Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-3299

Resolución de 12 de febrero de 2019, de la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se resuelve el procedimiento de selección de entidad colaboradora para la gestión de las ayudas del "Programa Reina Letizia para la Inclusión", convocado por Resolución de 14 de noviembre de 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2019, páginas 22176 a 22179 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2019-3299

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

Mediante la Orden SSI/1270/2017 de 21 de diciembre («BOE» núm. 310, del 22) se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión». En su artículo 6 contempla la posibilidad de suscribir un convenio con una entidad colaboradora de las previstas en el artículo 12 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones para la gestión de estas ayudas.

Segundo.

Mediante Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión» («BOE» núm. 298, de 11 de diciembre).

Tercero.

Finalizado el 26 de diciembre de 2018 el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el boletín oficial, que esta resolución concede en su apartado cuarto para presentar las solicitudes de participación en el procedimiento, ha concurrido una única entidad, la Fundación ONCE.

Cuarto.

En fecha 5 de febrero de 2019, la persona titular de la Consejería Técnica del Real Patronato sobre Discapacidad emite un informe en el que evalúa la propuesta recibida.

Quinto.

En fecha 8 de febrero de 2019, el Director del Real Patronato sobre Discapacidad formula la propuesta de resolución.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Es competente para dictar esta Resolución la persona titular de la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad, de conformidad con lo dispuesto el apartado quinto de la Resolución de 14 de noviembre de 2018 de la Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «programa Reina Letizia para la Inclusión» («BOE» núm. 298, de 11 de diciembre).

Segundo.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, regula en su artículo 12 la figura de la entidad colaboradora para la gestión de subvenciones, y la define en su apartado primero como «aquella que, actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, entregue y distribuya los fondos públicos a los beneficiarios cuando así se establezca en las bases reguladoras, o colabore en la gestión de la subvención sin que se produzca la previa entrega y distribución de los fondos recibidos. Estos fondos, en ningún caso, se considerarán integrantes de su patrimonio.» en su artículo 13 regula los requisitos que deben cumplir para obtener estas entidades.

Por su parte, el artículo 16.5 se refiere al procedimiento de selección de estas entidades y señala «en el supuesto de que las entidades colaboradoras sean personas sujetas a derecho privado se seleccionarán previamente mediante un procedimiento sometido a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y la colaboración se formalizará mediante convenio.»

Tercero.

La Orden SSI/1270/2017 de 21 de diciembre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión» establece en su artículo 6 lo siguiente:

«El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad suscribirá, en su caso, los correspondientes convenios, para la correcta ejecución del programa.

La elección de la entidad colaboradora se realizará mediante el procedimiento de concurrencia establecido en el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para la gestión de ayudas mediante los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación.

Las entidades deberán cumplir las condiciones de solvencia y eficacia a las que se refiere el artículo 17.3 c) de la citada Ley.

La solvencia económica se acreditará mediante las cuentas anuales u otros documentos similares en los términos que se determinen en la correspondiente convocatoria.

Asimismo, se tendrá en cuenta la experiencia de las entidades solicitantes en la gestión de ayudas, públicas o privadas, para la educación de personas con discapacidad, así como las titulaciones académicas y profesionales del personal de dirección y del personal responsable de la ejecución de lo convenido. Igualmente, se tendrá en consideración el equipo técnico y unidades técnicas a disposición del proyecto, el material, instalaciones y otros medios técnicos de que dispongan las entidades solicitantes para la realización de la actividad.

Se valorará igualmente la especialización temática de las entidades solicitantes en el ámbito de la formación, la intermediación y la inclusión laboral de personas con discapacidad, la experiencia y trayectoria en la gestión de fondos europeos para la formación y la inclusión laboral, su posible reconocimiento como entidad operadora de fondos europeos, así como la experiencia acreditada en desarrollar programas de ayudas a la mejora formativa de personas con discapacidad, similares a los de este programa.

La entidad colaboradora ha de cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y demostrar suficiente solvencia para gestionar las ayudas de manera eficiente.

La colaboración se instrumentará mediante un convenio debiendo ajustarse su contenido a lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como al capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.»

Cuarto.

Mediante Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Secretaria General del Real Patronato sobre discapacidad se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión» («BOE» núm. 298, de 11 de diciembre).

La Fundación ONCE, con fecha 20 de diciembre de 2018, ha presentado la única solicitud de participación en el proceso de selección de entidad colaboradora, y lo ha hecho dentro del plazo establecido. Junto a la solicitud aporta la documentación solicitada en el apartado 3.2 de la resolución citada:

– Certificado acreditativo de su inscripción en el registro de asociaciones.

– Poderes del firmante de la solicitud de participación.

– Declaración responsable de no hallarse incurso en las prohibiciones a que se refieren los artículos 13.2 y 13.3 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre.

– Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la seguridad social.

– Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el estado y con la hacienda autonómica.

– Documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica, conforme a lo dispuesto en el apartado 3.1 de la resolución de 14 de noviembre de 2018.

– Memoria técnica.

Quinto.

En fecha 5 de febrero de 2019, la persona titular de la Consejería Técnica del Real Patronato sobre Discapacidad emite informe en el que evalúa la propuesta recibida, de conformidad con los criterios establecidos en el apartado quinto de la resolución de 14 de noviembre de 2018, con el siguiente resultado:.

Apartado 1: 37 puntos.

Apartado 2: 15 puntos.

Apartado 3: 10 puntos.

Apartado 4: 25 puntos.

Total puntuación: 87 puntos.

Sexto.

En fecha 8 de febrero de 2019, el Director del Real Patronato sobre Discapacidad formula la propuesta de resolución en la que propone seleccionar a la Fundación ONCE como entidad colaboradora a la vista del informe de valoración emitido.

En su virtud, resuelvo:

Primero.

Seleccionar a la fundación ONCE (NIF G-78.661.923) como entidad colaboradora para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión».

Segundo.

Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien podrá ser impugnada directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en la forma y los plazos previstos en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Madrid, 12 de febrero de 2019.–La Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ana Isabel Lima Fernández.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid