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Documento BOE-A-2019-3049

Resolución de 19 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2019, páginas 20788 a 20808 (21 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-3049

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio de 2017 («Boletín Oficial del Estado» n.º 162, de 8 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017 y en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio de 2018 («Boletín Oficial del Estado» n.º 184, de 31 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2018, con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, esta Subsecretaria, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso por promoción interna en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

A la presente convocatoria le será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, El Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y promoción profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración del Estado para 2017, el Real Decreto 955/ 2018, de 20 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2018, así como las bases comunes establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» n.º 174, de 22 de julio).

Esta convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, así como el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Autónomos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» n.º 174, de 22 de julio).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará, en el Boletín Oficial del Estado, en el Punto de Acceso general: administracion.gob.es, así como en la página web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades: www.ciencia.gob.es y en la de los Organismos Públicos de Investigación; www.csic.es; www.ciemat.es; www.igme.es; www.inia.es; www.isciii.es; www.ieo.es; www.iac.es.

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 74 plazas de la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, Código 6150, por el sistema de promoción interna.

Del total de estas plazas se reservarán 4 plazas, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.

1.1 La distribución por especialidades de las 70 plazas convocadas por el turno general es la siguiente:

Tribunal n.º Perfil y destinos OPI N.º de plazas
1 HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES. CSIC. CSIC. 6
2 BIOLOGÍA Y BIOMEDICINA. CSIC. CSIC. 9
3 BIOLOGÍA DE ORGANISMOS Y SISTEMAS TERRESTRES. CSIC. CSIC. 4
4 CIENCIAS MARINAS. CSIC. CSIC. 2
5 CIENCIAS DE LA TIERRA Y DE LA ATMÓSFERA. CSIC. CSIC. 2
6 CIENCIAS AGRARIAS. CSIC. CSIC. 6
7 CIENCIAS FÍSICAS, TECNOLOGÍAS FÍSICAS Y MATEMÁTICAS. CSIC. CSIC. 6
8 CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE MATERIALES. CSIC. CSIC. 4
9 CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS. CSIC. CSIC. 4
10 CIENCIA Y TECNOLOGÍAS QUÍMICAS. CSIC. CSIC. 4
11 TEORÍA PLASMAS DE FUSIÓN. CIEMAT. CIEMAT. 1
12 DATOS NUCLEARES PARA TECNOLOGÍA NUCLEAR. CIEMAT. CIEMAT. 1
13 EVALUACIÓN DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL Y RADIACIONES IONIZANTES. CIEMAT. CIEMAT. 1
14 CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA ENERGÍA DE FUSIÓN. CIEMAT. CIEMAT. 1
15 CIENCIAS DE LA TIERRA. IGME. IGME. 2
16 CIENCIAS AGRARIAS Y FORESTAL. INIA. INIA. 5
17 INVESTIGACIÓN EN ENFERMEDADES INFECCIOSAS HUMANAS. ISCIII. ISCIII. 1
18 INVESTIGACIÓN EN EPIDEMIOLOGÍA Y SALUD PÚBLICA HUMANAS. ISCIII. ISCIII. 1
19

ECOLOGÍA MARINA, OCEANOGRAFÍA, PESQUERÍAS.

Y CULTIVOS MARINOS.

IEO. IEO. 6
20 ASTROFÍSICA. IAC. IAC. 4

1.2 De las 4 plazas convocadas por el cupo de reserva para personas con discapacidad, tres de ellas corresponden a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y una al Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT). Quienes participen en el proceso selectivo por este cupo, podrán concurrir por cualquiera de los perfiles científicos indicados para las plazas convocadas para dichos Organismos por el turno general.

Las plazas convocadas por este cupo serán adjudicadas, de entre los aspirantes del citado cupo de discapacidad que hayan aprobado el proceso selectivo por los perfiles científicos de los citados Organismos, a aquellos candidatos con la mayor puntuación final.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, quienes hayan solicitado participar por este cupo y hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones a los otros aspirantes del sistema de acceso general por el mismo perfil científico por el que se hayan presentado, incluyéndose por su orden de puntuación en dicho sistema general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general en el mismo Organismo al que corresponda la plaza convocada por este cupo.

1.3 En el supuesto de que alguna de las plazas convocadas por el turno general quedara desierta, se podrá proponer al órgano convocante que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas en perfiles científicos distintos pertenecientes al mismo organismo.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las fases, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

3. Requisitos generales de los aspirantes

Para la admisión a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos previstos en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» n.º 174, de 22 de julio), por la que se aprueban las bases comunes que han de regir los procesos de selección del personal de los Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, excepto en lo que hace referencia a la Nacionalidad y la Titulación requerida para participar en esta convocatoria que serán los siguientes:

3.1 Nacionalidad: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, para poder ser admitidos a participar en este proceso selectivo deberá poseerse, en el día de finalización el plazo de presentación de solicitudes, alguno de las siguientes requisitos de nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

c) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayor de dicha edad que sean dependientes.

d) Los extranjeros con residencia legal en España

e) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado c), así como los extranjeros incluidos en los apartados d) y e) deberán acompañar a su solicitud, documento que acrediten las condiciones que se alegan.

3.2 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá que un aspirante está en condiciones de obtener el título de doctor cuando hubiera resultado aprobado para dicho grado tras la lectura de la correspondiente tesis doctoral. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión, en el referido plazo, del correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación.

4. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes deberán pertenecer como funcionarios de carrera a las Escalas de Científicos Titulares o de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, en las que deberá haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años. Así mismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.5 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, podrán participar también, en este proceso selectivo, el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes universitarios al servicio de las Universidades Públicas con una antigüedad de dos años de servicios efectivos en la Escala o Cuerpo de procedencia.

Igualmente, puede participar en este proceso selectivo el personal investigador contratado como personal laboral fijo por las Universidades públicas, de acuerdo con el artículo 22.3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, siempre que dispongan de una antigüedad de dos años de servicios efectivos en esa condición de personal laboral fijo.

5. Solicitudes

5.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se establezcan.

5.2 Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica, pudiendo, no obstante, presentarlas también en soporte papel.

a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea del modelo oficial 790.

– Anexar documentos a la solicitud.

– El pago electrónico de las tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

En las solicitudes cumplimentadas por esta vía, la documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 5.5 y 5.6, deben remitir junto con la solicitud, lo podrán hacer anexándola, en documento pdf, a la solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en el párrafo siguiente.

b) Las solicitudes en soporte papel se efectuaran mediante cumplimentación electrónica de la instancia en el modelo oficial 790 (http://administracion.gob.es/PAG/ips) y su posterior presentación en el Registro General del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (P.º de la Castellana, 162, 28046. Madrid) o en el Registro General del Organismo al que corresponde el perfil científico por el que se concurre: de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) (C/ Serrano, 117, 28006 Madrid); del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) (avenida Complutense, 40, 28040 Madrid); del Instituto Geológico y Minero de España (IGME) (C/ Ríos Rosas, n.º 23, 28003 Madrid); del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) (Carretera de La Coruña, Km 7,5, 28040 Madrid); del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), (avenida de Monforte de Lemos, n.º 5, 28029 Madrid); del Instituto Español de Oceanografía (IEO) (C/ Corazón de María, n.º 8, 28002 Madrid) y del Instituto de Astrofísica de Canarias [C/ vía Láctea s/n, 38205 La Laguna (Tenerife)]; o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN, ES06; código BIC: BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema de pago solo será valido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

Las solicitudes se dirigirán, como órgano convocante, a la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

5.3 El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

5.4 Solo podrá presentarse una solicitud, en la cual deberá incluirse también un único perfil y se cumplimentará de acuerdo a las instrucciones del Anexo III. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más perfiles o la falta de reflejo en la misma de un perfil concreto, supondrá la exclusión del aspirante sin que estos errores puedan ser subsanados posteriormente.

5.5 Todas las solicitudes deberán venir acompañadas de la documentación que a continuación se indica y la forma de aportación de la misma será, cuando se presente la instancia en soporte papel, en una memoria USB, donde se incluirán los archivos en formato pdf. Si la instancia se presenta telemáticamente la forma de aportar la documentación será la descrita en la base 5.2 de esta convocatoria:

5.5.1 Currículum vitae del solicitante. Este archivo deberá identificarse con la denominación siguiente: «CV_apellidos y nombre del candidato».pdf.

Así mismo, junto con la solicitud, deberá acompañarse una fotocopia de la titulación del grado de doctor y en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero será necesario adjuntar el correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación.

5.5.2 Un resumen de un máximo de 6 páginas (UNE-A4) en el que se expresarán los objetivos científicos que el aspirante ha perseguido a lo largo de su carrera investigadora, así como las líneas fundamentales de su investigación futura, con especial énfasis en estas últimas, para su valoración de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2.a) del anexo I. Este archivo se deberá identificar con la siguiente denominación: «OBJETIVOS_apellidos y nombre del candidato».pdf.

5.5.3 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este archivo se deberá identificar con la siguiente denominación: «APORTACIONES_apellidos y nombre del candidato».pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias de los mismos junto con la solicitud. Estas aportaciones científicas deben presentarse en su totalidad, desestimándose aquellos de los que solo se incluya una parte o no tengan calidad suficiente para su lectura.

5.5.4 Un resumen de las cinco aportaciones de la base anterior de un máximo de 3 páginas (UNE-A4), subrayando la relevancia de dichas aportaciones y la contribución personal a las mismas. Este archivo deberá identificarse con la siguiente denominación: «RESUMEN_apellidos y nombre del candidato».pdf.

La no presentación del currículum vitae y de la documentación exigida en las bases 5.5.2, 5.5.3 y 5.5.4, en tiempo y forma, supondrá la exclusión del aspirante sin posibilidad de subsanación.

5.6 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.

5.7 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. A estos efectos no se consideran errores de hecho o materiales la no presentación, junto con la solicitud, del currículum vitae del solicitante, ni tampoco la presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más perfiles científicos o la falta de reflejo en la misma de un perfil científico concreto indicadas en la base 5.4 de esta convocatoria. Igualmente, no se considerará error de hecho o material la no aportación, junto con la solicitud, de la documentación indicada en los apartados de la base 5.5.

5.8 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo III de esta convocatoria.

5.9 El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 15,25 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 7,63 euros.

Cuando la solicitud se presente de modo electrónico, el ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

Cuando la solicitud se presente en soporte papel, el importe de los derechos de examen se ingresará, junto con el impreso de la solicitud debidamente cumplimentado, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado al efecto.

Estarán exentos del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificación de la declaración presentada del impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administración.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las victimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos o fallecidos.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante, siendo estos casos subsanables en el plazo que se concede para la rectificación de errores.

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

6. Tribunales

6.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como Anexo II a esta convocatoria.

6.2 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá a los Tribunales la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.

6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los Tribunales, en función del Organismo al que se encuentren adscritas las plazas convocadas, tendrán sus sedes en:

– Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Calle Serrano 117 -28006 Madrid, teléfonos: 915681832; 915681834 y 915681835, dirección de correo electrónico: sspf@csic.es.

– Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Avenida de la Complutense, n.º 40 - 28040 Madrid, teléfonos 913466000, dirección de correo electrónico: recursos.humanos@ciemat.es.

– Instituto Geológico y Minero de España. C/ Ríos Rosas n.º23, 28003-Madrid; Teléfono: 913495722 y 913495800, dirección de correo electrónico: recursos.humanos@igme.es.

– Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agrarias y Alimentarias. Carretera La Coruña Km 7,5, 28040 Madrid; Teléfono 913473999 y 913473977, dirección de correo electrónico: secgen@inia.es.

– Instituto de Salud Carlos III, Avda. Monforte de Lemos, n.º 5 - 28029 Madrid, teléfono: 918222746, dirección de correo electrónico: personaloposiciones@isciii.es.

– Instituto Español de Oceanografía. C/ Corazón de María n.º8, 28002-Madrid; Teléfono: 913421148, dirección de correo electrónico: spersonal@md.ieo.es.

– Instituto de Astrofísica de Canarias. C/ vía Láctea, s/n. 38205. La Laguna (Tenerife). Teléfono: 922 605 200, dirección de correo electrónico: rrhh@iac.es.

6.4 En la sesión de constitución de cada uno de los Tribunales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), estos designarán, de entre los vocales, un Secretario/a Titular y Suplente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 apartado 12, Real Decreto 702/2017, de 7 de julio (Boletín Oficial del Estado n.º 162 del 8 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017, garantizando la paridad entre mujeres y hombres.

7. Desarrollo del proceso selectivo

En cada perfil científico convocado, el orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la letra Ñ, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 11 de abril de 2018 (Boletín Oficial del Estado n.º 91, del 14 de abril), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo contencioso administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 19 de febrero de 2019.–El Subsecretario de Ciencia, Innovación y Universidades, Pablo Martín González.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos desarrollado en dos fases.

2. La primera fase de concurso, de carácter eliminatorio, tiene por objeto la comprobación y calificación de los méritos expuestos por los aspirantes en su curriculum vitae así como en la documentación aportada.

En esta fase, los Tribunales valorarán, hasta un máximo de 20 puntos, los siguientes méritos de acuerdo con el baremo que se recoge a continuación:

a) Objetivos científicos y/o tecnológicos perseguidos a lo largo de la carrera investigadora, con énfasis en las líneas fundamentales de investigación futura.

La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos.

b) Las contribuciones científicas y/o tecnológicas realizadas teniendo en cuenta la calidad y repercusión de las mismas. La calificación de este apartado deberá valorar adecuadamente sendos tipos de contribuciones en función de la orientación científica y/o tecnológica de la actividad curricular del o de la aspirante.

Las contribuciones científicas deberán valorarse en forma de trabajos originales de investigación publicados y en la dirección y participación en proyectos de investigación I+D con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.

En el caso de candidatos con currículum vitae de perfil tecnológico, se valorará especialmente en este apartado:

1) Contribuciones tecnológicas realizadas, valorando la calidad y repercusión de patentes licenciadas.

2) Creación de empresas de base tecnológica con acuerdos de transferencia de tecnología con los Organismos Públicos de Investigación y con otra entidad relacionada profesionalmente con el/la aspirante.

3) Participación en contratos y proyectos de I+D con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.

La puntuación máxima de este apartado será de 7,50 puntos.

c) La redacción y publicación de libros, capítulos de libros, monografías, etc que sean resultado de un trabajo científico y que no hayan sido considerados ni valorados en el apartado anterior. La elaboración de informes científicos y la participación en trabajos e informes de asesoramiento científico y de apoyo tecnológico. Los estudios geológicos, hidrológicos, oceanográficos, energéticos, medioambientales, biosanitarios o de cualquier otra naturaleza científica realizados con fines de investigación. Trabajos o estancias en centros de investigación nacionales y extranjeros. La representación y participación en organismos e Instituciones científicas y/o tecnológicas nacionales y extranjeras. Participación en congresos científicos y/o tecnológicos, seminarios, cursos. La dirección de tesis doctorales o tesinas. La dirección y formación del personal investigador. La publicación de artículos científicos y/o tecnológicos en revistas de divulgación. Cualquier otro mérito que alegue el aspirante relacionado con la especialidad objeto de la convocatoria.

La puntuación máxima de este apartado será de 6 puntos.

d) El nombramiento oficial y desempeño de puestos de Gestión de I+D en cualquier Organismo Público de Investigación o en otros Organismos Nacionales e Internacionales.

La puntuación máxima de este apartado será de 1 punto.

e) Servicios prestados en las Escalas de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación o de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación o en los Cuerpos Docentes Universitarios de las Universidades públicas y como personal investigador contratado como personal laboral fijo en las Universidades públicas o en los Organismos Públicos de Investigación, de acuerdo con el artículo 22.3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Este mérito se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos, a razón de 0,025 puntos por mes completo de servicios prestados.

f) Por estar desempeñando en el momento de la publicación de la convocatoria un puesto de trabajo en el mismo Organismo al que corresponde el perfil científico al que concurre el aspirante: 1 punto.

Solo se podrán valorar los méritos de los apartados a); b); c); d) y e) que se tuvieran debidamente acreditados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La calificación de los aspirantes relativa a los méritos contenidos en los apartados a); b): c) y d) del baremo anterior, se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dicha calificación deberá justificarse individualmente por los miembros de los Tribunales mediante formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente.

La puntuación correspondiente a estos apartados será la media de las puntuaciones asignadas para cada uno de ellos por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la más alta y la más baja y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y una mínima.

La acreditación de los méritos a que se refiere el apartado e) y f) del baremo, se realizará por las unidades competentes de los Organismos Públicos de Investigación, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y de las Universidades públicas, que procederán a expedir certificación, referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para los méritos del apartado e) y a fecha de publicación de la convocatoria para los méritos del apartado f). La citada acreditación deberá presentarse, en la sede del Tribunal calificador del perfil científico por el que concurran, dentro del plazo de subsanación de los motivos de exclusión u omisión de la resolución con la lista provisional de admitidos y excluidos al proceso selectivo.

La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase de concurso vendrá determinada por la suma del valor medio de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados a); b); c) y d) del baremo, más la puntuación correspondiente al apartado e) y f) del mismo, siendo necesario alcanzar 16 puntos, como mínimo, para pasar a la segunda fase del concurso.

En ningún caso la puntuación obtenida en la primera fase de concurso podrá aplicarse para superar la segunda fase.

3. Para la realización de la segunda fase del concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil científico convocará sucesivamente a los aspirantes admitidos en el mismo que hayan superado la primera fase.

4. La segunda fase del concurso del proceso selectivo se celebrará en la localidad, lugar, fecha y hora que se explicitarán en las resoluciones por la que se publican las relaciones de candidatos que superen la primera fase del concurso.

5. En la segunda fase del concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil científico convocará sucesivamente a las personas que hayan sido admitidas en el mismo.

6. Las personas admitidas al proceso selectivo podrán solicitar en la segunda fase de que consta el concurso de méritos, con carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales que precisen para su exposición.

7. La segunda fase del concurso, tiene por objeto comprobar la adecuación de los méritos, competencias y capacidades de los aspirantes con las características y funciones de la plaza por la que participa y consistirá en la exposición oral y pública por el/la aspirante, durante un tiempo máximo de 20 minutos, sobre sus objetivos científicos perseguidos en sus investigaciones, las aportaciones científicas y/o tecnológicas realizadas y su repercusión en el ámbito científicos y/o tecnológico y su visión acerca del estado actual de las líneas de investigación desarrolladas con énfasis en las líneas fundamentales de la investigación futura a realizar.

Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante durante un tiempo máximo de 30 minutos, acerca de los conocimientos científicos expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes en relación con el tema y se valorará su conocimiento de la especialidad y de las innovaciones y avances científicos que haya experimentado, así como su visión de la evolución del área en el futuro y de las líneas de investigación posibles, según el siguiente baremo:

a) Su conocimiento y visión de la evolución de la especialidad científica o tecnológica (máximo 4 puntos).

b) La contribución del aspirante al avance del conocimiento. El grado de innovación, originalidad y viabilidad de las líneas de investigación a desarrollar (máximo 6 puntos).

Esta segunda fase del concurso tendrá una valoración máxima de 10 puntos.

La calificación de los aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes apartados del baremo de esta segunda fase del concurso, se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dicha calificación deberá justificarse individualmente por los miembros de los Tribunales mediante formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente.

La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones asignadas por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una mínima.

La puntuación final de cada aspirante en esta segunda fase de concurso vendrá determinada por la suma del valor medio de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados de este anexo, siendo necesario alcanzar 5 puntos, como mínimo, para superar esta segunda fase.

8. La puntuación final del concurso será la suma de las puntuaciones parciales obtenidas en cada fase.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º Mayor puntuación obtenida en la primera fase de concurso.

2.º Mayor puntuación obtenida en esa primera fase de concurso en el apartado a), b), c) y d) valorados sucesivamente en el orden indicado.

3.º Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del concurso en los apartados a) y b) valorados sucesivamente en el orden indicado.

4.º De persistir el empate el Tribunal resolverá por votación.

9. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

10. Quienes tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

11. Otras previsiones: Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas que les asesoren, designados previamente por el Presidente del Tribunal para todas o algunas de las fases del concurso. Dichos asesores colaboran con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

12. Dentro del marco establecido por estas bases y demás normas reguladoras esta convocatoria, se autoriza a los miembros del Tribunal titular y Suplente para su actuación simultánea.

ANEXO II
Tribunales calificadores

Tribunal n.º 1

«Humanidades y Ciencias Sociales»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª M.Pilar García Mouton; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Juan Pedro Monferrer Sala; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Isabel Montes Romero-Camacho; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M. Manuela Bordons Gangas; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª María Esther Del Campo García; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Miguel Ángel Puig-Samper Mulero; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Francisco Javier Sánchez-Palencia Ramos; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Ignacio Ahumada Lara; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D.ª Elda Evangelina González Martínez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Luis Alberto de Cuenca Prado; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Jesús Vallejo Fernández-Reguera; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Luis Vicente Sanz Menéndez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M. Jesús Santesmases Navarro de Palencia; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Gloria Corpas Pastor; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal n.º 2

«Biología y Biomedicina»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª Ana Clara Carrera Ramírez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D.ª M. Ángela Nieto Toledano; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. José Luis Gómez Skarmeta; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Pedro María Fernández Salguero; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Carlos Jesus López Otín; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M.Isabel Guerrero Vega; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Antonia Herrero Moreno; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Faustino Mollinedo García; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Francisco Sobrino Castello; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Carmen Aragón Rueda; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Ángel María Carracedo Alvarez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M.Isabel Varela Nieto; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Rosario Moratalla Villalba; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Luisa Toribio García; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 3

