones medioambientales y de seguridad y/o de instalación de la sede.

Segunda. Comisariado y coordinación técnica.

El comisariado de la Exposición correrá a cargo del personal científico del MNP citado en el expositivo IV de este Convenio. El concepto general de la Exposición será propiedad intelectual del Museo del Prado.

El Comisario de la Exposición realizará las siguientes tareas:

– Elaboración del concepto de la exposición y de su catálogo.

– Presentación de la selección de obras que ilustrarán el proyecto

– Redacción de los textos que considere necesarios para el catálogo, notas de prensa, material de difusión, salas de exposición y otros apartados relativos al proyecto.

– Asesoramiento y supervisión del montaje de la exposición en cada una de las sedes.

– Siempre y cuando su agenda se lo permita, asistencia a la inauguración de la exposición, realización de una conferencia inaugural y asistencia y participación en la rueda de prensa, así como participación en cualquier otro acto de difusión de la exposición que el departamento de Comunicación de la FBLC, en su caso, organice (declaraciones sobre la exposición, visitas a la exposición con los medios de comunicación, etc.). El calendario de acciones de comunicación será consensuado con el Área de Comunicación del MNP, que tendrá en cuenta la disponibilidad o no del Comisario o, en su defecto, de algún otro representante del MNP que pudiera cumplir las funciones requeridas en cada caso.

El MNP y la FBLC coordinarán y supervisarán todos los servicios y trabajos necesarios para la organización y el desarrollo de la Exposición, a través de un Coordinador Técnico designado en cada institución organizadora.

Tercera. Construcción de embalajes, transporte y seguro.

La FBLC se encargará de la gestión, contratación y financiación de los servicios de construcción de embalajes, transporte, y seguro de la Exposición, tanto de las obras del MNP como de sus sedes depositarias. Las empresas seleccionadas deberán contar con el visto bueno del MNP.

Los transportes de la Exposición incluirán:

– Transportes previos a la Exposición: transportes desde domicilios de origen al MNP de obras del MNP depositadas en otras instituciones.

– Transportes de la Exposición: desde el MNP y otros domicilios de origen hasta CaixaForum Barcelona y transportes de devolución de las obras hasta los domicilios de origen (MNP y sedes depositarias) tras la clausura de la Exposición.

Las obras se transportarán en embarques diferenciados que vendrán determinados tanto por las rutas requeridas para sus traslados en función de sus domicilios de origen y destino, como por sus valoraciones por la consiguiente necesidad de reparto de valores acumulados en cada embarque. El MNP tendrá la prerrogativa para determinar el número de embarques requerido para las obras de sus colecciones.

El MNP solicitará protección policial oficial para los traslados de las obras. En caso de no ser concedida, la FBLC se hará cargo de la cobertura de los costes de seguridad privada.

La FBLC contratará y asumirá un seguro comercial «clavo a clavo» que incluya las coberturas exigidas por el MNP para el aseguramiento de las obras. En el caso de las obras que deban trasladarse al MNP con anterioridad a la Exposición (depósitos del MNP en otras instituciones y préstamos), la FBLC contratará y asumirá además un seguro comercial previo al de la Exposición para cubrir su transporte desde las manipulaciones en los domicilios de origen para el transporte al MNP, y hasta la entrega y desembalaje en el MNP.

Cuarta. Preparación de obras y restauración.

El MNP llevará a cabo las tareas de restauración y preparación de las obras, previas al préstamo, que resulten necesarias.

Si durante el desarrollo de la exposición fuera necesario realizar alguna intervención de conservación o restauración en las obras siempre será llevada a cabo únicamente por el personal del MNP.

Quinta. Diseño general de la exposición.

El MNP será el responsable del discurso general del proyecto expositivo. La FBLC de común acuerdo con el MNP, contratará al diseñador o arquitecto encargado de adaptar dicho discurso y de producir el diseño general de la exposición. Dicho diseño deberá ser aprobado por el MNP. Este diseño podrá ser modificado conforme a las directrices propuestas por los comisarios de la exposición, a través de acuerdo entre las partes.

El diseño general de la exposición en cada una de las sedes incluirá: imagen gráfica de la exposición, diseño general de la sala, color de las paredes, gráfica, soportes de promoción y difusión (invitaciones, folleto, carteles, carpeta de prensa, publicidad, páginas web), montaje museográfico, multimedia (en su caso) y material educativo. La FBLC proporcionará al MNP las artes finales para su aprobación previa a la fase de producción.

Los textos que se reproducirán en los soportes gráficos de la exposición (textos de sala), serán proporcionados por el MNP a la FBLC. La FBLC se reserva el derecho de proponer modificaciones en función de sus criterios educativos. Los textos de los soportes de promoción y difusión serán redactados por la FBLC a partir de los textos proporcionados por el MNP, y deberán contar con la aprobación del MNP.

Sexta. Producción del montaje.

Correrán por cuenta de la FBLC la cesión de la sala para albergar la Exposición, la gestión, contratación y financiación de los servicios de producción del montaje de la Exposición en su sede y sus equipos de iluminación, así como el mantenimiento de la misma (seguridad, limpieza).

En la contratación de los servicios de montaje la FBLC deberá contar con el asesoramiento previo preceptivo del MNP.

La FLBC designará un responsable que coordinará y supervisará el desarrollo de los trabajos a realizar por el equipo de montaje o la empresa contratada. El coordinador de la exposición por parte del Museo del Prado se desplazará a la sede antes de la llegada de las obras para supervisar el correcto estado de la instalación museográfica y las condiciones ambientales de la sala.

Séptima. Montaje y desmontaje de las obras y correos.

El montaje y desmontaje de las obras de arte integrantes de la Exposición se llevará a cabo por equipos especializados cuya contratación y financiación correrá a cargo de la FBLC.

El citado montaje será supervisado por los técnicos del MNP que actuarán como correos y los coordinadores de ambas instituciones. La FBLC se compromete a cumplir con todas las indicaciones que sean fijadas por el MNP durante el proceso de montaje.

Todos los gastos derivados del desplazamiento y dietas de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarios del MNP serán asumidos por éste. Todos los gastos de alojamiento de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarios del MNP serán asumidos por la FBLC.

Octava. Condiciones de la sala y revisión de instalaciones.

Además del personal supervisor del montaje y desmontaje de las obras, el MNP podrá enviar personal técnico a las salas de la exposición para la inspección general previa de sus instalaciones.

La FBLC se compromete a cumplir con todas las indicaciones que sean fijadas por el Museo del Prado a consecuencia de la revisión de las instalaciones de las salas, en consonancia con lo establecido en el anexo C (Condiciones de préstamo).

La FBLC proporcionará al Servicio de Exposiciones Temporales del MNP gráficas que reflejen los niveles de humedad relativa y temperatura de las salas, antes de la celebración de la exposición y de forma quincenal durante el desarrollo de la misma. No obstante, el MNP podrá solicitar lecturas de niveles termo-higrométricos, cuando considere oportuno, con el fin de llevar a cabo el correcto seguimiento de las condiciones de conservación de las salas, conforme figura en el anexo C.

Cualquier incumplimiento, aun involuntario, de las condiciones medioambientales y de seguridad en las salas, podrá implicar, a juicio del MNP, la retirada parcial o total e inmediata de las obras en la Exposición. En todo caso, si en el transcurso de la exposición se dieran circunstancias excepcionales de conservación en las salas, la FBLC se compromete a tomar las medidas necesarias para restablecer las condiciones fijadas en el anexo C, según las indicaciones del MNP.

Todos los gastos de desplazamiento y de alojamiento del personal técnico del MNP serán gestionados y asumidos por la FBLC siempre que resulten necesarios como consecuencia de la alteración de las condiciones de conservación de las obras expuestas y de la supervisión de las condiciones de seguridad de las salas.

Novena. Incidencias generales.

Cualquier incidencia que surgiera durante el desarrollo de la Exposición será comunicada con carácter inmediato al Servicio de Exposiciones Temporales del MNP.

Décima. Promoción y difusión.

La FBLC asumirá la gestión, producción y costes de los materiales de promoción y difusión de la exposición que estime oportuno desarrollar y, en todo caso, deberá hacerse cargo de los gastos asociados a la edición o contratación de los siguientes soportes: folletos, invitaciones y contratación de espacios publicitarios, la producción y montaje de la señalización interior y exterior de las sedes y de la cartelería de publicidad exterior, si se contemplara este soporte. Todo el material será supervisado y aprobado por el MNP antes de su producción.

En toda la difusión gráfica y sonora constará la colaboración entre el MNP y la FBLC. La FBLC asumirá la gestión de la cesión de los espacios de la vía pública, de acuerdo con las ordenanzas municipales aplicables, para la publicidad de la Exposición.

La FBLC facilitará al MNP un plan de medios de comunicación que deberá incluir todas las acciones de comunicación previstas y su correspondiente calendario.

La FBLC asumirá la contratación, producción y ejecución de la campaña de comunicación o publicidad que se llevará a cabo durante la vigencia de la Exposición. Las piezas derivadas de la difusión y publicidad de la exposición se enviarán al MNP para su oportuna validación, antes de su producción.

El MNP cederá temporalmente 15 imágenes de determinadas obras de la exposición que se requieran para la producción de los soportes de difusión y comunicación en todos los formatos y soportes. La FBLC se compromete a usar dichas imágenes sólo para los fines estipulados en este Convenio y a no facilitárselas a terceros.

Las partes incluirán en sus sitios web la información sobre la exposición incluyendo la mención del MNP y la FBLC como coorganizadores, con la inclusión de sus respectivos logotipos, con vínculo a sus sitios web. Dicha mención con los respectivos logotipos será de aplicación también en las notas de prensa alusivas al proyecto a las que se acceda desde los sitios web de las partes.

El MNP apoyará la difusión de la Exposición a través de las plataformas virtuales y/o redes sociales en las que tiene presencia y procurará contribuir a la difusión de los mensajes que comunique la FBLC en sus canales propios en este mismo ámbito.

Undécima. Comercialización de productos.

El desarrollo de productos con imágenes de obras del MNP, así como la venta de productos de merchandising del MNP, requerirá un acuerdo independiente con la Sociedad Museo Nacional del Prado Difusión (en adelante, MNPD), entidad gestora de los derechos de explotación del MNP.

Duodécima. Catálogo.

La FBLC publicará el catálogo de la exposición Velázquez y el Siglo de Oro en régimen de coedición con el MNP, tanto de la primera edición como de posteriores reediciones, y así deberá constar en el pie de imprenta del libro y en la incorporación del ISBN de ambas instituciones. El precio de venta al público de dicho catálogo será de XX euros.

El diseño, producción, comercialización y distribución del catálogo serán asumidos por la FBLC previa supervisión y aprobación del MNP de cada una de sus fases.

Las partes coeditoras gozarán de una presencia institucional paritaria en el catálogo por medio de la presencia de sus respectivos logotipos, tanto en el interior de libro como en la cubierta, según normativa vigente de la FBLC de sus nombres completos, de sus patronatos o equivalentes y de un mínimo de textos firmados por sus más altos representantes en las páginas preliminares del libro. Esta presencia institucional deberá ser vista y aprobada por ambas partes con tiempo suficiente para su correcta aplicación.

Las partes acuerdan que la dirección científica del catálogo será asumida por el comisario de la Exposición, quien colaborará con la FBLC en las labores de edición científica del libro. Entre sus funciones se cuentan, además de la concepción de su contenido y estructura, la entrega de los textos originales listos para su publicación (a excepción de los textos de autores ajenos al MNP), y la supervisión de todas las fases de la producción del catálogo, incluida la adecuación de la maqueta al concepto de la Exposición.

El MNP cederá para la edición del catálogo los textos convenientemente revisados para su traducción, edición y publicación (a excepción de los textos de autores ajenos al MNP). Los textos aportados por el MNP no devengarán honorarios en concepto de encargo y/o de derechos de explotación. Todos los artículos científicos y anotaciones del catálogo irán claramente firmados por sus respectivos autores.

El MNP cederá temporalmente, siempre que sean de su propiedad, todas las imágenes que se requieran para la edición de este catálogo, ya sea de obras en la Exposición o de otras imágenes para ilustrar los textos. La FBLC se compromete a usarlas sólo para los fines estipulados en este acuerdo y a no facilitárselas a terceros.

La maqueta del catálogo de la Exposición preparada por la editorial o empresa que actúe por encargo de la FBLC deberá contar con el visto bueno de todas las partes, que también deberán dar su aprobación a las artes finales para poder imprimir. El catálogo se editará en castellano y catalán.

La FBLC entregará 300 catálogos de la Exposición al Museo del Prado para sus compromisos institucionales (280 en castellano y 20 en catalán).

El MNP podrá vender el catálogo en sus puntos de venta a través de la sociedad MNPD, para ello la FBLC se compromete a proporcionar los ejemplares a precio de coste más gastos de transporte.

Decimotercera. Actividades de Educación.

La FBLC desarrollará el programa de actividades de Educación que considere oportuno, en consenso con el Área de Educación del MNP y asumirá la monitorización y su formación para las visitas guiadas a la exposición.

La FBLC organizará en su sede una conferencia impartida por el Comisario de la Exposición, para su difusión, y la darán a conocer a través de sus habituales soportes de difusión, incluida su página web.

La FBLC gestionará y abonarán los gastos de organización de la conferencia en su sede, así como los honorarios al conferenciante. La cuantía del pago de la conferencia por cada conferenciante será de 570 euros, incluidos impuestos. Siempre que la conferencia se realice el mismo día de la inauguración, el MNP se hará cargo de la totalidad de los gastos de desplazamiento y dietas del conferenciante, y la FBLC se hará cargo de los gastos de alojamiento. Si la conferencia tuviese lugar otro día distinto al de la inauguración, la FBLC se hará cargo de los gastos de desplazamiento, dietas y alojamiento del conferenciante.

Decimocuarta. Presencia institucional.

El MNP y la FBLC supervisarán la correcta implantación de su imagen visual corporativa, logotipo, en todos los soportes elaborados con motivo de la Exposición.

El MNP deberá figurar, en igualdad de condiciones, en todo el material divulgativo de la exposición, donde se reproducirá la frase «Exposición coorganizada por el Museo Nacional del Prado y la Obra Social «la Caixa».

Decimoquinta. Actos de inauguración.

El MNP y la Obra Social «la Caixa» figurarán como coanfitriones en las invitaciones para el acto de inauguración. En el texto de la invitación a la inauguración de la exposición deberán figurar, los cargos o responsables que las instituciones firmantes estimen convenientes. El texto preciso de las invitaciones se decidirá de común acuerdo.

Con motivo de la inauguración de la Exposición, se convocará una rueda de prensa conjuntamente entre el MNP y la FBLC, donde las partes actuarán en igualdad de condiciones. Todas las notas y documentación de prensa relativa a la Exposición (incluida la selección de imágenes) se consensuarán entre las partes.

En los actos de rueda de prensa, inauguración y cualquier acto público que se pueda organizar para dar a conocer la exposición (firma pública del Acuerdo Singular, etc.), representantes de todas las instituciones firmantes actuarán en igualdad de condiciones.

El modelo de convocatoria y la nota de prensa, así como cualquier otro tipo de material elaborado con fines informativos, deberá incluir los respectivos logotipos de las instituciones. Estos documentos requerirán la aprobación previa del MNP antes de su difusión y su contenido será consensuado entre las partes.

La Dirección del MNP estará representada en el acto de inauguración de la Exposición, junto con los responsables científicos de la misma. Así mismo, el MNP podrá designar a un representante del Área de Comunicación para que asista y colabore personalmente en la organización de la rueda de prensa para cada una de las sedes. Los gastos de viaje y alojamiento correspondientes serán asumidos por el MNP.

La FBLC entregará al MNP el archivo de la invitación electrónica para su propia difusión, así como 200 invitaciones impresas, en caso de que las hubiese, 25 folletos en castellano, 25 en catalán, si los hubiese, y 10 folletos en inglés.

Decimosexta. Cesión de derechos.

El concepto general de la Exposición es propiedad intelectual del MNP.

Las Partes firmantes compartirán todos los derechos de explotación, y en particular, los de reproducción, distribución, comunicación pública (incluido internet) y transformación (incluida la traducción) de los textos y cualquier material que el MNP elabore para el catálogo, notas de prensa, material de difusión, textos de salas de exposición y otros apartados relacionados con el proyecto. Mediante la entrega de los textos para la Exposición, el MNP cede todos los derechos de explotación económica que se derivan de la edición de la obra y en especial los derechos a divulgar y/o publicar, traducir a cualquier lengua, reproducir total o parcialmente, distribuir, comunicar públicamente y transformar, en cualquier medio o soporte, escrito, gráfico, bibliográfico, fonográfico, audiovisual, telemático, multimedia o informático, incluyendo los de radiodifusión y retransmisión.

El MNP cederá temporalmente 15 imágenes de determinadas obras de la Exposición pertenecientes a sus colecciones que se requieran para la producción de los soportes de difusión y comunicación en todos los formatos y soportes. La FBLC se compromete a usar dichas imágenes sólo para los fines estipulados en este convenio y a no facilitárselas a terceros. A este fin, el MNP cede a FBLC, con carácter no exclusivo y de forma gratuita, los derechos de reproducción y comunicación pública de las imágenes correspondientes que sean necesarios a los meros efectos de permitir la difusión de la Exposición en los formatos y soportes indicados en la presente cláusula (incluida la visita virtual). Esta cesión se mantendrá vigente incluso después de finalizada la Exposición en lo que afecta a la visita virtual, que podrá permanecer publicada indefinidamente en la web de FBLC u otras plataformas de la entidad (Educaixa, etc.).

Se incluye también la autorización del Comisario para grabar o tomar imágenes de su intervención en las conferencias inaugurales y las ruedas de prensa, así como de sus declaraciones y/o visitas a la exposición con los medios de comunicación y cualesquiera otros actos de difusión realizados para dar a conocer la exposición.

La FBLC podrá difundir dichas grabaciones a través de cualquier medio (radio, televisión, internet, etc.) y en cualquier soporte, con el fin de difundir y/o dar a conocer la Exposición al público, y se compromete a facilitar copia de las mismas al Área de Comunicación del MNP en el formato en que se les solicite para su publicación simultánea en los canales propios del MNP en internet.

Decimoséptima. Documentación final.

Al finalizar la Exposición, en un plazo máximo de dos meses la FBLC enviará al Servicio de Exposiciones Temporales del MNP un dossier completo sobre la celebración de la Exposición, que incluirá, al menos, los siguientes documentos: tres (3) ejemplares de todo el material de difusión que se haya realizado con motivo de la exposición (folletos, merchandising…), una estadística de visitantes (semanales, individuales, grupos...), de asistentes a las conferencias y, en su caso, de ventas (catálogos y merchandising) y un reportaje fotográfico en soporte informático incluyendo imágenes de la rueda de prensa, inauguración y montaje en salas.

ANEXO C
Condiciones de préstamo de la exposición temporal «Velázquez y el Siglo de Oro»

Estas condiciones estarán vigentes estarán vigentes durante el desarrollo del proyecto y la FBLC se compromete a su cumplimiento, según el siguiente calendario expresado en el Convenio Singular:

– CaixaForum Barcelona, del 16 de noviembre de 2018 al 3 de marzo de 2019 (fechas de apertura pública).

Período de préstamo: desde el 2 de noviembre de 2018 hasta el 12 de marzo de 2019.

1. Condiciones generales.

El presente documento contempla las condiciones exigidas por el Museo para el préstamo de las obras que se relacionan en el anexo A del Convenio Singular entre el MNP y la FBLC, para la realización de la exposición temporal Velázquez y el Siglo de Oro, que tendrá lugar en la sede y fechas indicadas en el punto anterior.

2. Condiciones ambientales para la Exposición.

Las obras nunca podrán exhibirse con incidencia de luz solar directa o con alto contenido de radiación ultravioleta. Las salas de exposición deberán mantener las siguientes condiciones ambientales:

• Humedad Relativa: dentro del rango 50 % ± 5% sin oscilaciones.

• Temperatura: 20º ± 2º C.

• Intensidad de la luz: Pintura <150 luxes, obra sobre papel <40 luxes.

• Radiación ultravioleta inferior a 70 µw/lumen.

El MNP exigirá en el momento en que lo precise, informes detallados sobre las condiciones de montaje, lecturas de humedad relativa, temperatura, iluminación, etc. Asimismo, se reserva el derecho a incluir condiciones particulares para aquellas obras que considere oportunas y que prevalecerán sobre estas condiciones generales.

3. Manipulación.

Únicamente se procederá al envío de las obras una vez estén acondicionadas las salas de exposición y éstas deberán permanecer embaladas para su aclimatación, al menos 24 horas antes de proceder a la apertura de las cajas.

La apertura del embalaje, así como cualquier otro tipo de manipulación o intervención que se pretenda hacer sobre la obra deberá contar siempre con la autorización expresa del MNP. La manipulación deberá reducirse al mínimo y sólo podrá ser realizada por personal cualificado en presencia siempre del correo designado por el MNP y de algún responsable de la institución prestataria.

Para realizar cualquier tipo de análisis o estudios científicos deberá haberse solicitado por escrito autorización expresa del MNP junto con la solicitud de préstamo.

4. Seguridad.

Las obras deberán exponerse protegidas por una barrera o vitrina y se garantizará su seguridad durante las 24 horas del día, siendo indispensable la vigilancia presencial física con un mínimo de 4 personas durante el tiempo que la sala permanezca abierta al público y de una persona en el centro cuando esté cerrada, así como un control mediante circuito cerrado de televisión durante las 24 horas del día. Se informará al MNP del tiempo de mantenimiento de las grabaciones de seguridad.

En caso de que se estime conveniente, el MNP podrá exigir alarmas de protección individual para las obras en préstamo. Se informará al MNP del tiempo de mantenimiento de las grabaciones de seguridad.

Cualquier modificación en el personal de vigilancia en función de las salas donde se celebre la exposición deberá contar con la conformidad del MNP.

En las salas de exposición y áreas adyacentes se prohibirá fumar y consumir alimentos o bebidas.

El prestatario se compromete a mantener las 24 horas constante y adecuada protección del préstamo contra incendio, robo, vandalismo, terrorismo, inundación, así como ajustarse a las condiciones lumínicas y ambientales especificadas en el punto 2.

El MNP se reserva el derecho de comprobar en el momento que considere oportuno el estado de las medidas de seguridad de las instalaciones. Los gastos derivados de dicha comprobación correrán por cuenta de la FBLC.

Durante el tiempo en que se realicen las labores de montaje y desmontaje en las salas de exposiciones será necesaria la presencia física de personal de seguridad. Lo mismo se exige para el acto de inauguración, donde incluso podría reforzarse si así se considerase necesario.

5. Embalaje y transporte.

El embalaje y transporte de las obras serán realizados por empresas especializadas en movimiento de obras de arte, con acreditada experiencia en el sector y cuya contratación, organización y financiación, correrá a cargo del Prestatario, tal como se indica en la cláusula tercera del anexo B del Convenio Singular.

En todo caso la empresa, así como las fechas del transporte, deberán ser aprobadas previamente por el MNP, reservándose el derecho de rechazarla en caso de que la propuesta no ofrezca las garantías suficientes. De acuerdo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1998 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2015, cuando resulte necesario el uso de transporte aéreo, las Empresas de Transportes seleccionadas deberán estar acreditadas como Agente Acreditado (RA) en la Base de Datos Europea RAKC o tener el estatus equivalente para aquellas compañías establecidas fuera de la Unión Europea.

La empresa remitirá al MNP un Plan de Transporte en el que se especifiquen todos los términos del traslado de las obras, personas de contacto en los lugares de destino y demás información necesaria.

La FBLC comunicará el calendario de transportes al MNP para su aprobación previa y con el fin de adecuar los respectivos organigramas de trabajo. Las correspondientes reservas de viaje y dietas del personal técnico del MNP que se desplazará al montaje y desmontaje de la Exposición en cada una de las sedes se organizarán y asumirán desde el MNP. Las reservas de alojamiento del personal técnico del MNP para cada desplazamiento citado anteriormente se organizarán y asumirán desde la FBLC.

5.1 Características de Embalaje:

El MNP se reserva el derecho a exigir el tipo de embalaje que considere más apropiado para sus obras, tanto a la ida como a la vuelta, entre los distintos niveles de seguridad que existan. En cualquier caso, los embalajes deberán cumplir con la normativa internacional de Medidas Fitosanitarias vigente.

Los materiales de embalaje serán propiedad del MNP y deberán guardarse hasta la finalización del servicio para su examen por parte del correo en caso de daño. Las cajas de embalaje deberán ser rígidas y resistentes al impacto, especificándose en el Formulario de Préstamo el tipo de embalaje requerido para cada caso. De cualquier manera, todas las obras pictóricas del MNP viajarán con trasera.

Deberán utilizarse, sin excepción, tratamientos ignífugos y aislantes térmicos e hidrófugos, así como espuma amortiguadora en el interior (espuma de polietileno o similar). Todos los materiales deberán ser químicamente estables y neutros y los que se utilicen en contacto directo con la obra deberán ser además no abrasivos y resistentes a la rotura. Será obligatoria la aportación de una ficha técnica por parte de la empresa de transporte de cada nuevo material que vaya a utilizar. La obra siempre deberá ir inmovilizada en el interior de la caja y ésta en el vehículo de transporte.

Tanto los materiales como los embalajes utilizados deberán cumplir las normas ISO. Todos los embalajes deberán ir siempre precintados y deberán llevar rotuladas en el exterior las identificaciones habituales (número de exposición y número de caja, sin indicar referencias al Museo o a la obra que contiene).

Mientras tenga lugar la muestra, el prestatario o la empresa de transportes se harán cargo de custodiar el embalaje original en un local acondicionado con la misma temperatura y humedad relativa que las salas de exposición.

5.2 Registrador de datos.

Las obras viajarán siempre que se indique con un registrador de datos ambientales y de vibración en el interior de los embalajes, que deberá facilitar la empresa de transporte y cuya lectura deberá ser remitida tras la apertura del embalaje tanto en el montaje como en el desmontaje, indicando las fechas y horas de cierres y aperturas de cajas, así como los itinerarios.

5.3 Transporte:

El transporte terrestre deberá realizarse en vehículos de máxima seguridad, protegidos contra el robo y acondicionados para el transporte de obras de arte (con suspensión neumática, climatización, GPS, etc.), cumpliendo la normativa vigente sobre transporte y seguridad. Durante el transporte, los valores de Humedad Relativa y Temperatura serán los mismos que los exigidos para la exposición de la obra.

Para el transporte aéreo se elegirán los vuelos que realicen menos escalas y con trayecto más corto. Las obras deberán viajar en contenedores, pallets o extra-seat. Las obras se situarán en posición vertical y en la dirección del vuelo.

De acuerdo también con el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1998 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2015, se tendrá presente que el MNP no permite ni la apertura de sus cajas ni su paso por Rayos-X durante su traslado, por lo que será necesario que el prestatario se acredite como «Expedidor Conocido» (KC) en la Base de Datos Europea RAKC o tener el estatus equivalente para aquellos prestatarios cuya sede se encuentre fuera de la Unión Europea. En este sentido, se hace constar que el MNP está acreditado como Expedidor Conocido.

Cuando el transporte sea marítimo se establecerán unas condiciones especiales para la realización del embalaje.

Cuando una obra del MNP se encuentre depositada en otra institución deberá viajar directamente desde esa ubicación hasta la sede de la exposición, salvo especificación contraria del MNP. En el caso de que fuera necesario, por cualquier motivo, trasladar la obra al MNP, todos los gastos correrán a cargo del prestatario.

Por razones de número, especial riesgo y/o valor de las obras, el MNP podrá exigir la realización de distintos envíos.

