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Documento BOE-A-2019-3920

Resolución de 12 de marzo de 2019, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes, convocado por Resolución de 4 de febrero de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2019, páginas 27400 a 27400 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2019-3920

TEXTO ORIGINAL

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/200/2019, de 4 de febrero, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, y dado lo que disponen los artículos 88 a 96 y 313 del Reglamento de la organización y régimen del notariado, modificado por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real Decreto 140/2015, de 6 de marzo, sobre demarcación notarial;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre («DOGC» núm. 4762, del 16), resuelvo:

De acuerdo con las normas legales mencionadas, adscribir a los notarios a las plazas de notarías vacantes ubicadas en el territorio de Cataluña, según se detalla a continuación:

Terrassa: por jubilación del señor Bernabé Panos, la señora María Cristina García Lamarca, notaria de Manresa, 2.ª categoría.

Deltebre: por traslado de la señora Sandra Pérez Tenedor, el señor Juan Sánchez Oriola, notario de Xeraco, 3.ª categoría.

Palamós: por traslado del señor Ramón José Castelló Gorgues, el señor José Fernando Ribes García, notario de Ribadeo, 3.ª categoría.

Badalona: por traslado de la señora Blanca Pardo García, el señor Arturo Pérez López, notario de Guissona, 3.ª categoría.

Información sobre los recursos a interponer

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, la persona o las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la secretaria general de la Consejería de Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que sea conveniente para la defensa de sus intereses.

El recurso de alzada podrá entenderse desestimado si transcurridos tres meses desde su interposición no se ha notificado la resolución. Solo en este caso, la persona o las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente en el que se haya producido el acto presunto desestimatorio del recurso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Barcelona, 12 de marzo de 2019.–El Director general de Derecho y Entidades Jurídicas, Xavier Bernadí i Gil.

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