«Biología de organismos y sistemas terrestres»

Tribunal titular:

Presidente: D. Juan Moreno Klemming; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D.ª Montserrat Vila Planella; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Aurora García-Dorado García; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Javier Belles Ros; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Francisco Ignacio Pugnaire de Iraola; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Teresa C. Tellería Jorge; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. José María Gómez Reyes; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Carmen Ascaso Ciria; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Pedro Diego Jordano Barbudo; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. José Manuel Moreno Rodríguez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M.Isabel Pardo Cubillos; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Gonzalo Nieto Feliner; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Miguel Bastos Araujo; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Eulalia Moreno Mañas; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 4

«Ciencias marinas»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª Beatriz Morales Nin; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Josep María Gasol Pique; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M. Elsa Vázquez Otero; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M. Jesús Uriz Lespe; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. José Antonio Álvarez Salgado; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Alberto Palanques Monteys; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Francisco Gómez Figueiras; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Joaquín Tintoré Subirana; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D.ª Beatriz Reguera Ramírez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Juana M. Santana Casiano; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Francesc Xavier Turón Barrera; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Ricardo Francisco J. Prego Reboredo; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Isabel Muñoz Gracia; Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. D. José María Gili Sarda; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 5

«Ciencias de la tierra y de la atmósfera»

Tribunal titular:

Presidente: D. Manuel Fernández Ortiga; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Jesús Carrera Ramírez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Juan Manuel García Ruiz; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª María Isabel González Diez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª María Luisa Osete López; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Ramón Carbonell Bertrán; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Ana Crespo Blanc; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª M. Belén Alonso Martínez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Carlos Tomás Ayora Ibáñez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Purificación López Mahia; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Jorge Morales Romero; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. José Fernández Torres; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª María Luisa Arboleya Cimadevilla; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Joan Marti Molist; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 6

«Ciencias agrarias»

Tribunal titular:

Presidente: D. Javier Armando Abadía Bayona; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Juan Sanjuán Pinilla; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Paloma Mas Martínez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Ramón Christian Gortazar Schmidt; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M. Elisa Viñuela Sandoval; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Eduardo Rodríguez Bejarano; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Antonio de Haro Baylon; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª M. Carmen Bolarín Jiménez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D.ª Rosa Ana Malvar Pintos; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Carmen Castresana Fernández; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M. Soledad Izquierdo López; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Hipólito Medrano Gil; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Alejandro Fernández Barrero; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M.Teresa Hernández Fernández; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 7

«Ciencias físicas, tecnologías físicas y matemáticas»

Tribunal titular:

Presidente: D. Manuel Doblare Castellano; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D.ª M. Victoria Fonseca González; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Diego Córdoba Gazolaz; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Margarita Hernanz Carbó; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Carlos Alberto Sierra García; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Elena Valderrama Valles; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Víctor Herrero Ruiz de Loizaga; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª M. Carmen García Recio; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D. José Alberto Casas González; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Jesús Carro Rosell; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Ángeles Isabel Díaz Beltrán; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Carmen Torras Genis; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Pere Colet Rafecas; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Rosalía Serna Galán; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 8

«Ciencia y tecnología de materiales»

Tribunal titular:

Presidente: Manuel Ocaña Jurado; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: M.Pilar López Sancho; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. Francisca García Caballero; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. José Ignacio Arnaudas Pontaque; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Ángel Alegría Loinaz; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Marían Gómez-Fatou Rodríguez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. Clara Viñas Teixidor; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Alicia Amparo Durán Carrera; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. José Ignacio Peña Torre; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. F. Javier Llorca Martínez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M.Carmen Muñoz de Pablo; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Luisa Eugenia Bausa López; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Ángel Palomo Sánchez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Benjamín Martínez Perea; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 9

«Ciencia y tecnología de los alimentos»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª M. Yolanda Sanz Herranz; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Ramón González García; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Francisco Del Rey Iglesias; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Olga Martín Belloso; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M. Ascensión Marcos Sánchez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M. Isidra Recio Sánchez; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Francisco Javier Hidalgo García; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Julio Rodríguez Banga; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D.ª M. Elena Ibáñez Ezequiel; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Ana Troncoso González; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Juan Manuel Duarte Pérez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Juan Carlos Espín de Gea; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Rafael José Gavara Clemente; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Pilar Montero García; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 10

«Ciencia y tecnologías químicas»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª Ana Martínez Gil; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D. Pedro Clapes Saborit; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª Amelia Martínez Alonso; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M. Isabel Arriortua Marcaida; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Santos Fustero Lardies; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Milagros Gómez Gómez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Enrique Rodríguez Castellón; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal suplente:

Presidente: D. José Carlos Conesa Cegarra; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Vocales: D.ª Susana Luque Rodríguez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Santiago Álvarez Reverter; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Emilia Morallón Núñez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. José María Lassaletta Simón; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D. Juan Grimalt Obrador; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs. D.ª M.Pilar Marco Colas; Escala de Profesores de Investigación de los OPIs.

Tribunal n.º 11

«Teoría plasmas de fusión»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª Carolina Ahnert Iglesias; Personal Docente e Investigador.

Secretario: D. Carlos Hidalgo Vera, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D.ª María Victoria Fonseca González, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D. José Manuel Perlado Martín, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D. Francisco Luis Tabarés Vázquez, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Luis Errea Ruiz, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretaria: D.ª M.ª Dolores Calzada Canalejo, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D. Enrique Ascasibar Zubizarreta, Escala de Profesores de Investigación de OPIs; D.ª Elvira Moya Valgañon, Personal Docente e Investigador; D. Agustín Rodríguez González-Elipe, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Tribunal n.º 12

«Datos nucleares para tecnología nuclear»

Tribunal titular:

Presidente: D. Enrique Miguel González Romero, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretaria: D.ª Mercedes Ballesteros Perdices, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D. Javier Sanz Gozalo, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D.ª Berta Rubio Barroso, Escala de Profesores de Investigación de OPIs; D. Luis Enrique Herranz Puebla, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Carolina Ahnert Iglesias, Personal Docente e Investigador.

Secretario: D. Nicanor Colino Arriero, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D. Eduardo F. Gallego Díaz, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D. José Manuel Quesada Molina, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D.ª Elvira Moya Valgañón, Personal Docente e Investigador.

Tribunal n.º 13

«Evaluación de la contaminación ambiental y radiaciones ionizantes»

Tribunal titular:

Presidente: D. Sixto Malato Rodríguez, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretaria: D.ª M.ª Pilar Utrillas Esteban, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D. José Agustín García García, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D.ª Margarita Herranz Soler, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D.ª Rosa M.ª Calvo de Anta, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Mercedes Ballesteros Perdices, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretario: D. Enrique Miguel González Romero, Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D.ª Victoria Eugenia Cachorro Revilla, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D. Antonio Baeza Espasa, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D. Javier Martín Chivelet, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal n.º 14

«Ciencia y tecnología para energía de fusión»

Tribunal titular:

Presidente: D. José Manuel Perlado Martín, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretaria: D.ª María Victoria Fonseca González, Cuerpo de Catedráticos de Universidad

Vocales: D.ª Elvira Moya Valgañón, Personal Docente e Investigador; D. Fernando María Legarda Ibáñez, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D. Javier Sanz Gozalo, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Ana Inés Gómez de Castro, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretario: D. Marco Antonio Gigosos Pérez, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D. Luis García Gonzalo, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D.ª Nerea Bordel García, Cuerpo de Catedráticos de Universidad; D. Agustín José Rodríguez González-Elipe, Escala de Profesores de Investigación de OPIs

Tribunal n.º 15

«Ciencias de la Tierra»

Tribunal titular:

Presidente: D. José Miguel Azañón Hernández; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretaria: D.ª Ana María Alonso Zarza; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D. Ramón Carbonell Bertrán; Escala de Profesores de Investigación de OPIS. D. José Abel Flores Villarejo, Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Rosario del Lunar Hernández, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª María Luisa Arboleya Cimadevilla, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretario: D. Gerardo Félix Benito Fernández; Escala de Profesores de Investigación de OPIS.