5.4 Seguridad en el transporte.

Siguiendo la Normativa interna INT/314/2011 y las especificaciones establecidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con respecto al traslado de las obras propiedad del Estado, con el fin de garantizar la seguridad de las obras que superen una valoración de 250.000 Euros, el MNP podrá exigir la presencia de escoltas tanto oficiales como privados en territorio nacional o internacional. El MNP solicitará protección policial oficial para los traslados de las obras. En caso de no ser concedida, la FBLC se hará cargo de la cobertura de los costes de seguridad privada.

En caso de que la obra necesite realizar pernocta, se exigirán informes de los tipos de instalaciones, sistemas de seguridad y control existentes en los lugares designados por la empresa de transporte, pudiendo exigir las modificaciones que se consideren oportunas.

Será imprescindible la contratación de vigilancia de control en pista de aeropuerto, tanto en origen como en destino, y deberá comprender la carga, paletización, manipulación y demás traslados que se realicen en las pistas y recintos aduaneros.

La empresa de transporte proporcionará un servicio de asistencia al correo que incluya el acompañamiento en el aeropuerto.

6. Montaje.

Con el fin de aclimatar la obra, y salvo indicación diferente por parte del MNP, ésta deberá permanecer dentro del embalaje precintado al menos 24 h, en una sala con las mismas condiciones climáticas que la sala de exposición o en las mismas salas donde se vayan a exponer.

En algunas obras y/o lugares de la sala de exposición se colocará un registrador de datos ambientales que podrá ser facilitado por el MNP o que deberá suministrar la Fundación Bancaria «la Caixa» si así le fuese solicitado.

Las obras deberán ser instaladas en el lugar definitivo que les corresponda en la exposición siempre en presencia del correo del MNP. Las obras no podrán ser ubicadas en paredes con algún testigo de humedad, junto a puertas o vanos, en paredes o en lugares recién pintados, o donde se compruebe que existe una corriente de aire. El MNP indicará las condiciones específicas para el montaje de cada una de las obras, atendiendo a la naturaleza de las mismas, indicándose los sistemas de anclajes de seguridad o la necesidad de vitrinas especiales.

Las obras serán identificadas en las cartelas como pertenecientes al «Museo Nacional del Prado. Madrid». La autoría, título y demás información que consten en las cartelas serán facilitadas por el MNP.

7. Seguro.

Tal como se indica en la cláusula tercera del anexo B del Convenio Singular, el Prestatario se encargará de la gestión, contratación y financiación del seguro de la Exposición. El MNP deberá supervisar y autorizar la Póliza que se vaya a contratar.

La entidad prestataria deberá contratar una póliza de seguro a todo riesgo «clavo a clavo», teniendo como beneficiario al MNP, incluyendo tanto el transporte como su estancia en la exposición, en el que se especifique el valor individual de cada obra en euros.

El certificado deberá ser emitido en español o inglés, y deberá incluir expresamente las siguientes cláusulas, sin las cuales no se aceptará como válido:

– Institute Cargo Clauses A (ICCA).

– Institute Strikes Clauses, incluyendo la cobertura de terrorismo durante la estancia de la obra.

– Institute War Clauses.

– Cláusula de exoneración.

– Cláusula de exoneración de la Policía Francesa (si procede).

– Cláusula de depreciación y/o demérito artístico.

– Cláusula de Daños por hechos malintencionados.

– Cláusula de Opción de recompra, sin límite de duración.

– Cláusula de Museo.

– Cláusula de Liquidación de siniestros sin franquicia.

– Cláusula de descabalamiento (si procede).

– Cláusula de marcos (si procede).

– Cláusula de exclusión por contaminación radiactiva.

– Cláusula de cristal (si procede).

El original del certificado del seguro, en el que figurará el valor en euros y las condiciones específicas de la póliza deberán estar en poder del MNP al menos 5 días antes de la salida de las obras. En caso contrario, no se podrá autorizar dicha salida.

El MNP se reserva el derecho a modificar el valor del seguro de las obras hasta un 10% sobre el comunicado inicialmente con anterioridad a la salida de las obras objeto del presente préstamo. Igualmente, se reserva el derecho de contratar por sí mismo el seguro de las obras, cuyo pago correrá por cuenta del prestatario.

En caso de que el prestatario desee hacer uso del sistema de Garantía del Estado, se requerirá la autorización del MNP.

8. Correos y coordinador técnico. Viajes.

Todos los movimientos y manipulaciones autorizados de las obras del MNP deberán realizarse bajo la supervisión del «correo» designado por éste.

Tal como se indica en la cláusula séptima del anexo B del Convenio Singular, todos los gastos derivados del desplazamiento y dietas de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarios del MNP para cada montaje y desmontaje de obra serán asumidos por éste. Todos los gastos de alojamiento de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarios del MNP para cada montaje y desmontaje serán asumidos por la Fundación Bancaria «la Caixa». El alojamiento deberá ser mínimo en Hotel *** Turista Superior de la clasificación europea o categoría equivalente, con desayuno incluido y ubicado en las proximidades de la sede de la exposición.

Si el MNP lo considera necesario por el número de obras o la complejidad del montaje de las mismas, podrá exigir la presencia de dos o más correos, a cargo de los prestatarios, tanto al montaje como al desmontaje de la exposición.

Si por necesidades del montaje fuera imprescindible prolongar la estancia del correo en el lugar de destino, el organizador de la exposición correrá a cargo con los gastos de la prórroga de estancia que se acuerde.

9. Reproducción de imágenes.

El MNP dispone de imágenes en diferentes formatos de las obras prestadas, que podrán ser objeto de cesión para la edición del catálogo u otras publicaciones relacionadas con la exposición.

Para su solicitud deberán ponerse en contacto con el Banco de Imágenes del Museo del Prado en el correo electrónico info@bancodeimagenesmuseodelprado.com, en la siguiente dirección MNP Difusión (calle Ruiz de Alarcón 13, 1.º 28014 Madrid, España, o en los teléfonos 0034 91 429 68 07/0034 91 429 84 51 - www.bancodeimagenesmuseodelprado.com - www.tiendaprado.com), según lo estipulado en la normativa vigente.

Se autoriza el uso de las imágenes únicamente para la reproducción en catálogo, o para fines didácticos y publicitarios de la exposición. Se prohíbe fotografiar, filmar o reproducir la obra, total o parcialmente, sin autorización expresa. La utilización de la reproducción alquilada para fines comerciales deberá acordarse con el Banco de Imágenes del MNP bajo las condiciones que el MNP establezca.

Los créditos fotográficos deberán indicar «© Museo Nacional del Prado».

10. Incidencias.

Cualquier incidencia que se produzca durante el transporte, montaje o exhibición, independientemente de la responsabilidad, deberá ser comunicada de forma inmediata al MNP.

En caso de incidente grave se tomarán las medidas oportunas para evitar mayores daños y se avisará inmediatamente al Museo, que dispondrá las actuaciones necesarias. Los gastos que se originen serán costeados por el prestatario.

11. Devolución de las obras.

Una vez finalizada la Exposición, al menos dos correos del MNP acudirán a la sede prestataria para proceder a su desmontaje, embalaje de las obras y su envío al lugar que determine el MNP.

El MNP se reserva el derecho de retirar cualquier obra prestada por incumplimiento de las presentes condiciones o por necesidades ineludibles previo aviso al prestatario.

ANEXO D
Reparto de tareas y costes asociados «Velázquez y el Siglo de Oro»
 
CONCEPTO   INSTITUCIÓN RESPONSABLE
MNP FBLC ESTIMACIÓN ECONÓMICA DE GASTO NO ORDINARIO PARA EL MNP
Comisariado de la exposición. X    
Preparación de las obras. X    
Restauraciones previas. X    
Enmarcaciones. X    
Viajes previos de reconocimiento de sede. X X  
Realización de nuevos embalajes.   X  
Transporte.   X  
Mantenimiento de embalajes existentes.   X  
Alojamiento del personal científico (Comisario) y técnico del MNP (correos y personal del Área de Exposiciones).   X  
Viajes, seguro, gastos de desplazamiento y dietas del personal científico (Comisario) y técnico del MNP (correos y personal del Área de Exposiciones). X   2.500 €
Seguros de las obras.   X  
Diseño del montaje.   X  
Viajes diseñador de la exposición.   X  
Adaptaciones del diseño gráfico de la exposición.   X  
Adecuación de la sala de la exposición.   X  
Cesión de espacios para la celebración de la exposición, la inauguración, la rueda de prensa y el almacenaje de embalajes.   X  
Producción del montaje según diseño de la exposición.   X  
Textos catálogo y sala. X  
Reedición del catálogo (sólo en caso de agotarse existencias).   X  
Derechos de imágenes de las obras del MNP. X (cede sin coste)    
Organización de la conferencia inaugural.   X  
Organización de la rueda de prensa.   X  
Organización de los actos de inauguración.   X  
Viajes de su propio personal directivo a la inauguración. X X  
Formación y puesta en marcha (monitorización) del proyecto educativo.   X  
Material de publicidad y promoción de la exposición.   X  
Colaboración para la cesión de los espacios de la vía pública, de acuerdo con las ordenanzas municipales, para la publicidad de la exposición.   X  
Viajes personal MNP con motivo de incidencias de conservación.   X  
Monitores para visitas escolares y visitas de público.   X  
Monitores de visitas comentadas a la exposición para grupos VIP de clientes CaixaBank que se pudieran organizar (máximo 20 visitas).   X  
Vigilancia de las salas expositivas.   X  
Mantenimiento y limpieza.   X  

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