Vocales: D. Carlos Villaseca González; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Francisco Javier Sierro Sánchez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M. Pilar González Montero, Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal n.º 16

«Ciencias Agrarias y Forestal»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª Isabel Cañellas Rey de Viñas; Escala de Profesores de Investigación de OPIs

Secretario: D. Alfonso Gutiérrez Adan; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D.ª Amelia Nieto Martín; Escala de Profesores de Investigación de OPIs. D. Ignacio Romagosa Clariana; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª María Carmen Cartagena Causape; Cuerpo de Catedráticos de Universidad

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Paloma Melgarejo Nardiz; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretario: D. José Luis Tadeo Lluch; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D. Luis Varona Aguado; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Isabel Díaz Rodríguez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Luis Alfonso Gil Sánchez; Cuerpo de Catedráticos de Universidad

Tribunal n.º 17

«Investigación en Enfermedades Infecciosas Humanas»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª María Luisa Gaspar Alonso Vega; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretario: D. Julio Vázquez Moreno; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D. Ángel Gil de Miguel; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. José María Aguado García; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Marina Pollán Santamaría; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Manuel Cuenca Estrella; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretaria: D.ª Patricia Muñoz García-Paredes; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D. Luis de la Fuente de Hoz; Escala de Profesores de Investigación de OPIs. D.ª Cristina Jenaro Río; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Julia del Amo Valero; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Tribunal n.º 18

«Investigación en Epidemiología y Salud Pública Humanas»

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª Julia del Amo Valero; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretario: D. José Alcamí Pertejo; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D. Fernando Rodríguez Artalejo; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D. Ángel Gil de Miguel. Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª Marina Pollán Santamaría; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Manuel Cuenca Estrella; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretaria: D.ª Patricia Muñoz García-Paredes; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D. Francisco Bolumar Montrull; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª María Luisa Toribio García; Escala de Profesores de Investigación de OPIs. D.ª Cristina Jenaro Río; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Tribunal n.º 19

«Ecología marina, oceanografía, pesquerías y cultivos marinos»

Tribunal titular:

Presidente: D. Enric Massuti Sureda; Escala de Profesores de Investigación de OPIS.

Secretario: D. Jesús Mariano Mercado Carmona; Escala de Profesores de Investigación de OPIS.

Vocales: D.ª Eva Sintes Elvelin; Escala de Profesores de Investigación de OPIS. D. Antonio Manuel Bode Riestra; Escala de Profesores de Investigación de OPIS. D.ª Begoña Santos Vazquez; Escala de Profesores de Investigación de OPIS.

Tribunal suplente:

Presidente: D.ª Salud Deudero Company; Escala de Profesores de Investigación de OPIS.

Secretario: D. Manuel Ruiz Villareal; Escala de Profesores de Investigación de OPIS.

Vocales: D. Juan Bellas Bereijo; Escala de Profesores de Investigación de OPIS. D.ª Beatriz Reguera Ramirez; Escala de Profesores de Investigación de OPIS. D. Luis Valdés Santurio; Escala de Profesores de Investigación de OPIS.

Tribunal n.º 20

«Astrofísica»

Tribunal titular:

Presidente: D. Fernando Moreno Insertis; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretario: D. Juan Antonio Belmonte Avilés; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Vocales: D.ª Rosa M. González Delgado; Escala de Profesores de Investigación de OPIs. D. Enrique Martínez González; Escala de Profesores de Investigación de OPIs. D.ª Estrella Florido Navío; Cuerpo de Catedráticos de Universidad

Tribunal suplente:

Presidente: D. Jorge Casares Velázquez; Escala de Profesores de Investigación de OPIs.

Secretario: D. Evencio Mediavilla Gradolph; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Vocales: D. Javier Trujillo Bueno; Escala de Profesores de Investigación de OPIs. D.ª María Dolores Rodríguez Frías; Cuerpo de Catedráticos de Universidad. D.ª M.ª Inmaculada Domínguez Aguilera; Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

ANEXO III
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Cada apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen y en las siguientes instrucciones particulares.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ciencia, Innovación y Universidades». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación» consignándose el código 6150 en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el perfil científico al que se concurre (indicar solamente uno).

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P» (Promoción Interna).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Ciencia, Innovación e Universidades».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», no se consignará nada. La localidad, lugar, fecha y hora en el que se celebre la segunda fase del concurso se comunicará a los aspirantes en la resolución por la que se publica la relación de candidatos que superen la primera fase del concurso.

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes que se presenten por el turno de discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se posee para participar en las pruebas selectivas.

En el recuadro 25, apartado A) del epígrafe «Datos a consignar según las Bases de la convocatoria», los candidatos extranjeros o de otros Estado Miembros de la Unión Europea harán constar el idioma por el que optan para realización del proceso selectivo: «español» o «inglés».

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 15,25 euros y para las familias numerosas de categoría general de 7,63 €.

Estarán exentos del pago de esta tasa los colectivos incluidos en la base 5.9 de esta convocatoria.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

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